Decisión de Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 10 de Enero de 2012

Fecha de Resolución10 de Enero de 2012
EmisorJuzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteAna Mercedes Mora Rivas
ProcedimientoIndemnizacion Por Accidente De Trabajo Y Cobro Ps

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, diez (10) de enero de dos mil doce.

201º y 152º

ASUNTO: Nº SP01-L-2010-000312

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

DEMANDANTE: R.S.P., venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. V-3.791.779

APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: L.E.M.G., FANNY DUNLLIN LIMA, GÁMEZ, R.B.L., E.J.C.C., J.C.S.V., N.Y.C.C., A.R. MONTOYA, JORBLAN LUNA, F.C.D.C., K.S.F., JOYCE MONTILLA, MAYRIN HERRERA, C.E.C., E.V. y R.A.H.M., venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros V- 12.630.587, 11.491.504, 10.146.414, 13.693.127, 15.028.535, 12.229.672, 13.712.487, 15.880.755, 14.606.851, 14.453.808, 14.550.360, 13.952.764, 11.491.619, 11.320.212 y 15.028.568 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 75.666, 73.645, 48.448, 97.433, 111.036, 97.697, 97.951, 111.805, 105.193, 98.387, 104.561, 91.917, 69.554, 67.369 y 98.326.

DOMICILIO PROCESAL: Avenida 19 de Abril, Centro Comercial El Tamá, sede del Ministerio del Trabajo, Procuraduría de Trabajadores del Estado Táchira

DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO CÁRDENAS

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Aiskell Rodríguez, identificada con la cédula N° V-16.125.185.

DOMICILIO PROCESAL: Calle 3 esquina de carrera 4, Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira

MOTIVO: INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO

En fecha 02 diciembre de 2011, la abogada Aiskell Rodríguez, actuando con el carácter de Sindico Procurador Municipal Del Municipio Cárdenas, por una parte y por la otra el ciudadano R.S.P., asistido por la abogada D.U., mediante diligencia solicitaron la homologación del pago y el cierre de la presente causa, en consecuencia; este Tribunal por cuanto observa que en el presente asunto no hubo celebración de audiencia preliminar en presencia de la Juez, se da por DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y se ordena el archivo definitivo del expediente. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Así se decide.-

La Jueza,

La Secretaria,

Abg. A.M.M.R.

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