Decisión de Juzgado Primero del Municipio Carirubana de Falcon, de 12 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado Primero del Municipio Carirubana
PonenteOsiris Josefina Benítez Petit
ProcedimientoHomologación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.

PUNTO FIJO: 12 de marzo de 2012

AÑOS: 201° Y 153°

SOLICITUD N°. 2012-9139

Visto el escrito presentado en fecha 09 de marzo de 2012, suscrito por la abogada N.J.B., venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 160.926, actuando con el carácter de apoderada judicial del Ciudadano R.O.C., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°14.074.435, por la cual desiste del RECONOCIMIENTO DE FIRMA contenido en la presente solicitud, y solicita la devolución de los documentos originales consignados con el escrito de solicitud; en consecuencia, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACTO DE DESISTIMIENTO PASÁNDOLO CON EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese los documentos solicitados y déjese en su lugar, copia fotostática certificada de los mismos. Archívese el expediente.

Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los doce días del mes de marzo del años dos mil doce. Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.

LA JUEZA

Abg. O.B.P.

LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER.

NOTA: En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste. Fecha ut-supra.

LA SECRETARIA

ABG. ANA VARGAS HOYER

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