Decisión nº PJ0142013000221 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Falcon (Extensión Coro), de 27 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteEnialina Ruiz Ortiz
ProcedimientoCesación De La Medida

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes

Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Coro, 27 de Septiembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2009-000287

ASUNTO : IX01-P-2013-000002

Resolución Decretando Cese de la Sanción de Privativa de Libertad

En la oportunidad fijada para la realización de la Audiencia de impocision del Cese de la Medida de Privación de Libertad por cumplimiento de Sanción, este despacho impuso a los Jóvenes adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, del Cese de la Medida de Privativa de Libertad por cumplimiento de Sanción, quienes fueron sancionados por el Tribunal Primero de Juicio de la Sanción Penal Adolescente a cumplir DOS (02) AÑOS y MEDIO DE PRIVATIVA DE LIBERTAD y SEIS (06) MESES DE L.A., por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado, en el artículo 406 en concordancia con el artículo 424 del Código Penal Vigente, y sancionado en el articulo 628 parágrafo segundo, literal a de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano: J.D.M., Para un total de cumplimiento de sanción de Dos (02) Años y Seis (06) Meses .

Así mismo constata este despacho que los Jóvenes adolescentes, IDENTIDAD OMITIDA, efectivamente cumplieron con la Sanción de Privativa de Libertad impuesta, en el lapso previsto para su cumplimiento, Cesando este Juzgado en audiencia Oral la medida de Privativa de Libertad impuesta a los Jóvenes IDENTIDAD OMITIDA por lo que Ordena su Inmediata Libertad por cumplimiento de Sanción, e impone a los Referidos Jóvenes del cumplimiento de la sanción de L.A. por el lapso de Seis Meses indicándole a los Jóvenes la manera de cómo cumplirán con el resto de la sanción impuesta así pues cumplirá 6 meses de l.a. en la que los jóvenes en cuestión deberán presentarse por ante el departamento de l.a. a fin de ser incorporados a los programas que allí imparten a los adolescentes infractores con la ley penal comenzando sus presentaciones el dia 14 de Agosto del 2013 culminándola el dia 14 de Febrero del 2014. Y con respecto al Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal Ordeno su libertad en relación al asunto penal llevado por este Juzgado mediante oficio librado al Director de la Cárcel de Tocoron sitio de reclusión en el que el Joven ya adulto estaría cumpliendo pena por el Tribunal Ordinario de Ejecución extensión de Tuccas estado Falcón consecuencia notifiques a las partes y líbrese los respectivos oficios y así se decide

Dispositiva

Por todos los Argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en S.A.d.C.E.F.A.J. en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el CESE de la Medida de Privativa de Libertad a los jóvenes ya adulto IDENTIDAD OMITIDA, quienes fueron sancionados por el Tribunal Primero de Juicio de la Sanción Penal Adolescente a cumplir DOS (02) AÑOS y MEDIO DE PRIVATIVA DE LIBERTAD y SEIS (06) MESES DE L.A., por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado, en el artículo 406 en concordancia con el artículo 424 del Código Penal Vigente, y sancionado en el articulo 628 parágrafo segundo, literal a de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano: J.D.M., Para un total de cumplimiento de sanción de Dos (02) Años y Seis (06) Meses, la cual se Cesa y se le impone al Jóvenes en cuestión de la medida de L.A. por el lapso de Seis (06) meses en perjuicio del ciudadano J.D.M., Para un total de cumplimiento de sanción de Dos (02) Años y Seis (06) Meses, comenzando sus presentaciones el dia 14 de Agosto del 2013 hasta el 14 de Febrero del 2014.. Y con respecto al Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal Ordeno su libertad en relación al asunto penal llevado por este Juzgado mediante oficio librado al Director de la Cárcel de Tocoron sitio de reclusión en el que el Joven ya adulto estaría cumpliendo pena por el Tribunal Ordinario de Ejecución extensión de Tuccas estado Falcón consecuencia notifiques a las partes y líbrese los respectivos oficios y así se decide

La Juez Titular Primero de Ejecución

Sección Penal adolescente

Abg. Enialina Ruiz O

La Secretaria

Cecilia Perozo

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR