Decisión nº 8J-027-09-S de Tribunal Octavo de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 4 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2009
EmisorTribunal Octavo de Juicio
PonenteJuan Antonio Díaz Villasmil
ProcedimientoSentencia Condenatoria

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circuito Judicial Penal del Estado Zulia

Tribunal Octavo de Juicio

Maracaibo, 04 de Agosto de 2008.

199 y 150°

CAUSA No. 8M-349-08

SENTENCIA No. 8J-027-09-S

SENTENCIA CONDENATORIA CON TRIBUNAL UNIPERSONAL

JUEZ PROFESIONAL: DR. J.D.V.

SECRETARIA: ABG. R.V.M.P.

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOG. M.F., FISCAL 33° DEL MINISTERIO PÚBLICO

VÍCTIMA: (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)

ACUSADO: J.J.A.F., venezolano, natural de Maracaibo, Cédula de Identidad V-7.626.462, Casado, de 46 años de edad, fecha de nacimiento: 30-03-63, Ingeniero Civil, hijo de J.A. y A.J.F., Residenciado en la Urbanización la Picola, Calle 43 A, con Calle 15M, Casa 15 M-74, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.

DEFENSA PRIVADA: DR. M.S.H..

DELITO: VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal.

CIRCUNSTANCIAS DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO

Se Apertura Audiencia Oral y Publica una vez verificada la presencia de las partes por parte de la Secretaria del Tribunal en la Sala de Audiencia No. 11 en la Sede del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia con Sede en Maracaibo, el día 25 de Mayo de 2009, fue escuchada la Acusación por parte de la Fiscalia 33° del Ministerio Publico y los Alegatos de la Defensa Privada, continuándose el Juicio Oral y Publico durante los días 08, 09, 18 y 30 de Junio y 13 y 17 de Julio de 2009.

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL PRESENTE JUICIO

Los hechos por el cual el Fiscal 33° del Ministerio Publico Acusa al Ciudadano Acusado J.J.A.F., son los siguiente: “…en fecha 11 de Junio de 2007, cuando el Funcionario Luzardo Larry, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, subdelegación Maracaibo, recibió una llamada telefónica de un ciudadano de sexo masculino quien dijo ser y llamarse C.P., no queriendo aportar mas datos sobre su identificación, informando que en la calle 43 A, casa 15M-74, de la Urbanización la Picola, Maracaibo Estado Zulia, reside un niño de 07 años aproximadamente, estudiante del segundo grado en el Colegio Rosmini, quien presumiblemente es objeto de abuso y maltrato físico por parte de su padrastro de nombre J.A., desconociendo si su progenitora M.U. tenía conocimiento de este hecho, igualmente le comunico que de este hecho tiene conocimiento la doméstica de esta residencia, la ciudadana de nombre MARYORI, y que al mencionado niño le suministran un medicamento de nombre RIDAL. De lo anteriormente expuesto, le fue notificado a la Fiscalía Trigésima Tercera del Ministerio Público, ordenando iniciar la correspondiente Investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Buenas Costumbres y Buen Orden de la Familia. Posteriormente fueron citados a los fines de que comparecieran ante el mencionado Cuerpo Policial los ciudadanos M.U., J.J.A. y el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA). Siendo examinado el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de 08 años de edad, por ante el Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, por la Dra. A.P., quien determinó lo siguiente: 1.- Examen Ano-Rectal: Estado de los pliegues: BORRAMIENTO COMPLETO DE LOS PLIEGUES RADIALES. Tono del esfínter: Hipotónico. 2.- Sin lesiones fuera de la esfera genital. 3.- Conclusión: 1.- Las lesiones descritas fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a un pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo. 2.- Valoración Psiquiatrica urgente. En esa misma fecha 13-06-07, en entrevista realizada al niño: (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien expuso entre otras cosas: que él se quedaba en su casa con su papá y a veces salían los dos solitos, otras veces con Maryuri, mientras su mamá trabajaba, él se quedaba con su papá, él lo cuidaba, a veces lo llama para su cuarto para ver televisión, él le hacía cariños, le acaricia el cabello, él le dijo - QUEDATE TRANQUILO Y RELAJATE PARA QUE APRENDAS A ESTAR TRANQUILO, -cuando él se queda solo su papá le dice -ES HORA DE LA MEDICINA Y DA MEDICINA, ME DICE QUE ESO ES PARA QUE NO ME TENGAN QUE LLEVAR AL MEDICO, - manifestando que su papá lo bañaba y le echaba jabón en todo el cuerpo, le lavaba el pompi, las nalguitas, que su papá le pegaba a su mamá, pero no recuerda cuando fue, ya que él no sabe de meses y años.

Ahora bien, en fecha 12 de Junio del 2007, la ciudadana: M.L.R.M., en su condición de trabajadora doméstica en la vivienda donde reside el n.V. con el hoy imputado, relató ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Subdelegación Maracaibo, que hacía aproximadamente como tres meses la señora ROSA, la llamó y le contó que una muchacha de servicio que había trabajado allí, de nombre YELITZA le había contado a la señora PATRICIA quien vivía en la misma calle de la Urbanización la Picola, que YELITZA había dejado de trabajar en esa casa, porque una vez, ella había abierto la puerta del cuarto de la señora M.U., y había visto al señor J.A. quien es padrastro del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), cuando este señor le estaba sobando las nalgas al niño y lo estaba poniendo a que le chupara el pipi. Manifestó igualmente que en una ocasión cuando la señora M.U. viajó a Caracas, el señor JUAN el día Jueves en la madrugada, sacó al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) dormido cargado y se lo llevó para su cuarto, entonces se asustó porque creyó que le iba hacer algo a ella, cuando se levanta para ir al baño se asoma al cuarto y vio que estaban arropados con el edredón, y vio que el señor se meneaba a las espaldas del niño, hacia movimientos como si se lo estaba cogiendo.

En fecha 14 de Junio de 2007, en la entrevista realizada a la ciudadana: Y.M.F., por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien manifestó entre cosas, que en el año 2006, trabajó como doméstica en casa de la señora M.U. como ocho meses aproximadamente, manifestando que días antes de irse de vacaciones para la ciudad de Puerto la Cruz, en el mes Julio del año 2006, como a las siete de la noche el señor J.A., esposo de la señora M.U., le dijo que fuera a la panadería, cuando iba saliendo se percató que no tenía las llaves, se regresa a buscar las llaves del señor, entra a la habitación cuando vio que éste señor estaba acostado desnudo, a su lado estaba el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) sin pantalones, solo con la parte de arriba de la pijama, acariciándole las nalgas al niño, al verla él le reclamó, porque no tocaba la puerta, preguntándole, qué qué quería, le respondió, que buscaba las llaves. Al otro día el niño tenía diarrea y lloraba, decía que le dolía el culito, ella le preguntaba porque y no le respondía nada; ese mismo día en la tarde el señor JUAN invitó al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) para que lo acompañara a un juego de fútbol y el niño le decía no voy porque tu eres un MALDITO, un MALO, la mamá lo regañó y le dijo que porque trataba así a su padre, y en la tarde se apareció JUAN con unos juguetes de Power Ranger que el niño quería pero el niño ya estaba durmiendo. Posteriormente como a los dos ó tres días, estaba afuera bañando a la perrita, aproximadamente un día sábado como a las dos de la tarde, entró a la habitación del señor JUAN a buscar el secador de pelo y el niño estaba sobre la cama en cuatro patas desnudo y el señor estaba dándole por detrás al niño desnudo también y le decía "RELAJATE QUE NO TE VA A PASAR NADA MALO" y el niño le preguntaba a JUAN QUE VAS A HACER, que vas hacer y él le repetía "RELAJATE", el niño estaba con rodillas y manos sobre la cama con el culito hacia fuera de la cama y el señor estaba desnudo parado con los pies en el piso pegado, por detrás del niño como tratando de meterle el pene, por lo que ella entró a la habitación, el señor le dijo que porque tenía la hijo e puta costumbre de no tocar la puerta y comenzó a insultarla, preguntándole QUE ESTAS HACIENDO a lo que éste le contestó ESO NO ES TU PROBLEMA HIJA E PUTA INDIA, agarró el secador y salió del cuarto, él siguió con el niño en el cuarto, escuchó cuando el niño le dijo PAPI ME PONES EL INTERIOR. Después a los días, recuerda que fue un día Lunes, cuando se disponía a bañar al niño que no había ido para la escuela, éste se quejaba y le decía que le dolía el culito, lo sentó para que hiciera pupú y comenzó a llorar, no podía, cuando se levantó de la poseta bota unas góticas de sangré, después a los días, J.A. quería bañarse con el niño y el niño se puso bravo y gritaba que no, que no, se iba a bañar con él, porque él ERA UN MALO, Y UN MALDITO, y no se quiso bañar con él. Manifestó que se lo contó a su p.E. y ella se lo comentó a PATRICIA, no quisieron hacer nada para no meterse en problemas porque ella le decía que la señora le iba a creer más él. Después se fueron para Puerto La Cruz, el niño la señora y ella, y regresaron de viaje, ya que estuvieron como un mes aproximadamente, como a los dos días el niño decía que le dolía, ella se lo vio y lo tenía rojo como irritado, al día siguiente el niño le vuelve a decir que le dolía el culito; por lo que ella trató de hablar con la señora y le preguntó con insinuación a la señora MARIA y le dijo que no sabía, que ya el señor JUAN se lo había visto, ella no le dijo mas nada y de ahí comenzó a renunciar y se fue, duró un tiempo sin trabajar, después se fue a trabajar con PATRICIA, hasta ahora que se enteró que el señor Juan estaba preso.

Posteriormente durante la fase de Investigación, en entrevista que se realizara al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por ante la Fiscalía 33° del Ministerio Público, manifestó entre otras cosas, que cuando Juan le metía el supositorio le metía el dedo o algo mas grande porque le dolía, cuando él le enseñaba el culo, (el niño se levantó y explicó como el señor se abría su parte trasera con las dos manos), cuando lo bañaba le lavaba el pipí, le halaba las tetillas así, (el niño indicó como se las halaba la tetilla), le hablaba como marico, (el niño se refiere que hablaba como una mujer para echar broma), y le decía ay marico, siempre tenía la mano metida en el pipí y se restregaba las bolas y el pipí, para él eso era normal, cuando su mamá le decía que fuera a dormir a su cuarto Juan le decía, que no, ven le decía que se quedara. Juan le decía que se quedara acostado que se relajara, él se me iba a montar encima y yo me asustaba y salía corriendo. Yo veía cuando Juan se echaba crema en el pipí. Manifestando que eso sucedió en la casa, en el cuarto de su mami. Que nunca se lo comentó a su mamá y a su papá Walter porque JUAN le decía que eso era normal, además le decía te compro esto, si no lo dices, le ofrecía un muñeco.

Finalmente, se pudo determinar durante la investigación que varios vecinos, del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) A.V., tenían conocimiento desde hacía mucho tiempo, aproximadamente desde hacía varios meses, según versiones de los mismos, quienes se enteran de lo que venía sucediendo con el niño por la ciudadana Y.F., quien fue la primera persona que vio los actos indecorosos que éste ciudadano venía realizándole al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), estas vecinas son las ciudadanas: R.A., NIRENE Y.M.G., P.C.B.V., quienes expusieron ante el Cuerpo Policial, su preocupación de lo que venía sucediendo con el niño, ya que ellas tenían conocimiento de los hechos, y que esto venía sucediendo de manera reiterada, cuando se enteraron se preocuparon por lo delicado del asunto y como no tenían la certeza, sobre la situación plateada por Y.F., lo corroboran, y aumenta su preocupación, es cuando la ciudadana M.R., les cuenta que también había observado los actos indecorosos que el ciudadano J.A. venía cometiendo en la persona del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)…”.

Por los hechos antes narrados el Ministerio Publico Acusa al Ciudadano J.J.A.F., por la presunta comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto y sancionado en el Artículo 374 en relación al Artículo 99 del Código Penal Vigente, en perfecta concordancia con lo establecido en el Artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.

En los discursos de apertura del presente Juicio Oral y Publico, el día 25 de Mayo de 2009, el Fiscal del Ministerio Publico 33° ABG. M.F., expuso entre otras cosas lo siguiente: “Buenas tardes en mi carácter de fiscal 33 del Ministerio Público, seguidamente voy a narrarle los hechos por los cuales esta representante fiscal presento acusación en contra del ciudadano J.J.A.F., por la presunta comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 374 Numerales 1 y 4 del Código Penal, en relación con el articulo 99 Ejusdem, en perjuicio del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA). Es el caso ciudadano Juez que en fecha 11-06-, se recibió una llamada telefónica por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Sub Delegación Maracaibo, en la cual una persona que se identifico con el nombre C.P., dicha llamada fue recibida por el funcionario L.L., en la cual manifestaba que un niño estaba siendo objeto de maltrato y abusado sexual y que eso estaba sucediendo en la urbanización La Picola de esta ciudad, y que esos maltratos físicos y abuso sexual supuestamente era cometido por su padrastro, y no se tenía conocimiento si la madre conocía de esos hechos, en virtud de esa llamada telefónica, se inicia la investigación correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 283 del Código Orgánico Procesal Penal, para ese entonces se ordenó que comparecieran al cuerpo policial tanto el hoy acusado J.J.A., la señora M.U., que era pareja del hoy acusado, así como el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), hijo de la señora, M.U., a los efectos de verificar la información que se había recibido vía telefónica, y verificar también si había algún tipo de lesión, asimismo se ordenó emanada de esta representante fiscal, que se le practicara al niño un reconocimiento medico anal al niño, a los fines de determinar o corroborar la información efectuada a dicho cuerpo policial, resultando que el niño fue reconocido por la Medico Forense, Dra. A.P., resultando que el niño arrojó específicamente borramiento completo de los pliegues radiales, lesiones fuera de la esfera genital, por introducción a un objeto romo, duro, semejante a un pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo, inmediatamente sugirió que se le practicara una evaluación psicológica y psiquiatrita al niño con carácter de urgencia, en esa misma fecha se le tomo entrevista al niño quien manifestó que su papi como así lo llamaba aún cuando no fuera su padre biológico, lo cuidada, que su mama se iba a trabajar, que a veces se quedaba bajo el cuidado de las domésticas y que cuando el se quedaba solicito con su papi, le acariciaba el cabello, lo bañaba, que le acariciara el cuerpo y que se quedara tranquilo para que aprendiera a relajarse y que le daba una medicina, que era para que no tuvieran que llevarlo al médico, el niño manifestó que su papa lo bañaba, le lavaba el pompi, las nalguitas y que su papa le pegaba en varias ocasiones a su mama, entonces se siguió con la investigación y se le tomo testimonio a la ciudadana M.R., quien se desempeñaba como doméstica en la vivienda de los ciudadanos Acosta Urbaneja, manifestando que ella se había enterado, en virtud que una de las vecinas llamada Rosa, le manifestó que una de las muchachas que había trabajado ahí, y a otra muchacha que trabajaba ahí como doméstica, le había comentado a otra doméstica de nombre Patricia que vive en la picola, que ella había visto que el ciudadano J.J.A., había abusado del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y que no lo había comentado porque pensaba que no le iban a creer, asimismo esta ciudadana M.R., estaba ella durmiendo cuando el acusado se levanto ella se asusto porque pensó que le iba hacer algo a ella, pero resulta que el acusado se levanto, toma el niño dormido, se lo lleva a su habitación y ella dice que se levanto para ir al baño y vio que la puerta estaba entre abierta, y vio que el señor estaba arropado con el niño de espalda y que se movía el edredón con la sábana, como si este ciudadano estuviera encima del niño y le estuviera realizando relaciones sexuales, palabras textuales como si se lo estuviera cogiendo, tal cual así lo manifestó la ciudadana M.R.. Posteriormente en fecha 14-06- se entrevisto a la ciudadana Y.F., quien también se desempeño como doméstica antes de la señora M.R., por un lapso de ocho meses en la vivienda del hoy acusado, manifestando ella que desde el mes de junio del año 2006, ella viendo ciertos actos indecorosos en la persona del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), manifestando que en virtud que la señora M.U. viajaba porque ella trabajaba, y que vio como en una ocasión este ciudadano la envió a buscar algo en la panadería, y se devolvió porque se le había olvidado las llaves, y subió a la habitación del hoy acusado, encontrándose para ese entonces el acusado con el niño, y pudo ver que el acusado con el niño en la cama, las manos en la cama, el acusado parado, y vio al acusado le introducía su parte al niño, estaba en una posición el niño de rodilla en cuatro, y ella cuando inmediatamente se regresa este señor le dice que hacia allí, la regaña, le decía muchas groserías como maldita india, y manifestando que no solamente fue en ese momento si no que ella en otras ocasiones vio actos indecorosos con el niño, y el manifiesto amor que demostraba el señor con el niño, que lo complacía con todo tipo de regalo, y prácticamente el niño estaba bajo su cuidado, también manifestó que el niño la llamaba y ella vio que el niño botaba sangre y decía que le dolía su culito, y el niño no le daba explicaciones, y la ciudadana Y.F. decidió retirarse y no seguir laborando en dicha vivienda, dado que ella pensaba que la señora M.U. no le iba a creer a ella sino a su esposo, por lo tanto ella se retiro del trabajo y comenzó a laborar en otra residencia cerca del sitio, donde una señora que también es testigo, le manifestó lo que venía sucediendo con el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) en esa vivienda, todo esto sucedió en la urbanización la picola de esta ciudad y a raíz de esta investigación se aquí se escucharan las testimoniales de los testigos presenciales y las personas que tienen conocimiento de estos hechos, y que habían pasado muchos meses y desconocían si la madre conocía o no de las causas que venía sufriendo el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), es por ello que el Ministerio Público, a través de los órganos de prueba que fueron admitidos por el juez de control, los cuales ratifico en este acto, a los fines no solo de demostrar la comisión del hecho punible, sino también su responsabilidad penal, los cuales ratifico en este acto así como las pruebas documentales, en tal sentido, esta representación fiscal ratifica y mantiene la acusación en contra de J.J.A.F. por el delito de Violación Agravada y Continuada, previsto en el artículo 374 del Código Penal, dado que el niño para el momento contaba con ocho años de edad y aparte de ello el niño presenta problemas y trastornos mentales, tal y como se puede evidenciar del informe de la evaluación psicológica y psiquiatrita, practicada por especialistas adscritos al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los efectos de demostrar el hecho punible y la responsabilidad penal del mencionado ciudadano. Eso es todo”.

Por otro lado el DR. M.S.H., expuso oralmente su tesis de defensa de la siguiente manera: “Buenas tardes. En primer lugar la defensa se ve en la necesidad de expresar que el móvil de este proceso no es otro que una actitud de muy mala fe, muy maliciosa, perversa de parte de la ciudadana M.U., madre del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), quien recurriendo a este terrorismo procesal penal, tuvo la osadía de confabularse con algunas domésticas anónimas y otras de muy poca credibilidad, para hacer aparecer a J.J.A.F., como el supuesto autor material de actos de abuso sexual o de maltratos, en perjuicio del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y digo que se trata de una confabulación perversa, porque J.J.A.F. a pesar de que el niño no era su padre biológico, sin embargo le demostró cariño, aprecio, consideración, apoyo y las mejores atenciones, a veces cumplía unas funciones como madre, porque el niño quedaba muchas veces solo en su casa, porque su mama le gustaba mucho viajar para fines comerciales. para la zona oriental del país, y en otras ocasiones para hacer diligencia personales, sin embargo J.J.A., Ingeniero Civil, es un recurso honorable que dedicaba parte de su tiempo como trabajador de PDVSA, para brindarle atenciones a ese niño que se encontraba solo en ese hogar, sin las atenciones de su madre, ese niño era atendido por otras personas, y otras señoras de la cuadra, que no estaban calificadas, no habían sido estudiadas, para confiarle la atención de ese niño de ocho años, que tiene cierto padecimiento psicológico, que sufrió antes de los hechos, él nació con ciertas dificultades de crecimiento, en esas circunstancia el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) era atendido, por J.J.A., pero a pesar de su agenda apretada de trabajo,.. hacia esfuerzo y sacrificio para que el niño fuera atendido y pudiera satisfacer sus necesidades mas apremiantes, y mas por tratarse de un niño que tenía ciertas limitaciones de crecimiento y aprendizaje, pero lamentablemente la mama del niño, en ves de acudir a la vía judicial del divorcio, prefirió tomar la vía del territorio judicial penal, para fraguar e inventar este juicio en contra del ciudadano J.J.A., para quebrarlo moralmente, para destruirlo moralmente, como profesional, como empleado de confianza de PDVSA. Ahí esta la consecuencia de esa actitud perversa, él esta recluido en la Cárcel Nacional Maracaibo, como consecuencia de esa denuncia tan inescrupulosa, y tan perversa de parte de la ciudadana M.U., pero en el desarrollo de este debate, se va a demostrar que M.U. fraguo este juicio, que no tiene ningún elemento de convicción para sospechar que J.J.A., fue el responsable de este hecho, porque en el debate de este juicio se va a demostrar que si el niño sufrió ese hecho, si sufrió algunas lesiones, o fue abusado sexualmente, que varias personas entraban y salían de esa casa y atendían temporalmente al niño, porque su madre estaba viajando haciendo negocios, mi defendido no es responsable de este hecho tan bochornoso, tan repugnante, tan abominable, y tan reprochable socialmente, J.J.A. es un Ingeniero Civil que pertenece a una familia honorable, su papa fue Secretario de Obras Públicas, sus hermanas son profesionales, y en ningún momento ha desarrollado un hecho incorrecto, el debate probatorio demostrará la equivocación y el error humano en que incurrió M.U., en precipitarse a denunciar a J.J.A. como autor de los hechos que sufrió su hijo (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA). La defensa técnica y J.J.A. no negamos que le pudo ocurrir un hecho a ese niño, pero lo que si negamos es que haya sido J.J.A., haya sido el autor directo o indirecto de este hechos, la defensa ratifica totalmente los argumentos de hecho y de derecho el escrito consignado para el momento de la audiencia preliminar y se reserva el derecho de participar activamente en este debate, dentro de parámetros constitucionales y legales y como lo dijo Con tour que las leyes no del debate son la lealtad y la probidad para con el juez y las parte por respecto y honor a la justicia. Es todo”.

DETERMINACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

Considera este Tribunal Unipersonal que de los hechos ocurridos en la presente causa en la Urbanización la Picola, Calle 43 A, con Calle 15M, Casa 15 M-74, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, los elementos probatorios que se estiman acreditados en el presente juicio, son los siguientes:

PRUEBAS TESTIMONIALES:

EXPERTOS

POR EL MINISTERIO PÚBLICO

La Testimonial de la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento se le puso de manifiesto, Informe de Reconocimiento Medico y Evaluación Psiquiatrita y Psicológica, signada con el No. 4582, de fecha 26 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con la Psiquiatra Forense DRA. E.T., reconociendo su firma y el sello de su despacho, quien expuso entre otras cosas lo siguiente: El día 15 de junio de 2007, se apersonaron en la Medicatura Forense donde se le hizo entrevista psicológica y psiquiátrica, al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), haciendo referencia a la evaluación practicada a la Víctima explicó entre otras cosas lo siguiente: En relación a la versión de los hechos “…el menor refiere que los vecinos dicen que mi papá me trata mal y eso no es verdad, él juega conmigo a que me agache, me muestra el culo…” , al ser evaluado y examinado se encontró que era un menor de ocho años de edad, sexo masculino, el cual presenta un desarrollo cognoscitivo concreto lógico propio de su edad cronológica. Posee una inmadurez en su integración viso—motriz con respecto a lo esperado para su edad cronológica, encontrándose indicadores de organicidad cerebral, Emocionalmente es un menor que ante la entrevista se torna irritable e impulsivo al preguntarle sobre su familia, padrastro y al realizar pruebas de papel y lápiz. Posee baja tolerancia a las frustraciones cuando no consigue lo que desea comportándose agresivo hacia el entorno. Presenta cambios repentinos de humor pasando fácilmente de la tranquilidad a la impulsividad e intranquilidad. Se observan durante la evolución conductas estereotipadas, balance del tronco, movimientos en pierna derecha, así como también mirada penetrante, desconfianza y percibiendo a las personas que lo rodean como amenazantes impidiéndole involucrarse afectivamente con las mismas. En cuanto a las conclusiones refirió de acuerdo a los resultados de los exámenes Psiquiátricos y Psicológicos practicados al menor antes mencionado se concluye que existen indicadores de un patrón persistente de desatención y/o hiperactividad-impulsividad. Diagnosticando un trastorno por déficit de atención hiperactividad, predominantemente impulsivo hiperactivo. Se recomienda continuar con su tratamiento farmacológico.

A preguntas efectuadas por las partes respondió entre otras cosas lo siguiente: AL MINISTERIO PUBLICO: 1. ¿Podría indicar específicamente en que consistió la evaluación psicológica practicada al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? El área de antecedentes personales familiares, el área de salud y en área escolar, y los hechos, la entrevista unida a una prueba proyectiva de papel y lápiz, encontramos indicadores emocionales. 2. ¿Dentro del área familiar de que manera abordo al niño para hacerle las preguntas concernientes al área familiar? Cuando le digo que dibujara una familia, el se torno agresivo e impulsivo, el trazado de el era con rabia, negro, las figuras muy grandes y no las culminaba y arrugaba el papel, como que si le molestara que le indagáramos como estaba su familia. 3. ¿Le llegó a decir como estaba conformada su familia? Por su padrastro y su progenitora. 4. ¿Le llegó a manifestar el niño un nombre en particular? No, en ningún momento, en el dibujo ellos ponen el nombre y no apellidos. 5. ¿En este caso en particular? El no nombro a la persona, lo describe mas no lo nombra. 6. ¿Quiero que indique en ese caso específico? El puso nombres pero no apellidos, Juan y Margarita. 7. ¿No trajo el dibujo? No lo podemos sacar de la Medicatura Forense. 8. ¿Cuando el niño realiza el niño como lo interpretan ustedes desde el punto de vista psicológico? Se observó la agresividad del trazado, el ni siquiera quería terminar el dibujo de la familia. 9. ¿Llegó a dilucidar en la evaluación el motivo por el cual no quería estar allí? el ambiente no es el mas idóneo, no tenemos una privacidad como tal, en esa oportunidad no recuerdo, podría haber estado detenidos en ese momento. 10. ¿Cuantas veces evaluó al niño? El día 15 de junio de 2007. 11. ¿Cuantas veces observó usted que el niño presento esas manifestaciones que describe? Las veces que lo llevaban a la Medicatura Forense manifestaba lo mismo. 12. ¿Esa conducta que observó que presentaba el niño de agresividad las presento motivado a alguna preguntas formuladas? El tiene un trastorno por déficit de atención por hiperactividad impulsiva, cuyas características son de inquietud, agresividad. 13. ¿Quiere decir que esas características del trastorno que padece el niño? Si, eso puede ser como desconfianza a la situación. 14. ¿Puede recordar la versión de los hechos? El refiere textualmente así: “los vecinos dicen que mi papá me trata mal, eso no es verdad, el juega conmigo el me pide que me agache y me mostraba el culo”. 15. ¿Esa versión es por pregunta en particular? La pregunta que les hacemos a todos, porque te traen para acá. 16. ¿Las preguntas las hicieron en presencia de alguien? De un hermano. 17. ¿Le hizo una referencia de ese hermano? No en ningún momento, si no que el no quería estar solo. 18. ¿Cual fue el resultado de esa evaluación? Es un menor de 8 años de edad, posee una madurez viso motriz de acuerdo a la edad que tiene el menor. 19. ¿Cuándo se habla de la madurez viso motriz? Es una prueba de papel y lápiz, que se busca si hay déficit de actividad cerebral, y en este caso si lo hay es un trastorno neuro bioquímico. 20. ¿En el área de salud, pudo indagar en su evaluación al niño si recibía algún tratamiento medico producto de su trastorno mental que padece? En este caso esta medicado, hay un informe de la Psicóloga C.M.. 21. ¿Que tiempo tenía tratando esa psicólogo al niño? No recuerdo en este momento, creo que también hay un informe de J.P.. 22. ¿Cuál era el tratamiento que recibía el niño? Lo mas que se usa es el Ritalin, para bajar los niveles de agresión y mantenerlo atento en las horas de clases, y tranquilo. 23. ¿Pudo indagar si ese medicamento era de suministro diario? Si es a diario porque es el modo de tranquilizarlo. 24. ¿Pudo indagar en que persona se encargaba de cumplir ese tratamiento? Me imagino que la familia. 25. ¿No le pregunto al niño quien se lo suministra? No. 26. ¿Esta enfermad la padece en todo momento? Esa enfermedad se controla no se cura. 27. ¿Con ese tratamiento aún presenta las características que presentó en la evaluación? Ese efecto solo dura 4 horas, por eso se recomienda en la mañana para que vaya calmado al colegio y preste atención. 28. ¿Conoce los efectos de ese medicamento? El niño va a estar atento durante 4 horas, se va a tranquilizar o controlada más o menos la situación una vez que se le pasa el efecto, hay efectos secundarios que se presente como sueño, que pierda el apetito y puede que se ponga más agresivo y hay que cambiar el medicamento. 29. ¿El niño presentaba característica de haber sido abusado sexualmente? La disconformidad que presentaba cuando se le preguntaba sobre el hecho, sobre el padrastro, a él le perturbaba que se le hiciera esa pregunta, el día ese de la evaluación los demás tuvieron que paralizar las entrevistas porque no lo podíamos controlar. 30. ¿Hubo alguna pregunta en particular que el reaccionaba de ese manera? Si recuerdo que cuando le preguntábamos en relación con la familia le daba ira rabia. 31. ¿Durante la evaluación nombro a alguien en particular? No. 32. ¿Le llegó a mencionar en la entrevista sobre algún hecho relacionado al abuso sexual? Lo que digo en la evaluación en relación con los hechos.

