Acciones de la Comisión de Valores contra casas de bolsa son nulas

La Ley del Mercado de Capitales, vigente al momento de la intervención de Banvalor y la mayoría de las casas de bolsa acusadas de irregularidades en el mercado permuta, exceptuaba de su ámbito de aplicación a los bonos de deuda pública. Por eso, las acciones de la Comisión Nacional de Valores contra estas compañías carecen de validez, afirma el abogado Rafael Contreras. La oferta y venta de pape les del Estado no se regían por esta ley, por lo que sus consecuencias jurídicas escapaban de la competencia del organismo rector la CNV, señala Contreras, especialista en Derecho Público y Mercantil. La regulación de las negociaciones con títulos gubernamentales era competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela, añade. Contreras indica que la po testad de intervención que la normativa anterior Âen agosto fue sustituida por la Ley del Mercado de Valores otorgaba a la CNV estaba circunscrita únicamente a los casos en que la empresa de corretaje confrontase una situación económica difícil que pudiera ocasionar algún perjuicio a los accionistas, los acreedores o los clientes. Reitera que las intervencio nes de empresas bursátiles de los últimos meses, al estar motivadas por las acusaciones de irregularidades en el mercado permuta y ser promovidas por la CNV, son de nulidad absoluta. La institución era incompetente para inspeccionar, supervisar o realizar cualquier acto relacionado con negociaciones con bonos de deuda pública. Como las intervenciones ejecutadas por esta razón son nulas, agrega Contreras, todos los actos que se desprenden de ellas Âcomo la aprehensión de directivos de casas de bolsa y sociedades de corretaje también lo son. Las acciones de las instituciones estatales sólo pueden ser en cumplimiento de las funciones que les asignan las leyes. Negociación autorizada. La fal ta de competencia de la Comisión Nacional de Valores para intervenir casas de bolsa y sociedades de corretaje por irregularidades en la venta de bonos de deuda pública no es el único problema de este caso. El abogado considera que hay una serie de contradicciones en el Gobierno con relación al manejo de este asunto. La primera contradicción es que la denominación en moneda extranjera de los títulos de interés y capital cubierto fue una decisión del Ejecutivo para proteger a los tenedores de una futura devaluación. El Estado, a través de sus instituciones, hacía oferta pública de bonos denominados en dólares que podían ser pagados en bolívares. La segunda es que...

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