Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 24 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy miércoles veinticuatro (24) de septiembre de dos mil catorce (2014), siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRIENIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano H.A.R.T., titular de la cédula de identidad número V- 8.987.304, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio J.A.R.C., titular de la cédula de identidad número V- 11.971.051, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 173.429, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0045-14, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca TOYOTA, Modelo HILUX DC 4WD 1G, Serial de Carrocería 8XA33ZV2579001117, Serial de Motor 1GR0798132, Placa A84CA3V, Año 2007, Color BEIGE, Clase CAMIONETA, Tipo PICK-UP, Uso CARGA. El cual posee Certificado de Registro de Vehículo expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 101101410055, de fecha 26 de junio de 2013, a nombre de D.A.A.C., cédula de identidad N° V25152993, y documento notariado de venta, por ante la Notaria de Sabana de Mendoza, Municipio Sucre del Estado Trujillo, de fecha 11 de agosto 2014, inserto bajo el N° 27, Tomo 88 de los libros respectivos, otorgantes: D.A.A.C., V-25.152.993 y H.A.R.T., V- 8.987.304. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano F.A.Z., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 13.763.225, en su carácter de Experto en Vehículos de T.T., al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano H.A.R.T., debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio J.A.R.C., supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario de T.T.F.A.Z., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que fue presentado para ser objeto de Inspección Judicial un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca TOYOTA, Modelo HILUX DC 4WD 1G, Serial de Carrocería 8XA33ZV2579001117, Serial de Motor 1GR0798132, Placa A84CA3V, Año 2007, Color BEIGE, Clase CAMIONETA, Tipo PICK-UP, Uso CARGA, coincidiendo en sus datos identificatorios con los señalados en el escrito de Inspección Judicial, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en buen estado, tapicería en buen estado, presenta color beige, el señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (A84CA3V), posee dos retrovisores externos y uno interno, luces en buen estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en buen estado, parachoques delantero en buen estado, cauchos en buen estado, cajón en buen estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto: SERIALES: 1.- Presenta chapa de identificación de seriales ubicado en la parte interna del guardabarros izquierdo de frente al motor, en la misma se lee 8XA33ZV2579001117, la misma es original en cuanto a su sistema de elaboración, estampado y fijación, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 101101410055. 2.- Presenta Serial ubicado en el chasis derecho, parte lateral externa delantera, en el cual se lee 8XA33ZV2579001117, el cual es original en cuanto a su material de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 101101410055. ES DE SEÑALAR QUE DICHO CHASIS A LA ALTURA DEL CATORCEAVO Y DECIMO QUINTO DIGITO PERESENTA UNA PARTIDURA U/O RAJADURA, ELLO DEBIDO A UN ACCIDENTE DE TRANSITO, SEGÚN INFORMACION APORTADA POR EL SOLICITANTE, y es la misma razón por la cual al tomar la impronta correspondiente no aparece en la misma el décimo quinto digito, más si se lee en el chasis. 3.- Presenta Serial de motor ubicado en la parte inferior derecha trasera, en el cual se lee 1GR0798132, el cual es original en cuanto a su material de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 101101410055. PLACA DE IDENTIFICACIÓN: En lo referente a las placas identificadoras A84CA3V, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales tomadas por el experto designado, junto con las tomas fotográficas, todo constante de cuatro (04) folios útiles. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las dos y cuarenta y cinco horas de la tarde (02:45 p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante

H.A.R. T

Abogado Asistente

J.A. RIERA CHACON

Notificado-Perito Experto

F.A.Z.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y. PADILLA C.

Sol. N° 0045-2014.-

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