A la DEFENSA PRIVADA, respondió, 1. ¿Puede explicarle a la audiencia cuantas veces examino personalísimamente al niño? Una sola vez, que se hizo en presencia de la psiquiatra, ella la entrevista y después pasa con la psicólogo el 15 de junio de 2007. 2. ¿Presentaba retardo mental? Para nada. 3. ¿Llegó a escuchar en la entrevista o evaluación que quería inculpar a laguna persona como culpable del hecho? El decía textualmente: “los vecinos dicen que mi papá me trata mal, eso no es verdad, el juega conmigo el me pide que me agache y me mostraba el culo” 4. ¿En la evaluación que hizo del niño en conjunto con la psiquiatra no pudo tener la información quien le suministraba el medicamento? No, esos son antecedentes referido por su mamá. 5. ¿En el momento de examinarlo en presencia de la mama, del hermano y de la psiquiatra, obtuvo una información de que el niño venía medicado o no? Ella refiere actualmente medicado, refiere la mamá. 6. ¿Obtuvo una información de parte del niño en el examen sobre algunas fechas o alguna primera experiencia que tuvo en referencia a un supuesto abuso sexual? No, solo me limito a la referencia de los hechos.

Al Tribunal constituido UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Cuántos dibujos le tomo como prueba? La familia, la figura humana, y con una serie de tarjetas con unos dibujos que la tiene que reproducir. 2. ¿Con la figura humana? Agresividad desconfianza dificultad para relacionarse con las demás personas, irritabilidad, agresión, baja tolerancia a las frustraciones. 3. ¿Al papa lo dibujo? Si grandísimo, estoy segura que arrugo la hoja y rayo las figuras 4. ¿A que edad se puede percibir que necesita atención? Eso se da cuenta cuando se empieza en la escolaridad, y es la maestra quien lo va a decir primero, en el caso de el tiene problema de atención, hiperactividad y agresivo. 5. ¿Hizo otro que hablo de las pruebas de esenciales que da el resultado? Daños orgánicos. 6. ¿Y hablo que tenía problemas viso motriz? Óculo manual, presenta una tarjetas que tiene que mirar y reproducirlas, y el tuvo una inmadurez ahí, como producto de un problema bioquímico, esa inmadurez la vamos a encontrar en niños de esa edad. 7. ¿Psicológicamente no se puede determinar si había sido objeto de abuso sexual? No pero en este caso cuando se le tocaba el tema de su padrastro se irritaba.

La Psicólogo Forense refirió entre otras cosas que el niño a preguntas sobre su padre de Maracaibo es decir J.J.A.F., se perturbaba, presentaba disconformidad y se molestaba, que al momento de efectuar el dibujo de la familia ya cuando le tocaba dibujarse él no quería dibujarse, es decir se negaba a concluir el dibujo, llegando a dibujarse como una persona triste. El dibujo de su padre siempre fue referido a su padrastro el cual realizo en una dimensión de tamaño mayor a la de la madre y la de él.

Quedó Acreditado con la Testimonial de la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en relación al Informe de Reconocimiento Medico y Evaluación Psiquiatrita y Psicológica, signada con el No. 4582, de fecha 26 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con la Psiquiatra Forense DRA. E.T., que el día 15 de Junio de 2007, le efectuaron en la Medicatura Forense, entrevista Psicológica y Psiquiátrica, al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), que era un menor de ocho años de edad, sexo masculino, el cual presenta un desarrollo cognoscitivo concreto lógico propio de su edad cronológica, el cual posee una inmadurez en su integración viso—motriz con respecto a lo esperado para su edad cronológica, encontrándose indicadores de organicidad cerebral, emocionalmente es un menor que ante la entrevista se torna irritable e impulsivo al preguntarle sobre su familia, padrastro y al realizar pruebas de papel y lápiz. Posee baja tolerancia a las frustraciones cuando no consigue lo que desea comportándose agresivo hacia el entorno. Presenta cambios repentinos de humor pasando fácilmente de la tranquilidad a la impulsividad e intranquilidad. Se observan durante la evolución conductas estereotipadas, balance del tronco, movimientos en pierna derecha, así como también mirada penetrante, desconfianza y percibiendo a las personas que lo rodean como amenazantes impidiéndole involucrarse afectivamente con las mismas.

Cuando se le indicó que dibujara una familia, se torno agresivo e impulsivo, el trazado de el era con rabia, negro, las figuras muy grandes y no las culminaba y arrugaba el papel, como que si le molestara que le indagáramos como estaba su familia, e indicó que su familia estaba conformada por su padrastro y su madre, que el refirió en relación a la versión de los hechos textualmente así: “los vecinos dicen que mi papá me trata mal, eso no es verdad, el juega conmigo el me pide que me agache y me mostraba el culo”. Presentaba disconformidad, cuando se le preguntaba sobre el hecho, sobre el padrastro, y le perturbaba que se le hiciera esa pregunta, aún cuando no hizo referencia directa de quien había abusado de él.

La Testimonial de Psiquiatra Forense DRA. E.T., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento se le puso de manifiesto, Informe de Reconocimiento Medico y Evaluación Psiquiatrica y Psicológica, signada con el No. 4582, de fecha 26 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., quien expuso entre otras cosas lo siguiente: En relación a la versión de los hechos “…el menor refiere que los vecinos dicen que mi papá me trata mal y eso no es verdad, él juega conmigo a que me agache, me muestra el culo…” , al ser evaluado y examinado se encontró que el menor acude a la evaluación Psiquiatrica con adecuados hábitos higiénicos, con un buen desarrollo pondo—estatural, poco colaborador con la entrevista, es necesario que permanezca en el salón su hermano y su mama durante la evaluación, su lenguaje es coherente, su atención y concentración es lábil, se aprecia movimientos de su tronco del tipo balanceo asi mismo intranquilidad de miembros inferiores llegando a la irritabilidad, agresiva verbal y física, golpea la mesa con manos y silla con los pies, logra identificar personas y objetos y sus funciones, permanece orientado en tiempo y espacio, no se evidencia actividad alucinatoria en su memoria reciente o remota, su pensamiento en curso y contenido es normal propio para su edad, sin ideación delirante, su afectividad oscila entre los extremos de la rabia, ira, a una acorde al tema tratado observándose alegría y complacencia en su cara y funciona en la esfera intelectual de nivel promedio para su edad cronológica y tiene conciencia parcial de situación actual vivida. En cuanto a las conclusiones refirió de acuerdo a los resultados de los exámenes Psiquiátricos y Psicológicos practicados al menor antes mencionado se concluye que existen indicadores de un patrón persistente de desatención y/o hiperactividad-impulsividad. Diagnosticando un trastorno por déficit de atención hiperactividad, predominantemente impulsivo hiperactivo. Se recomienda continuar con su tratamiento farmacológico.

A preguntas efectuadas por las partes respondió entre otras cosas lo siguiente: MINISTERIO PUBLICO: 1. ¿Podría indicar el diagnostico de la evaluación psiquiátrica al paciente? Trastorno por déficit de atención e hiperactividad de tipo impulsivo. 2. ¿Ese diagnóstico que padecía el niño esta catalogado dentro de las enfermedades mentales? Si, aparece como una enfermedad mental. 3. ¿Cuáles seria las características básicas de dicha enfermedad? El menor no puede prestar atención fija a un estimulo de 8 a 10 segundos presentando atención a ese estimulo, hay un aumento de la actividad motora, el niño no esta quieto en una sola posición, irrumpe en manoteos tumbando objetos, golpeando cualquier otra cosa y no permanece en un solo sitio, actúa impulsivamente. 4. ¿Podría explicar si esa enfermedad diagnosticada al niño es una enfermedad mental permanente o temporal? Es una enfermedad que puede ser diagnosticada a partir de los 3 años y se hace evidente a los 7 años en etapa de escolaridad, puede tener varios factores, pueden ser genéticos otros hablan de factores divisibles de la familia, otros hablan de estructura de escolaridad, todos estos factores son desencadenantes de la enfermedad. No podemos decir que es temporal, es permanente y necesita tratamiento, en la adolescencia se puede convertir en cualquier otra patología. 5. ¿Por ese tipo de enfermedad mental diagnosticada en el niño, se puede decir que estamos ante un sujeto que no tiene la capacidad de discernimiento en el sentido si tiene ubicación en el tiempo y espacio? Eso no lo priva a él con la realidad, el permanece en contacto con la realidad, salvo que este sedado. 6. ¿Para el momento que ve al niño indago si el niño era suministrado un tratamiento? Si para el momento yo hago referencia que estaba recibiendo un tratamiento medico. 7. ¿Cual es el medicamento? De tipo Ritalin. 8. ¿Conoce ese medicamento? Si es un medicamento que se usa para hiperactividad, y era el único medicamento que recuerdo que me informaron. 9. ¿Para el momento de la evaluación del niño, el niño le llegó a manifestar algún hecho o motivo por el cual se le estaba haciendo la evaluación? Los vecinos dicen que mi papa me trata mal, eso no es verdad, el juega conmigo el me pide que me agache y me mostraba el culo. 10. ¿El refirió quien era su papá? Decía que tenía dos papas uno en Valencia y se refería al padrastro como quien reconoció como su papa. 11. ¿El refirió un nombre? No recuerdo. 12. ¿Cuáles son las técnicas utilizadas para el momento de la evaluación? Entrevista psiquiátrica, evaluación psicológica. 13. ¿Observó algún tipo de trastorno orgánico o físico? No físicamente no le observe de miembros, pero si había un comportamiento irregular de balanceo durante la entrevista, de movimiento de miembros inferiores, de violencia física, golpeaba la silla del examinador, golpeo el escritorio donde se le estaba haciendo la evaluación. 14. ¿Todos esos signos en el se momento la hiperactividad no tiene que ser violencia, había ira, no era colaborador porque el pidió que su hermano permaneciera ahí, pero para determinados preguntas trataba de agredirnos, le cambiábamos las preguntas agradables para el y el cambiaba su actos de felicidad. 15. ¿A que preguntas básicamente mostraba esa actitud? A preguntas en cuestión el porque había ido a la medicatura, se negaba a contestar, se tornaba molesto, irritable, había en determinados momentos había algún estado de confusión cuando se le hacia el interrogatorio referente al hecho, a quien se lo había practicado, todo eso provocaba al niño estado de alteración, en cambio tratábamos en el área de escolaridad juegos, cambiaba la actitud del menor, donde la ira ya no estaba presente, cuando hablábamos de los juegos que tenía con su papá observamos un cambio de comportamiento de conducta. 16. ¿En esas preguntas que se tornaba agresivo, llegó a incluir a determinadas personas, mencionar a determinadas personas dentro de su grupo familiar? El nombraba a su papá, no al papá de Valencia sino al de Maracaibo. 17. ¿Dentro de su experiencia como psiquiatra pudo observar en algunas de las características que presento el niño algún síntoma compatible con las características de haber sido un niño abusado sexualmente? Cuando el habla de su versión de hecho el menciona juegos que él tenía con su papá donde quedaban expuestos los genitales, generalmente los Víctimarios de estos delitos le creer a la víctima que se trata de un juego. 18. ¿Reconoce el contenido del informe de evaluación? Si y la firma es mía.

A la DEFENSA PRIVADA, respondió: 1. ¿Puede explicar en forma concreta esa afirmación? El juega conmigo a que me agache y me muestra el culo. 2. ¿O sea que en este caso no habla los genitales del papa? Cuando hablamos de genitales hablamos de las partes compuestos por escroto, pene, recto. 3. ¿El niño no le dio nombre? Nombro a alguien pero no doy el nombre porque no lo recuerdo, pero hablaba de un papá de Valencia y un papá de Maracaibo que refería que tenía buenas relaciones. 4. ¿Pudo constatar en alguna forma cuando se produjo el primer acto? No. 5. ¿Pudo constatar cuando se pudo haber realizado el último acto? No, según el informe no. 6. ¿Las características que describe que encontró al niño examinado, esas características son típicas en esa enfermedad en un niño que haya nacido sufriendo esos trastornos? Yo no le puedo precisar si fue de origen genético o de origen orgánico, porque habría que hacerle estudio de genética, y como los factores psicológicos se mencionaron varios, dándole importancia a la parte familiar a la parte social, etapa de escolaridad, y a la parte orgánica como toda la mayoría de las enfermedad mentales donde el factor externo forma parte importante. 7. ¿Podría explicar a esta audiencia la confusión al referirse al hecho cuales eran? Cuando uso palabra confusión por utilizar una palabra porque el menor se sentía alterado cuando se le tocaba el tema, sin comprender la situación por la que estaba pasando. 8. ¿En todo caso el menor estaba orientado en espacio tiempo y sitio? Si, su capacidad de juicio para la situación que estaba viviendo el no lograba comprender dicha situación. 9. ¿Pero si estaba orientado? Si pero no podía emitir un juicio para comprender lo que estaba sucediendo entre él, su papa de Maracaibo, la situación por la cual estaba pasando y la visita a la Medicatura Forense, al punto que se le tornaba irritable. 10. ¿Cuantas veces sometió a examen con entrevistas, terapias? Con terapias no, eso se hizo en dos oportunidades, tanto la psiquiátrica y la psicológica se hacen en conjunto. 11. ¿Puede explicar en que consistía en esos movimientos irregulares mientras estaba en la entrevista? Golpeaba con los pies la silla después que logramos sentarlo.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Que edad tenía el niño para el momento del examen? 8 años. 2. ¿Fecha del examen? 15-6-07. 3. ¿Un niño de ocho años tiene la capacidad de conocer su cuerpo? Si perfectamente. 4. ¿A partir de que edad los niños comienza a conocer las partes de su cuerpo? A partir de los 3 años. 5. ¿A esa edad tiene capacidad de entender una pregunta de otra? Si y se veía el cambio de conducta de comportamiento, de aquella que le molestaba o de la cual no quería hablar. 6. ¿Tiene capacidad de discernir entre lo bueno y lo malo? Un niño de 8 años puede tener información de lo bueno y lo malo, de acuerdo con la información aportada por el entorno familiar y de la escolaridad que tenga el niño, en relación con los valores estructurales de lo bueno y lo malo. 7. ¿Que cursaba en ese momento? 1er grado de educación básica. 8. ¿No tenía repitencia? No tenía repitencia. 9. ¿Qué efectos tiene el medicamento RITALIN? El medicamento en verdad se utiliza para trastornos de la hiperactividad y puede dar efecto de sedación, pienso que es recomendable en horas de la noche, pero no tengo la hora exacta cuando se la suministraba. 10 ¿En caso de que no tenga el medicamento? Podría tener intranquilidad, y continuarían su intranquilidad durante el día. 11. ¿Se considera una enfermedad? cid10 y cen4 y clasificación de las enfermedades o trastornos metales. 12. ¿Cómo enfermedad puede desaparecer? Con tratamiento puede controlarse, en adultos puede ser personas intranquilas. 13. ¿Cómo hizo para abordar al niño en ese momento en el tema? Nos costo demasiado, tuvimos que permitir la presencia del hermano mayor, que él lo pedía, tratamos de comenzar con sus juegos, tipos de películas que veía, hablaba sobre unos muñecos que estaban de moda, y así lo fuimos abordando hasta caer al tema de los 2 papas. 14. ¿Cuándo habla de su papa de Maracaibo? Entraba en un conflicto porque me están haciendo un interrogatorio de los juegos que yo tenía con mi papa, porque el me atiende, me quiere, cuando le queríamos tratar la pequeña información que tenía, el decía -Eso no es verdad - por eso yo digo entra en conflicto y confusión, por ser interrogado sobre los juegos que ellos tenían. 15. ¿En algún momento les refirió el motivo? No en ningún momento, el refiere: los vecinos dicen que él me trata mal, eso no es verdad, él juega conmigo a que nos agachemos y me muestra el culo, y él atribuye que lo que hacían eran juegos, y eso es normal, porque muchas veces ellos les dicen vamos a jugar, estoy hablando en general, vamos a montarte la pierna, vamos a jugar con este caballito, y por eso el dice juega conmigo a que me agache. 16. ¿Fueron esporádicas las evaluaciones? No. 17. ¿Siempre tuvo la misma actitud? Si, cuando hablábamos de temas interesantes para él cambiaba, se percibía que para él no era fácil.

Igualmente quedó acreditado con la Testimonial de la Psiquiatra Forense DRA. E.T., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en relación al Informe de Reconocimiento Medico y Evaluación Psiquiatrica y Psicológica, signada con el No. 4582, de fecha 26 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., que en relación a la versión de los hechos el menor hizo referencia expresamente a los siguiente: “…el menor refiere que los vecinos dicen que mi papá me trata mal y eso no es verdad, él juega conmigo a que me agache, me muestra el culo…”; Que tiene adecuados hábitos higiénicos, pero para poder efectuar la entrevista requirió de la presencia de su madre y hermano mayor, su lenguaje es coherente, su atención y concentración es lábil, se aprecia movimientos de su tronco del tipo balanceo asi mismo intranquilidad de miembros inferiores llegando a la irritabilidad, agresiva verbal y física, golpea la mesa con manos y silla con los pies, logra identificar personas y objetos y sus funciones, permanece orientado en tiempo y espacio, no se evidencia actividad alucinatoria en su memoria reciente o remota, su pensamiento en curso y contenido es normal propio para su edad, sin ideación delirante, su afectividad oscila entre los extremos de la rabia, ira, a una acorde al tema tratado observándose alegría y complacencia en su cara y funciona en la esfera intelectual de nivel promedio para su edad cronológica y tiene conciencia parcial de situación actual vivida. Aún cuando posee esa enfermedad el niño tiene la capacidad de discernimiento y ubicación en el tiempo y espacio, ya que la misma no lo priva de la realidad, ya permanece en contacto con la realidad, salvo que este sedado. Hizo referencia a dos padres, pero reconoció como su padre a su padrastro.

A preguntas relacionadas con los hechos se negaba a contestar, se tornaba molesto, irritable, provocaba al niño estado de alteración, en cambio tratábamos en el área de escolaridad, juegos, cambiaba la actitud del menor, donde la ira ya no estaba presente, cuando hablábamos de los juegos que tenía con su papá observamos un cambio de comportamiento de conducta. Cuando el habla de su versión de hecho el menciona juegos que él tenía con su papá donde quedaban expuestos los genitales, generalmente los Víctimarios de estos delitos le hacen creer a la víctima que se trata de un juego, según lo dicho por la Psiquiatra. Igualmente quedó acreditado que el niño para el momento en la cual le fue efectuado la evaluación, es decir a sus ocho años tiene la capacidad de discernir entre el bien y el mal pero de acuerdo a la información aportada por el entorno familiar y de la escolaridad que tenga el niño, en relación con los valores estructurales de lo bueno y lo malo. El niño en ningún momento reseña persona alguna, solo refiere los vecinos dicen que él me trata mal, eso no es verdad, él juega conmigo a que nos agachemos y me muestra el culo, y él atribuye que lo que hacían eran juegos, y eso es normal.

La testimonial de la Médico Forense DRA. A.P., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento se le puso de manifiesto, Informe de Reconocimiento Medico Legal (ANO-RECTAL), signada con el No. 4077, de fecha 13 de Junio de 2007, quien reconoció como suya la firma y el sello del despacho, quien expuso entre otras cosas lo siguiente: Que el día Trece de Junio de 2007, practico Examen Medico (Ano-Rectal), al Menor (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de Ocho (8) Años de Edad, el cual arrojo; Estado de los Pliegues: Borramiento completo de los pliegues radiales. Tono del Esfínter: Hipotónico. Sin Lesiones fuera de la esfera genital. Conclusiones: las Lesiones descritas fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo. Valoración Psiquiatrita Urgente.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PÚBLICO respondió: 1. ¿Qué tipo de examen practicó? un examen ano rectal. 2. ¿Nombre de a quien practico el examen? Al menor (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de 8 años de edad, para el momento. 3. ¿A solicitud de que organismo realizó el reconocimiento? No lo recuerdo. 4. ¿Exactamente en el examen ano rectal del niño, que fue lo que observó? Con borramiento completo de los pliegues rectales, con hipotonía de esfínter. 5. ¿Cuándo señala borramiento de los pliegues, pudiera explicarnos cuando se refiere a eso? En algún momento de la vida han visto un recto, haciendo ilustración en una hoja, esfínter externo del ano, que es voluntario, toma esa forma porque los dos glúteos están unidos, que se puede controlar a voluntad y de eso se encarga los pliegues. 5. ¿En el caso en especifico, dice que tuvo borramiento total, eso quiere decir que no existen? No es que no se observan, sino que en estado normal se ven corrugados, más profundos, pero cuando hay borramiento se observan más lisos, las fisuras de la piel van perdiendo su profundidad y se observan más planas. 6. ¿En este caso pudo determinar que objeto o instrumento se pudo ocasionar el borramiento de los pliegues radiales? Si, las lesiones fueron ocasionadas por la introducción de objeto romo y duro, semejante a pene en erección o palo. 7. ¿Para llegar a esa conclusión no es posible que haya sido producto de otra situación, que no haya sido como consecuencia de alguna lesión, o que haya sido como física del niño? No, nosotros conocemos cuales son las lesiones que están en la esfera ano rectal, se sabe cuales con de adentro hacia fuera o de afuera hacia dentro, y en este caso fue de afuera hacia dentro. 8. ¿Y el tono hipotónico? Tono del esfínter, se introduce solo el pulpejo, para tocar si el esfínter voluntario es capaz de presionar ese pulpejo, eso es importante y se toma en cuenta para el momento de catalogar ese tipo de lesiones. 9. ¿Cuándo examina a un paciente acostumbra a entrevistarse con motivo del examen que practica? No es un interrogatorio, la hoja que se utiliza es una breve reseña de el porque se esta en la Medicatura. 10 ¿Pudo indagar el motivo por el cual estaba examinando la lesión observada? Si era un niño de 8 años, no pude tomar información de él, porque estaba bastante nervioso, y con quien pude conversar fue con la mamá del niño. 11. ¿Sugirió una evaluación psicóloga? Es conducta que a todo el atendido por esta causa, debe ser valorada por un médico psiquiátrico, me pareció por el grado de afección del niño, aúnque no soy un medico ciego, el niño tenía un nivel alto de desasosiego, nerviosismo y para mi me pareció urgente hacérsela. 12. ¿Se podría mencionar que estaríamos a nivel de la región anal del niño hubo una penetración? Si. ¿En que fecha practico la evaluación? 13 de Junio de 2007.

A la DEFENSA PRIVADA respondió, 1. ¿El borramiento se puede producir por objeto duro y romo semejante al pene, si el pene no esta en erección se podría causar esas lesiones? No. 2. ¿Cuándo usted señala de que el borramiento de pliegue pudo producirse por un objeto duro y romo semejante a pene en erección o palo, Son estas las únicas causas de producir el borramiento de los pliegues? Cuando digo de objeto duro y romo, pudo haber sido cualquier cosa que es duro y romo, y se hace la salvedad a pene en erección o palo. 3. ¿Hubo penetración en el ano, es una es hipotética o es una aseveración de certeza? Es una aseveración por el examen clínico que se practica, hay varios factores, el organismo instructor que hay una denuncia previa, y hay un hallazgo de la Víctima, en este caso no fue la víctima si no su madre, y tenemos una víctima bastante trastocado, y no es el primer caso de este tipo que había tenido, y podría aseverar que hubo penetración con cualquier tipo de objeto que se hace referencia. 4. ¿Es posible que el borramiento de adentro de afuera reciba características similares a estas? No ¿Por qué? Las lesiones que ocurren de adentro hacia fuera, tenemos las fisuras, las hemorroides generalmente las fisuras las enterocolitis necrosantes, y las diverticulitis, son características de estos pacientes, pero la mas importante que mas se han visto que suceden de adentro hacia a fuera, ninguna de estas van a borrar los pliegues, cuando hay borramiento de pliegues siempre es de afuera hacia adentro; y en un primer acto de penetración anal, aún cual sea la característica del acto, hay personas que tienen relaciones contra natura, cuando hay placer en el acto hay la posibilidad de relajación de los pliegues anales, cuando hay relaciones reiteradas, porque se les esta dando otra función, porque al introducir un miembro se va dando el borramiento y con lo hipotónico es que se puede determinar que ha sido reiterado en el tiempo. 5. ¿Se puede dar el mismo borramiento en el caso de introducción de dedo, palo? El dedo no, porque el dedo no puede ser del mismo diámetro, es menor, que el palo o pene. Si la introducción del dedo es brusca y se va a dar el borramiento de los pliegues. 6. ¿Hubo desgarro en este caso? No.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL expuso: 1. ¿Qué es el pulpejo? Es para valorar el tono del esfínter anal, para valorar la tonicidad del esfínter acercamos el pulpejo del dedo buscando en el anillo anal, cuando uno manda a pujar al paciente, ahí uno determina si hay tonicidad en el movimiento, si ejerce alguna presión. 2. ¿En este caso específico lo hizo? No hubo ningún tipo de presión a nivel de pulpejo, yo pude concluir que el tono de esfínter estaba disminuido, por eso es que se dice que es un esfínter hipotónico. 3. ¿El dedo no era el que borraba los pliegues, solo produce una fisura o un desgarro en caso de que la introducción fuera brusca? Si. 4. ¿Qué tamaño debe tener el pene o el palo, para causar esa lesión? No hablaríamos de diámetro o longitud, hablaríamos en la repetición en el tiempo con que se hace, en este caso el diámetro deber ser mayor al diámetro de un dedo, en el caso de medidas, tendríamos que ir a la medición de un palo de escoba. 5. ¿Un pene normal puede perfectamente penetrar a un niño de esa edad? Si, todo en las circunstancia que se de el acto, las primeras penetraciones deben ser condicionada con caricias, en los homosexuales en primer momento ha habido desgarro, pero luego después con caricias, y en este caso en particular, la cotidianidad, las reiteraciones en el tiempo pudieran hacer la relajación de los esfínteres. 6. ¿Cuándo habla de tiempo, seria hace mucho tiempo? En el tiempo no me atrevería a aseverar nada, lesiones agudas hasta 8 días y después de 10 días es crónico, en este caso para llegar a borramiento de los pliegues radiales, es de un tiempo prolongado, yo diría que mas de un año o 2 años, sobre todo tratándose de los pliegues de un niño que es una piel es muy joven.

En cuanto a la Testimonial de la Médico Forense DRA. A.P., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en relación al Informe de Reconocimiento Medico Legal (ANO-RECTAL), signada con el No. 4077, de fecha 13 de Junio de 2007, quedó acreditado que había efectuado Examen Medico (Ano-Rectal), al Menor (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de Ocho (8) Años de Edad, el cual arrojo borramiento completo de los pliegues radiales y el tono del esfínter hipotónico, que dichas lesiones fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo, ya que los pliegues, no es que no se observan, sino que en estado normal se ven corrugados, más profundos, pero cuando hay borramiento se observan más lisos, las fisuras de la piel van perdiendo su profundidad y se observan más planas. La lesión fue producida de afuera hacia adentro, nunca de adentro hacia afuera ya que estas lesiones ocasionan fisuras, y estas nunca borrar los pliegues. La Medico Forense ordenó la valoración psiquiatrita por el grado de afección del niño, ya que el mismo presentaba un alto nivel de desasosiego, nerviosismo. El borramiento de los pliegues y el esfínter hipotonico -sin presion- determina lo reiterado en el tiempo, que el diámetro o longitud del objeto romo y duro nada tiene que ver, que la cotidianidad, las reiteraciones en el tiempo pudieran hacer la relajación de los esfínteres y que en el presente caso para llegar al borramiento de los pliegues radiales, es de un tiempo prolongado, mas de un año o 2 años, sobre todo tratándose de los pliegues de un niño que es una piel es muy joven.

POR LA DEFENSA PRIVADA

La Testimonial del DR. D.D., Medico Forense, Experto Profesional IV, Adscrito al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento se le puso de manifiesto, Informe de Reconocimiento Medico-Medición del Pene (PENEMETRIA), signada con el No. 5959, de fecha 10 de Julio de 2009, quien reconoció como suya la firma que la suscribe y el sello del despacho y expuso entre otras cosas lo siguiente: Se le practico al Ciudadano J.J.A.F., la medición del pene el cual presenta una longitud de siete centímetros y una circunferencia de ocho centímetros en estado flácido.

A la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Por qué no se hizo el examen en estado de erección? Donde se practica el examen en la Medicatura forense, no es el sitio ideal para que una persona de sexo masculino, se le ponga en erección, delante otros hombres, pero las medidas en estado flácido se calcula según estudios practicadas se puede calcular las medidas para llegar a las medidas en erección. 2. ¿Cuáles fueron las medidas? 7 de longitud y 8 de circunferencia. 3. ¿Cuáles son las proyecciones según esos estudios de la medición del pene? Son como de 3 cm. de erección más de longitud y 3 cm. más de circunferencia. 4. ¿Con base a su experiencia profesional y a su condición de medico puede indicar las medidas de circunferencia de un dedo aproximadamente? Todos los dedos no son del mismo tamaño, tendríamos que medirlos, así no se puede decir a simple vista, no todos los dedos no tienen la misma longitud ni la misma circunferencia, el mío como de 7 a 8 cm. 5. ¿En condiciones normales en abarajes de los hombres un promedio del dedo medio en un hombre? Cada quien tiene un promedio variable. 6. ¿En la Medicatura forense no existes recursos técnicos para provocar la erección? No, yo no hice nada de eso, eso lo hacen en los hospitales, en la Medicatura no se hace eso.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL, respondió: 1. ¿En que consistió la prueba de penemetría? En 19 años es la segunda que hago. 2. ¿Qué finalidad tiene esa prueba como tal? Es para hacer estudios comparativos, de valores comparativos. 3. ¿Con esas medidas que usted tomo, según sus conocimiento científicos es normal? En el promedio es 12 centímetros y 9 centímetros, es un promedio, generalmente en erección de 12 de circunferencia y 15 de longitud, son valores referenciales promedio. Para las medidas de él serian de 10 centímetros y 12 centímetros, lo mínimo es de 3 centímetros más en estado en erección. 4. ¿Cuándo realizó esa experticia y a quien se la realizó? A J.J.A.F., el día 3 de Julio, dice en el informe pero por error, la fecha real que practique el examen fue el día 10 de los corrientes, en la Medicatura forense. ¿Solo en conjunto con otro funcionario? Las medidas solo las tome yo.

