Decisión nº 2012-003049 de Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 14 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer
PonenteLidia Luisa Rocci Escobar
ProcedimientoContinuacion De Juicio Oral Y Privado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

San F.d.A., 14 de Mayo de 2.013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2012-003049

ASUNTO : CP31-S-2012-003049

JUEZA: ABG. L.L.R.E..

SECRETARIO: ABG. F.G.O.

FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO. ABG. MILANYELA HERNÁNDEZ

DEFENSOR PRIVADO: ABG. J.C.N. Y P.M.

DELITO: VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previstos y sancionados en el artículo 43 tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V..

VÍCTIMA: SE OMITE SU IDENTIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPRESENTANTE DE LA VÍCTIMA: M.G.P.

IMPUTADO: V.D.A.E., titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.299.492, estado civil soltero, de profesión agricultor, hijo de A.E. (v) y F.J.A. (v), residenciado en el Sector Garcitas, Guanarito, Familia Rodríguez, Municipio Guanarito, Estado Portuguesa. Numero telefónico: 0416-9232608

ACTA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO

En el día de hoy martes, 14 de Mayo de 2.013, siendo las 03:00 horas de la tarde, previo lapso de espera para que tenga lugar el acto de Juicio Oral y Privado, en la Causa N° CP31-S-2012-003049. Seguida en contra del acusado V.D.A.E., por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43 tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en perjuicio (SE OMITE SU IDENTIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). Presentes en la sala de Juicio del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial de Violencia Contra la Mujer del Estado Apure, a los fines indicados anteriormente, la Ciudadana Jueza DRA. L.L.R.E., quien verificó a través del ciudadano secretario del Tribunal ABG. F.G.O., la presencia de los llamados a comparecer; informando este que se encuentran presentes el acusado de auto, ciudadano V.D.A.E., previo traslado desde las instalaciones del Internado Judicial de esta ciudad, LOS DEFENSORES PRIVADOS, Drs. J.C.N. y P.M., ASÍ COMO LA REPRESENTANTE DE LA FISCALÍA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABOGADO MILANYELA HERNÁNDEZ. En este mismo acto la ciudadana jueza expone: le manifestó a las partes que tomando en consideración que se encuentran presentes todas las partes requeridas para llevar a cabo el presente acto, se procede a dar continuidad al debate de Juicio Oral y Privado, haciendo la advertencia preliminar a las partes, en el sentido de la obligación que tienen a litigar de buena fe y con el respeto debido, al tiempo que les advirtió que cualquier indisciplina será sancionada conforme a la ley. Se le informa al acusado de autos que mantiene sus derechos tal como se le explicaron en oportunidad del inicio del juicio oral y privado, y que se presume su inocencia hasta tanto exista una sentencia definitivamente firme en su contra. Se deja constancia que la ciudadana jueza realiza un recuento de lo sucedido en la audiencia anterior. Acto seguido se continúa con el lapso de la recepción de las pruebas. Se llama a la ciudadana: A.M.M.. NO ESTÁ. Se llama a la funcionaria A.J. COLINA, AL FUNCIONARIO N.R. Y A LA FUNCIONARIA ABAD NAUDYS. NO COMPARECIERON. Acto seguido la ciudadana jueza expone: vista la incomparecencia de las partes antes llamadas a deponer, este Tribunal acuerda incorporar por su lectura el ACTA POLICIAL DE FECHA 04-11-2012 suscrita por los funcionarios 1er. Teniente N.R., Oficial L.A., oficial H.R. y Oficial Cáceres Carlos, inserto al folio 8 del presente expediente. Se da por reproducida en sala. Es todo. Acto seguido la ciudadana jueza expone: visto que hasta la presente fecha no tenemos resultado de los informes médicos solicitados al Director del Hospital y del Jefe del área Ginecológica del Hospital Central P.A.O.d. esta ciudad, se acuerda ratificar los oficios anteriores, haciendo hincapié en la necesidad que representan los mismos para la resolución del caso de marras, y como quiera que se hace necesario la declaración de las partes actoras faltantes se acuerda: se suspende el presente acto para darle continuidad el día lunes 20 de mayo de 2013 a las 9:00 AM. Ratifíquese oficio al medico jefe del área de Ginecología del Hospital Central P.A.O., de esta ciudad, a los fines de practicar la evaluación solicitada. Quedan citados los presentes. Cítese a los ausentes. Expídase copia simple a la defensa. Cúmplase.

LA JUEZA

DRA. L.L.R.E.

FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO

DRA. MILANYELA HERNÁNDEZ

LA DEFENSA

DR. J.C.N.D.. P.M.

EL ACUSADO

V.D.A.E.

EL ALGUACIL

K.T.

EL SECRETARIO,

ABG. F.G.O.

EXP No. CP31-S-2012-003049

LLRE/FGO.-

3:35 PM

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