Decisión nº PJ0142013000149 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Falcon (Extensión Coro), de 13 de Junio de 2013
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2013 |
Emisor | Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A |
Ponente | Enialina Ruiz Ortiz |
Procedimiento | Cómputo |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 13 de Junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2012-000028
ASUNTO : IP01-D-2012-000028
Resolución Cómputo de Reglas de Conducta
Siendo la oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia oral para imponer de la sanción a los Jóvenes IDENTIDAD OMITIDA. Por encontrarse incursos en el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, y a quien el Tribunal Primero de Juicio de la Sección Penal Adolescente les sanciono, con la medida de de Reglas de Conducta conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 de la Ley orgánica para la protección de Niños, Niñas y adolescentes en virtud de su admisión de los hechos. Por el lapso de un año.
Se procedió a imponer de la sanción a los Jóvenes adolescentes IDENTIDAD OMITIDA. sanción que le fuese dictada por el Tribunal Primero Juicio de la sección penal adolescente el día 18 de Junio del 2012 la cual consiste primero: Consignar c.d.E. actualizada cada Trimestre por ante este despacho. Segundo: no consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y/o Bebidas Alcohólicas,. Tercero: A partir de Hoy no verse involucrado en otro hecho delictivo. Cuarto: No reunirse con personas de dudosa reputación. Quinto: presentarse ante el Departamento de L.A. quien canalizara a través de la institución correspondiente, para recibir el tratamiento a que hubiera lugar de drogadicción. Sexto: Entrevistarse 01 vez con la Licenciada Zully Fernández, a los fines de realizar Informe Social.
Ahora bien por cuanto los Jóvenes adolescentes ya sancionados deben conocer el Cómputo definitivo del cumplimiento de su sanción, se le indica al Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA. , y como quiera que este Juzgado hace una revisión del presente asunto evidencia que no constan en autos los requisitos establecidos para el cumplimiento de las regalas de conducta como lo son Consignar c.d.E. actualizada cada Trimestre por ante este despacho. Y el informe realizado por la licenciada Zully Fernández por tanto se acuerda oficiar al la Licenciada Zuly Fernández a los fines que remita los infórmenes de los referidos Jóvenes e instar a la defensa y a los adolescentes que consignes las constancias de estudios actualizada a fin de verificar el cumplimiento de la sanción
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en S.A.d.C.E.F.A.J. en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone a los Jóvenes adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA. Por encontrarse incursos en el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano,
del Cumplimiento de la Sanción de Un Año de Reglas de Conducta Por encontrarse incurso en el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, Cuyo cómputo definitivo para su cumplimiento comienza a computarse para el Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA. en consecuencia ofíciese a la licenciada Zully Fernández a fin de que remita el informe social ínstese la defensa y joven adolescente a fin de consigne las constancias de estudios Regístrese Publíquese, y Cúmplase la presente decisión remítase al archivo Judicial
Jueza Titular 1° de Ejecución
Sección Adolescente
Abg. Enialina R.d.F.
La Secretaria Abg.
C.P.