Con la Testimonial del DR. D.D., Medico Forense, Experto Profesional IV, Adscrito al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en relación al Informe de Reconocimiento Medico-Medición del Pene (PENEMETRIA), signada con el No. 5959, de fecha 10 de Julio de 2009, efectuada al Ciudadano J.J.A.F., quedó acreditado que el mismo posee un pene con las medidas de siete centímetros de longitud y una circunferencia de ocho centímetros en estado flácido. Que la proyección de este pene en estado erecto es de aproximadamente 3 centímetros más de longitud y circunferencia. Las medidas o valores referenciales promedio de un pene en estado flácido son 12 centímetros longitud y 9 centímetros de circunferencia y en estado de erección de 12 de circunferencia y 15 de longitud, lo que permite acreditar que el pene del Acusado se encuentra por debajo de los valores referenciales y estándares.

FUNCIONARIOS ACTUANTES

La testimonial del Funcionario Detective D.J.G.P., Detective Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento se le puso de manifiesto, Inspección Técnica S/N de fecha 13 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con el Detective Y.F., quien expuso entre otras cosas lo siguiente: “Una vez iniciada la averiguación fui comisionado a trasladarme donde vive el menor, nos traslados, y fuimos atendidos por la señora, el señor y una doméstica, los citamos para que fueran a declarar al despacho, para las respectivas averiguaciones, allí se tomaron las declaraciones, y se le dio a la señora el oficio para que le hiciera el examen médico legal, luego procedimos a tomar las entrevistas a vecinos y a hacer la inspección como estaba conformada la casa, que se presumía que eso era algo continuo, según los vecinos, y el sitio estaba modificado, supongo que estaba modificado, ya que uno de los testigos decía que la señora cuando estaba de viaje, el señor lo saco del cuarto donde dormía con la doméstica y se lo llevaba a su habitación y observó que estaba acostado con el niño y hacía movimientos que para e.e. que estaba abusando sexualmente del niño. Es todo”.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PÚBLICO respondió: 1. ¿Podría indicar la manera como funcionarios tuvieron conocimiento del hecho punible? Se recibió una llamada telefónica, que en esa casa se estaba cometiendo el hecho. 2. ¿Cuál es el nombre del funcionario que recibió la llamada? No estoy seguro pero creo que fue Larrry Luzardo. 3. ¿Dirección del lugar donde practico la inspección? La picola avenida 43 A Casa Nº 15M-74 Parroquia J.d.Á.M.M., Estado Zulia. 4. ¿Cómo esta conformada? Una casa con sus habitaciones, sus baños, comedor, una casa normal. 4. ¿Descríbala? Una casa totalmente cerrado, una sala comedor 2 salas de baño, 3 habitaciones, plata banda, ¿la vivienda es de un solo nivel? Si. 5. ¿Cómo esta el cercado? Bloques de cemento y pérgolas, y portones de metal tipo batientes. 6. ¿Qué son los anexos que tiene su informe? Dos fotografía, de la cama matrimonial y del frente de la casa. 7. ¿Esa foto la tomo usted? No recuerdo si la tome yo o mi compañero, si es la vivienda inspeccionada. 8. ¿De la cerca de afuera a la puerta principal que tiene esta techado o no? No recuerdo creo que son pérgolas. 9. ¿Quién se encontraba presente en la vivienda? No recuerdo si estaba la señora o la doméstica. 10. ¿Como es el acceso a la vivienda? La única manera de entrar es rompiendo el portón, la pared o violen la cerradura. 11. ¿De las investigaciones que realizaron usted dijo que se dirigió al sitio a buscar al niño a la señora y al señor, cual fue el motivo? Fuimos por la llamada que se hizo, quienes vivían ahí, cuando llegamos estaba el señor, la señora, el niño y la doméstica. 12. ¿Qué le dijeron en la llamada? El niño que vivía en esa casa estaba siendo abusado sexualmente por su padrastro, y eso fue lo que nos hizo ir. 13. ¿Qué les indicaron a través de la llamada? El lugar y lo que estaba ocurriendo. 14. ¿Recuerda cuando se recibió la llamada? 13 de junio fue la inspección, la llamada no recuerdo si fue el mismo día. 15. ¿Por qué le tomo fotos a la habitación principal? Porque la doméstica decía que él sacaba al niño y lo llevaba a esa habitación. 16. ¿Qué les indicó las domésticas? Una que vio el movimiento de las sabanas, que para ella le parecía que se lo estaba cogiendo, Y la otra dijo que ella iba para el abasto y salio y se le olvidó algo y cuando se regreso al cuarto y vio al señor en pijama con la parte de arriba y el niño desnudo arrodillado en la cama y él le decía -¿papá que estas haciendo? y él le decía -tranquilo que no te va a doler-. 17. ¿Entrevistaron con los vecinos? Si, ellos fueron como en cadena una le dijo a la otra lo que se estaba pasando. Y lo terminan de corroborar cuando una le comenta a la otra que había visto los movimientos en la cama, los vecinos lo supieron por las dos domésticas. 18. ¿Quiénes vivían para ese momento en esa vivienda? La señora, el señor, el menorcito y la doméstica y no había mas nadie. 19. ¿Reconoce la firma del acta, el contenido? SI.

A la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Puede informar quien fue la persona que hizo la llamada al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas informando del abuso sexual? No recuerdo. 2. ¿Recuerda si pudieron determinar el número de donde se hizo la llamada? No. 3. ¿Fue que no indagaron de cual número hicieron la llamada o que no pudieron indagar? No. 4. ¿No hicieron el seguimiento de la llamada? No. 5. ¿Pudo ver o sus compañeros en la investigación precisar el numero de la Cédula de Identidad de la persona que pudo haber hecho la llamada? no. 6. ¿La escena fue modificada? Como eso era continuo, creo que no fue modificada intencionalmente. 7. ¿Qué tiempo transcurrió del tiempo de la llamada y de trasladaron a la vivienda para hacer la inspección de la vivienda? No recuerdo, 8. ¿Por qué ha afirmado en dos ocasiones de que usted presumía que era un hecho de ejecución continuada, cual fue la fuente de información que le permito concluir de un hecho de ejecución continuada? Según la llamada especificada que se venía sucediendo eso, eso denota que era algo continuo. 9. ¿Recuerda si la voz de la persona que hizo la llamada era masculina o femenina? No recuerdo porque la llamada no la recibí yo, creo que fue L.L.. 10. ¿Cuándo se traslado a la vivienda para la inspección del sitio, recabo alguna evidencia de interés criminalistico? No. 11. ¿Durante su permanencia en la vivienda inspeccionada llegó a recibir de algún informante, del sitio donde estaba haciendo la inspección de alguna evidencia como sustancias de semen, impregnado en alguna toalla? No. 12. ¿Recuerda el nombre de la persona que cuando llegaron al sitio que le informo el modo? Ella fue entrevistada en el despacho, no recuerdo el nombre y era guajira era la doméstica que trabajaba en la casa, y no recuerdo bien porque eran dos. 13. ¿Durante la actuación policial en este proceso, obtuvo algún el elemento de convicción que le hiciera asegurar quien fue el autor del hecho? Nosotras nos encargamos de recabar la investigación y la fiscalia es la que se encarga de eso. 14. ¿Ustedes no pudieron recabar ninguna evidencia material? Solo teníamos la declaración de las dos domésticas que señalaban al señor como autor del hecho y la evaluación del niño, 15. ¿Ellas dijeron que las habían visto? Una dice que ella los vio arropados con movimientos extraños. Y la otra le dijo que había entrado a la habitación donde estaba durmiendo el niño con ella, y lo había sacado y lo había llevado hasta su habitación y vio cuando él estaba solo con la parte de arriba de la pijama y lo tenía desnudo arrodillado en la cama. 16. ¿Eso fue referencia? No, fue la declaración de la doméstica. 17. ¿Pero usted no pudo constatar eso? Imagínese si tuviéramos que estar presente en todos los hechos. 18. ¿Llegó a ver el informe medico? No recuerdo si supe por referencia o fue que lo vi. 18. ¿Recuerda algún contenido del informe medico? No.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Con quien hizo la inspección? Con Y.F., L.L. y otros mas que no recuerdo el nombre. 2. ¿Les fue fácil ingresar a la vivienda? Si o abrían no podíamos ingresar.

La testimonial del Funcionario Detective Y.F., Detective Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento se le puso de manifiesto, Inspección Técnica S/N de fecha 13 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con el Detective D.G.P., quien expuso entre otras cosas lo siguiente: “Una vez que tuvimos la información que en esa residencia se estaba cometiendo un delito contra las buenas costumbres, nos trasladamos al lugar para tratar de recabar alguna evidencia, dejar constancia como se encontraba el inmueble en ese momento, se trataba de una habitación principal donde se decía que cometía un delito, luego de practicada la inspección no fueron hallado evidencias porque todo estaba ordenado, es todo”.

Al MINISTERIO PUBLICO respondió las siguientes preguntas: 1. ¿Cómo tuvo conocimiento la presunción del cometimiento del delito? Se recibió una llamada anónima que en esa residencia el señor abusaba de el niño, llevándolo hasta su habitación, se va al sitio. 2. ¿Tiene conocimiento los funcionario de la comisión? Inspector L.L., D.G., mi persona y otro que no recuerdo. 3. ¿Quién recibió la llamada? El inspector L.L., 4. ¿Practico la inspección técnica? Si con el inspector D.G.. 5. ¿En que lugar practicó la inspección? Urbanización la Picola, Calle 43 A, No. 15M-74, Parroquia J.d.Á.M.M.d.E.Z.. 6. ¿Cuándo fue a practicar la inspección quien le suministro la ubicación de la vivienda? Al recibir la llamada constatamos que la dirección existía y comenzamos a la verificación de la información obtenida. 7. ¿Había alguien en la vivienda? En ese momento no recuerdo con exactitud, el Inspector Luzardo se encargo en verificar si eso era cierto o no, al despacho se hizo presente en el despacho con el niño. 8. ¿En relación con la inspección, en ese momento quien se encontraba allí? Un familiar del niño, no recuerdo en este momento, era una persona que nos atendió de muy buena manera, después de haberlo impuesto del motivo de la presencia nuestra allí. 9. ¿Quién les informo que el hecho había sido en la habitación principal? Quien realizó la llamada informo que el hecho lo cometió el padrastro del menor y que lo conducía a la habitación principal, 10. ¿Recuerda con que vecino se entrevisto? Con muchos. 11. ¿Había testigo? Si la muchacha de servicio, se tuvo que ir de la casa, porque ella fue testigo de ver cuando el señor ella dice, que el señor salio y la mama también, y el señor se regreso y saco al niño del cuarto y se lo llevó a la habitación, y a ella eso le pareció extraño, y el señor dejó la puerta abierta y ella se asomó y vio que estaban los dos arropados y había un moviendo muy extraño entre el niño y el señor, y ella sintió miedo y por eso renunció. 12. ¿Recuerda el nombre de esa persona? No, pero si se que era la señora de servicio. 13. ¿Como era ese movimiento? Que el n.e. arropados y el señor se movía. 14. ¿La inspección la realiza una vez que recibes la llamada o posteriormente? Luego de haber hecho las indagaciones, para tratar de ubicar otro elemento que nos ayudara a esclarecer los hechos. 15. ¿Cuántas habitaciones tenía esa casa? 3 habitaciones, 2 salas sanitarias, 16. ¿Cuántos niveles tenía esa casa? Uno solo. 17. ¿Esa fotografías? Se trata de la habitación y la otra de la fachada de la casa.

A la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Cuándo recibieron la llamada anónima trataron de individualizar o identificar a la persona que hizo la llamada? Si se traslado al lugar para identificar a la persona quien hizo la llamada, nos entrevistamos con los vecinos quienes incluso hicieron referencia con el hecho, pero no aportaron mucha información por temor a futuras represalias, pero si estaban en conocimiento que eso sucedía constantemente. 2. ¿La identificaron? No lo recuerdo. 3. ¿La escena del crimen fue modificada? Pudiéramos decir que si, cuando llegamos a la habitación todo estaba en completo orden, cuando llegamos la cama estaba tendida todo estaba completamente ordenado. 4. ¿Obtuvo alguna evidencia de interés criminalístico que comprometiera al acusado en la comisión de ese hecho? No.

Con la Testimonial de los Funcionarios Detectives D.J.G.P. y Y.F., Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quienes realiza.I.T.d.S.d.S. en fecha 13 de Junio de 2007, quedó acreditado, que la inspección la realizaron en La Picola, Avenida 43 A, Casa No. 15M-74 Parroquia J.d.Á.M.M., Estado Zulia, que era una vivienda totalmente cerrada, que la única manera de entrar es rompiendo el portón, la pared o violando la cerradura, que ellos habían acudido a la referida dirección por una denuncia que interpusieron vía telefónica, donde informaban que el niño que vivía en esa casa estaba siendo abusado sexualmente por su padrastro, que L.L., fue el Funcionario que recibió la llamada. Así mismo quedó acreditado que no se encontró ningún objeto de interés criminalistico y que la cama señala como objeto activo del delito estaba tendida y la habitación en completo orden.

La testimonial del Funcionario Inspector LUZARDO LARRY, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas y Penales y Criminalistica, quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento expuso entre otras cosas lo siguiente: “Recibí llamada telefónico para la fecha 11 06 de 2007, quien me informo que no quiso aportar mas datos de identificación, informando que en la casa ubicada en la Picola avenida 43 A, casa Nº 15M-74, residía un niño estudiante de 2 grado del colegio Rosmini, recibiendo maltrato físico y sexual, desconociendo su mama esto , la doméstica que el suministraba un medicamento de nombre Ridal, y de acuerdo con la investigación se determino que se estaba cometiendo un delito en contra de las buenas costumbres, es todo”.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PUBLICO respondió: 1. ¿Fecha de la llamada? 11 de junio de 2007. 2. ¿Indique el nombre de la persona que efectuó la llamada? C.P.. 3. ¿Usted fue el que recibió la llamada? Si yo estaba de guardia. 4. ¿La persona que se identifico como C.P.? Correspondía a una voz masculina. 5. ¿Especifico la hora de la llamada? A la 1:45 de la tarde. 6. ¿Puede especificar el teléfono de la llamada? El teléfono de la Jefatura de Guardia de la Sub Delegación Maracaibo. 7. ¿Recuerda el número donde recibió la llamada? 0261 786 4421. 8. ¿Actualmente esta operativo? No le sabría decir porque ya no trabajo allí. 9. ¿Qué le informo esa persona? Que en la dirección residía un niño de aproximadamente de 8 años, que era objetote abuso físico sexual por parte del padrastro. 10. ¿No le indicó el nombre del niño, ni el padrastro? No solo que ahí trabajaba una doméstica y que le suministraba un medicamento de nombre Ridal. 11. ¿A quien se lo informo sobre la referida llamada telefónica? Como es obligación se le informa al superior y ellos ordenan que se le informe al Fiscal del Ministerio Público y así se hizo. 12. ¿Recuerda a que fiscal le hizo llamada? La fiscal 33 del Ministerio Público, M.F.. 13. ¿Reconoce su firma y contenido del acta? Si.

A la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Puede informar si una vez recibida la llamada el 11 de junio de 2007 del sujeto C.P., hizo un seguimiento para identificar el autor de la llamada? Es difícil hacerlo, ese teléfono solo era receptor, hacer el seguimiento es bastante difícil. 2. ¿No trataron de ubicar la llamada la identificar a la persona? No es difícil, porque CANTV dice que solo se puede identificar la llamada saliente y no la entrante. 3. ¿Se trataba de una llamada anónima? La persona se identifico como C.P., que no se identificó plenamente. 4. ¿No dio dirección? No por temor a represalia. 5. ¿Se traslado a la residencia del niño? Si, no recuerdo con quien. 6. ¿No recuerda quienes participaron en esa investigación? No recuerdo ya ha pasado tanto tiempo. 7. ¿En compañía de quien se traslado? Recuerdo que fue con D.G., pero no recuerdo con quien mas, recuerdo que me entreviste con las personas que estaban ahí, pero no entre a la habitación. 8. ¿Recuerda si sus compañeros recabaron algún objeto de interés criminalistico? No recuerdo. 9. ¿Tuvo conocimiento directo y personal de algún vecino o doméstica que le señalara directamente la autoría del hecho? no.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL expuso: 1. ¿A la 1:45 compareciste donde? Cuando uno refleja la hora del acta, es cuando esta levantando el acta, recibí la llamada como 15 o 20 minutos antes 2. ¿Solo hizo esa actuación? Si. 3. ¿Con quien redacta el acta? Yo solo, porque yo fui quien recibí la llamada.

Con la Testimonial del Funcionario Inspector LUZARDO LARRY, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas y Penales y Criminalistica, quedó acreditado que efectivamente esté recibió la llamada el día 11 de Junio de 2007, de un Ciudadano quien se identifico como C.P., quien le informo que una vivienda ubicada en la Picola Avenida 43 A, Casa No. 15M-74, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, residía un niño estudiante del Colegio Rosmini, recibiendo maltrato físico y sexual, que la llamada fue aproximadamente a la 1:45 de la tarde, y que fue efectuada al teléfono de la Jefatura de Guardia de la Sub Delegación Maracaibo, al teléfono 0261 786 4421.

VÍCTIMA

El testimonio del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), en compañía de su representante legal, ciudadano W.O.V.C., mayor de edad, Titular de la Cédula E 81.647.819 extranjero de nacionalidad Peruana, Comerciante, quien si juramento expuso: “Estoy aquí por lo que me ha hecho J.J., el me metió el dedo en el culo, él me compraba regalos para que no le dijera a mi mamá, él me lo hacia cuando mi mamá no estaba, un día me metió la pastilla que cuando iba al baño a hacer pupú estaba sangrando, me puede permitir decir groserías, -por el culo-, ahorita no me acuerdo de mas cosas”.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PUBLICO expuso: 1. ¿Mencionaste el nombre de una persona quien es J.J.? El señor que esta allá (señalando al Acusado). 2. ¿J.J. es familia tuya? No. 3. ¿De donde lo conoces? Por mi mamá. 4. ¿Cómo te lo presento tu mama? El se casó con ella. 5. ¿Tu llegaste a vivir en la misma casa con J.J.? Si. 6. ¿Donde vivían? en la Picola. 7. ¿Y quienes vivían ahí a demás de ti, tu mamá y el señor J.J.? Mi hermano Miguel. 8. ¿Siempre estaba ahí todos los días? Si. 9. ¿Puedes explicarnos que era lo que te hacia J.J.? El me metía el dedo en el culo, el me chupaba el pipi. 10. ¿Cuándo sucedía eso? Cuando mi mama no estaba. 11. ¿Recuerdas más o menos donde sucedía eso? En el cuarto de mi mamá, en la casa. 12. ¿En que grado estas? En 3ro. 13. ¿Recuerdas cuando ocurrió eso que tu dices que J.J. te hacia? No lo recuerdo. 14. ¿Recuerdas cuantas veces sucedía eso que nos cuentas acá? Varias. 15. ¿Le llegaste a contar a alguien lo que J.J. te hacia? No. 16. ¿Por que no lo contabas? Porque yo pensaba que eso era bueno. 17. ¿Y por que pensabas que eso era bueno? Porque el siempre me decía que me quería mucho como iba a pensar que él me hacia cosas malas. 18. ¿Cuándo sucedía eso que estas diciendo, tu sentías dolor? Un poco. 19. ¿Que te decía él cuando te hacia eso? No. 20. ¿Llegaste a alguna vez botar sangre por tus partecitas? Si. ¿Recuerdas cuando fue eso? No lo recuerdo. 21. ¿En tu casa habían muchachas de servicio? Si. 22. ¿Recuerdas si cuando ocurría eso, recuerdas el nombre de las muchachas que limpiaban que te cuidaban? No recuerdo.

A preguntas de la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Me puedes informar si lo que has dicho en este acto lo dices tú personalmente o te dicen que lo digas? No, lo pensé yo personalmente. 2. ¿Antes de venir para acá te reuniste con tu mamá u otra persona para preparar lo que ibas a decir aquí hoy? No. 3. ¿Llegaste tu (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) a reunirte solo con J.J. en algún cuarto sin estar presente nadie de tu familia? Si. 4. ¿Donde te reuniste? En el cuarto de mi mamá. 5. ¿En algún momento, en alguna ocasión estando tu dentro del cuarto llegó a estar presente otra persona de tu familia o empleada de la casa? El niño pregunto -A donde en mi cuarto? No.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Desde que edad vivías con J.J.? No recuerdo. 2. ¿Cuánto tiempo tienes que no lo ves? Bastante. 3. ¿Por que lo dejaste de ver? Por que estaba en una prisión. 4. ¿Y por que? Por lo que me hizo. 5. ¿Como te trataba él cuando vivía con tu mamá? El me decía que me quería mucho y me compraba juguetes. 6. ¿Tú ibas a visitar a tu papá en Puerto La Cruz? No me acuerdo. 7. ¿Porque recuerdas lo que paso con J.J.? Al principio no lo recordaba mucho y después fui recordando. 8. ¿Por qué, sucedió por mucho tiempo lo que te hacia? Si. 9. ¿Tu mama nunca se dio cuenta? No. 10. ¿Por que? Porque no se había dado cuenta. 11. ¿Como te diste cuenta que no era bueno lo que te estaba haciendo? Porque me llevaron a un doctor, y el me revisó y me dijeron que si. 12. ¿Solo era el dedo? También me metía el pipi. 13. ¿Todo el tiempo? A veces el dedo y a veces el pipi. 14. ¿A que hora te hacia eso, era de noche o de día, cuando llegabas del colegio? No sabía la hora. 15. ¿Quien te cuidaba cuando llegabas del colegio? A veces me cuidaba J.J. y a veces la muchacha de servicio. 16. ¿Alguna otra persona te hizo lo que te hizo J.J.? No. 17. ¿Cambiaba mucho de muchacha que te cuidaban? Eran malas limpiando, a veces cocinaban mal y limpiaban mal. 18. ¿Quien les decía que se fueran? Mi mama. 19. ¿En que trabajaba tu mama? Comerciante, vendía cosas exotéricas, tenía tres negocios, una que vendía cosas de mujeres, cosas chinas y otra de hemos y roqueros. 20. ¿Que hace tu papa Walter, en que trabaja? En el otro negocio donde vende cosas de roqueros y hemos. 21. ¿Tú te sientes presionado por Walter? No. 22. ¿Y por tu mama? No. 23. ¿Tú vienes voluntariamente a decir la verdad? Si. 24. ¿Dices mentiras a veces o siempre dices la verdad? Por ejemplo, un día que tenía mucha hambre me comí un chocolate y no le dije nada a mi mamá. 25. ¿Que sientes de J.J. ahora, no quieres que este mas a tu lado? No. 26. ¿Lo recuerdas con cariño? No. 27. ¿Qué edad tienes ahora? 10 años. 28. ¿Vas para 4to grado? Aja. 29. ¿Cómo te portas en el salón? La maestra me corrige mucho y me dice que soy uno de los mejores estudiantes. 30. ¿Dónde estas viviendo? En la picola en el mismo sitio. 31. ¿Esa casa es de quien de tu mama? Si.

Con la Testimonial del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), quedó acreditado, el señalamiento directo del Acusado J.J.A.F., como la persona que en algunas oportunidades le metía el dedo en el ano y otras veces el pene y que igualmente lo colocaba a succionar su pene y el Acusado le hacia lo mismo al Niño, que el acusado le compraba regalos para que no se lo dijera a su mamá y que el hecho se producía cuando su madre no se encontraba en la casa, que casi siempre era en el cuarto de su mamá, el no lo contaba porque no pensaba era algo malo; J.J.A.F., su Padrastro le hizo creer que eso era bueno, él siempre le decía que lo quería mucho. Igualmente quedó acreditado que lo sucedido fue por mucho tiempo, que él se percato que no era bueno cuando lo llevaron a que un Doctor –Procedimiento de Denuncia-, igualmente refirió y aseguró que ninguna otra persona le había hecho lo que J.J.A.F. le hizo. Así mismo quedó acreditado que las únicas personas que vivían era el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), J.J.A.F. (PADRASTRO) y su (MADRE) M.M.U.Y., conjuntamente con la Doméstica.

TESTIGOS

La testimonial de la Ciudadana M.M.U.Y., quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento expuso: “…Él para el momento de la denuncia por lo que le había hecho a mi hijo, él me llamó que se le estaba haciendo esa denuncia porque se estaba metiendo con mi hijo menor, y la vecina hablo conmigo y me dijo que una persona que había trabajado conmigo que había visto a mi esposo en actitudes tocando a mi hijo, y después de esa muchacha vino otra y le comento algo parecido, y me preguntaron como hacia yo, que si iba a estar de acuerdo con la denuncia, que si iba a estar de parte de él o del niño, y por supuesto que le dije que de mi hijo, y yo atravesé la calle y llegue a la casa y llegó como 10 minutos llegó la PTJ, me llevaron a la PTJ me tomaron declaraciones a mi, y yo le dije que no tenía conocimiento, yo estaba confiando en la persona que tenía como esposo, y como no sabia nada, y me dieron la orden para la Medicatura forense, y no se trataba de una denuncia chiquita y le dije que buscara el abogado, y yo estaba tranquila, y sorpresa la mía cuando le hicieron el examen a mi hijo, y yo estaba confiada en mi esposo hasta ese momento, y le dije que podía hacer, porque él era mi esposo, y mi hijo estaba también mal, y me fui a la PTJ y dije lo que estaba sucediendo y lo pusieron preso, y de ahí fui a los psicólogos, una persona noble como él, él le enseñó que eso era normal entre un hijo y su papá, y después para enseñarle que eso no estaba bien, y de lo demás no puedo decir nada. Nunca pensé pasar por esto que estoy pasando, pensé en tener una familia normal, yo lo quería”.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PUBLICO respondió: 1. ¿Quién formulo la denuncia? Una vecina que nunca había tratado de nombre NIRENE, pero después que hizo todo fue a mi casa y me dijo que había puesto la denuncia. 2. ¿Recuerda exactamente lo que ella le dijo, dónde formulo la denuncia y que fue lo que manifestó? Tengo entendido que la hizo con una llamada anónima, que ella trabaja como educadora al enterarse de eso, a ella le pareció que eso no se podía tolerar. 3. ¿Esta persona le indicó que ella hizo la llamada? Si, que puso la denuncia pero no me dijo que ella fue la que llamo. 4. ¿Y quien fue que le dijo que pasaría si ponía la denuncia? Rosa. 5. ¿Que día fue eso? El día 13 de Junio de 2007 no el día 12, que fue cuando nos mandaron a la PTJ en la noche y al día siguiente que fui a hacerle el examen medico forense a mi hijo. 6. ¿Recuerda lo que le dijo la vecina que pasaba con su hijo? Que una muchacha de servicio le había dicho que había visto a mi esposo con mi hijo en la cama y no me habían dicho nada y ya había pasado un año, y cuando otra muchacha de servicio le dijo una versión parecida fue que hicieron la denuncia. 7. ¿Que hizo después de que le dijeran esto? Me fui a la casa y le pregunte que si se había metido con mi hijo, que si lo había tocado, y yo le creí. 8. ¿La PTJ se presento ese mismo día? Si ese mismo día. 9. ¿Le dijeron sus vecinas el nombre de las personas de las domésticas? Si, Maryori y Yelitza, Maryori estaba en la casa ese día. 10. ¿Y que le dijo? Yo le pregunté y estaba muy asustada y no me respondió. 11. ¿Interrogó al niño? Si le pregunté que si lo había tocado y lo negó. 12. ¿Y le preguntó de manera directa? Si, esa era la única forma que tenía en ese momento de preguntarle. 13. ¿Que día llevó al niño al Medicatura forense? El día 13. 14. ¿Se recuerda si era hombre o mujer cuando lo examinaron? Si mal no recuerdo era mujer. 15. ¿Le dijeron el resultado del examen? Yo le dije a la medico forense de lo que estaban acusando a mi esposo y la medico forense me dijo lo que estaba sucediendo, a tu hijo han abusado de él y no ha sido una sola vez, el tiene todos los pliegues anales borrados, y pregunte que tenía que hacer, y me dijeron que fuera a la PTJ. 16. ¿Como era la relación entre el niño y J.J.A.? Era un hombre que llegaba del trabajo, lo llevaba al kárate, todo, muchas personas me decían - ¿como no te diste cuenta?- yo pensaba que él lo quería como lo tenía que querer y yo me sentía bien. 17. ¿Acostumbraba a dejar a su hijo a solas por días con el acusado J.J.A.? No era algo fijo, salgo al negocio, si iba al club se lo llevaba, yo salía mucho en los negocios, pero yo estaba tranquila porque estaba con él. 18. ¿Y en la casa se quedaba solo con el niño? Si claro. 19. ¿Quien cuidaba al niño? La muchacha, yo a veces llegaba temprano del negocio. 20. ¿En los últimos 2 años atrás para el momento que se entera que muchacha trabajaban como domésticas? No hubo otra persona. 21. ¿Antes de tener conocimiento de los hechos que se ventilan llevaba al niño a un psicólogo? Si, porque se golpeaba con el piso, jugaba con sus manos, tenía rasgos autistas, después me dijeron que tenía rasgos pero no, estaba en un colegio normal, el colegio lo ha ayudado mucho, ha estado en terapias para ver cuales son las cosas normales entre un hijo y su papá. 22. ¿Como se llamaba la psicólogo que lo trataba? Montiel. 23. ¿Y actualmente? No, en el colegio me lo ve una psicólogo a diario, y lo que era mas importante era que debía estar mas en mi casa. 24. ¿Antes no estaba tan pendiente de su hijo? No, a veces no porque él se lo llevaba para el club y yo a veces iba, yo estaba en el negocio y después iba al club. 25. ¿A (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) le recetaron un tratamiento medico? Si Retival para que estuviera mas tranquilo porque era un niño muy intranquilo, el niño ha mejorado bastante. 26. ¿Cuántos años tenía de casa con el acusado hasta el momento que se entera de los hechos? 4 años. 27. ¿Tiene conocimiento si su esposo tiene hijos? No. 28. ¿No tuvo hijos con usted? No, yo en un tiempo me hice un tratamiento y salí embarazada y tuve una perdida. 29. ¿Como era su relación con su esposo? El es una persona violenta, mi hijo tenía miedo porque el decía si yo digo algo y mi papa te hace algo, y una vez me llegó a golpear y no me pidió disculpas a mi si no a mi hijo, y yo no lo entendía. Una vez fuimos a un medico sexólogo y se le pregunto de las relaciones sexuales, y 4 veces al año, el doctor le dijo que eso no estaba bien. 30. ¿En algún momento su hijo le llegó a manifestar que sentía dolor en su parte anal? No, una vez cuando estaba en el preescolar, le mandaron a hacer los exámenes y no tenía problemas para ir al baño, y una vez tenía las nalguitas irritadas, y como siempre él estaba en la casa que iba a pensar eso. 31. ¿Quien le suministraba el medicamento? Era a diario, una sola dosis al día, una en la noche, si yo no había llegado se lo daba él.

