Decisión nº 080-16 de Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer con competencia de reenvio de Caracas, de 11 de Abril de 2016

Fecha de Resolución11 de Abril de 2016
EmisorCorte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer con competencia de reenvio
PonenteOtilia Delgado de Caufman
ProcedimientoDespacho Saneador

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y EN MATERIA DE REENVIO EN LO PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 11 de abril de 2016

205° y 157°

Ponenta: O.D.C.

Decisión N° 080-16

Asunto Nº CA-3002-16VCM

En fecha 18 de marzo de 2016, el ciudadano G.E.N.N., inscrito en el Intituto de Previsión Social del Abogado con la matricula Nº 43.849, actuando en nombre y representación de la ciudadana Lilisbeth C.R.T., titular de la cedula de identidad Nº V-17.437.680, presentó ante la Unidad de Recepción y Distribución de este Circuito Judicial, escrito de Acción de A.C. contra la presunta omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, relacionado con la causa seguida contra el ciudadano E.J.S.Z., lo cual vulnera los derechos y garantías establecidos en los artículos 26, 27, 49, 51 y 257 constitucional.

Al respecto, revisado el escrito presentado; esta Corte verifica que el accionante no determina cuál es su pretensión específica, concretamente no indica de forma clara y especifica, la acción u omisión incurrida por el Juzgado presunto agraviante, ni señaló los derechos y garantías conculcados.

En este orden, y con fundamento en el artículo 19 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales y a lo establecido en la Sentencia Nº 7 de fecha 1 de febrero de 2000, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el accionante deberá en el lapso de 48 horas siguientes a la notificación, corregir las omisiones antes mencionadas, indicando específicamente lo siguiente:

  1. - Señalar específicamente cuál es la omisión u omisiones de rango constitucional incurridas por el presunto agraviante.

  2. - Identificar si fue interpuesta alguna vía ordinaria o extraordinaria en contra de la actuación u omisión incurrida por el presunto agraviante, que dio origen a la presente hacino de a.c. e,

  3. - Indicar expresamente el derecho o la garantía constitucional violado o amenazado de violación.

Líbrese boleta de notificación al profesional del Derecho G.E.N.N.. Cúmplase.

EL JUEZ y LAS JUEZAS INTEGRANTES

J.B.U.

PRESIDENTE

O.D.C.

Ponenta C.M.Q.M.

LA SECRETARIA,

OSLEYDIN J.C.S.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

OSLEYDIN J.C.S.

JBU/ODC/CMQ/odc/avmm

CA-3002-16VCM

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