Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 5 de Noviembre de 2003
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques |
Ponente | Victor José Gonzalez Jaimes |
Procedimiento | Reivindicacion |
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCA NTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, cinco (5) de noviembre de dos mil tres (2003).
193º y 144º
Vista la anterior diligencia estampada por la Abogada M.R.G., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.230, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora y mediante la cual consigna dos (02) copias simples del libelo de demanda para que se cumpla con la citación correspondiente, este Tribunal en consecuencia acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena la citación de la parte demandada a los fines de dar cumplimiento al auto dictado en fecha 30 de septiembre de 2003. Cúmplase.-
EL JUEZ.
DR. V.J.G.J..
EL SECRETARIO.
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO.
ABG. RICHARS MATA.
VJG/ldb
EXP.Nº 13930.
El suscrito ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 13930 con motivo del juicio que por REIVINDICACION sigue el ciudadano AYALA H.J. contra los ciudadanos DUARTE B.C. Y MUÑOZ G.H., las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la ley de sellos. Los Teques, cinco (5) de noviembre del dos mil tres (2003).
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cinco (5) de noviembre del año dos mil tres (2003).
193° 144°.-
SE HACE SABER: A la ciudadana DUARTE B.C., venezolana, de este domicilio, mayor de edad y titular de identidad N° 6.969.028; que deberá comparecer ante este tribunal dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la citación del último de los demandados, más un (01) día de término de distancia que se le concede para que comparezcan a dar contestación a la demanda incoada en su contra por el ciudadano AYALA H.J.. Dará recibo el alguacil en prueba de haber sido citada.-
EL JUEZ,
DR. V.J.G.J.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/ldb
EXP. N°.13930
El suscrito ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 13930 con motivo del juicio que por REIVINDICACION sigue el ciudadano AYALA H.J. contra los ciudadanos DUARTE B.C. Y MUÑOZ G.H., las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la ley de sellos. Los Teques, cinco (5) de noviembre del dos mil tres (2003).
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cinco (5) de noviembre del año dos mil tres (2003).
193° 144°.-
SE HACE SABER: Al ciudadano MUÑOZ G.H., venezolano, de este domicilio, mayor de edad y titular de identidad N° 10.693.663; que deberá comparecer ante este tribunal dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la citación del último de los demandados, más un (01) día de término de distancia que se le concede para que comparezcan a dar contestación a la demanda incoada en su contra por el ciudadano AYALA H.J.. Dará recibo el alguacil en prueba de haber sido citado.-
EL JUEZ,
DR. V.J.G.J.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/ldb
EXP. N°.13930