A la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Podría usted informarnos el nombre del medico que le receto el Retalin? La psicóloga de apellido C.M., fue la que lo atendió por primera vez, y la que le receto ese medicamento no le se el nombre porque fue Juan quien llevó. 2. ¿La Psicóloga C.M. no se lo receto? No, fue el neurólogo. 3. ¿Como se llama ese medico? El que sabe el nombre es J.J., porque el fue el que llevó al niño. 4. ¿Recuerda la dosis? Creo que era media pastilla, no estoy segura si era de noche o de día. 5. ¿Cuándo el niño quedaba con J.J. era ese cuidado diario u ocasional? Diario. 6. ¿Juan trabajaba? Si trabajaba en la Alcaldía. 7. ¿Cuales eran los lapsos de tiempo que J.J. se encargaba de cuidar al niño en la casa? No era un tiempo fijo. 8. ¿Cuando trabajaba en la alcaldía a que hora salía? No tenía horario fijo, porque el tenía trabajo de campo. 9. ¿Eso era de mañana o de tarde? En la tarde. 10. ¿Cuando J.J. trabajaba en la alcaldía y cuando dejo de trabajar y se dedico de cuidar al niño? La muchacha, estábamos los 3, siempre había alguien. 11. ¿Quién cuidaba al niño? Cuando estaba en el preescolar lo buscaba él o lo buscaba yo, el siempre iba a almorzar en la casa. 12. ¿En que lapso cuidaba la doméstica al niño? Yo llegaba en la noche Juan llegaba en la tarde mas temprano. 13. ¿Quien llegaba primero a la casa? Podía llegar él, o llegábamos juntos. 14. ¿Cuál era la hora mas temprano que llegaban ustedes a la casa? Como a las 9 y media. 15. ¿Recuerda el día que formulo la denuncia de los hechos de este juicio, converso personalmente con las domésticas que venían cumpliendo trabajo en su casa? Únicamente con Maryori. 16. ¿Cuando hablo con Maryori quien dio la primicia de la noticia? Yo estaba almorzando con mi hijo mayor, porque Maryori le había dicho que ella a nombre de ella había puesto la denuncia. 17. ¿Por quien lo supo? Por J.J. me llamó. 18. ¿Después con cual de las domésticas hablo usted? De conversar no, yo le hice el comentario, no la interrogue. 19. ¿Maryori no le dijo nada? No, mi vecina me dijo el comentario lo que había pasado con la doméstica. 20. ¿Quien es esa vecina? Rosa. 21. ¿Cuándo Rosa le hizo el comentario de las doméstica, que domésticas le nombro? Me nombro a Yelitza y a Maryori, y yo llegue a la casa y Maryori estaba nerviosa y no me dijo nada. 22. ¿Y al día siguiente hablo con Nirene, Yelitza, Maryori y Rosa? Yo llegue tarde y si hable con Nirene. 23. ¿Usted cree que Nirene hizo la denuncia? Personalmente no, hizo una llamada anónima, pero no me explico como la hizo. 24. ¿Nirene no le dijo el nombre de la persona que puso la denuncia formulada la denuncia? A mi no me lo dijo. 25. ¿Cuando estuvo en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el niño le confeso a usted en presencia de los funcionarios quien le había ocasionado el daño? La primera vez que fuimos no le hice la pregunta porque no sabía si era verdad, y la segunda vez en ese momento yo estaba bastante nerviosa y asombrada por el resultado del examen, en ese día yo no sabia que iba a hacer y me dijeron que fuera al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, y cuando fuimos al medico forense le dije que le iban a ver si tenía gusanitos. 26. ¿Estando en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, pudo observar si el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) le dijo a los funcionarios quien le había causado el daño? Yo no recuerdo si le hicieron esa pregunta. 27. ¿Recuerda si en alguna ocasión el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) le hubiese dicho a los funcionarios quien le había causado ese daño? No. 28. ¿Diga si ella pudo ver si el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) le comunico a los funcionarios quien le había hecho el daño? El no dijo nada de eso.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Cuánto tuvo conociendo a J.J. antes de casarse? 3 meses. 2. ¿Cuantos años tenía (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) cuando se caso? Casi los 4 años. 3. ¿Hasta que tiempo fue su vida sexual normalmente? El primer año fue normal, el matrimonio no fue normal, nosotros nos separamos varias veces. 4. ¿Por qué se separo de él? Por que me agredió físicamente 5. ¿Lo denunció? En la PTJ de Caracas. 6. ¿Que estaba haciendo en Caracas? Estaba comprando mercancía. 7. ¿Luego de eso se separaron? Si un año, yo alquilé una casa por un año, y después comenzamos a frecuentarnos y terminamos otra vez juntos, cuando uno se enamora uno acepta muchas cosas. 8. ¿Por que fue al sexólogo? Porque yo decía que eso no era normal de las relaciones y le indicó que no eran normales las veces que teníamos relaciones. 9. ¿Por qué acude a casa de Rosa? No yo acudo primero a la casa. 10. ¿Qué tiene que ver Rosa en esto? Porque Rosa le dijo a Maryori que le están poniendo una denuncia en nombre de Maryori por las cosas que están pasando, Maryori se puso nerviosa y se lo dijo a Juan, y fue ahí cuando yo fui para casa de Rosa y cuando llegue a la casa yo le digo búscate un abogado porque te pusieron una denuncia grave. 11. ¿A quien interrogaron? A Maryori y a mí. 12. ¿Interrogaron al niño? No para nada. 13. ¿En algún momento lo interrogaron? Si en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el mismo día que le hicieron el examen. 14. ¿Estuvo presente el día del interrogatorio del niño? A mi no me dejaron estar presente. 15. ¿Y el niño permitió? Estaba asustado. 16. ¿El nunca admitió, es decir, decirlo? No, no. 16. ¿En que momento el niño dice eso? El niño estaba muy cerrado, porque cuando el se entero que eso era malo, porque él creía que eso era muy bueno lo que le estaba haciendo, el después fue que se abrió y dijo las cosas, luego de tratamientos de psicólogos. 17. ¿Cómo recuerdas el matrimonio? Con muchas peleas. 18. ¿Cómo fue su primer matrimonio? Fue una cosa muy diferente porque me case muy joven, me case porque estaba embarazada no porque me quería casa. 19. ¿Y como fue con J.J.? Estaba muy enamorada, y quería que me fuera bien, y a veces me tragaba cosas para que el matrimonio fuera bien. 20. ¿Nunca te percataste de nada? No, yo creía que me había casado con alguien que era buen padre. 21. ¿Crees que estas siendo suficientemente objetiva? Claro, porque jamás pensé que pudiera hacer eso con mi hijo. 22. ¿Que sentimiento tienes hacia él? Mucha rabia, el le tenía mas cariño a él que a mí. 23. ¿Qué edad tenías cuando te casaste? 37 o 38 no recuerdo, treinta y algo. El destruyo mi vida la de mi hijo, el no tenía derecho, el no tenía porque hacer eso, algo así. 24. ¿El día que te enteraste de todo, durmieron normal en tu casa? Claro, conversamos, estaba mi hijo mayor, -¿no le iba creer? 25. ¿No tuviste dudas? No, yo estaba tratando de ayudarlo. 26. ¿Que actitud tenía él? Estaba muy nervioso. 27. ¿A que hora fuiste a la Medicatura Forense? En la mañana. 28. ¿Y que hizo Juan esa Hora? No se, fue con unos conocidos abogados, porque tenía que defenderse. 29. ¿A estas alturas podría tener duda que pudo ser otra persona? No, en ese momento tenía dudas pero ya no, mi hijo no miente, y como quisiera que hubiera otra persona que yo pudiera creer que fuera, porque él me destruyó mi vida y la de mi hijo y la de él. Yo quería tener un matrimonio feliz una familia normal. 30. ¿Qué le dijo su hijo? Le daba pena decir las cosas, me dijo que Juan se lo hacia en el cuarto de nosotros, y yo le decía que porque no me lo decía, y me decía que su papa le decía que era algo entre los dos. ¿Quienes fueron las personas que trabajaron con usted? Maryori y Yelitza.

Con la Testimonial de la Ciudadana M.M.U.Y., quedó acreditado que el niño tenía casi cuatro años cuando se caso con su Esposo J.J.A.F., que no tenía el menor conocimiento de lo que estaba sucediendo con su hijo; La plena confianza que le profesaba a su Esposo J.J.A.F., quien aún cuando ya existía la denuncia en su contra, y la vecina le había asegurado, que éste abusaba de su hijo, le permitió dormir con éste la noche antes de que fuera detenido; Solo fue hasta el día siguiente al acudir a Medicatura Forense, y le es realizado por la Medico Forense el Examen Medico al Niño, cuando al saber el resultado entra en conciencia de lo que estaba sucediendo, fue allí cuando acudió al CICPC. Igualmente quedó acreditado que el Niño muchas veces se quedaba solo con su esposo, por lo de los negocios, pero que ella estaba tranquila por cuanto consideraba que estaba seguro con él. Que el niño tenía temor de su Esposo J.J.A.F., por que este siempre se comportaba violentamente hacia ella; El niño tomaba un medicamento que lo sedaba para controlar su intranquilidad; Que ella conoció de la denuncia por su Esposo J.J.A.F., pero es su vecina ROSA (R.A.), es quien le comunica la versión de las dos domésticas YELITZA y MARYORI, esta ultima se encontraba para el momento laborando en su casa, y fue MARYORI, quien encontrándose nerviosa por lo manifestado por ROSA (R.A.), quien le dice a su Esposo J.J.A.F. de la denuncia que interpusieron en su contra.

La testimonial de la Ciudadana R.A., quien se identifico plenamente y bajo juramento expuso: “Aproximadamente era de noche cuando una muchacha llamada Maryori me dijo que la señora y el señor junto con los hijos habían ido al cine y que me tenía que decir algo importante, y yo le dije que en este momento no la puedo atender porque estaba atendiendo a unas personas en mi casa, ¿aja pero me lo puedes decir?, te acuerdas cuando la señora Pitusa viajo a Caracas, -no yo no recuerdo porque yo ni siquiera sabia que había viajado, pero dime que tengo que atender a la gente, y me dice que el señor paso al niño para la habitación, y solo estaban ellos tres, y vio algo extraño porque el parece que dejó la puerta abierta, yo no puedo decir mas detalles porque yo no presencié en hecho. Es todo”.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PUBLICO respondió: 1. ¿Recuerda la fecha en que la persona que menciona Maryori fue a su casa y le contó lo que había visto? No, aproximadamente como año y medio, dos años, no recuerdo porque eso fue hace mucho tiempo. 2. ¿Dónde fue eso, que ella le contó a usted? Fue en mi casa con varias personas, que ella aprovecho que estaba sola, y nosotros nunca hemos tenido esa comunicación, ella estaba nerviosa. 3. ¿Estaban varias personas presentes, y escucharon lo que ella dijo? La señora Llamada Estrella y Nirene, y no me acuerdo quien mas, porque yo pensaba que no me iba a decir algo grave. 4. ¿Y esas personas que hacían allí? Llevando las hojas de pedidos, en esa época Nirene vendía Stanhome. 5. ¿Esa persona que menciono Maryori, donde laboraba, cual era su función? Trabajaba en la casa de Margarita con Juan, como doméstica. 6. ¿Recuerda si esa persona tenía mucho tiempo trabajando como doméstica? Ella trabajo hace tiempo, era la segunda vez que yo la veía, porque creo que ella había trabajado y volvió. 7. ¿Puede indicar lo que mas recuerda del comentario que le hizo Maryori a usted? Ella me dijo que la señora había viajado a Caracas que se había quedado sola con el niño y el señor, ella estaba durmiendo y se asomo que había visto un movimiento extraño con el señor, hace como un año habíamos tenido el mismo rumor, al momento que me entero llamo a Patricia, y le digo acabo de escuchar una versión parecida a la primera, Patricia parece que lo que sabemos hace un año, parece que es verdad, porque las dos muchachas no se conoce, que lo vio en la noche volvió a pasar al niño, ella se asustó mucho y ella me lo fue a decir a mi, -viste Rosa-, nosotros no hicimos nada porque no podíamos denunciar algo que no habíamos visto, pensamos, que el señor se había enamorado de la muchacha, y no dijimos nada, fue un comentario entre las dos, ya cuando me dan la segunda versión y yo la llamo a ella y decidimos hablar y pusimos el altavoz para que las personas que estaban allí escucharan. Esto no es fácil, porque nunca había tenido mucho contacto con la familia. 8. ¿Dice cuando Maryori le hizo este comentario dijo que no lo podía creer, que fue lo que la puso tan nerviosa, que le comentó Maryori? No le puedo decir porque yo no lo vi, como si le estuviera haciendo algo al niño, ella tampoco lo vio penetrándolo, pero no puedo decir con exactitud. 9. ¿Pero la puso nerviosa? Porque era la segunda versión, para mi era muy difícil, las autoridades son las que se deben esclarecer todo. 10. ¿Cuál fue la primera versión, que fue lo que le comentaron? Patricia fue la primera que me dijo, Rosa tenga cuidado con el niño, que una p.d.Y., le había comentado eso a Patricia, y Patricia me llamo a mi, siempre comentábamos –no puede ser- porque siempre lo veíamos que el quería mucho al niño. 11. ¿Recuerda lo que le dijo Patricia que le había comentado la p.d.Y.? Que ella se devolvió, realmente no me acuerdo, el consiguió al señor en posición que le iba a hacer algo al niño en la cama, creo que estaban desnudos, no me acuerdo. 12. ¿Cómo se llama esta persona que supuestamente, el agresor que le hacia esas cosas al niño? El señor J.A.. 13. ¿Cómo se llama el niño? (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA). 14. ¿Conoció de vista trato comunicación a J.A.? Tengo 10 años viviendo en la Picola, yo primero lo conocí a él, el primero vivía ahí, luego se casó con la señora. 15. ¿Usted es vecina de él? Si. 16. ¿Qué distancia hay entre la casa de el y su casa? Frente con frente. 17. ¿Para ese momento que recibió el comentario de Maryori, quienes vivían en la casa? Ellos tres y la muchacha que cuidaba al niño. 18. ¿Tiene conocimiento de quien se encargaba del cuidado del niño? Siempre han tenido muchachas. 19. ¿Pudo ver si entraban personas extrañas, por ejemplo el vigilante al interior de la casa? No que yo sepa no, yo tengo dos trabajos, los niños y el colegio, pero que yo estuviera pendiente de los vecinos, porque ahí es hola y hola y ya. 20. ¿Cuándo le llegó a usted el primer comentario de la primera doméstica? No recuerdo, pero había transcurrido un año antes del segundo comentario, ya hace como 3 años. 21. ¿Veía a menudo o con frecuencia al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Normal porque el hablaba con mi hijo por la cerca, también vivía en la casa de ellos un hermano de Juan, llamado Miguel. 22. ¿En algún momento llegó a escuchar gritos del niño, pidiendo auxilio? Una vez estábamos varios vecinos incluyendo a Nirene, señora Ana, el niñito quedó pegado en la lavadora o secadora, y yo llame al otro hijo de ella a Walter, ¿y que pasó? No nada, nada; y yo me puse brava porque tenían que haber llamado a la mama. 23. ¿Y Nirene entro a la vivienda? No estábamos en la calle. 24. ¿Entraron a la vivienda a auxiliarlo? No porque ya el hermano mayor ya lo había auxiliado. 25. ¿Eso es un circuito cerrado donde vive? No es la única calle que no esta cerrada. 26. ¿De esa calle a parte de su persona, Patricia y Nirene quien mas tenía conocimiento de los comentarios que estaban sucediendo? No esos fueron comentario de nosotras dos en privado, tampoco podíamos decírselo a toda la cuadra, no podíamos decírselo a la madre porque no sabíamos como iba a reaccionar ella, eso fue un comentario de las muchachas de servicio que ellas a veces pueden inventar cosas. 27. ¿Sabe si hay otras personas de la cuadra tienen conocimiento de esos hechos? No. ¿Quién llamo al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para denuncia lo que estaba sucediendo? Yo no fui, Dios sabe que no lo hice. 28. ¿Tiene conocimiento de quien fue? Lo que pasa que la muchacha de al lado sabia la primera versión. 29. ¿Además de usted quienes más sabían? La Señora Ana, no se quien fue, a mi me fue a buscar a la casa la PTJ para que fuera a declara y deje a mis hijos solos y fui. 30. ¿Los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas llegaron directamente a su casa? No creo que fueron a buscarlos a él. 31. ¿Y porque la fueron a buscar a su casa? Porque se enteraron que la muchacha me lo había dicho. 32. ¿Cómo se enteraron? Por que les hicieron una llamada anónima, la cual hace cualquiera. 33. ¿Cómo llegó al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? La fueron a buscar a mi casa directamente. 34. ¿Conoce de vista trato y comunicación a M.M.U.? Si. 35. ¿Cuánto tiempo tenía conociéndola? No recuerdo cuanto tiempo tenía de casado, es ahora después de lo del niño. 36. ¿Sabe que la señora es normal o tiene una enfermedad? No me parece una persona totalmente normal. 36. ¿Y el niño tiene alguna enfermedad? Autista. 37. ¿Conoce a Yelitza? La vi trabajando ahí y después a que Patricia. 38. ¿Y para el tiempo que le hace el comentario Maryori estaba trabajando? Con la señora Patricia.

A preguntas de la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Puede informar si usted presencio con sus propios ojos abuso sexual en contra del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? No puedo decir que lo vi. 2. ¿Puede informar a esta audiencia si usted cuando escucho los comentario aludidos, se los escucho a una persona que dijo haber visto? A mi solo me lo dijo Maryori. 3. ¿Recuerda si Maryori le informó el momento o la fecha aproximada llegó a ver algunos actos con el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Nos dijo que cuando la mamá viajo a Caracas, ella me lo dijo cuando fueron al cine, porque el hijo mayor que no vive con ella la visitó, y cuando ella lo vio fue como 15 días antes cuando la señora viajo a Caracas, eso pasó cuando ella viajo a Caracas 4. ¿Cuándo Maryori le dijo lo que había visto, quienes estaban presentes? La señora Ana, Estrella, Nirene, y yo. 5. ¿Llegó a visitar aúnque fuera casualmente la vivienda de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? En tantos años, creo que cuando el estaba soltero creo que si, pero no recuerdo, porque no teníamos ese contacto, solo cuando no había agua, no me acuerdo, porque muy pocas veces uno entra a la casa de los vecinos, con Patricia porque siempre estábamos en la calle y el niño casi nunca salía a la calle porque no tenía permiso de la mama. 6. ¿Antes de caer detenido el señor J.A. visito la casa? No recuerdo ¿y después que cayó detenido llegó a visitar la casa? Si he entrado. 7. ¿Recuerda si la vivienda de la señora (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) era visitada de mañana de tarde de noche por otras personas cuando ella viajaba? No nunca vi a nadie extraño, y por eso debía estar en el frente de la casa. 8. ¿Por su permanecía en el vecindario se dio cuenta a que hora regresaba el niño de la escuela? Normal como a la 1 y media, dos. 9. ¿Cuándo el niño regresaba de la escuela en horas del medio día quien se encargaba de custodiarle? Ella siempre tenía muchachas de servicio, la muchacha de servicio, en alguna de las ocasiones la mamá, el papá 10. ¿Por su permanencia en el vecindario pudo darse cuenta si los padres M.U. y J.A., salían a trabajar en la mañana y regresaban en la noche? El trabajaba en una institución publica, lo que se es que el era ingeniero. 11. ¿A que hora salía él a trabajar? Mas o menos temprano como a las 8. 12. ¿Y la señora M.U. a que hora salía a trabajar? Ella tenía unos negocios, me imagino que era cuando abría en Centro Sur, bueno a las 7:30, 8, no tienen horario fijo. 13. ¿A que hora aproximadamente regresaban del trabajo J.A. del trabajo? Tarde en la noche, como a las 8 a 9 cuando cierra la tienda Éxito. 14. ¿Durante ese lapso de 12 y media hasta la noche que ellos regresaban, vio a alguna persona? La muchacha doméstica, ella variaba mucho de las domésticas, de vista muchas, M.e. se me acercó a la casa, cuando ella vio que abrió la puerta de mi casa ella se acercó a mi casa. 15. ¿En esa ausencia de los padres cuando iban a trabajar, pudo ver casualmente en alguna ocasión, fue visitada esa casa de alguien de sexo masculino? No, en una oportunidad ella le pidió el favor que le comprara el agua porque la botella de agua pesa, no puedo decir que vi alguien entrando ahí, permanencia de alguien extraño no. 16. ¿Por el tiempo que lleva viviendo en esa comunidad tuvo conocimiento que el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) sufre de alguna enfermedad? A mi nunca me habían dicho que padecía alguna enfermedad, ahora es que cuando le hicieron los exámenes ella me dijo que era un grado de autismo. 17. ¿Y en ese tiempo se ha enterado que la mama sufre de alguna enfermedad? No 18. ¿Tuvo algún conocimiento por ser vecinas frontal, si el papa biológico de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) Llegó a visitar la casa de M.U.? No porque cuando el papa cuando se entera de la noticia de lo sucedido a su hijo, se viene a Maracaibo, porque el no vive a acá. 19. ¿Tiene algún conocimiento quien habita la vivienda de M.U.? El papa del niño, y el niño, y la mamá. 20. ¿Desde cuando? Desde que el niño le pasó eso, yo lo veo ahí. 21. ¿Nadie más? Tengo entendido que ella tiene otra relación con un joven pero no se si vive ahí, no se el nombre. 22. ¿El llega a esa casa? Llega pero no se su nombre. 23. ¿Ese señor llega simplemente de visita o pernocta en esa casa? Ocasionalmente vive ahí. 24. ¿Cuándo ese joven hombre o caballero, duerme ese caballero, permanece el padre biológico del niño? No le se decir.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL, responde: 1. ¿Cuánto tiempo tiene conociendo a J.A.? Como 8 a 9 años, yo me mude primero y el después. 2. ¿Tenía trato con él antes de que se casara? El salía y como estaba soltero hablaba con nosotros en la calle. 3. ¿En ese momento usted estaba casada? Si. 4. ¿Vio alguna actitud sospechosa o rara en relación con el acusado? No, una relación normal con el niño 5. ¿Antes de que se casara? No, que entraban sus amistades, como todos, amigas, amigos de él, pero pareja en concreto no tenía. 6. ¿Qué fue lo que le comento Patricia? Tu sabes que estaba trabajando Elisa que es p.d.Y., Elisa me comento que ella se devolvió de la panadería y había visto al señor Juan que se le habían quedado las llaves, y entro de pronto y discutieron y ella le dijo que estaban haciendo, y después Yelitza se lo confirmó a Patricia, eso fue a un año antes de la primera versión, y Patricia estaba consternada que no lo podíamos creer. 7. ¿En que momento se muda Patricia de la Picola? Estaba embarazada. 8. ¿Ya habían detenido a J.A.? Para la segunda versión ya ella se había mudado para Altos del S.A., ella e enteró también porque la PTJ la fue a buscar, y a mi también, porque después que al señor lo detienen después vinieron por mi. 9. ¿Era fácil de acceder a la casa de J.A.? Ella ahora coloco un portón eléctrico, antes no era eléctrico, no se podía entrar si no eran ellos que abrían. 10. ¿Usted en este momento esta convencida de eso, que cree que el señor Juan cometió eso? Todavía no lo puedo creer porque el fue mi vecino y nunca se vio en esto el siempre tenía sus amistades 11. ¿Con quien vivía el antes de casarse? Primero solo y después con su hermano Miguel. 12. ¿Y después que se caso? También vivió él. 13. ¿Y después que sucedió el hecho? Creo que estaba ahí, y después se mudo para una habitación y como era cerca siempre se la pasaba ahí en el día. 14. ¿A que le tenía temor la señora Patricia? No le se decir. 15. ¿Cuál era el temor que tenía ella? Seria que al niño le pasara algo. 16. ¿Dónde vive Patricia? A dos casa. 17. ¿Y Nirene donde vivía? Al lado de mi casa.

Con la Testimonial de la Ciudadana R.A., quien es llamada igualmente ROSA, quedó acreditado al Tribunal que MARYORI fue quien acudió a su casa, cuando la señora M.M.U.Y. y su Esposo J.J.A.F. en compañía de sus dos hijos se encontraban en el cine, en presencia de NIRENE Y.M.G. y otras personas, le manifestó que tenía algo importante que decirle, y esta sin pensar la gravedad del asunto le conmino a decirlo delante de las personas que se encontraban con ella, a quien les hizo del conocimiento, que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras ella estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F., se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, ésta al ver con extrañeza lo acontecido se acerca hasta la puerta del cuarto y observa cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); Al escuchar el comentario se puso muy nerviosa por cuanto un año antes aproximadamente a la data de este comentario su vecina para el momento P.C.B.B., le había comentado que una doméstica de nombre YELITZA quien trabajo en la casa de la Ciudadana M.M.U.Y., le había contado a su prima que trabajaba con ella de nombre ELISA, que en una oportunidad había encontrado al Acusado J.J.A.F., con el Niño en la cama en cuclillas tratando de penetrarlo, versión esta que fue corroborada personalmente por YELITZA a P.C.B.B., luego que trabajara para ésta. Así mismo quedó acreditado con esta Testimonial que las personas que vivían en dicha casa era la Ciudadana M.M.U.Y., el Ciudadano J.J.A.F. y el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y la doméstica y que el acceso a dicha vivienda era solo posible si quienes vivían dentro de la misma lo permitían.

La testimonial de la Ciudadana NIRENE Y.M.G., quien luego de identificarse plenamente y bajo juramento expuso: “Realmente fui convocada por el hecho por una presunta violación de un menor de edad, de acuerdo con los hechos tenía puras conjeturas y comentarios entre los vecinos, porque ellos hacían relación de los hechos y se hacia un comentario, de decir que yo vi no, conductas que ese señor le hiciera algo al niño, y que luego se agravaran. Es todo”.

