Decisión de Corte de Apelaciones de Monagas, de 14 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2016
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteAna Natera
ProcedimientoAuto

N° Expediente : NP01-R-2015-000180 N° Sentencia : Fecha: 14/09/2016 Procedimiento:

Auto

Partes:

Resumen:

En mérito de las razones de derecho antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA NO HABER LUGAR A LA PROSECUCIÓN DE LA PRESENTE INCIDENCIA DE APELACIÓN, interpuesta en fecha siete (07) de mayo del 2015 por el Abogado J.L.Y.R., Defensor Privado, en representación de los ciudadanos R.A.F.G., titular de la cédula de identidad Nº V- 9.902.202 y EDERMINA J.A., titular de la cédula de identidad Nº V5.076.466, respectivamente; ello en virtud que, en data veinticinco (25) de mayo de 2015 el Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia en funciones de Control del Estado Monagas; a solicitud de los Abogados Privados I.I. y J.Y.; Defensores Privados de los reos de autos, revisó la medida de Coerción Personal Gravosa, dictada en la Audiencia de Oída de Imputado; y decretó unas Medid.....

Juez/Ponente:

Ana Natera

Organo:

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