Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 16 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2012
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteJosé Leonardo Carmona
ProcedimientoTransacción

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

SAN CRISTÓBAL, 16 DE FEBRERO 2012

201 y 152

Expediente No. SP01-L-2010-000158 (Cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo).

ACTA DE HOMOLOGACION DE ACUERDO

En el día de hoy, Jueves 16 de Febrero de 2012, siendo las ocho y treinta y cinco minutos de la mañana (8:35 a.m.) el Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano G.J., identificado con la cédula de identidad N° 22.635.575 acompañado de su apoderada judicial ciudadana A.R., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 97.951 y de la apoderada judicial de la demandada C.A. INDUSTRIAS MINERA DEL TACHIRA (CAIMTA) abogada C.M.O.B., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 31.647, quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo que le colocara fin a la presente controversia mediante el pago de la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,00), los cuales son cancelados el día de hoy mediante cheque N° 69020047 a nombre del trabajador girado contra la cuenta N° 0175-0147-07-0071070652 en el Banco Bicentenario. Propuesta que fue aceptada por el trabajador, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a su favor, por los conceptos reclamados. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la cosa Juzgada y ordenara la remisión del expediente al Juzgado quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución una vez transcurrido el lapso para impugnar el contenido de la presente acta. Se hacen tres ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto.

EL JUEZ,

ABG. J.L. CARMONA G.

El demandante,

Apoderada Judicial de la parte demandante. Apoderada Judicial de la demandada.

LA SECRETARIA,

Abg. L.V.

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