Decisión nº 951 de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren. de Lara, de 24 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
PonenteEmma Cristina García
ProcedimientoInadmisible

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas

del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara

Barquisimeto, 24 de septiembre de 2014

Años: 204º y 155º.

ASUNTO: KP02-V-2014-002605

Vista el libelo de demanda presentado por la ciudadana L.A.P.D.C. titular de la cédula de identidad N° V- 7.334.938, debidamente asistida por la abogada DAYERGIS YOANNEY SIVADA FREITEZ inscrita en el IPSA bajo el N° 199.829, donde solicita la entrega de un inmueble destinado a vivienda ocupado por la ciudadana M.E.S. titular de la cédula de identidad N° V- 12.183.613. Este Tribunal de la revisión exhaustiva del libelo de demanda y de los documentos consignados junto con ella, verificó que no se agostó la vía administrativa establecida en los artículos 94, 95 y 96 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, procedimiento éste que debe tramitarse por ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, antes de acudir a la vía jurisdiccional; es por lo que esta Juzgadora considerando lo antes planteado Niega la Admisión de la demanda. Y así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 24 días del mes de Septiembre de Dos Mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza Temporal

Abg. Abg. E.C.G.

La Secretaria Accidental

Abg. P.A.

ECG/pa/cq.

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