A preguntas del MINISTERIO PUBLICO respondió entre otras cosas lo siguiente: 1. ¿Quién la cito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para rendir declaraciones? Nadie. 2. ¿Rindió declaración allí? Si pero, a mi me presiono porque tienes que ir porque al señor lo detuvieron. 3. ¿Quién la presiono? La vecina. 4. ¿Qué vecina la presionó? La señora Rosa, tienes que ir, ya detuvieron al señor, pero a mi en ningún momento me llegó citación. 5. ¿Podría explicar el motivo si usted no sabia nada? Por los presuntos comentarios que se hacían en la comunidad. 6. ¿Cuáles eran esos comentarios? Se presumía que el niño había sido violado, nunca escuché quien había sido, nunca me dijeron que fue el señor, y siempre lo hacían por la vinculación del niño, y yo como soy educadora y era una apreciación muy profesional. 7. ¿Cómo se llamada ese niño violado? (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA). 8. ¿Quién le hizo el comentario? Una señora de servicio que no recuerdo el nombre, ya que tengo un año y medio que no vivo ahí, pero eran las personas de servicio. 9. ¿Esa persona señora de servicio laborara en casa de quien? En casa del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), era una señora muy trabajadora, mas era el tiempo que el niño estaba en la casa mía, y no tenía ese cuidado que debía tener un niño especial. 10. ¿Cual fue el comentario que le hizo a usted? A mi no, a la señora Rosa y yo estaba allí, y yo me retire cuando le hizo el comentario porque no me gusta estar metida en esos problemas. 11. ¿Usted hizo presión? Si porque soy educadora especial, de llegar a meterme directamente no, porque no tenía vinculación con ella. 12. ¿Qué hizo cuando escucho el comentario, llamo a la mamá del niño, llamo a un organismo policial, que hizo usted? Yo me di cuenta de la situación cuando lo detuvieron, yo no hice la denuncia, yo fui la cuarta persona que atestiguo ese día, y pueden verificar que ese día lo que dije fue el comentario de la muchacha con Rosa, como veían la situación del niño, y lo dijeron, a lo mejor habían otras personas que lo sabían hace tiempo. 13. ¿Conoce de vista y trato al acusado? No. 14. ¿Y al abogado? Con el abogado lo vi dos veces por el vecindario, y siempre veía lo que hacían fuera que era lo normal de un papá, lo que hacían dentro no se no puedo decir nada. 15. ¿Y le dijo a la señora M.M. algo? Yo no la señora Rosa, y yo le dije que tenía que estar pendiente lo que estaba pasando con su hijo y su esposo, y el niño más era el tiempo que estaba solo. 16. ¿La doméstica que vio y se lo comenta a la Señora Rosa y posteriormente se lo dice a usted, ella laboraba en la casa del niño? Si, ella trabajaba allí, y un día que el niño se quedó pegado a la lavadora, y yo le llame la atención que ella tenía que estar mas pendiente del niño, siempre estaba hablando con el vigilante. 17. ¿Hizo llamada al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para averiguar sobre los hechos? No. 18. ¿Tiene familiares trabajando en los Tribunales? Si mi hermana, 19. ¿Le dijo sobre los hechos? Si le comente como hermana que se presume que estaba pasando eso. 20. ¿Qué indicaciones le dio ella? Que me mantuviera al margen, porque yo no había visto a nadie, que en el momento no estuve presente, que solo eran comentarios, que estuviera pendiente de mis niños. 21. ¿Conoce a los familiares del acusado? No. 22. ¿Ha sido objeto de amenazas? No, la señora Rosa me comento que tuviéramos cuidado con el hermano del señor, ya que se presume que el señor injería droga, en ningún momento yo dije que el señor me había amenazado, yo siempre estoy actuando en la presunción de cuidado, de valores de mis hijos, en la protección de mi hijo, que se presumía que el señor consumía droga, pero no lo conozco. 23. ¿Qué hizo por (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Por lo menos de un r.d.l.d. lo que estaba pasando, o lo que posiblemente le estaba pasando. 24. ¿Si se entrevisto con la mama del niño? Después que lo detienen voy y hablo con la mama, y me doy cuenta de que es una familia especial, que tienen una patología. 25, ¿Explíquenos, porque estamos buscando la verdad? Los conocimientos que tengo es de la misma mamá del niño, es una señora especial epiléptica, el señor vive 2 años, que tenía conflicto de identidad, se presumía que vivía con otra persona que era su sirviente, no se ni con quien vivía ni nada, y si es una persona especial, debe tener medicamentos, sufren de depresiones, son bipolares, y si es un niño especial autista, tienes que buscar ayuda, ella era una persona luchadora, salía en la mañana a trabajar y dejaba al niño con su papá, y esa era mi persuasión que conversamos, las veces que fui a la casa porque el niño estaba en shop, el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) tiene condiciones autista. 26. ¿Qué otras personas en el vecindario sabían? Mi relación con el vecindario es muy poca. Yo casi no me vinculaba allí, con la única era con la señora Rosa. 27. ¿Conoce a una señora Patricia? No, presumo que es una vecina, con certeza no se, mis relaciones eran con Rosa porque los niños eran muy nivelados con mis hijos.

A preguntas de la DEFENSA PRIVADA, respondió: 1. ¿Puede informar a esta audiencia si usted participo en alguna forma en denuncia ante los funcionarios de investigación penal un supuesto abuso sexual en contra del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Yo no puse la denuncia, yo fui después que habían detenido al señor. 2. ¿Durante el lapso de dos años, pudo enterarse quienes se encargaban de cuidar al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Solo vi a Yelitza, a veces el niño se salía, una vez le dije que el niño necesitaba más atención, a veces el niño estaba solo, en ocasiones entraba el vigilante. 3. ¿Cuándo habla de viajes se pudo dar cuenta el tiempo? Sabia que era para comprar mercancía, 2 días, un día, generalmente era de 2 o 3 días. 4. ¿Esos viajes eran sola la señora? Una vez tuve conocimiento que el Señor Juan fue, porque el señor escogía la mercancía. 5. ¿Pudo darse cuenta si en la ausencia de los padres, la casa donde vivía el niño era visitada por otras personas? Las únicas visitas que vi eran los vigilantes, y las señoras de servicio. 6. ¿Pudo observar si alguna ocasión fue atendido por algún vecino? Si. 7. ¿Cuál fue el vecino? La señora Rosa, ya que eran los niños nivelados. 8. ¿Lo cuidaba en la casa de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? No el niño iba a la casa de la señora Rosa. 9. ¿En alguna ocasión pudo darse cuenta que ese cuidado fuera de la casa, incluía que durmiera fuera de la casa? No puedo decir si el niño dormía fuera o dentro de la casa, yo me deba cuenta que el niño autista no lo sabe tratar todo el mundo. 10. ¿Esa piscinadas se realizaba de noche o de día? No de día. 11. ¿La piscinadas era organizada en presencia del niño? No Rosa decía y (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) participaba. 12. ¿En casa de Rosa quien supervisaba? No se te decir, yo en mi casa porque sabia que un niño especial que no tiene discernimiento de lo que es malo. 13. ¿Pudo tener conocimiento en el tiempo que los padres del n.e. fuera de la casa mientras que el niño estaba solo en la casa? Era constante, por el trabajo. 14. ¿Recuerda a que hora llegan los padres a la casa de trabajar? En la noche porque ellos tenían un negocio de bisutería 15. ¿Llegó a tener conocimiento si el niño llegó a estar semi interno en un instituto educacional? No, al contrario el transporte lo llegaba a buscar muy temprano y a las 12 llegaba. 16. ¿Y normalmente a que hora llegaba el niño llegaba a la casa del colegio? 12 y media o una, llegaba un transporte grande amarillo. 17. ¿Desde que llegaba del colegio hasta que llegaban los padres en la noche quien se encargaba de su cuidado? El servicio, el vigilante, la señora Rosa. 18. ¿Pudo darse cuenta si estando ausente los padres del niño, la casa de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) era visitada por otras personas de sexo masculino? El vigilante y las personas que pudo haber metido la muchacha de servicio, Rosa y yo, bueno yo muy pocas veces.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Qué tiempo vivió en esa casa? Me mude los primeros días de diciembre de 2006 y me fui en diciembre del año pasado. 2. ¿Cuándo ocurrieron esos hechos? No se de fecha. 3. ¿En que fecha fuiste a declarar? No me acuerdo. 4. ¿Cuánto tiempo tenías viviendo allí? Como un año. 5. ¿Llegaste a entrar a esa casa sin estar ellos presentes? Si, porque ese día que el niño se quedó pegado en la secadora o lavadora. 6. ¿Qué edad tiene su niño? 9 años, actualmente tiene 12 añitos. 7. ¿Para ese momento se llevaban mucha edad? No como 2 añitos. 8. ¿Rosa cuantos niños tiene? Dos, eran simultáneos de Cristian, el varoncito uno menor del bebe. 8. ¿Todos eran como de la misma edad? Si por eso es que siempre estaban juntos. 9. ¿Cuándo escuchaste por primera vez los comentarios? Una vez estaban en el frente jugando con mi niña, y el señor Saavedra me dice que no dejara a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) juntar con mi hija porque se rumoraban cosas feas con el niño, y no le tome importancia pero le pregunte a Rosa, porque el tenía conductas especiales pero extrañas no, de hecho Rosa me contó que el niño había sido abusado sexualmente, por su papá pero ella tampoco lo creía. 10. ¿Aseguraste que el acusado tenía problemas de identidad? Si eso era otro comentario los vecinos decían que el señor vivía solo con el servicio allí antes de casarse, por eso que decía que a lo mejor tenía problemas patológicos. 11. ¿Le consta lo que dice del acusado? No. 12. ¿Qué vecinos le hicieron ese comentario? La señora Rosa y el señor Saavedra. 13. ¿Quién consumía droga? Supuestamente el hermano del señor, pero tampoco puedo aseverarlo, por eso es que en esa oportunidad, porque se regó que hice la denuncia. 14. ¿Tú hiciste la denuncia? No. 15. ¿Declaraste en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? Yo fui como a las 7 de la noche, la señora Rosa me dijo tu pusiste la denuncia, no, de hecho yo estaba en la universidad dando clases, porque si yo no puse la denuncia, y ella me dijo ve porque ya lo detuvieron, de poner la denuncia no, porque para eso no tengo pruebas validas. 15. ¿Cuándo hiciste la declaración en el momento que la señora acudió a tu casa, la víctima cuando fue eso? Eso fue después que al señor lo detuvieron, porque ella me comentaba que a ella le costaba creer lo que estaba pasando allí, y me da un alivio porque se dio cuenta lo que estaba sucediendo con el niño, de las violaciones. 16. ¿Tuviste conocimiento de que había sido violado? Si por la señora Rosa, otra cosa que me daba cuenta era que el niño siempre olía a pupu, el era un niño autista pero no muy comprometido, pero él se puede socializar con sus compañeros, de decir que se notaba otra actitud no, solo entré a su casa que cuestione, que al mes o dos meses del niño estaba pasando por ese transe, ella tenía otra pareja, no había un hogar estable, que tenía que tener un niño especial que había pasado por eso. 17. ¿Con el doctor defensor que relación tuviste? El doctor nos representó en un caso donde mi tío KENDRY URDANETA que fue asesinado, y el nos atendió como acusadores. 18. ¿Cómo fue tu relación de vecinos con el acusado? Al acusado lo vi pocas veces, buenos días, buenas noches. 19. ¿Cuándo llegaste allá ellos estaban casados? Si. 20. ¿Y con la Víctima como fue la relación con la mamá? Al principio muy escasa, en vista de este caso, comenzamos a interactuar, y después lo acompañe al psicólogo, antes del hecho nunca compartimos. 21. ¿Tus hijos corrían riesgo por el sector por algún pedofílico? No, pero hay mucho delincuente, al fondo hay un barrio y no esta cercado. 22. ¿Entre semana siempre estaba el vigilante? Si entre semana había dos turnos. 23. ¿Siempre escuchaste de los comentarios con el acusado? Si, pero después estaba la duda que el no parece, el atiende la niño. 24. ¿El señor Saavedra? No fue Rosa que dijo que Yelitza había visto, que yo afirme que lo vi no puedo decirlo. Si lo escuche el comentario. 25. ¿Qué comentarios? Que el señor había violado al niño, pero la duda estaba latente, el señor nunca vi cosas extrañas. ¿Dónde das clases? En el IUNE; UNIR, y en la Universidad J.G.H..

Con la Testimonial de la Ciudadana NIRENE Y.M.G., quedó acreditado que efectivamente ella se entera de los acontecido encontrándose en la residencia de la Ciudadana ROSA (R.A.), cuando la doméstica de la Ciudadana M.M.U.Y., de nombre MARYORI, le comunico en su presencia, que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras ella estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F. (EL PADRASTRO), se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, ésta al ver con extrañeza lo acontecido se acerca hasta la puerta del cuarto y observa cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); Al escuchar el comentario la Ciudadana ROSA (R.A.), se puso muy nerviosa por cuanto un año antes aproximadamente a la data de este comentario su vecina para el momento P.C.B.B., le había hecho referencia a una situación similar. Igualmente quedó acreditado que en el sector no tenían conocimiento de la presencia de algún pedofilico, que durante el día tenían vigilancia y que en la casa de la Ciudadana M.M.U.Y., solo vivía ésta con su Esposo J.J.A.F., el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y su doméstica. Así mismo quedó acreditado que los únicos hombres que ingresaban a la casa eran el Acusado J.J.A.F., y los vigilantes cuando se lo permitían las domésticas.

El testimonio de la Ciudadana P.C.B.V., quien luego de identificarse plenamente, bao juramento expuso: “Una vez estando en mi casa conmigo trabajaba una muchacha llamada E.F.p.d.Y.F., una vez las veo conversando afuera, y cuando Elisa entra a la casa y me dice que Yelitza había visto en la noche anterior, cuando J.J. saco dormido al niño y lo saco del cuarto y se lo llevó a su cuarto, y ella se paro a ver, y entro al cuarto y vio que le estaba tocando al niño y el se puso furioso. Yo le dije Elisa tienes que decirle a Yelitza que se lo diga a la señora, ella tiene miedo porque el señor se puso muy bravo; a mi me costo creerlo porque el señor era mi vecino, pero me pareció extraño, la muchacha que trabajan con ellos se fue, Y cuando Yelitza me dice que al niño tenían que darle un medicamento para poder dormir, un día estaba Rosa y Yo, porque la mama del niño, necesitaba una muchacha, porque Elisa se había ido, y ella dice que el señor J.J. era muy buen padre, que el tenía una relación muy bonita, que el todo el tiempo estaba pendiente del niño, pero después de esto paso eso. Luego se lo comento a Rosa y yo no digo nada porque eso es algo muy delicado, porque yo no se quien se queda ahí y me dio un poco de temor, para el tiempo como un año me llama Rosa llorando, te acuerdas y ellos tienen una nueva muchacha de servicio y me relato lo mismo que te relato a ti, y le digo ahí Rosa puede ser verdad, ¿y que podemos hacer? Y a mi me daba miedo, bueno hay que decírselo a la mama, porque ella estaba tan pegada a su esposo, bueno ahora yo me quede callada, y como a los 10 días recibí una llamada al celular de mi mama para que diera declaraciones de un niño de la Picola, y como soy funcionaria de Fontur pegunté, y entonces yo dije entonces si es verdad, y me dice que me tengo que presentar con Yelitza, y declaramos, porque eran comentarios que ellas me habían hecho a mi, y yo no me quería meter a pesar de que era un niño, pero no me constaba no tenía la certeza. Es todo”.

A preguntas efectuadas por el MINISTERIO PUBLICO, respondió: 1. ¿Recuerda la fecha en que la señora E.F. le hace el comentario que le dice a Yelitza? De Junio de hace 2 años mas o menos, cuando fui a la PTJ eso había sido como 1 año antes de la declaración, hace mas o menos 3 años. 2. ¿La persona que menciona como Yelitza después se lo ratificó lo que le había dicho Elisa a usted, cuando fue eso? No recuerdo realmente la fecha, fue cuando inmediatamente paso a trabajar conmigo, fue después del comentario de Elisa. 3. ¿Cuándo Yelitza le hace el comentario a usted, no le precisó cuando había ocurrido eso? Una noche, que ella dormía con el niño y vio que el señor J.J. se llevaba al niño cargado para su cuarto. 4. ¿Recuerda lo que le dijo que había visto? Que ella estaba durmiendo con el niño y sintió que e J.J. se llevaba al niño, y ella fue a ver que pasaba con el niño y abrí o la puerta y el señor J.J. se molesto porque ella tenía que tocar la puerta. 5. ¿Y ella le dijo que estaba otras veces? Si ella dice que cuando la señora no estaba él se lo llevaba para su habitación. 6. ¿Qué fue lo que vio? Vio cuando el señor J.J. tenía las manos en las partes intimas del niño. 7. ¿No le dijo el motivo porque no le dijo a la mama del niño? Por que ella tenía miedo y esa fue la razón de que se fue de la casa. 8. ¿Porque sentía miedo? Por la violencia de cuando ella entro a la casa, porque el se el fue encima y le dijo India tu tienes que tocar la puerta. 9. ¿Esos ecos que narra donde sucedieron? En la casa del señor J.J., en la Urbanización la Picola. 10. ¿Le comento eso a que vecinos? A mi vecina Rosa. 11. ¿Cómo se entero de la segundo hecho? Después que me llaman de la PTJ, y me voy directo a la PTJ y me entero de lo sucedido y lleve a Yelitza y luego me fui a casa de Rosa y me contaron, que Maryori le había llegado diciendo que tenía que decirle algo urgente. 12. ¿Y que paso? Que había visto a J.J. con el niño, aparentemente fue lo mismo que había pasado cuando vio Yelitza. 13. ¿Cuándo Rosa la llama a usted? Antes de que detuvieran a J.J., en una noche, yo les dije no se si se lo dicen a la señora Pitusa. 14. ¿Pitusa no tenía conocimiento de lo que estaba sucediendo? No, que yo sepa no.

A preguntas efectuadas por la DEFENSA PRIVADA respondió: 1. ¿Puede informar si usted presencio algún acto de abuso sexual contra el niño? No lo presencie. 2. ¿Puede informar si tuvo conocimiento de cuando se realizo el primer acto de abuso? No en el momento del acto no, después del comentario, después que Yelitza le cuanta a Elisa y Elisa me lo cuenta a mi. 3. ¿Recuerda esa fecha? No. 4. ¿Recuerda cuando pudo haber ocurrido el último acto de abuso sexual? No. 5. ¿A que distancia vivía Usted de la residencia de la señora M.U.? La casa de ella, esta a tres casas de la misma cuadra. 6. ¿Qué tiempo permaneció en ese vecindario? Yo me fui de allí hace 15 días a casa de mi hermano. 7. ¿Cuánto tiempo tuvo de vecina? Como 14 años, cuando ella llegó ya yo estaba, 8. ¿Por esa condición de vecina tuvo conocimiento del horario de clases del niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Cuando estaba en el Preescolar porque estudiaba en el mismo Kinder de mi hijo, estudiaba desde la mañana hasta la 5 de la tarde, desde las 7 de la mañana yo dejaba a mi hijo, no se a que hora dejan al de ella. 9. ¿Cuánto tiempo duro estudiando en ese horario? El mío duro un año, (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) no se si tuvo un tiempo antes porque después el colegio lo cerraron. 10. ¿Después que cerraron el colegio recuerda cual era el horario del niño cuando regresaba de clases? No. 11. ¿Llegó usted a observar si los padres de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) salían a trabajar diariamente a que horas se iban y a que hora regresaban? En la mañana no sabría decir, pero en la noche llegaban un poco tarde porque tenían unos negocios en Centro Sur y Centro Norte, después de las 9 o 10 de la noche, en pocas oportunidades es que los vi llegar. 12. ¿Cuándo los padres regresaban a las 10 de la noche, quien se encargaba de atender al niño? En varias oportunidades se lo llevaban y ella siempre ha tenido muchas. 13. ¿Cuándo vio que regresaban los padres de trabajar sin el niño, pudo darse cuenta quien se quedaba tonel niño? No se porque no estoy pendiente de esa casa, yo a veces veía que estaban con la muchacha porque el no salía mucho. 14. ¿Por qué las muchachas no duran ahí? Yelitza me comentaba a mí que el niño no era fácil, porque había que darle un medicamento para que durmiera. 15. ¿Si el niño era muy activo quien lo cuidaba dentro de la casa? No se me imagino que una doméstica. 16. ¿Puede informar cuantas personas cohabitaban dentro de la vivienda de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? J.J., la mama del niño y el niño, y la doméstica. 17. ¿Recuerda si alguna otra persona convivía en esa casa? El hermano del señor J.J. que le dice Migue. 18. ¿Recuerda si pudo ver si a la vivienda de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) la visitaban algunas otras personas de sexo masculino? No se. 19. ¿Esta segura de eso? Segura no, porque yo trabajo, yo no hablo con todos los vecinos, solamente con Rosa. 20. ¿Tuvo conocimiento que en esa vivienda se realizaban piscinadas? No nunca vi. 21. ¿El niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) fue dejado al cuidado de los vecinos mientras estaba de viaje? No, 22. ¿Rosa llegó a encargarse del cuidado del niño? Que yo sepa no, máximo ahí en el garaje con los hijos de ella. 23. ¿Tiene conocimiento si los vigilantes de la urbanización tenían acceso a la vivienda de M.U.? Nunca vi a los vigilantes, ellos están para estar afuera no adentro. 24. ¿Para el momento que es detenido J.J.A. en adelante tuvo acceso a la vivienda de M.U.? No. 25. ¿Antes de venir a esta sala a declarar converso con M.U.? No yo me fui a buscar a mi vecina Rosa y me vine hasta acá, porque ella no tenía como venirse, mi papa me llamo que me había llegado una citación. 26. ¿Esta segura que no hablo con M.M.U.? Si.

Con la Testimonial del la Ciudadana P.C.B.V., quedó acreditado que efectivamente un año antes del segundo incidente la doméstica de nombre YELITZA quien trabajaba en la casa de la Ciudadana M.M.U.Y., le había contado a su prima que trabajaba con ella de nombre ELISA, que en una oportunidad había encontrado al Acusado J.J.A.F., con el Niño en la cama en cuclillas tratando de penetrarlo, versión esta que fue corroborada personalmente con YELITZA, luego que trabajara para la Ciudadana P.C.B.B., manifestándole que esto había sucedido en varias oportunidades. Igualmente quedó acreditado, que la Ciudadana R.A., quien es llamada igualmente ROSA, la llamo por teléfono para informarle que una doméstica de la señora M.M.U.Y., de nombre MARYORI, la cual no tenía ningún grado de parentesco con la otra doméstica YELITZA, le comento delante de otras personas entre ellas NIRENE Y.M.G., que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras la doméstica estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F., se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, y la doméstica se acercó hasta la habitación, los cual le resultó extraño y se acercó hasta la puerta que se encontraba entre abierta y observó cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); Igualmente quedó acreditado que YELITZA, le manifestó que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., no se encontraba en la casa el Acusado J.J.A.F. se lo llevaba para su habitación. Que la doméstica YELITZA le manifestó igualmente que se había ido de su casa, por que ella sentía mucho miedo, ya que cuando esta abrió la puerta y lo encontró con el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), en la situación incomoda el Acusado J.J.A.F., se le fue encima y le dijo India tu tienes que tocar la puerta. De igual manera asegura que quienes vivían con el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), era su (MADRE) M.M.U.Y. y J.J.A.F. su (PADRASTRO), que inicialmente vivía un hermano del Acusado llamado MIGUE, pero que en ningún momento vio a personas del sexo masculino que visitaran esa vivienda.

