Decisión de Corte de Apelaciones Sala Uno de Carabobo, de 22 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2014
EmisorCorte de Apelaciones Sala Uno
PonenteDanilo José Jaimes Rivas
ProcedimientoAdmisible El Recurso De Apelación Y Fija Audiencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO

Corte de Apelaciones Penal

Valencia, 22 de Septiembre de 2014

Años 204º y 155º

ASUNTO: GP01-R-2014-000185

PONENTE: D.J.J.R.

Corresponde a esta Sala conocer el recurso de APELACION DE SENTENCIA interpuesto por las profesionales del derecho las abogadas J.R.T., L.M.D.R. y L.J.L.S. en su condición de Fiscal Provisoria y Auxiliares Interinos en la Fiscalia Décima Segunda del Ministerio Publico, contra la SENTENCIA CONDENATORIA dictada en fecha 24-04-2014, y publicada en auto motivado en fecha 28-04-2014, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, a los ciudadanos S.M.Y.R. y G.R.D., titulares de la cédula de identidad Nº V-16152099 y Nº V-20384279; en la actuación GP01-2013-018038, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas.

Interpuesto como fue el presente recurso, el tribunal a quo dio el tramite de ley y emplazo a la Defensa Publica Novena en fecha 25-07-2014, quien dio contestación al presente recurso en fecha 29-07-2014, remitiéndose los autos a esta Corte de Apelaciones en fecha 06-08-2014, siendo que en fecha 22-08-2014, se dio cuenta en Sala del presente asunto, correspondiendo por distribución computarizada como ponente a quien suscribe Jueza Sexta Temporal abg. Yoibeth escalona medina, la cual en fecha 26-08-2014, publica acta de inhibición, de conformidad con el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha 04-09-2014 se da entrada nuevamente al presente asunto, a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, correspondiendo por distribución computarizada como ponente a quien suscribe Juez Superior abg. D.J.J.R..

Esta Sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, a los fines de admitir o no este recurso, observa:

PRIMERO

El recurso ha sido interpuesto por las abogadas J.R.T., L.M.D.R. y L.J.L.S. en su condición de Fiscal Provisoria y Auxiliares Interinos en la Fiscalia Décima Segunda del Ministerio Publico por lo tanto se encuentran legitimadas para ejercerlo.

SEGUNDO

El recurso ha sido interpuesto contra la Sentencia Condenatoria, dictada por el Tribunal 06 en función de control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 24-04-2014, y publicada en auto motivado en fecha 28-04-2014, siendo que en fecha 12-05-2014 se interpuso el recurso de apelación, es decir el recurso fue presentado al Noveno día hábil después de la publicación del auto motivado, como se evidencia de la certificación de días de despacho, inserta al folio 32 del presente recurso, por lo que a sido interpuesto en forma oportuna y por tanto dentro del lapso de ley.

TERCERO

Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, esta Sala 1 de la CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ADMITIDO el recurso interpuesto de conformidad al artículo 443 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y en cumplimiento al trámite procesal respectivo, se fija audiencia oral, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 447 primer aparte ejusdem, para el día 30 de Septiembre, de 2014, a la 01:30 horas de la tarde. Notifíquese a las partes.

Los Jueces de Sala

D.J.J.R.

PONENTE

ADAS MARINA ARMAS DIAZ JOSE DANIEL USECHE ARRIETA

El Secretario

Abg. Carlos López Castillo

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