Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 5 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2009
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteIsbeth Suarez Bermudez
ProcedimientoEntrega De Vehiculo

San Cristóbal, 05 de Agosto de 2009.

Visto el oficio N° 0113-09 suscrito por el ABG. L.J.M., Coordinador de Bienes de la Oficina Nacional Antidrogas, mediante el cual solicita a este Tribunal resolver sobre la situación jurídica del vehiculo y bienes que aparecen en la causa signada con el número 3E-2936-05, a fin de ponerlos a disposición de la mencionada oficina.

Observa quien aquí decide que se encuentra agregada al folio 159 de la primera pieza de la causa sentencia del Tribunal Tercero de Juicio en la cual se ordena el comiso de un vehiculo con las siguientes características: MARCA FORD, MODELO FIESTA, COLOR AZUL, USO PARTICULAR, AÑO 2005, SERIAL DE CARROCERIA DEL MOTOR 8YPZF16NX58A14457, SERIAL DE COMPACTO 8YPZF16NX58A14457, SERIAL DE MOTOR 5ª14457, PLACAS MDS-94X, Y un teléfono MARCA LG, MD2330, SERIAL ETIQUETA BEJRD2330, SERIAL ELECTRONICO 174D28C2, abonado a la Empresa MoviStar, en virtud de haber sido utilizado como media de transporte de la sustancia incautada, de conformidad con el articulo 66 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes psicotrópicas y el articulo 116 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Acuerda la entrega a la Oficina Nacional Antidrogas del siguiente vehiculo por ser el único bien sobre el cual se ordeno comiso en la presente causa: Un vehiculo, MARCA FORD, MODELO FIESTA, COLOR AZUL, USO PARTICULAR, AÑO 2005, SERIAL DE CARROCERIA DEL MOTOR 8YPZF16NX58A14457, SERIAL DE COMPACTO 8YPZF16NX58A14457, SERIAL DE MOTOR 5ª14457, PLACAS MDS-94X, Y un teléfono MARCA LG, MD2330, SERIAL ETIQUETA BEJRD2330, SERIAL ELECTRONICO 174D28C2, abonado a la Empresa MoviStar, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 66 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas y el articulo 116 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Líbrese Oficio al estacionamiento en el cual se encuentra el vehiculo y al lugar donde se encuentra depositado el teléfono celular, indicando que debe exonerar el gasto del mismo en virtud de haber sido objeto de un delito de drogas, Líbrese oficio junto con copia certificada de la presente decisión a la presidencia del Circuito, Notifíquese a las partes y regístrese su salida.

Abg. I.S.B..

JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN

Abg. M.A.G.

SECRETARIA.

Exp. 3E-2936

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