Se escucho la Declaración del Acusado J.J.A.F., quien impuesto del precepto constitucional, y sin juramento expuso: “Quiero manifestarle que soy totalmente inocente de los cargos que se me acusa, no solo que soy inocente que nunca se dio una situación dudosa que se pudiera mal entender o que pudiera tomar una acción en contra de mi, siempre a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) lo trate de una manera respetuosa como mi propio hijo, como 2 meses antes de mi detención finales de abril tuve una discusión con mi esposa, me dijo que me iba a arrepentir de todo lo que le había hecho, que me iba a quitar todo lo que tenía, que me iba a destruir y dos semanas después y en pleno colegio viajó a Puerto la Cruz y se trajo a su hijo mayor que tiene como 15 años y no me explico por se lo trajo, y bueno ella amenazaba mucho no le preste mayor atención, y después en junio luego que puso la denuncia me agarro de sorpresa no me imaginaba lo que pasaba, hizo la denuncia para destruirme moralmente, sobre todo para quedarse con los bienes conyugales, y hasta para que me mataran en el reten, bueno después se darán cuenta y les iré contando los hechos, ella puso la denuncia el 11 de junio, vamos a la PTJ la familia entera, la puso el día que terminaba las clases de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), el tenía una exposición que hasta yo le prepare una lamina y el termina exposición, y el estaba muy bien desde el punto de vista de animo, por el tenía ayuda psicológica que yo era promotor, ella hace la denuncia justo cuando se vence el contrato de tres kiosco que están en el centro sur, pero esos negocios no estaban registrados, esos kioscos eran de mi propiedad, c.e. estaba casada conmigo y también tenía derecho, pero ahí lo que vale es el contrato, porque nosotros también teníamos unos kioscos negocios en centro norte, pero por problemas de pareja, yo se los deje a ella, y cuando nos separamos que dure como un año separada de ella, que también iré contando y yo me mude a centro sur, yo tenía mi trabajo, porque yo soy ingeniero, en el día yo trabajaba años para el 2006, enero del 2007 renuncie a la Alcaldía hasta enero de 2007 y comencé a trabajar en servicios profesionales para PDVSA, para el momento de la denuncia se iban a vencer los contratos, los cuales ella, tengo información que ella vendió un kiosco y ella se que tiene un kiosco, eran bastante rentables cada 30 millones en venta los tres al mes, cuadraría 90 al mes por los tres, y también la cooperativa estaba en una alianza profesional conformada con 5 empresas más que se le prestaba servicio profesional a una empresa grande que se llamaba NIB que le prestaba servicios a PDVSA, y entraron en el programa premio, programa de mantenimiento especial de Occidente, mis amigos fueron los pioneros o lideres, pero todavía de día el trabajo no era tan fuerte que ameritara mi renuncia a la Alcaldía y luego que salía de la alcaldía me iba a los kiosco hasta las 9 y 10 de la noche, los últimos 4 o 5 años era si la misma rutina, entonces en la cooperativa nos dieron un anticipo 10 millardo, quien nos toco como 400 millones, ella se apareció, recién supuestamente, bueno de hecho el niño fue violado, pero ese no fui yo, de hecho al niño yo ni lo tocaba, yo jamás abuse de ese niño, yo lo quería como un hijo, de hecho en el club que yo pertenezco en el Club Casa d’ Italia, mi vida era trabajo, mi casa y jugar fútbol, porque desde pequeño juego fútbol, yo siempre lo llevaba al club, y la gente siempre tenía que ver porque ese niño era muy especial, de pronto me case, bueno cuando me casé el niño solo tenía 3 años, después le iré contando los problemitas que tenía el niño, bueno ella yo ya estaba detenido y en vez de estar preocupada por lo que tenía el niño se apareció en la cooperativa reclamando, bueno primero hablando lo que había pasado, que yo había abusado del niños, que yo era esto, que yo no me merecía nada, y a la secretaria Judith Fuorero y Carolina Ocho, Judith la ingeniero y Carolina la Secretaria encargada, preguntando que donde estaban los anticipos, que donde esta el dinero, pendiente de la parte material, segundo, ese adelante era para comprar equipos, para comprar unas laptos, y nosotros por Internet con las tarjetas de crédito encargamos unas laptos, y se apareció en la casa de mi socio YUSEPPE CARRUCHO, que con su esposa tienen una ferretería que van comenzando, con un escándalo preguntando donde estaba las computadores, todo el tiempo era eso se apareció en café Bambi delante de unos amigos, y la mamá por cierto, estaba tan preocupada por su hijo, y comento que ella creía que yo le estaba siendo infiel con una mujer y nunca pensó que era con su hijo, que con él era que yo le estaba siendo infiel. El 12 de junio yo estaba en mi casa porque ese día de la exposición fuimos al colegio, ella, su hijo mayor, (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y mi persona, todo muy bonito, y los padres y representantes estábamos en el colegio, y terminó todo y en horas de irnos, yo le digo –aja que hacemos, vamos a almorzar? – y ella me dice -no, no, yo me voy con Walter- que era su hijo mayor nosotros vamos al centro comercial y tú vete a la casa con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y después te vas para el trabajo, bueno me extraño porque ella nunca se va tan temprano, y y me pongo a ver televisión y la muchacha de servicio MARYORI, se iba a poner a preparar el almuerzo y ella me dice que no hay aceite, y se va a comprar aceite, pero yo veo que se tarda mucho, entonces cuando ella regresa, yo veo que esta nerviosa, y le pregunto,-¿ pero que te pasa, que te veo nerviosa? – No, nada, nada, y yo le insisto y le vuelvo a preguntar -¿que pasa? Y me dice -no Juan es que me quieren obligar a que diga que tu te metes con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), - que yo me meto con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) -¿Y como es eso? Que tú lo tocas y eso, Y yo le digo -¿y quien dice eso? Y me dice –no, no, la señora de la casa del frente y una señora ahí, por eso que yo no venía a trabajar, ella dejó de venir a trabajar hace unos días, que ella duro unos días que no venía, como semana y media que no venía al trabajo, pero creo que mi esposa la buscó después otra vez, y ella volvió al trabajo, y yo lo que hago es llamar a mi esposa y le digo que tengo este problema, y le digo que se venga, y supuestamente ella estaba en el centro comercial y llegó en menos de 5 minutos, bueno planeamos el problema, y Maryori estaba ahí, y me dice –no Juan, No señor Juan, yo no voy a decir nada, porque yo no he visto nada, yo solo he visto que (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) a veces se pasa para su cuarto, pero me están obligando y yo no voy a decir nada, entonces en eso llegó (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y me abraza y dice –no, no, eso es mentira, mi papi nunca me ha hecho nada, él solo lo que hace es que me regaña a veces, en eso llega mi hermano, y mi hermano también interviene en la conversación, porque yo siempre he sido así, yo siempre he sido claro, y entonces cuando de pronto llegan 2 PTJ, y llegan tan rápido, creo que no había pasado ni media hora, bueno como es esto? Bueno cuando ellos llegan, solicitan es a mi esposa y a Maryori, pero entraron con las pistolas, y mi hermano les dijo -epa, pero tienen que entrar así?- y se las escondieron, entonces les hacen las citas para que fueran a la PTJ, entonces, - yo le pregunto -¿y tengo que llevarme un abogado? – porque yo no me imaginaba que era tan grave así, Bueno nos vamos todos juntos en el carrito que había comprado, mi hermano, mi esposa Pitusa, el niño, Maryori y el Walter el hijo mayor de mi esposa, entonces llegamos a la PTJ y esperamos un rato, un poco preocupado, y al tiempo que estábamos allá pasan a Maryori a declarar, bueno estuvo un rato y se tardaba ya como llevamos rato empiezo a llamar a un amigo que es abogado, J.L. el apellido, esposo de M.A.R. hermana de mi socio y me dice que él es constitucionalista, y me dice -te voy a dar el numero de un amigo, anota ahí se llama C.H. – ah, yo conozco a Claudio, y lo comienzo a llamar y no contesta, y cae la grabadora, y le dejo el mensaje -Claudio es J.A., llámame y le doy mi numero de teléfono, bueno y seguimos ahí, y abren la puerta y el hijo de mi esposa me dice – a la broma Maryori está llorando-. Y yo cónchale! Me pongo nervioso y a la fina sale de allí, y mi esposa me dice que le dieron una orden para un examen anal, y cuando me dice así, yo digo –Cónchale!, y cuando vamos en el carro me dice y cuando llegamos a la casa Maryori dice –que yo no he dicho nada, que yo no he dicho nada- que ella no sabia nada, llegamos a la casa y nos pusimos a hablar en la sala y le digo a Pitusa que le pregunte a su tío que le hacen a los niños en ese examen, si es doloroso, que le hacen, entonces ella llama a su tío y él mas o menos nos explico, y en eso su hijo Walter, dice –vamos a ver en la computadora, y cuando vamos a ver, es ahora cuando me percato de eso, la computadora en la pagina que iba a revisar y cuando llegamos a la pagina ya aparecía como si él ya la había revisado, de eso me acabo de dar cuenta estando ya aquí en este momento, entonces vimos varios casos de violaciones, pero que no pasaba nada, porque el examen daba…, que por cierto el examen decía (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) en vez de Urbaneja, decía URDANETA, y les dije que lo corrigieran, y eso fue cuando estábamos en la PTJ, bueno me llama Claudio y me dice –disculpa que estaba en una reunión y no pude atenderte antes- entonces le dije que habíamos ido a la PTJ, que habían solicitado el examen anal y todo eso, y me dice – bueno ve, si vos no hiciste nada malo, no tenéis porque temer, vamos a vernos mañana en la mañana en mi oficina- Bueno esa noche nos acostamos tranquilos todos, en la mañana nos levantamos, mi esposa iba a llevar a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) a hacerse el examen, yo la dejo en la Medicatura Forense, llamo al abogado, pero era muy temprano, y me voy a desayunar con mi hermano, y de pronto me llama mi esposa y me dice –tráeme una partida de nacimiento y unos papeles que necesitaba, y yo me iba a quedar y ella me dice –no, no, no te quedes aquí ándate para que el abogado que eso es mas importante, me voy yo para que el abogado, y ya Claudio había llegado a la oficina, y llamo a mi socio J.C.R. y mi hermano estaba conmigo, estaba el hermano de Claudio, M.H., estaba Alejandro que también es abogado, que nos conocemos desde pequeños, pero él es de la parte laboral, empezamos a hablar, yo los empecé a contarles todo, les aseguré que yo no había hecho nada a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), que yo siempre lo había tratado como un hijo, y yo sabia que no había pasado nada y de pronto me llamo Pitusa, y me dijo un poco de cosas te voy a matar y pa, pa, pa y trancó, bueno ahí yo me puso mucho mas nervioso, y me puse a hablar con los abogados y me dijeron los abogados que me quedara tranquilo, tú no has hecho nada, el niño tiene que acusarte, que hasta ahora yo se que no lo ha hecho porque yo no hice nada, entonces, al rato como a las 2 horas, me llamo y me dijo que la disculpara que estaba muy nerviosa, vente para acá para que hablemos y tráete el carro, y entonces yo le dije a mi hermano –mira acompáñame, que yo no puedo manejar, entonces vamos pero no en mi carro propio, sino en el de la mamá de Pitusa, que no los había dado, porque ella tenía un carro antes que se lo habían quitado porque era robado, más tarde hablo de eso, para que vean el odio que me tiene la mamá y su familia, Y cuando llegó me dicen los PTJ -¿que haces tú aquí? –Como que qué hago yo aquí, yo vengo a resolver la situación de mi hijo, a ver que pasa- y llegó y veo que está hablando con una funcionaria, me imagino que es una psicologota o algo, y me dice siéntate ahí, en un cubículo separado donde estaba él, y de pronto llega mi hermano y mi esposa cuando lo ve, ellos siempre tuvieron problemas, se odiaban los dos, le quita las llave y lo empieza a insultar, y m hermano bajo, y a mi me llaman para un cuarto ahí, uno funcionarios y cuando veo es que me esposan, y es cuando yo digo –Cónchale que es esto- y mi imagino que es ahí cuando mi hermano llama a mi familia, al abogado otra vez, y en una oportunidad que abren la puerta y veo que tienen a Maryori declarando otra vez, y ella había declarado el día anterior, me imagino que haciendo una declaración nueva, de pronto entran los funcionarios y me dicen ¿entonces te violaste a ese niños? y yo le digo – yo no hice nada- seguro que si te hacemos una prueba seguro que no la pasas, y me tildaron de homosexual, No yo no hice nada, te van a matar en el reten cuando te llevemos para allá. Y cuando la veo a ella que me pasa por el lado y en vez de decirme, por qué lo hiciste, me dijo -así te quería ver, te dije que te iba a destruir, y yo no salía de la impresión, yo no sabia que hacer, menos mal que estaba mi hermano, y la esposa de mi papá, yo nunca viví con ella, pero era mi madrastra, la vi y le di la cartera, mi hermano estaba abajo con un maletín que yo tenía, donde tenía las chequeras y las tarjetas, los papeles de la casa y un teléfono, y un PTJ que estaba que amigo de Pitusa, lo golpeo y me le quitó todas las tarjetas y las chequeras y me las bloqueos, las cuestas estaban bajas porque yo acababan de comprar mercancía, porque tenía dos kioscos, estaba falto de liquidez, era el momento apropiado para denunciarme y quitarme todo, y después mi esposa, me llevan abajo donde la gente pone las denuncias, y me tenían sentado ahí, y de pronto me meten debajo del mostrador, bueno fue una situación muy incomoda, cuando ya me iban a llevar, gracias a Dios, porque creo que por eso me salvé, porque Dios es muy grande, cuando ya me iban a llevar y dijeron que había un muerto por casa Paco, y los mismos policías que me iban a llevar se tuvieron que ir, menos mal porque dio tiempo que mi hermano se apareciera con una abogado que es amigo de él, y el amigo mío llamó por teléfono y me permitieron que me pasara el teléfono, y me permitieron a hablar con el , y me dijo cuando llegues allá no les vayas a decir porque vas para allá, y me dijo vamos a hablar con una persona que sabe donde te va a poner para que no te pase nada, y no se como hicieron para que en el papel que enviaron no dijera el móvil, el calificativo, gracias a Dios, y los policías regresaron tardísimo, como la una de la mañana, y cuando íbamos en la camioneta me dice, hay chamo hoy te matan, entonces empiezo a hablar con ellos, todo el proceso, mi vida con Pitusa y (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), a bueno –tranquilo- así como no los contaste a nosotros contáselo al juez, a los abogados, para que te crean, decí que te metan en el “A”, porque ahí no te hacen nada, y de pronto me vieron los zapatos y me dijeron –bueno de pronto te matan para quitarte esos zapatos- total se los di, cuando llegó al Reten el que recibe . ah! Tu eres J.A., entonces me puso en un lugar donde habían solo como cuatro personas, ahí pase toda la noche, no dormí nada, y al otro día a Fiscalía, impresionado por lo que me habían acusado , por lo que le había pasado a mi hijo, por la actitud de mi esposa, cuando llegamos a fiscalía, bueno me habían dicho cuando te lleven a los Tribunales que te pregunten porque te habían llevado di que por otra cosa, bueno dije que estaba por lesiones, porque si se enteran de estas cosas, bueno usted sabe como son la cosas Señor Juez, cuando estoy arriba para declarar el abogado Villalobos amigo de mi hermano, viene con otra abogado viene se aparece mi ex esposa, con un escándalo y delante con los que estaban los otros presos, a mi lado, no que tú eres un abusador, que violaste a mi hijo, imagínese eso, yo estaba tan impresionado, que dejé la declaración, no pude declarar en ese momento, después vino y delante de mi llamo a la hermana, ya te voy a pasar a una de tus mejores amigas, a la Juez, a la Dra. Raiza, y le dijo, Dra. Raiza tome la llama M.A., y a ella lo que le dio fue pena, y creo que por eso la cambiaron, o se inhibió, y después la señora Fiscal llegó ahí, después de ese zaperoco, y mi abogado le pide a la Doctora que me traslade a la Cárcel, para evitar cualquier atentado contra mi, eso fue al otro día, ese día me llevan al reten, pero casualidad que me esposan con el número 2 y yo les dije que había lesionado a un menor, porque tenía miedo, llegamos y pregunto donde voy a dormir yo y me dicen que me meta en el pabellón C, que vais de parte del Chino, y me meto ahí, y me meto adelante porque había mucha gente, pero tenía muchas ganas de orinar, pero cuando vengo de regreso me agarran unos malandros y me ponen unos cuchillos, y me preguntaban porque estaba ahí, y yo les digo que porque lesione a un menor y que esta grave, y de pronto apareció otro malandros y me dice a mi me llamaron vos sois J.A., a mi me dijeron que sois bajito calvito, y de pronto llegó otro personaje -aaah este debe ser el que violo al niño-, y se ensañaron todos contra mi, y -no, no, no, yo no hice nada-, total que me puse a contarles las historia, y dijeron -vamos a violarlo- y me metieron en el baño y yo me puse duro, no a mi me tendrán que matar, y les dije no a mi me mando Kendry para acá, y cuando escucharon a KENDRY me dejaron tranquilo, me quede dormido del cansancio, en la mañana me dice una chamo que tenía al lado y me dice –chamo hace una carta que diga que me arrepentís, no si yo no hice nada, no a mi me irán a matar pero yo no hice nada, como le voy a hacer daño a una persona que yo quiero tanto, en la mañana hable con las personas jefas allí, ah..! pero se me olvidaba, disculpen, llamaron a mi esposa , y me la pusieron y ella dice maten a ese coño e madre, y cuando dije lo de KENDRY, me dejaron tranquilo, porque era el segundo ahí, Dios se puso ahí, y solo m e dieron golpes y me quede tranquilo, y en la mañana yo digo no yo tengo que salir a hablar con ellos a decir la verdad porque me dijo mientras digas la verdad no et pasa nada, eso me tenía preocupado, y yo les digo yo estoy acusado por algo que no cometí, y hay uno ahí y me dicen bueno de repente esta es verdad, y otro dice ese es un violador me arrodillaron y me pusieron la pistola, y dije me mataron, Y de pronto veo que viene todos ellos, y me dicen anda para atrás, y me dieron una golpiza, y con una camisa me dieron fuerte en la espalda y me dice que tiren lo para las 12 mas 1qe es donde meten a los violadores, y cuando recobre el conocimiento veo que estaba era en la iglesia, gracias a Dios, bueno me curaron , me explicaron como era todo el moviendo ahí, y de pronto llegó uno y me dijo –chamo están pagando para mátate, venimos de parte de J.Q. vamos a ver que hacemos esto es un caso grave, están pagando para matarte, Y cuando me ve dicen chamo te vamos a picar hoy, chamo llama para tu casa, y de pronto con la conmoción digo voy a llamar para mi casa porque agarran el teléfono de mi casa y pueden hacer cualquier cosa, y entonces llegó el piloto que tenía el teléfono y me lo devolvió, y de pronto dicen J.A. me daba miedo salir, y el pastor me dice sal, y era el traslado para la cárcel de la Dra. Raiza, y éramos tres y nos llevaron para la Cárcel Nacional de Sabaneta y me ubicaron el la Iglesia tengo ya tres años ahí, estoy en la iglesia he dado el testimonio y me respetan, doy clases, he ayudado en la reconstrucción, he arreglado las cloacas, y de pronto llega un malandros y resulta que el carro que habíamos comprado yo no le había hecho la matricula, estaba a nombre mío, porque lo compre como soltero, porque la esposa mía tenía 4 créditos, y e dijo que si era J.A., y vos como estas aquí, yo estoy procesado por violación, me esta llamando tu esposa ella quiere que le firmes una autorización para que pueda manejar el carro, y ella te deja todos los bienes tranquilos, y yo le dije -yo no puedo firmar nada porque ya metí la demanda de divorcio y no todo es de la mancomunidad conyugal, a demás tengo que hablar con mi abogado, bueno eso no paso de ahí, pero en los últimos días ella ha estado pasando, ella tiene un hombre que es el que entra a la Cárcel y hace los contactos con los hombres, el día 25 que comenzó el juicio hubo un problema ahí y llegaron unos pistoleros me estaban extorsionando, pidiéndome dinero, bueno tu esposa esta pagando para que te freguemos, bueno con las palabras que ellos usan -para que te jodamos- esos son problemas de la calle nos tenéis que dar una ayuda , bueno yo no se quien es ese hombre, pero su familia no lo quiere, porque el mismo (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), cuando me detuvieron a mi, él esta viendo en mi propia casa, usando mi ropa mi carro que lo chocaron, bueno no se si fue él o ella, bueno pero ya lo repararon. El matrimonio de nosotros, bueno nosotros nos casamos en el 2002 tuvimos poco tiempo de conocernos en Junio y el 23 de noviembre nos estábamos casando por la iglesia, de verdad que yo me case cuando tenía 39 años, ya había quemad mis etapas, había disfrutado bastante, ella ya era divorciada, yo tenía buen trabajo, tenía una situación bien, estaba estable, mi familia se opuso porque ya la conocía, bueno yo no la conocía ella, pero mis hermanas si porque ella estudio en el Pilar, y sabían como era ella, ella es una persona desequilibrada, es epiléptica y utiliza fenobarvital es adicta completamente, abusa de esa medicina, de hecho ella no tiene termino medio pasa de la rabia mas alta hasta las depresiones de un día para otro, un día llama a la policía para que me saque de la casa por su hijo venía de Puerto la Cruz, y después como dos meses, se mete 10 pastillas, un frasco de fenobarvital porque se quería suicidar porque yo y que la iba a dejar, pueden preguntar por toda Maracaibo, pero en el momento que yo la conocí, bueno usted sabe como son las cosas, yo creía que era la mujer de mi vida, a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) no lo conocía mucho, porque apenas estábamos saliendo, nos estábamos conociendo, yo estaba trabajando en la alcaldía para esos días, nos casamos y nos vamos a vivir al apartamento que ella tenía alquilado era un apartamento grande que vivía la muchacha de servicio que ahora no recuerdo el nombre, que fue la que mas duro con nosotros, era la de mas confianza, ella era la que atendía a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por ella nunca se encargo del niño, el niño cuando yo lo empiezo a conocer, era un niño como.. tenía problemas, era como un niño .., pensé que era autista, el apartamento de ella como tenía pocos muebles, la pared tenía una marca, porque el tenía unos gestos, agarraba un muñequito y hacia unos gestos raros, parecía un enfermito de verdad, y entonces cuando lo empiezo a conocer me preocupa porque la forma y ya nos habíamos casados, pero ella no lo atendíamos, aúnque de verdad teníamos mucho trabajo, como yo trabajaba en la alcaldía, cuando salía me iba a trabajar en los kioscos que tenía, bueno empiezo a conocer al niño, y él me empieza a conocer, el sentía un odio con su mama, ella se vino de Puerto La Cruz, yo no entendía porque, pero ella tenía un problema, el niño tenía problema, ella tiene un tío WALIS YORDI, que tenía una clínica de foniatría, tenía un problema en el habla, pero agarraba una rabia cuando llegaba de la calle, tal vez por el abandono en que lo tenía, y agarraba a su mama y la pateaba no sabia porque era, una vez llegamos y lo agarre y tiró la cabeza y se golpeo con la pared, bueno eso fue en el año 2002, verdad bueno vivíamos en el apartamento que tenía alquilado, venía trabajando en una tiendita de bisutería en CC chinita, cuando nos casamos a mi me habían pagado un dinero de un carro que me habían robado, y yo cargaba un camioncito que era de mi socio, que hasta ella se burlaba de mi, y yo que hice en vez de comprarme un carro le dije vamos a montar un negocio en centro norte, bueno empezamos a trabajar, bueno te digo, yo le debo unos cobres a mi hermana, pero trabajamos y recuperamos el dinero y le pagamos a mi hermana en diciembre, empezamos a trabajar y comenzaron los problemas mas que todo por dinero, la forma de ser de ella, yo sentí en un momento que se había casado por interés, estábamos viviendo todavía en el apartamento y entonces tenemos el primer problema porque ella no me quiso devolver dinero para devolvérselo a mi hermana, cuando nos casamos su mama me dijo trátala bien, porque Pitusa es muy vengativa ella cuando se pone brava es mala, una vez peleamos, y yo me fui a la plaza de Canta Claro, que y jugaba fútbol allá, me persiguió y espero mi turno para jugar fútbol, y discuto con un muchacho por mi turno, y ella lo que hace es como burlarse, y todas las cosas de ella son así, yo cuento todas estas cosas para que vayan entendiendo como es ella y como son las cosas del niño, y me arranco y me voy a casa de mi hermana a M.N., y mi hermana tenía que abrirme el portón, cuando voy llegando y el taxi me llega por detrás, y armó un escándalo que los vecinos se dieron cuenta, bueno y empezaron los problemas y todo el tiempo era que vendiera mi casa, y yo le decía que no porque la había comprado antes del matrimonio, y si siempre teníamos problemas. Bueno resulta, eso fue cuando el paro petrolero, mi camión era de gasoil , y me voy a la Cañada, que me dijeron que había gasoil, estuve todo el día en esperando en la cola, y agarro un dinero para arreglar la casa porque el contrato del apartamento se iba a vencer, entonces, no tenía dinero porque había comprado unas cosas para arreglar la casa, tenía unos dólares, pero no los quería gastar porque era lo del control de cambio, y estando yo en la cañada me llaman y me dicen que la detuvieron que andaba con Elio, el dueño del centro comercial donde teníamos unos kioscos, que habíamos tenido problemas por él por celos, que la detuvieron porque el carro era robado, que antes de casarnos, unos PTJ en Ciudad Chinita les había tenido que pagar, y le dije Pitusa si le tuviste que pagar par que te dejaran tranquila es porque algo anda mal, ve que a mi no me gustan esas cosas, dile a tu mamá que revise eso, ella me dice no ese carro lo compro mi mamá, después estando trabajando en la Alcaldía nos dice que se carro es robado y ella le enseña el documento con tachaduras y enmiendas con liquid paper, y le dijo por favor Pitusa y tu mamá hizo eso y es abogada, bueno total que me dicen que todo lo habían arreglado, pero resulta que cuando la detienen ese día me dice el carro era robado, tenemos que paga 800 mil Bs., para que me dejen tranquila, y le digo como te los voy a dar si ya gaste para arreglar la casa, hay control de cambio, pero en esos días me habían pasado un contrato con Hidrolago, porque tenía un amigo que tenía también una cooperativa que yo le había prestado un dinero y me debía esa plata, bueno arranco de la Cañada y mi cuñado me dice que él repara tractores, que me va a esperar en Palito Blanco, y me devuelvo y cuando llegó al Core 3 y me devuelvo y me la encuentro y ahí empezamos a pelear y ahí estaba un abogado de la mamá y ella me echo la culpa a mi, dijo poco hombre, tuvo que venir Elio a pagar el dinero a los PTJ, y le digo yo, que te pasa a ti chica, como es posible, tu mamá que es abogada, es una magistrada, que va a comprar un carro robado, ella se fue y le contó a su mamá u es por eso que su familia me agarro rabia odio, y se fue de la casa, toda su vida ha sido así, el primero matrimonio también fue un desastre. El primer niño se lo crió la mama, se la pasaba en Caracas, que venía se iba, así estaba, eso era una locura, nos separamos, y ella se fue a casa de una p.m. a vivir, nos separamos, en ella estaba viviendo con mi prima hasta mitad de año, nos casamos en noviembre de 2002 y para Semana Santa de 2003 ya ellas estaba viviendo con mi prima, como en febrero hasta mitad de año, y vuelve a mi casa de un tiempo, yo la convenzo y se va a mi casa otra vez, y en el club ya yo la había llevado y al niño, y empieza a hablar mal de mi, y la apartaron del grupo, y yo también me aparte de la Casa d’ Italia, y volvimos a tener otro problema y ella empeñada en que tenía que vender mi casa, y yo le decía que no iba a vender mi casa porque la había comprado con lo que me habían dejado mis padres, y nosotros estamos muy inestables, entonces y me fui y su mama le alquilo una casa creo que en M.N. y ese tiempo vivimos ahí, desde 2003 hasta comienzo de 2005, de los cuales yo iba y venía me botaba, bueno los primeros tiempos de la separación casi no nos veíamos, pero teníamos la tienda en centro norte, pero cuando nos separamos yo le dije quédate con la tienda y yo monto otra, y el dueño del centro comercial, me dijo –Juan aquí tengo otros dos kioscos mas, y vendía otra mercancía que no tiene nada que ver con la de ella, yo vendía cosas esotéricas; una vez llegó un brujo se llama Roberto, le gustaron las cosas, y ella se hizo muy amiga de ella, y el se la pasaba metido en la casa y yo le preguntó a DEYANIRA, que era la primera muchacha que trabajo con nosotros, muy buena que cuidaba mucho (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), ella me contaba mucho, ella sale mucho con las personas que trabajaban en Ciudad Chinita, con los amigos que tenía antes y cuando necesitaba algo de mi si me buscaba, y yo de verdad todavía estaba enamorado de ella, yo no lo hacia por obligación, yo la quería mucho, y a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) también, yo se que estuvimos desde 2003 principio 2005, ah (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) se lo llevaban en vacaciones, bueno en ese tiempo todavía no estaba en el colegio, él comenzó el colegio por mi, bueno siempre se lo llevaban de vacaciones de junio a septiembre a octubre y en diciembre, el primer diciembre se lo llevaron estando de recién casados a Puerto La Cruz, y estando recién casados, me dijo vamonos para Puerto La Cruz y yo le dije que no porque venía mi hermana de Italia, se fue y me dejo botado, y cuando estaba en la casa se lo dejaba a Deyanira, y ella ponía a cualquier mujer de servicio la metía y dejaba al pobre niño ahí, bueno después al tiempo volvíamos, bueno yo a veces vivía en las dos casa, como vivíamos cerca, cuando se ponía brava me botaba salía con sus amigos, había un personaje Alberto según ella era mecánico, arreglaba computadoras lavadoras, todo, el entraba cuando ella no estaba y a mi No me gustaba eso, y le preguntaba a Deyanira y me decía que la señora le decía que lo dejara entrar, un día regrese, llegó un momento que tuvimos un problema muy grande en Caracas y habíamos subido el Ávila ,me recuerdo porque se habían quemado las torres, la pasmos muy bien y nos fuimos al hotel, ella ni siquiera se fue conmigo. Ella se fue después, y yo l decía que porque dejaba al niño solo, es mas a mi no me gustaba que el servicio se quedara a dormir, porque mi casa era muy pequeño, yo le decía dedícate al niño, yo tengo mucho trabajo, yo le decía el negocio se controla con un inventario no estando allí, lo material fue lo mas importante: Bueno estamos en Caracas y la pasamos muy bien, cuando volvemos al hotel me dice que volvamos, ya se por donde venía y yo lo analizo ahora y entiendo porque el negocio lo tenía quebrado, porque ella era muy desordenada y yo le digo que no, que nos llevamos mejor como amigos, agarro una rabia -ahora me voy-, y se fue, me quedó en la habitación, y de pronto tocan la puerta y es ella que me salta y me empieza aruñar y a romper las cosas, y yo siempre me llevó un incienciaro de cerámica y me lo iba a partir la cabeza y nos fuimos a las manos, pero tampoco fue algo grave, y se fue, y al día siguiente nos vinimos para Maracaibo, a los días me llaman uno PTJ y me dicen que me había denunciado por lesiones físicas, ya días anteriores habíamos tenido un problema en centro sur, y me fui para allá, y yo monté un negocio en Centro Sur, y ella siempre salía con la hija de Deyanira que tenía tiempo con nosotros, ella me armó un escándalo allí, yo la saque por un brazo, y le prohibieron la entrada al centro comercial, y el vigilante que estaba ahí, me dijo –Señor Juan póngale una denuncia por fiscalia porque eso le puede traer problemas, yo nunca le hice caso, no quise, se quedó toda la tarde esperando en el carro con el muchacho, cuando ya nos íbamos le dije la vigilante que no quiero tener problemas con ella, anda y la entretenéis, y así lo hizo, y salgo por la salida de atrás, y me perdí, me puse a dar vueltas, cuando voy como para ir a mi casa, ella me sale persiguiendo y llamo a mi hermano, y le digo que me abra el portón rápido porque tenía problemas con Pitusa, y mi cuñado me llama y me clava las uñas, mi cuñado me ayuda y me la quita de encima, porque ellas es así. La familia se entero de eso y me agarro mas odio todavía, y yo le dijo tu lo que eres es una ampona, pasa lo del centro comercial, y lo Caracas, y la familia me agarra mas odio, pero total si algo etnia seguro la señora Iría era la relación que yo tenía con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), yo nunca, nunca ella sabia que yo lo trataba bien. De echo la ultima pelea fue en octubre y el cumple año el 15 y hubo una fiesta de cumpleaños, en la casa de M.n. y fue la familia fue incomodo, y el primer trozo de torta lo agarro (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y me lo llevó a mi, y la familia vio eso, el a.d.n., porque ellos sabían que yo era bueno con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), yo lo llevaba al club, a jugar fútbol y ella cuando tenía su kiosco, ella siempre viajaba y dejaba al niño con la muchacha de turno , bueno eso fue a principio del 2005, en semana santa que me voy a Colombia y me voy para carnaval , a ella le callo eso mal, que la iba a dejar, y yo le dije que me iba con mí prima que no la iba a dejar, fui con una prima, entonces ella se tomo unas pastillas de fenobarvital, y yo la lleve a la Clínica Falcón porque ahí era que tenía el seguro de la Alcaldía, entonces ahí nos pusimos a hablar, y me dijo que nos pusiéramos en tratamiento para tener un niño, y de hecho nos pusimos en tratamiento, en eso nos pusimos a hablar de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), porque yo lo llevaba los Sábados al club a jugar fútbol, porque a mi papá me llevaba, y yo me daba cuenta de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), yo creo que el era así esta por el abandono en que estaba (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y entonces las esposas de mis amigos lo veían, y veían como yo lo quería, el todavía en ese momento lo saque de su casa, el no se comunicaba con otro niños, Pitusa, vamos a llevar al niño a otro medico, porque tu tío lo que es, es foníatra, porque el le ponía unos ejercicios, porque él tenía era problemas con la r, nos recomendaron a una Dra. L.M., tiene su clínica en Valle Frío , y le hicieron una evaluación al niño, porque se comportaba de esa manera, era tan violento con su mama, será que es hereditario, que si ella tomaba muchos medicamentos cuando estaba embarazada y de pronto eso fue lo que le ocurrió, y yo como siempre era quien estaba, lo empiezan a evaluar porque ella siempre estaba muy ocupada, y me habían cambiado a contraloría interna, cuando iba a banco Mara subía el cerro y llevaba al chamo, y le preguntaban y a mi también, total nos dieron un informe que decía que no era autista y que posible era por problemas de conducta, que era por algo que le había pasado, y nos dieron una serie instrucciones, que fuéramos consistentes con las cosas que si le decíamos no era no, que le creáramos hábitos que lo inscribiéramos en una guardería, en el 2005 lo inscribimos en un colegio que se llama, Unidad educativa A.N., quedaba cerquita de donde vivíamos, le llevamos el informe a la directora ella lo leyó y dijo que si lo iban a aceptar, nos mudamos a la casa empezamos de ir a la casa le hicieron los exámenes, le pusieron unas pastillas y salio embarazada, yo me puse muy contento, y su mama y la hermana de Italia, dijeron como va a ser? . Deyanira tiene un problema en el 2005 y renuncia y se va a Colombia y ella antes de irse habló con mi hermano y le dijo que Pitusa no me merece, y dice que todas las cosas que yo hacia, y el hermano se empezó a llevar mal con pitusa, y mi hermano vivía en la casa de la Picola cuando yo me casé, cuando mando a arreglar la casa el se tiene que ir para la casa de mi hermana, y como tuvo problemas con mi hermana, se tuvo que ir otra vez para mi casa, pero Pitusa siempre se llevó mal con mi hermano, entonces una tarde yo me pongo a pensar si yo soy bueno con el hijo de ella, porque ella no puede ser con mi hermano. Deyanira renuncia inscribimos (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) en el Colegio, ese año vuelve a ir a Puerto La Cruz, y regresaba muy diferente. Una vez recuerdo, que me preguntó que era un papa biológico, algo así, que por que el tenía dos papás? Y me pongo a explicarle que el tenía un papa biológico, que era el que le había sembrado una semillita en el vientre de su mamá, y que él iba a ser muy bonito, que tenía el pelo lacio, catirito y también vas a tener cosas mías porque yo soy tú papá de crianza, y me dice -mi hermano Walter dice que tu no eres mi papa-, y yo le decía que él tenía mucha suerte porque tenía 2 papás, uno allá y otro aquí, siempre era eso cuando se iba venía diferente. El se la pasaba en el club en un pedazo del club jugando en su mundo con una bolsita de juguetes y luego se salio de su mundo y comenzó a ser mas normal y usted cuando lo veía decía este niño tiene problemas. Bueno así paso ese tiempo Eso fue a principio del 2005 se inscribió en la unidad educativa ya en preparatoria no en guardería y lo ponemos, por el problema de la muchacha de servicio, que ya se había ido, y lo ponemos semi interno, y yo cuando lo llevábamos en la mañana lo dejaba, yo me acuerdo que lo montaba en el camión con su poncherita, y lo dejaba en el colegio que era a dos cuadras, y lo recogíamos en la tarde, Ya no estaba Maryori, yo recuerdo que Maryori comenzó a trabajar en la casa recomendada por el vigilante de la cuadra, una persona de raza guajira, de poca educación, no tengo nada de la gente guayú, las muchachas de servicio o se las buscaba Rosa, porque a ella no le gustaba hacer nada, y yo siempre le decía no salgáis, quedate en la casa con el niño, dejame a mi ir a trabajar, eso fue en 2005, llega diciembre Maryori se va por vacaciones y empieza a buscar otras muchachas. Y ella se iba para Caracas y ella lo dejaba solo; comenzaban las muchacha a trabajar y el primer día le dejaba las llave de la casa para que se las llevara y llagara al otro día. De hecho Rosa la vecina del frente dos veces, una comenzó un lunes, un día y se llevó 600 bolívares y dejo a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) solo en la casa, y tuvo que llamar Rosa a Pitusa para que fuera, y me llamo Juan anda al casa porque yo estaba mas cerca ve a la casa que parece que la muchacha se fue de la casa y dejó a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) solo, bueno cuando regreso consigo a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) llorando, y menos mal que no fue nada malo que solo lo que se llevó fue el dinero, Rosa es testigo de eso, en otra ocasión trabajo otra que se llamaba Rosa, luego se fue a trabaja en casa de Nirene, ellas se rotaban, después llegó Yelitza, Yelitza después dijo que se iba porque iba a estudiar de noche, y se fue a trabajar en casa de Patricia y Ana la p.d.Y. que trabajaba en la Casa de Patricia se fue a trabajar a la casa, y se reunían en la casa como si no hubiera pasado nada, y lo que ella dice que se fue de la casa por miedo eso es mentira porque ella después que se fue se la pasaba metida en mi casa, bueno así comienza la rotación de muchachas, muchachas van y muchachas vienen, estamos hablando del 2005,y llega el 2006 y siempre al niño lo enviaba para Puerto La Cruz para las vacaciones, bueno terminaron las clases en la Unidad Educativa A.N. estuvo allí un año semi interno hasta la tarde, después iba la muchacha de servicio lo buscaba caminado y lo llevaba a la casa y se quedaba solo hasta que Pitusa o yo llegáramos de los Kiosco, o de donde estuviéramos, porque el trabajo de los kiosco es muy duro, eran unos kioscos donde uno no puede estar sentando siempre parado, en las vacaciones de 2006 el niño se va de vacaciones para Puerto La Cruz, pero antes, habíamos decidido inscribirlo en un colegio bueno, en el San V.d.P., trate de inscribirlo pero otra vez por culpa de Pitusa como es descuidada no se di cuenta de la fecha, y perdimos la fecha, la vecina Lisbeth del lado derecho me dice que porque no lo inscribo en el Rosmini y como yo iba a la casa de Italia, conozco muchos que tienes a sus hijos en el Rosmini, entonces hable con un amigo y hablamos con un padre que conoce y lo inscribimos y hicimos una entrevista con una monja que es muy famosa y no recuerdo el nombre de ella, pero nos trató muy bien, de hecho me preguntó porque el niño no tenía mi apellido, y le dije que no era mi hijo, pero que éramos casados por la iglesia, él se va Puerto La cruz, vacaciones dije 2006, ya Maryori se había ido, comenzó a trabajar Yelitza en Marzo de 2006 , de hecho ella también fue a Puerto La Cruz y Pitusa se fue a buscarlo, y cuando comienza en el Colegio en Primer grado, y se adapto bien, le costaba un poco pararse porque comenzaba un poco mas temprano, y en el club también yo lo llevaba al fútbol y a el también le gustaba pero no se concentraba pero a veces se distraía y perdía, después lo puse en natación, yo nada mas iba los martes y el jueves, ya nada mas iba esos días por el trabajo que era fuerte, después lo inscribí en karate en el club y una profesora que solo había 4 niños, era personalizada, empieza el colegio y la maestra dice que el niño estaba muy extraño, que hablaba de muertes, de diablos, cosas del otro m.d.a., nos llama la psicólogo a Pitusa y a mi, que estaba muy violento que le pegaba a la maestra y a los otros niños, y nos recomienda una psicóloga que se llama I.C.M., mi hermana la conoce y la señora Iria también, era muy bueno ella atiende por el Claret, entonces, lo empezamos a llevar, yo en ese tiempo como habían comenzado las reuniones de PDVSA, busqué la forma de que me pasaran a SAGAS, como tiene ingresos propios era mas fácil que me pagaran las prestaciones sociales y trabajaba mas tranquilo en oficina hasta las 4 de la tarde, y como SAGAS quedaba cerca del Claret, yo lo buscaba y lo llevaba, fueron bastantes consultas, ah se me había olvidado! Pitusa antes de que comenzara estas consultas, yo no se quien se lo habían recomendado le daba media pastillita de Catapresan creo que es para la tensión no estoy seguro, me acuerdo que en un viaje para Maracay estaba hablando con una pareja amiga, que hicimos una bonita amistad, estamos hablando del problema y le dicen que no le de esa medicina que a los niños no se les da medicinas, a mi tampoco me gustaba que se la diera, pero ella se la daba para que se tranquilizara, pero a mi no me molestaba, para que se durmiera, y comienza las terapias con la doctora Carlota, porque el llegó muy extraño de Puerto La Cruz, la maldecía, hablaba de Arcángeles, cosas diabólicas, tuve que ir a las terapias igualitas, me preguntaron como eran las relaciones, el a veces hablaba mejor de mi que de ella, yo creo que es porque el nació cuando ya estaban divorciados, en cambio con el mayor era totalmente diferente, hasta la familia seria por el problemita lo tenían como marginado, yo con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) era muy especial, la Dra. I.c., después que termina el informe con dice que lo llevemos al hospital Clínico, pero no recuerdo el nombre creo que tenía que ver con algo neurológico, y como de costumbre lo llevó yo, estoy hablando de 2006, y lo comienzo a llevar y el doctor le da un lápiz, y le empieza hacer un poco de pruebas, y de pronto le dice quítate la franela, y dice este niño no tiene ningún problema intelectual, puede ser un poquito hiperactivo, según el informe de la doctora, y le pone un medicamento que se llama RIDAL, un cuartito de pastilla por 2 meses para ver como reacciona, entonces, eso fue, pasaron las cosas normal y esta mejorado, en diciembre viene su hermano, no teníamos muchacha de servicio la muchacha Ana que era la p.d.Y. que se había ido a casa de Patricia, porque había salido embaraza de un hermano de Patricia, bueno eso no importa, empezaron a ir y venir muchachas de servicio, en un momento le dice que Rosa que trabajo en casa de Nirene, le dio una crisis a (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) en el baño, y no quería salir, y (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) llama a Pitusa y Pitusa me llama a mi, que vaya a la casa a ver que estaba pasando, y encuentro a la muchacha en el baño, y (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) llorando, porque rosa también había llamado, y le preguntó ¿ (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) que te pasa, no papi que tenía miedo, y sintió protección, y saco las llaves que las había escondido en un mueble, y sintió seguridad conmigo, porque el era conmigo muy especial y yo con él, entonces la muchacho la vote ese día, y me amenazo ese día –págueme- no te voy a pagar, págueme de una vez porque se va a arrepentir, y se la pasaba en el frente de la casa con el vigilante, y ese día no le pague porque no tenía efectivo, bueno le pago y se fue y después comenzó a trabajar en casa de Nirene, y (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) empieza a hacer amistad con los hijos de Rosa, y estaba mas grandecito y le dábamos permiso para que fuera a casa de Nirene y a casa de Rosa, a veces lo dejábamos en casa de Rosa, y lo inscribimos en unas clases particulares que nos había recomendado Rosa, y Rosa lo cuidó por un tiempo, como parte de noviembre, porque en noviembre para el tiempo de la feria montamos unos stans en el Sambil y eso también nos tuvo ocupado, ese niño quedaba todo ese tiempo solo, a veces Rosa llevaba a la hija para que lo cuidara, ella llegó a decirles a los vigilantes que le dijeran a las muchachas cuando salieran de trabajar se fueran a la casa y se quedaran cuidando al niño, en enero no había muchacha había un matrimonio de la familia, de una p.d.e., y las cosas estaban muy bien, el único cambio desde que estoy con el niño, que yo pueda decir que es un problema, porque una cosa de esa tiene que causarle una conmoción al niño, ella es la madre del niño, ella tenía que revisarlo, como no se iba a dar cuenta, pero desde el punto de vista de su conducta la única vez que lo vi fue cuando vino de ese viaje de Puerto La Cruz, bueno viene el año 2007 que fue cuando me detienen a mi, yo renuncie a mi trabajo a la Alcaldía y me meto de lleno en el trabajo de la Cooperativa en PDVSA, comenzamos a hacer el frente F.d.M., hacíamos reuniones, mi horario ya cambio, no tenía horario fijo sino que podía ir i venir a mis kioscos, tenía que viajar a Caracas porque ya teníamos tres kioscos que estaban en pleno apogeo, ella era muy desordenada pero era muy buena vendedora, y la mamá llama un día comenzó con los celos, ella fue a la alianza, y el niño le pusieron mas terapias en el consultorio de la Dra. I.C., y también estaba con foníatra, porque tenía problemas de pronunciación no pronunciaba la r, eso quedaba en la calle 71 frente a la casa de mi abuela, ose que yo llevaba al niño lo dejaba y cuando la hora de terminar lo buscaba, buena notas en matemáticas, en lo único que tenía problemas era en dictado. Bueno vino la familia de Caracas me sentía muy bien y venían los celos, mi hermano decía que ella me estaba siendo infiel, yo no le creía, resulta que lo hacia cuando me iba de viaje a Caracas, en mi propia casa, ahí tengo vecinos que son testigos K.R., vecina que vive en Monte Claro, yo me iba en bus, y en la mañana llegaba a comprar y, porque yo me iba en bus, y dormía , llegaba y a caminar y caminar y compraba y después me venía, mientras yo viajaba pasaban cosas, que hay testigos que pueden decir, Tenemos un problema en abril, que ella estaba todo el tiempo que tenemos como 2 meses q no tenemos relaciones, que me estas siendo infiel, entonces yo e pregunto a un amigo y me dice pero eso no es nada yo estado mas tiempo, y ella me dice que fuéramos a un sexólogo y para complacerla fuimos y nos puso una medicinas, y yo creo que eso fue como un mes antes de que detuvieran, Primero fue el pleito grande, que me estas siendo infiel, total que ya no me importa y ya no quiero nada contigo, y me salio del corazón, recuerdo que ella me miro con unos ojos, porque ella siempre pendiente de los kiosco, ponlos a mi nombre, vende la casa, y como venía un contrato bueno, y contento porque ya estaba trabajando con PDVSA, yo lo que estaba era trabajando, orgulloso, ella pensaba q la iba a dejar porque ella era muy insegura, con el papa no es normal, traumas que tenía ella, y ella me había dicho te voy a destruir te voy a quitar todo lo que tiene, y mi socio la encontró allá y le dijo que haces aquí preparando todo para quitarle todo a Juan, bueno yo pensé que era una de sus amenazas normales porque ella es así, no le pare mucho, de pronto me dice que tiene que buscar a W.P.L.C., bueno pero en esta época y ella me dice que si porque necesita apoyo, yo no entendí eso, se lo trae, fue a Puerto La Cruz, pero primero viaja a comprar mercancía y me deja solo como una semana, y en esa semana yo tenía un curso de modulo 3 en PDVSA, en el Hotel Cabimas Internacional, todos los días viajando para allá, y cuando venía iba a centro sur sacaba las cuentas y total que ella estuvo una semana por allá, fue a buscar al hijo y se lo trae, ye s en esa semana cuando voy al medico y comenzamos el tratamiento y comenzamos a tener relaciones y todo bien, lo que no sabia era lo que me estaban haciendo por detrás, eso fue en may vino el aniversario de la Casa de Italia estábamos en la fiesta y volvimos a pelear y estaba extraña y ella me dice por que no te vas tú con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y me quedó yo aquí con Walter, me parecía extraño que ell ame insinuara que me fuera con (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) solo, y yo le dije si nos vamos nos vamos todos, total que nos fuimos todos, pasamos todos esos día en mayo, una buena relación, y (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) perfecto, y las maestras decían que (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) estaba muy bien, en comparación con los cambios cuando llegó de Puerto La Cruz, el 12 de junio el día final del la exposición del fin de curso que hace su exposición, y es cuando llega Maryori y me dice que quieren que declare que usted toca al niño, bueno nos reunimos en familia y llegamos a la PTJ, Jamás toque a ese niño, ese niño siempre estuvo solo, con servicios que no conocíamos, estuvo semi interno en un colegio, los viajes a Puerto La cruz, donde vivía con una abuela que tenía unos kiosco como los míos y viven enana zona turística, donde dormían con las puertas abiertas por que supuestamente tenían vigilancia, dormían hasta a las 9 de la mañana, porque se acostaban tarde trabajando, y la abuela no podía subir las escaleras porque son unas casa de 3 pisos, en esa casa también puede pasar cualquier cosa. Yo no se si ella se está aprovechando de la situación, menos mal que no me ha pasado nada, porque como dije todos los domingos se aparece en el carro se baja el hombre con el que esta viviendo ahora, que parece que tiene contactos adentro, no se le nombre, pero quiero que averigüen porque no quiero que me pase nada, porque me ha amenazado soy totalmente inocente de lo que se me acusa, no tuve una situación dudosa para que digan que andaba en algo raro con ese niño, porque Pitusa que me bañaba con el, yo solo me bañaba con el cuando llegaba del club de jugar fútbol, solo en la casa cuando no se quería bañar que Pitusa cuando no se quería bañar me decía que lo bañara rápido, el cuando comenzó en el Rosmini el dormía con nosotros, en ese diciembre le compramos una cama triple, el dormía en un cuarto con la muchacha de servicio, por eso yo no quería muchachas de servicio porque no estaba acostumbrada a eso, yo nunca estuve solo con él, yo solo estaba solo con él cuando íbamos al club, porque nos levantábamos los sábados temprano, llegaba como a las 2 o 2 y media, a la cancha de fútbol, los hijos de mis amigos, y el se quedaba jugando, después empezó a tener amistad con los niños del Rosmini. Los domingos le gustaba mucho ir para el Sambil, con la gomitas de rueditas y me iba con el a un café cerca de beco compraba el periódico y el se ponía a patinar, Pitusa llegaba después almorzábamos o simplemente nos íbamos a los centros comerciales donde teníamos los kioscos, que también había fuente de soda, eso es otra cosa, mi hermana trabajaba cerca de ese centro comercial, y tengo testigos, que en frente del niño decía cosa que de una forma lo estaba aleccionando, y mi hermana dejo de ir al centro comercial, porque se le sentaba y delante de la gente y de los compañeros de trabajo le decía que tu hermano abusó de mi hijo delante del niño, a muchas personas, una vez vio a Carmen la de la alianza y se le opuso a decir que Juan abuso de mi hijo y con lo mismos vecinos N.D.N., N.N., y llevan información que lo ha aleccionado, yo confío que mi niño sabe que yo no le he hecho nada, pero ya son dos años, que mas puedo alegar?, Creo que eso es todo?. Ese es mi hijo siempre lo he respetado, lo que hice fue trabajar y darle todo, a los dos, porque con la madre a pesar de los problemas que tuvimos, mucha gente se preguntaba, bueno este hombre esta loco, porque con ella es una mujer medio loca, porque sigue con ella, por que los quería, mas bien a mi esa separación me convenía porque a ella en el club la rechazaban, pero yo siempre estaba con ella porque los quería porque sabia que me necesitaban, eso es todo lo que puedo decir hasta ahora, Es todo”.

