Maduro violó la ley al divulgar investigación del caso Serra

El artículo 286 del Código Orgánico Procesal Penal reza: Todos los actos de la investi gación serán reservados para los terceros. Los funcionarios o funcionarias que participen en la investigación y las personas que por cualquier motivo tengan conocimiento de las actuaciones cumplidas durante su curso, están obligados u obligadas a guardar reserva.La norma fue violada por el presidente Nicolás Maduro al revelar, en conferencia de prensa transmitida en vivo el miércoles por medios audiovisuales estatales, algunos detalles de la investigación del asesinato del diputado Robert Serra.Además, el artículo 205 del Código Penal establece: Todo funcionario público que comunique o publique los documentos o hechos de que está en conocimiento o posesión por causa de sus funciones y que deba mantener secretos, será castigado con arresto de tres a quince meses y, asimismo, todo funcionario público que de alguna manera favorezca la divulgación de aquellos.El jurista Alberto Arteaga Sánchez considera que el hecho de que se trate de un delito leve no es lo más significativo: Se trata de un ilícito integrado al capítulo denominado `De los abusos de la autoridad y de las infracciones de los deberes de los funcionarios públicos’, y lo ha cometido el presidente de la República.Horas antes de la conferen cia de prensa ofrecida por el primer mandatario, la fiscal general de la República, Luisa Ortega, había dicho: El vocero oficial que designe el Estado venezolano informará todo lo que ha ocurrido, todas las actuaciones que se han hecho hasta donde la reserva legal nos permita decir.Arteaga Sánchez señala que la reserva legal no permitía la exhibición de videos de los presuntos homicidas entrando y saliendo del lugar del crimen, ni la supuesta confesión de uno de ellos.¿Quién dirige las investigaciones? Carmen Alguindigue, ex directora de Actuación Procesal del Ministerio Público y jefa del Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad Metropolitana, advirtió que el Estado no puede ejercer su facultad para sancionar en forma arbitraria. Ex plicó que aunque los órganos de investigación penal como el Cicpc y el Sebin, que han intervenido en el caso Serra están adscritos administrativamente a ministerios que dependen del Ejecutivo nacional, responden funcionalmente a la...

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