Decisión nº S-N de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 22 de Enero de 2010

Fecha de Resolución22 de Enero de 2010
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteMorela Guadalupe Ferrer
ProcedimientoAuto

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo

Punto Fijo, 22 de Enero de 2010

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-001354

ASUNTO : IP11-P-2007-001354

Auto Ordenando Notificar.

Luego de haber realizado una minuciosa revisión del asunto penal, seguido contra los ciudadanos: J.J.M. PEÑA, JONER F.H.M., J.W.P.H., M.A.G., YAMERLIN AHILMAR G.C., y BERRANGCOL E.R.G., por ser autores de la presunta comisión de los Delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, EN GRADO DE COAUTORIA, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en relación con el Artículo 16 ordinal 1º de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en con lo establecido en el artículo 83 del Código Penal, en grado de coautoria, con la agravante contenida en el ordinal 4ª del 46 de la Ley Sustantiva por ser miembros de la Fuerza Armada Nacional y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, y los Ciudadanos F.E.J.O., M.T.G.Z., V.J.Z.C., A.J.G.V., S.H.A.C., H.O.C.P., S.D.J.M.L., por ser autores de presunta la comisión de los Delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, EN GRADO DE COAUTORIA, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en relación con el Artículo 16 ordinal 1º de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y en con lo establecido en el artículo 83 del Código Penal, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en concordancia con el artículo 16 ordinal 1° de la referida ley, a los Ciudadanos F.E.J.O., S.D.J.M.L., M.T.G.Z., V.J.Z.C. y A.J.G.V., por ser autores de la presunta comisión de los Delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 numeral 2º del Código Penal y a los Ciudadanos H.O.C.P. y S.H.A.C. por el Delito de ILICITO CAMBIARIO, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios en perjuicio del Estado venezolano.

Ahora bien ésta Juzgadora observa que en fecha 15 de Octubre de 2009, fue acordada de conformidad al articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal la revisión y sustitución de la Medida Judicial Privativa de Libertad por Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3º, 4º y 5º del Código Orgánico P.P., previa solicitud de la defensa a favor de sus defendidos los ciudadanos: S.A., H.C., S.d.J.M., M.T.G., A.G.V., por parte del Tribunal Itinerante Unico de Juicio, ordenándose notificar, emitiéndose las referidas notificaciones.

En fecha 16 de Octubre de 2009; el mismo tribunal Unico Itinerante de Juicio, decreta un auto dejando sin efecto la medida cautelar sustitutiva de libertad otorgada en fecha 15-10-2009, de conformidad a lo establecido en le articulo 264 del Código Orgánico P.P., por lo que mantuvo la medida privativa de libertad, ordenando la encarcelación de los pre nombrados ciudadanos todo de conformidad a lo establecido en los artículos 29, 83, 271, de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Ordenándose notificar a las partes, notificación esta que por omisión del Tribunal Itinerante Unico de Juicio no se emitieron.

En fecha 19 de Octubre 2009 la Jueza Abg. A.C. en su condición de Jueza Unica Itinerante de Juicio, remite la presente causa penal a este tribunal Primero de Juicio, ello en virtud de la resolución de fecha 16-10-2009 emanada de la Presidencia del Circuito Judicial penal del Estado Falcón.

En fecha 22-10-2009 este Tribunal Primero de Juicio le da entrada a la referida causa penal, fijando Juicio Oral y Publico para el día 14-01-2010, en vista del cúmulo de audiencias fijadas en agenda llevada por este tribunal y de conformidad con la sentencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia Nº 438 de fecha 14-02-2005.

Ahora bien esta Juzgadora realizo esta exhaustiva revisión de la presente causa en cuanto a sus notificaciones.

Una vez siendo verificado la ausencia de la emisión de las notificaciones por parte del tribunal único itinerante de juicio, a las partes del auto de fecha 16-10-2009, esta Juzgadora en arras de Garantizar el Debido Proceso y la Tutela Judicial Efectiva de conformidad a lo previsto en el artículo 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda notificar a las partes sobre la decisión emitida por el Tribunal Itinerante Unico de Juicio.

En consecuencia éste Tribunal Primero de Juicio en nombre la de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la Tutela Judicial Efectiva prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Derecho a la Defensa consagrado en el artículo 49 de la Carta Magna; ORDENA: Notificar a las partes del auto de fecha 16-10-2009. Así se decide.-

Jueza Primera de Juicio

Secretario

Abg. Morela Ferrer Barboza

Abg.. Jamil Richani

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