A preguntas efectuadas por las partes respondió: MINISTERIO PUBLICO: 1. ¿Podría decir que tiempo estuvo casado con la señora M.M.? desde el 23 de noviembre de la boda eclesiástica 2002, hasta que me detuvieron. 2. ¿Cuál fue el día que lo detuvieron? 13/6/2007, que tuvimos mas de un año la separación de cuerpo en un tribunal. 3. ¿Durante ese tiempo de casado estuvo el niño viviendo con usted? Claro, si. 4. ¿Cuántas personas vivían en la casa con usted, en la urbanización la Picola? Mi esposa M.M. y mi hijo (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y W.V., y Maryori la muchacha de servicio. 5. ¿El hijo mayor vivía con usted? Desde Mayo, si. 6. ¿Conoce de vista trato a P.B., R.A.? Si las conozco. A Nirene de Vista, a Rosa y Patricia de comunicación. 7. ¿De donde los conoces? Rosa es vecina que vive en frente de mi casa, con la cual he tenido mas relación; Patricia vivió un tiempo a un lado a 2 casa de mi casa, un tiempo tuve relación no tanto como con Rosa. 8. ¿Qué tipo de comunicación? Lo normal, nunca fuimos amigos, a Nirene de vista, era vecina al lado de Rosa. 9. ¿Para el momento que lo detienen esas personas que les mencioné vivían en la urbanización? No creo que Patricia no vivía allí, Nirene y Rosa si vivía ahí. 10. ¿Puede indicar el periodo el trabajaba Y.F.? Aproximadamente principio del 2006 como hasta agosto o septiembre de 2006. 11. ¿Fue esa única vez que trabajo ahí Yelitza? Si, después hicieron cambio por su p.A. porque ella iba a estudiar. 12. ¿Tiempo aproximado que laboro M.R. en su casa? Ella si trabajo en 2 periodos, en 2005 hasta diciembre se fue después volvió hasta principio de 2006, y después volvió febrero o finales de febrero del 2007 hasta los días que me detuvieron. 13. ¿Podría precisar exactamente o un tiempo aproximado que usted permanecía cuidando al niño de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? A veces pasaba cuando iba a almorzar tarde, los fines de semana los sábados cuando iba al juego de fútbol y ella luego llegaba después, siempre tenía juego a las 4 o 4 y media, y mi esposa regresaba de trabajar 8 o 9 de la noche, y cenaba en el restaurante del club, y los domingos iba al Sambil, siempre los fines de semana. Entre semana casi no lo veía porque yo tenía dos trabajos, y el niño se quedaba en la casa con la muchacha de servicio. 14. ¿Tiene hijos biológicos? No, tenía el espermatograma y los tenía muy lentos y ella salio embaraza y tuvo una pérdida. 15. ¿Tenía problemas para tener hijos? Creo que no tenía problemas. 16. ¿Puede precisarnos que tipo de enfermedad tenía el niño? Yo no soy especialista en la materia, según mi declaración el tenía un informe que decía hiperactividad, el caminaba con puntas de pies eso es un síntoma de autismo, pero ella después determino que era problemas de conducta y después hicieron otro tratamiento pero si ella no llegaron con un diagnostico, no sabían lo que tenía el niño, conducta hiperactividad. 17. ¿Que enfermedad padecía la señora M.M.U.? Ella es epiléptica y toma fenobavital y dantoinal. 18. ¿En la casa suya, cuantas habitaciones habían? 3 habitaciones, la principal era la de (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) tenía su baño propio, después dos habitaciones mas pequeñas que tenían un baño común, y la de atrás no tenía baño que era la que usábamos mi esposa y yo, dormíamos con la puerta abierta, y la otra dormía Walter cuando llegó, y las muchachas dormía con el niño. 19. ¿Llegó el niño a dormir con usted? No, el dormía mucho con nosotros al principio pero la psicólogo nos dijo que no lo hiciéramos más, o dormíamos en una cama de mis padres, y ella se pegaba a mi y él dormía al lado de ella. 20. ¿Podría indicar los nombre de los medicamentos que tomaba el niños? El primer medicamento que le daba mi esposa CATAPRESAN, para que se durmiera, para la hiperactividad, creo que es para la tensión alta, no estoy seguro, la abuela sabia, y yo confié, y en el 2006 cuando vino de Puerto La cruz, que lo evaluaron y lo llevaron a un medico de algo del cerebro, un cuarto de medicina de RIDAL. 21. ¿Que fecha fue eso? En noviembre de 2006. 22. ¿Y el anterior? Hasta que le pusieron el otro. 23. ¿Ambos medicamentos se los tomaba todos los días? En la noche. 24. ¿El Ridal en que horario? 7 y media a 8 de la noche, antes de acostarse. 25. ¿Que persona se encargaba de dárselo? Como el siempre estaba con las del servicio ellas se encargaban de eso, y los fines de semana mi esposa y yo. 26. ¿Y usted llegó a dárselo? Si pocas veces. 27. ¿Las muchachas pernoctaban en su casa? Si salían los sábados y llegaban los domingos en la noche o los lunes en la mañana. 28. ¿Cómo era su relación con su hijo M.U.? Bastante aceptable, nunca tuvimos ningún problema, cuando venía salíamos a los juegos de fútbol, a él le gustaba mucho el fútbol compartíamos eso, ahora cuando llegó, fuimos a la inauguración de los juegos de fútbol, nunca tuvimos ningún problema. 29. ¿Y el papa biológico acostumbraba a visitarlo en su casa? Cuando vivíamos en M.N. la familia de ella me dijo que me tenía que ir porque el hijo venía a visitarla, y me llamo una patrulla para que me sacara de la casa, el muchacho vino como era menor lo trajo y se quedó un tiempo en casa de Pitusa, no me gusto mucho pero bueno, y cuando me detuvieron el estuvo y se quedó en el cuarto donde se quedaba el hermano mío, lo conocí en Margarita, me pareció que él también fue una Víctima de Pitusa. 30. ¿Como eran las relaciones suyas con las vecinas? Nirene no la conocía, con Rosa la trate más, lo que se habla por necesidad, primero que es una persona diferente en muchos aspectos en nivel cultural, ella siempre sabia lo que pasaba en la cuadra. Patricia que tenía una amiga que la conocí cuando era mas chamas antes de casarme y, la veía en mi casa cuando ella venía, y con Patricia tenía unos hermanos viciosos, y mi circulo de amigos eran en el club, con Patricia tuve un problema con un hermano. 31. ¿En el tiempo que la señora M.U. viajaba el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) dormía con usted? No para nada, en mayo la última vez que viajo fue en mayo, que creo que fue excusa. 32. ¿Cuándo viajaba con quien dormía el niño? Con las muchachas de servicio porque cuando yo llegaba ya estaba dormido. 33. ¿Quién cree que haya abusado del niño? He pensado mil veces, fue tantas oportunidades que se quedó solo que no se sabia de donde salía, y los viajes a Puerto La Cruz, no se no tengo a ninguna persona que podría acusar de eso. 33. ¿Existía algún tipo de relación de parentesco entre las domésticas de Y.F. y M.R.? No tengo información de eso. 34. ¿Cómo eran las relaciones entre usted y el niño? Era relación muy bonita, muy sana. 35. ¿Consideraba al niño como su hijo? Si.

Al DEFENSOR PRIVADO respondió: 1. ¿Puede explicarle a la audiencia si en algún momento en que usted permaneció en la casa que cohabitaba con la señora M.U. ejecuto un acto de abuso sexual contra el niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)? Jamás en ningún momento. 2. ¿Puede indicarle la ubicación del consultorio de la psicóloga que menciona usted que sometió a terapia al Niño, I.C.M.? Cerca de las Torres Claret, dirección hacia Valle Frío como dos calles hacia abajo. 3. ¿Tiene algún conocimiento si en los momentos que usted se ocupaba de sus negocios y trabajos y mientras su esposa también se ocupaba de sus negocios, si a esa vivienda tenían acceso otras personas distintas a as domésticas? Si los vigilantes entraban bastante porque ellos buscaban a las domésticas para que trabajaran allí, y cuando estaba de viaja me informaban que entraban hombres a la casa. 4. ¿puede informar cual era el horario durante permanecía semi interno el niño? El horario era 7 de la mañana y lo buscaba la muchacha de servicio a las 4 o 4 y media caminando porque era cerca, desde la picola hasta la California. 5. ¿Informe si al regresar el niño del semi internado quien se encargaba de cuidar a ese niño? La muchacha que estuviera trabajando en ese tiempo, la mayor parte Yelitza, nosotros cerrábamos los negocios a las 9 de la noche, mas o menos llegamos a las 10 de la noche. 6. ¿Puede informar si usted llegó a realizar actos de caricias de tocamiento las partes intimas del niño? No las normales de un padre a un hijo, de hecho Walter cuando llegó a la casa trate de tocarle y por pena con el hermano me dijo no me toques, pero era porque se estaba haciendo hombrecito. 7. ¿En ese tiempo estuvo en el baño con el niño estando presente la doméstica Y.F.? Si solo cuando estaba Pitusa que me decía que lo bañara en presencia de la mamá. 8. ¿En presencia de la mama o de Yelitza delante de la mama? De las dos. 9. ¿En alguna ocasión Yelitza o Maryori, lo vieron semi desnudo o desnudo en el baño de la casa de la picola? No.

Al TRIBUNAL UNIPERSONAL respondió: 1. ¿Nunca se percato de que ellas lo pudieran haber visto desnudo? No porque siempre me bañaba y salía vestido del baño. 2. ¿Cuantos años tenía el niño cuando se caso con la señora M.U.? Tenía tres años. 3. ¿Ya el niño hablaba? Si hablaba pero él andaba en su mundo, con unas cosas raras en las manos, pero si sabia quien era yo, porque el me decía Juan. 4. ¿Ese niño algún día vivió con su padre? No tengo información. 5. ¿El niño nunca convivió con el papá? No. 6. ¿Tuvo conocimiento que el niño fuera de vacaciones con su padre? Si lo fue a visitar en casa de la abuela y el trato de tener contacto con él. 7. ¿El nunca le manifestó algo extraño, algún acontecimiento de que le hubiera sucedido algo? No el lo único era que era muy agresivo con su mamá. 8. ¿A que edad era eso? Desde que me case con pitusa hasta que me separe. 9. ¿Cómo le decía a usted? Papi cuando venía el hermano me decía Juan, cuando fue a Puerto La Cruz, se dio cuenta que tenía su papá. 10. ¿Desde cuando conocía a su esposa? Desde 4 meses, ella si me confeso de su enfermedad y no sabia que no estaba, y de hecho me dijo que le habían ligado las trompas y que tenía una que se había abierto. 11. ¿Cual fue la razón por la que dejaron de tener relaciones sexuales? En verdad que era tantos los problemas que venía del trabajo, y de hecho que cuando fuimos al medico, los pleitos. 12. ¿Qué conllevó a usted de dejar de tener atracción sexual con su esposa? Los pleitos, muchos problemas y se había apagado la pasión. 13. ¿Por qué busco ayuda en un sexólogo? Porque quise complacerla y me pusieron Migrasol, y después estuvimos muy bien. 14. ¿Como fue su vida antes de casarse, con quien vivía? Vivamos en Canta Claro, en casa de mis padres, primero se caso mi hermano, y después mi hermana, y quedamos mis hermanas y yo, y nos fuimos a vivir en casa de mi hermano en Ciudad 2002. 15. ¿Tu dormías a mano derecha? Si, en una cama king. 16. ¿En ningún momento tuviste que colaborar con tu esposa para asear al niño, bañarlo? Si, claro. 17. ¿Cumpliste el rol de padre completo? Si pocas veces. 18. ¿Lo bañaste algún día sin que te bañaras con él? No. 19. ¿Cuándo ingresaban personas en tu casa, tu vivías en tu casa? Si. 20. ¿Fue permisivo al saber que llegaban personas ajenas a su casa? Si yo se lo decía a mi esposa, se las comentaba y le decía que tomara medidas. 21. ¿quien dirigía la casa? Los dos juntos, pero las muchachas las conseguía mi esposa. 22. ¿Nunca llegó a pensar que le pasa algo así a su hijo? No pensé en un robo, nunca en una violación”.

PRUEBAS DOCUMENTALES:

Se incorporo por medio de la lectura las documentales ofertadas y admitidas en su oportunidad procesal en fiel cumplimiento a lo previsto en el Artículo 339, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.

MINISTERIO PÚBLICO

ACTA POLICIAL, de fecha 11/06/07 y 13/06/07, suscrita por el funcionario LUZARDO LARRY, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas, mediante el cual narra las circunstancias de modo tiempo y lugar de la denuncia recibida por vía telefónica, así como de la Aprehensión del Ciudadano J.J.A.F..

RESULTADO DE LA EVALUACIÓN PSICOLOGICA Y PSIQUIATRICA, practicada por la Psicóloga M.I.A. y PSIQUIATRA DRA. E.T., adscritos al Departamento de Ciencias Forenses del C.I.C.P.C. al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de 08 años de edad, quienes entre otras cosas, dejaron constancia del reconocimiento médico y evaluación psicológica y psiquiatrica, de lo siguiente: VERSION DE LOS HECHOS: “El menor refiere que los vecinos dicen que mi papá me trata mal y eso no es verdad, él juega conmigo a que me agache, me muestra el culo”. CONCLUSIONES: De acuerdo al resultado de los exámenes Psiquiátricos y Psicológicos practicados al menor antes mencionado se concluye que existen indicadores de un patrón persistente de desatención y/o hiperactividad-impulsividad. DIAGNOSTICO: Trastorno por déficit de atención-Hiperactividad, predominantemente impulsivo-hiperactivo. RECOMENDACIONES: Debe continuar con su tratamiento farmacológico.

COPIA DEL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO, Expedido por el p.d.M.T.E.M.d.E.A., donde certifica que le fue presentado por el ciudadano: W.O.V.C., quien manifestó ser el padre, y que el niño: (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), es su hijo con la ciudadana: M.M.U.Y., y que el niño nació el día 15/01/99 en la ciudad de Maracaibo Estado Zulia.

RESULTADO DEL RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL, Y ANO-RECTAL, practicado al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), suscrito por el médico forense DRA. A.P., quien determinó que el niño presentaba lo siguiente: 1.- Examen Ano-Rectal: Estado de los pliegues: BORRAMIENTO COMPLETO DE LOS PLIEGUES RADIALES. Tono del esfínter: Hipotónico. 2.- Sin lesiones fuera de la esfera genital. 3.- Conclusión: 1.- Las lesiones descritas fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a un pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo. 2.- Valoración Psiquiatrica urgente.

ACTA DE INSPECCION TECNICA DEL SITIO de fecha 13 de Junio de 2007, practicada por el Funcionario Detective D.G.P. y Y.F., en LA URBANIZACIÓN LA PICOLA, CALLE 43 A, CON CALLE 15M, CASA 15 M-74, DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas, quien entre otras cosas dejó constancia de lo siguiente: “Me traslade en compañía de la Funcionaria detective Y.F., hacia la urbanización La Picola, calle 43 A, con calle 15M, casa 15 M-74, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con la finalidad de llevar a cabo Inspección Técnica del sitio del suceso y pesquisas en el lugar. Se anexa a la presente fijaciones fotográficas.

Acta de Entrevista de la ciudadana: M.L.R.M., rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas.

Acta de Entrevista de la ciudadana: M.M.U.Y., ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas y Fiscalía 33 ° del Ministerio Público.

Acta de Entrevista del niño: (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas y rendida por ante la Fiscalía 33° del Ministerio Público.

Acta de Entrevista de la ciudadana: R.A., ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas y por ante la Fiscalía 33° del Ministerio Público.

Acta de Entrevista de la ciudadana: NIRENE Y.M.G., rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas.

Acta de Entrevista de la ciudadana: P.C.B.V., rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

Acta de Entrevista de la ciudadana: Y.M.F., rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

LA DEFENSA PRIVADA

Examen Medico contentivo de PENEMETRIA, efectuado en fecha 10 de Julio de 2009, según oficio No. 97000-168-5959, efectuado por el DR. D.D., Medico Forense, Experto Profesional IV, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística.

PRUEBAS QUE NO FUERON RECEPCIONADAS POR RENUNCIA DE LAS PARTES.

Tanto el Ministerio Publico como La Defensa Privada renuncian por el Principio de Comunidad a las Testimoniales de las Ciudadanas M.L.R.M. y Y.M.F.; E igualmente el día 17 de Julio de 2009, renunciaron a la recepción de todas aquellas pruebas que no fueron recepcionadas hasta esa fecha.

EXPOSICION CONCISA DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Luego de razonar lo dado por acreditado para el Tribunal, a través de la recepción de las pruebas ofertadas por las partes, tal y como lo expresa el Doctrinario T.C., en su Manual de Derecho Procesal Penal, citado por el Autor J.S.C. en su texto Los Indicios Son Pruebas, el cual dice: “…en el derecho venezolano el indicio es siempre un hecho, y la presunción un proceso mental que tiene como punto de partida el hecho indiciario. Estas presunciones son de las denominadas hominis, porque son deducidas por medio de un razonamiento del Juez, en oposición a las presunciones legales que son las establecidas por el legislador y son de juris et de jure, por lo general (…) la presunción es la conclusión a la que se llega después que se ha hecho el razonamiento lógico-critico, habiendo partido de un hecho conocido, debidamente probado (lo sabido, el hecho indicador) y por inducción-deducción, aplicando las reglas de la experiencia, de los conocimientos científicos y de la lógica , se ha estructurado en un indicio y se llega a un hecho desconocido (por saber, desconocido). Se parte del hecho indicador probado, se llega al indicio y se concluye presumiendo (presunción) que se cometió un hecho punible, y, o, y quien fue el autor…”, en atención a lo antes explanado el Tribunal estima que quedó comprobado lo siguiente:

Con la Testimonial de la Ciudadana M.M.U.Y., quedó comprobado que el niño tenía entre tres y cuatro años de edad cuando se caso con su Esposo J.J.A.F., que ésta no tenía el menor conocimiento de lo que estaba sucediendo con su hijo; Ya que le profesaba a su Esposo J.J.A.F., total confianza, quien aún cuando ya existía la denuncia en su contra, y la vecina le había asegurado, que éste abusaba de su hijo, le permitió dormir con éste la noche antes de que fuera detenido; Solo fue hasta el día siguiente al acudir a Medicatura Forense, y una vez que le es realizado por la Medico Forense el Examen Medico al Niño, al tener conocimiento de la magnitud de las lesiones y en definitiva el resultado entra en conciencia de lo que estaba sucediendo, es cuando acude al CICPC.

Quedó comprobado que el Niño muchas veces se quedaba solo con su esposo, motivado a que debía atender los negocios, pero que ella estaba tranquila por cuanto consideraba que estaba seguro con él. Que el niño tenía temor de su Esposo J.J.A.F., por que este siempre se comportaba violentamente hacia ella;

El niño tomaba un medicamento que lo sedaba para controlar su intranquilidad; Que ella conoció de la denuncia por su Esposo J.J.A.F., pero es su vecina ROSA (R.A.), es quien le comunica la versión de las dos domésticas YELITZA y MARYORI, esta ultima se encontraba para el momento laborando en su casa, y fue MARYORI, quien encontrándose nerviosa por lo manifestado por ROSA (R.A.), quien le dice a su Esposo J.J.A.F. de la denuncia que interpusieron en su contra.

Con la Testimonial de la Ciudadana R.A., quien es llamada igualmente ROSA, quedó comprobado que MARYORI fue quien acudió a su casa, cuando la señora M.M.U.Y. y su Esposo J.J.A.F. en compañía de sus dos hijos se encontraban en el cine, y en presencia de NIRENE Y.M.G. y otras personas, le manifestó que tenía algo importante que decirle, y esta sin pensar la gravedad del asunto le conmino a decirlo delante de las personas que se encontraban con ella, a quien les hizo del conocimiento, que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras ella estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F., se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, ésta al ver con extrañeza lo acontecido se acerca hasta la puerta del cuarto y observa cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); ROSAGEL ACOSTA al escuchar el comentario se puso muy nerviosa por cuanto un año antes aproximadamente a la data de este comentario su vecina para el momento P.C.B.B., le había comentado que una doméstica de nombre YELITZA quien trabajo en la casa de la Ciudadana M.M.U.Y., le había contado a su prima que trabajaba con ella de nombre ELISA, que en una oportunidad había encontrado al Acusado J.J.A.F., con el Niño en la cama en cuclillas tratando de penetrarlo, versión esta que fue corroborada personalmente por YELITZA a P.C.B.B., luego que trabajara para ésta.

Testimonios estos que al ser contrastado con la Testimonial de la Ciudadana NIRENE Y.M.G., fueron contestes en que efectivamente, ella se entera de los acontecido encontrándose en la residencia de la Ciudadana ROSA (R.A.), cuando la doméstica de la Ciudadana M.M.U.Y., de nombre MARYORI, le comunico en su presencia, que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras ella estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F. (EL PADRASTRO), se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, ésta al ver con extrañeza lo acontecido se acerca hasta la puerta del cuarto y observa cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); Al escuchar el comentario la Ciudadana ROSA (R.A.), se puso muy nerviosa por cuanto un año antes aproximadamente a la data de este comentario su vecina para el momento P.C.B.B., le había hecho referencia a una situación similar.

Luego que se escuchara la Testimonial de la Ciudadana P.C.B.V., se pudo apreciar la contesticidad con las testimoniales de las Ciudadanas R.A., quien es llamada igualmente ROSA, y NIRENE Y.M.G., quienes aún cuando son referenciales coinciden entre si, en que un año antes del segundo incidente la doméstica de nombre YELITZA quien trabajaba en la casa de la Ciudadana M.M.U.Y., le había contado a su prima que trabajaba con ella de nombre ELISA, en una oportunidad había encontrado al Acusado J.J.A.F., con el Niño en la cama en cuclillas tratando de penetrarlo, versión esta que fue corroborada personalmente con YELITZA, luego que trabajara para la Ciudadana P.C.B.B., manifestándole que esto había sucedido en varias oportunidades.

Así como también quedó comprobado que la Ciudadana R.A., llamo a PATRICIA por teléfono para informarle que una doméstica de la señora M.M.U.Y., de nombre MARYORI, la cual no tenía ningún grado de parentesco con la otra doméstica YELITZA, le comentó delante de otras personas entre ellas NIRENE Y.M.G., que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras la doméstica estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F., se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, y la doméstica se acercó hasta la habitación, lo cual le resultó extraño y se acercó hasta la puerta que se encontraba entre abierta y observó cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); Igualmente quedó acreditado que YELITZA, le manifestó que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., no se encontraba en la casa el Acusado J.J.A.F. se lo llevaba para su habitación. Que la doméstica YELITZA le manifestó igualmente que se había ido de su casa, por que ella sentía mucho miedo, ya que cuando esta abrió la puerta y lo encontró con el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), en la situación incomoda el Acusado J.J.A.F., se le fue encima y le dijo ¡India tu tienes que tocar la puerta!

Con la Testimonial de la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso con relación al Informe de Reconocimiento Medico y Evaluación Psiquiatrita y Psicológica, signada con el No. 4582, de fecha 26 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con la Psiquiatra Forense DRA. E.T., quedó comprobado que el día 15 de Junio de 2007, le efectuaron en la Medicatura Forense, entrevista Psicológica y Psiquiátrica, al niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), que para poder efectuar la entrevista requirió de la presencia de su madre y hermano, que era un Niño menor de ocho años de edad, sexo masculino, el cual presenta un desarrollo cognoscitivo concreto lógico propio de su edad cronológica, el cual posee una inmadurez en su integración viso—motriz con respecto a lo esperado para su edad cronológica, encontrándose indicadores de organicidad cerebral, emocionalmente es un menor que ante la entrevista se torna irritable e impulsivo al preguntarle sobre su familia, padrastro y al realizar pruebas de papel y lápiz. Posee baja tolerancia a las frustraciones cuando no consigue lo que desea comportándose agresivo hacia el entorno. Presenta cambios repentinos de humor pasando fácilmente de la tranquilidad a la impulsividad e intranquilidad. Se observan durante la evolución conductas estereotipadas, balance del tronco, movimientos en pierna derecha, así como también mirada penetrante, desconfianza y percibiendo a las personas que lo rodean como amenazantes impidiéndole involucrarse afectivamente con las mismas.

Para el momento de dibujar a su familia, se torno agresivo e impulsivo, el trazado de él era con rabia, negro, las figuras muy grandes y no las culminaba y arrugaba el papel, como que si le molestara que le indagaran como estaba su familia, e indicó que su familia estaba conformada por su padrastro y su madre.

Y que según el Niño su versión de los hechos era: “los vecinos dicen que mi papá me trata mal, eso no es verdad, el juega conmigo el me pide que me agache y me mostraba el culo”.

Que inmediatamente fue evaluado por la Psiquiatra Forense DRA. E.T., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso igualmente en relación al Informe de Reconocimiento Medico y Evaluación Psiquiatrica y Psicológica, signada con el No. 4582, de fecha 26 de Junio de 2007, suscrito conjuntamente con la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., concluyendo que el Niño tiene adecuados hábitos higiénicos, su lenguaje es coherente, su atención y concentración es lábil, se aprecia movimientos de su tronco del tipo balanceo así mismo intranquilidad de miembros inferiores llegando a la irritabilidad, agresiva verbal y física, golpea la mesa con manos y silla con los pies, logra identificar personas y objetos y sus funciones, permanece orientado en tiempo y espacio, no se evidencia actividad alucinatoria en su memoria reciente o remota, su pensamiento en curso y contenido es normal propio para su edad, sin ideación delirante, su afectividad oscila entre los extremos de la rabia, ira, a una acorde al tema tratado observándose alegría y complacencia en su cara y funciona en la esfera intelectual de nivel promedio para su edad cronológica y tiene conciencia parcial de situación actual vivida. Aún cuando posee esa enfermedad el niño tiene la capacidad de discernimiento y ubicación en el tiempo y espacio, ya que la misma no lo priva de la realidad, ya permanece en contacto con la realidad, salvo que este sedado. Hizo referencia a dos padres, pero reconoció como su padre a su padrastro.

El Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) a preguntas relacionadas con los hechos se negaba a contestar, se tornaba molesto, irritable, provocaba al niño estado de alteración, cuando se cambiaba al área de escolaridad, juegos, cambiaba la actitud, donde la ira ya no estaba presente, cuando hablaba de los juegos que tenía con su papá observamos un cambio de comportamiento de conducta. Cuando el habla de su versión de hecho el menciona juegos que él tenía con su papá donde quedaban expuestos los genitales, generalmente los Víctimarios de estos delitos le hacen creer a la víctima que se trata de un juego, según lo dicho por la Psiquiatra. Igualmente quedó acreditado que el niño para el momento en la cual le fue efectuado la evaluación, es decir a sus ocho años tiene la capacidad de discernir entre el bien y el mal pero de acuerdo a la información aportada por el entorno familiar y de la escolaridad que tenga el niño, en relación con los valores estructurales de lo bueno y lo malo. El niño en ningún momento reseña persona alguna, solo refiere los vecinos dicen que él me trata mal, eso no es verdad, él juega conmigo a que nos agachemos y me muestra el culo, y él atribuye que lo que hacían eran juegos, y eso es normal.

La Testimonial de la Médico Forense DRA. A.P., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al hacer referencia al Informe de Reconocimiento Medico Legal (ANO-RECTAL), signada con el No. 4077, de fecha 13 de Junio de 2007, donde le efectuó Examen Medico (Ano-Rectal), al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de Ocho (8) Años de Edad, fue concluyente al expresar que el mismo presentaba borramiento completo de los pliegues radiales y el tono del esfínter hipotónico, que las lesiones fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo, ya que los pliegues, no es que no se observan, sino que en estado normal se ven corrugados, más profundos, pero cuando hay borramiento se observan más lisos, las fisuras de la piel van perdiendo su profundidad y se observan más planas. La lesión fue producida de afuera hacia adentro, nunca de adentro hacia afuera ya que estas lesiones ocasionan fisuras, y estas nunca borrar los pliegues. La Medico Forense ordenó la valoración inmediata de un psiquiatrita por el grado de afección del niño, ya que el mismo presentaba un alto nivel de desasosiego, nerviosismo.

Así mismo a preguntas efectuadas por las partes aseguró que el borramiento de los pliegues y el esfínter hipotónico -sin presión- determina lo reiterado en el tiempo, que el diámetro o longitud del objeto romo y duro nada tiene que ver, que la cotidianidad, las reiteraciones en el tiempo pudieran hacer la relajación de los esfínteres y que en el presente caso para llegar al borramiento de los pliegues radiales, es de un tiempo prolongado, mas de un año o 2 años, sobre todo tratándose de los pliegues de un niño que es una piel muy joven.

De la Testimonial rendida por el DR. D.D., Medico Forense, Experto Profesional IV, Adscrito al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y ofertada por la Defensa del Acusado y quien rindió declaración en relación al Informe de Reconocimiento Medico-Medición del Pene (PENEMETRIA), signada con el No. 5959, de fecha 10 de Julio de 2009, efectuada al Ciudadano J.J.A.F., quedó comprobado que el mismo posee un pene con las medidas de siete centímetros de longitud y una circunferencia de ocho centímetros en estado flácido, que la proyección de su pene en estado erecto es de aproximadamente 3 centímetros más de longitud y circunferencia, lo que permite concluir que su pene se encuentra por debajo de los valores referenciales y estándares de un pene promedio.

De las Testimoniales de los Funcionarios Detectives D.J.G.P. y Y.F., Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quienes realiza.I.T.d.S.d.S. en fecha 13 de Junio de 2007, quedó comprobado, en primer termino que la inspección la realizaron en La Picola, Avenida 43 A, Casa No. 15M-74 Parroquia J.d.Á.M.M., Estado Zulia, en segundo termino que era una vivienda totalmente cerrada, que la única manera de entrar es rompiendo el portón, la pared o violando la cerradura, en tercer lugar que ellos habían acudido a la referida dirección por una denuncia que interpusieron vía telefónica, donde informaban que el niño que vivía en esa casa estaba siendo abusado sexualmente por su padrastro, que L.L., fue el Funcionario que recibió la llamada y por último expusieron que no habían encontrado ningún objeto de interés criminalistico, y que la cama señalada como objeto activo del delito estaba tendida y la habitación en completo orden.

La Testimonial del Funcionario Inspector LUZARDO LARRY, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas y Penales y Criminalistica, fue conteste con la de los Funcionarios Detectives D.J.G.P. y Y.F., Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ya que quedó comprobado que fue este Funcionario el que recibió la llamada el día 11 de Junio de 2007, de un Ciudadano quien se identifico como C.P., quien le informo que una vivienda ubicada en la Picola Avenida 43 A, Casa No. 15M-74, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en la misma dirección donde fue efectuada la Inspección Ocular, residía un niño estudiante del Colegio Rosmini, recibiendo maltrato físico y sexual, que la llamada fue aproximadamente a la 1:45 de la tarde, y que fue efectuada al teléfono de la Jefatura de Guardia de la Sub Delegación Maracaibo, al teléfono 0261 786 4421.

Todo lo antes recepcionado por el Tribunal Unipersonal, llevó a la conclusión que efectivamente la llamada efectuada por el Ciudadano C.P., el día 11 de Junio de 2007, al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalística, donde denuncia que una vivienda ubicada en la Picola Avenida 43 A, Casa No. 15M-74, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, desencadena una serie de actos de investigación entre los que se encuentra el traslado de los Funcionarios Detectives D.J.G.P. y Y.F., Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a la antes referida vivienda efectuando una Inspección del Sitio del Suceso, y las entrevistas preliminares a posibles testigos del hecho punible denunciado, encontrándose dentro de sus actuaciones, el que el sitio del suceso estaba modificado, y dejando constancia que la vivienda a la cual efectuaron la inspección ocular era una vivienda totalmente cerrada, que la única manera de entrar es rompiendo el portón, la pared o violando la cerradura, para lo cual condujeron a la Ciudadana M.M.U.Y., al Ciudadano Acusado J.J.A.F. y al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), hasta la sede del CICPC, para que rindieran declaración en relación a la denuncia interpuesta por el referido Cuerpo de Investigaciones y por ordenes de la Fiscalia 33 del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Lo antes narrado trajo como consecuencia las entrevistas de las Ciudadanas M.L.R.M. y Y.M.F., quienes no tienen ningún vinculo de afinidad, consanguinidad ni de amistad, mas se pudo verificar a lo largo de Juicio Oral y Publico que las mismas quienes fungieron como domésticas en la vivienda de la Ciudadana M.M.U.Y., en tiempo cronológico diferentes, y que aún cuando no rindieron testimonio en el juicio Oral y Publico, a través de las testimoniales referenciales de las Ciudadanas R.A., quien es llamada igualmente ROSA, NIRENE Y.M.G. y P.C.B.V., se tuvo conocimiento de los antecedentes de los hechos por el cual se estaba efectuando la investigación y los cuales desencadenaron en que efectivamente tal y como lo expresa la Médico Forense DRA. A.P., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al hacer referencia al Informe de Reconocimiento Medico Legal (ANO-RECTAL), signada con el No. 4077, de fecha 13 de Junio de 2007, donde le efectuó Examen Medico (Ano-Rectal), al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de Ocho (8) Años de Edad, que ciertamente presentaba borramiento completo de los pliegues radiales y el tono del esfínter hipotónico, que las lesiones fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a pene en erección o palo, el cual se produjo de manera reiterada en el tiempo, es decir por un espacio de tiempo de uno (1) o dos años, ordenando la valoración inmediata de un psiquiatrica por el grado de afección del niño, ya que el mismo presentaba un alto nivel de desasosiego, nerviosismo.

Conllevando a que tanto la Psiquiatra Forense DRA. E.T. como la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., Adscritas al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, efectuaran valoración Psiquiatrita y Psicológica, arrojando como resultado que el hallazgo encontrado por la Medico Forense en el cuerpo del Niño, se compagina con la actitud asumida por éste al momento de efectuarle la antes mencionada valoración, ya que su afectividad oscilaba entre los extremos de la rabia, ira, acorde al tema tratado observándose alegría y complacencia en su cara, y a preguntas efectuadas en relación a los hechos y al Ciudadano J.J.A.F., el mismo se negaba a contestar y se tornaba molesto, irritable, provocándole un estado de alteración, y en cambio cuando se trataba el área de escolaridad, juegos, cambiaba la actitud, donde la ira ya no estaba presente.

Lo que al ser conjugado con los antecedentes planteados durante el Juicio Oral y Publico por la Ciudadanas R.A., quien es llamada igualmente ROSA, NIRENE Y.M.G. y P.C.B.V., quienes como ya ha quedado plasmado fueron el detonante de la llamada telefónica donde se interpuso la denuncia en contra del Acusado J.J.A.F., ya que estas fueron las personas que recepcionarón la versión directa por parte de las Testigos Presénciales de los hechos, de las Ciudadanas M.L.R.M. y Y.M.F., versiones que aún cuando son referenciales guardan estrecha relación en tiempo y en circunstancias en la comisión del hecho punible, tomando en cuenta que de dichas versiones se desprende que MARYORI, la cual quedó identificada como M.L.R.M. fue quien acudió a la casa de la Ciudadana R.A., quien es llamada igualmente ROSA, cuando la señora M.M.U.Y. y su Esposo J.J.A.F. en compañía de sus dos hijos se encontraban en el cine, y en presencia de NIRENE Y.M.G. y otras personas, le manifestó que tenía algo importante que decirle, y esta sin pensar la gravedad del asunto le conmino a decirlo delante de las personas que se encontraban con ella, a quien les hizo del conocimiento, que cuando la Ciudadana M.M.U.Y., se encontraba de viaje en la Ciudad de Caracas, en una de las noches mientras ella estaba durmiendo con el niño en su habitación, el Acusado J.J.A.F., se dirigió hasta allí y tomo al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y se lo llevó hasta la habitación matrimonial, ésta al ver con extrañeza lo acontecido se acerca hasta la puerta del cuarto y observa cuando J.J.A.F. efectuaba movimiento que simulaban –acto sexual- al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); ROSAGEL ACOSTA al escuchar el comentario se puso muy nerviosa por cuanto un año antes aproximadamente a la data de éste comentario su vecina para el momento P.C.B.B., le había comentado que una doméstica de nombre YELITZA, identificada como Y.M.F., quien trabajo en la casa de la Ciudadana M.M.U.Y., le había contado a su prima que trabajaba con ella de nombre ELISA, que en una oportunidad había encontrado al Acusado J.J.A.F., con el Niño en la cama en cuclillas tratando de penetrarlo, versión esta que fue corroborada personalmente por YELITZA a P.C.B.B., luego que trabajara para ésta, todo lo antes narrado ocurrió en un lapso de tiempo de aproximadamente dos años, tal y como pudo quedar acreditado con la testimonial de las antes mencionadas Ciudadanas, tiempo este al que hace referencia la Medico Forense, en relación al tiempo en que se venía produciendo la lesión al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA).

Permitiendo en consecuencia a este Tribunal Unipersonal darle total valor probatorio la las Testimoniales rendidas durante el Debate Oral y Publico y en especial a la del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), quien de manera espontánea, sin presión alguna y de manera coherente señaló directamente del Acusado J.J.A.F., como la persona que abusaba de él, que en algunas oportunidades le metía el dedo en el ano y otras veces el pene y que igualmente lo colocaba a succionar su pene y el Acusado le hacia lo mismo al Niño, que el acusado le compraba regalos para que no se lo dijera a su mamá y que el hecho se producía cuando su madre no se encontraba en la casa, que casi siempre era en el cuarto de su mamá, el no lo contaba porque no pensaba que era algo malo; J.J.A.F., su Padrastro le hizo creer que eso era bueno, él siempre le decía que lo quería mucho. Así mismo manifestó que esto sucedió por mucho tiempo, que él se había percatado que no era bueno cuando lo llevaron a que un Doctor –Procedimiento de Denuncia-, y llegó a asegurar que ninguna otra persona le había hecho lo que J.J.A.F. le hizo, circunstancia esta que do comprobada con el dicho de los Testigos cuando aseguraron que las únicas personas que vivían era el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), J.J.A.F. (PADRASTRO) y su (MADRE) M.M.U.Y., conjuntamente con la Doméstica, y que la mayor parte del tiempo del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) concurría con su Padrastro J.J.A.F..

Es por ello que al encontrarnos ante hechos tan obvios tales como:

PRIMERO

Tal y como se desprende de la Testimonial de la Ciudadana M.M.U.Y., y luego corroborado con la declaración del Acusado J.J.A.F., el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), para el momento en que la Ciudadana M.M.U.Y., se caso con el Ciudadano Acusado J.J.A.F., tenía entre tres (3) y cuatro (4) años de edad, edad del niño que pudo ser certificada por el acta de nacimiento incorporada como prueba documental en el debate oral y publico.

SEGUNDO

La Testimonial de la Médico Forense DRA. A.P., Adscrita al Departamento de Cie+ncias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien depuso en relación al Informe de Reconocimiento Medico Legal (ANO-RECTAL), signada con el No. 4077, de fecha 13 de Junio de 2007, quedó comprobado que para el momento en que le efectuaron el Examen Medico (Ano-Rectal), al Menor (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), este tenía Ocho (8) Años de Edad, que el mismo arrojo; -borramiento completo de los pliegues radiales y el tono del esfínter hipotónico-, -las lesiones fueron ocasionadas por la introducción de objeto duro, y romo, semejante a pene en erección o palo y en forma reiterada en el tiempo-, ya que los pliegues, no es que no se observan, sino que en estado normal se ven corrugados, más profundos, pero cuando hay borramiento se observan más lisos, las fisuras de la piel van perdiendo su profundidad y se observan más planas. Que la lesión fue producida de afuera hacia adentro, nunca de adentro hacia afuera ya que estas lesiones ocasionan fisuras, y estas nunca borrar los pliegues. El borramiento de los pliegues y el esfínter hipotonico -sin presion- determina lo reiterado en el tiempo, que el diámetro o longitud del objeto romo y duro nada tiene que ver, - la cotidianidad, las reiteraciones en el tiempo pudieran hacer la relajación de los esfínteres y que en el presente caso para llegar al borramiento de los pliegues radiales, es de un tiempo prolongado, mas de un año o 2 años, sobre todo tratándose de los pliegues de un niño que es una piel es muy joven- y que la Medico Forense ordenó la valoración psiquiatrita por el grado de afección del niño, ya que el mismo presentaba un alto nivel de desasosiego, nerviosismo.

TERCERO

La Testimonial de la Psiquiatra Forense DRA. E.T. y Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., Adscritas al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quedó comprobado que el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), logra identificar personas y objetos y sus funciones, que se encuentra orientado en tiempo y espacio, que no se evidencio actividad alucinatoria en su memoria reciente o remota, su pensamiento en curso y contenido es normal propio para su edad, sin ideación delirante, y funciona en la esfera intelectual de nivel promedio para su edad cronológica y tiene conciencia parcial de situación actual vivida. Aún cuando posee una enfermedad el niño tiene la capacidad de discernimiento y ubicación en el tiempo y espacio, ya que la misma no lo priva de la realidad, ya que permanece en contacto con la realidad, salvo que este sedado. Que tiene la capacidad de discernir entre el bien y el mal, pero de acuerdo a la información aportada por el entorno familiar y de la escolaridad que tenga el niño, en relación con los valores estructurales de lo bueno y lo malo.

CUARTO

Que según la Testimoniales antes mencionadas la Afectividad del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), oscila entre los extremos de la rabia, ira, acorde al tema tratado observándose alegría y complacencia en su cara, a preguntas efectuadas en relación a los hechos y al Ciudadano J.J.A.F., el mismo se negaba a contestar y se tornaba molesto, irritable, provocándole un estado de alteración, en cambio cuando se trataba el área de escolaridad, juegos, cambiaba la actitud, donde la ira ya no estaba presente.

QUINTO

Las testimoniales de las Ciudadanas R.A., quien es llamada igualmente ROSA, NIRENE Y.M.G. y P.C.B.V., el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), vivía con su Madre M.M.U.Y., su Padrastro J.J.A.F. y la doméstica, que en la referida vivienda no ingresaban hombres, solo en ocasiones una de ellas refiere haber visto a los vigilantes quienes acudían por la presencia de las domésticas en la referida vivienda –es decir que el interés del vigilante devenía en la doméstica no en los miembros de la familia, ya que su presencia se centraba según el dicho de la testigo en horas cuando no se encontraban los miembros de ésta-.

SEXTO

La Testimonial del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), Ciudadano quedó comprobado el señalamiento directo del Acusado J.J.A.F., como la persona que en algunas oportunidades le metía el dedo en el ano y otras veces el pene y que igualmente lo colocaba a succionar su pene y el Acusado le hacia lo mismo al Niño, que el acusado le compraba regalos para que no se lo dijera a su mamá y que el hecho se producía cuando su madre no se encontraba en la casa, que casi siempre era en el cuarto de su mamá, el no lo contaba porque no pensaba era algo malo; J.J.A.F., su Padrastro le hizo creer que eso era bueno, él siempre le decía que lo quería mucho. Que ninguna otra persona le había hecho lo que J.J.A.F. le hizo.

Encontrándonos en consecuencia ante la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal y no VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto y sancionado en el Artículo 374 en relación al Artículo 99 del Código Penal Vigente, en perfecta concordancia con lo establecido en el Artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto a criterio del Tribunal el mismo Articulo 217 prevé que dicho agravante queda excluido cuando el sujeto pasivo calificado es el niño o adolescente, y tal y como lo establece el Articulo 374; “…Quien por medio de violencias o amenazas haya constreñido a alguna persona, de uno o de otro sexo, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, o por vía oral se le introduzca un objeto que simulen objetos sexuales, el responsable será castigado, como imputado de violación, con la pena de prisión de diez años a quince años. Si el delito de violación aquí previsto se ha cometido contra una niña, niño o adolescente, la pena será de quince años a veinte años de prisión. La misma pena se le aplicará, aún sin haber violencias o amenazas, al individuo que tenga un acto carnal con persona de uno u otro sexo: Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad o situación, y, en todo caso, cuando sea menor de trece años…”, es decir ya la disposición del articulo in comento establece como sujeto pasivo el niño.

En razón de lo antes expresado considera este Tribunal que nos encontramos ante la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Artículo 99 del Código Penal, tomando en cuenta que de los hechos dados por comprobados durante el Debate Oral y Publico, quedó demostrado que la Víctima se trataba de un Niño de nombre (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), y que el hecho punible se cometió de manera reiterada y continuada tal y como quedó comprobado por el dicho de la Víctima y del Medico Forense.

Del análisis que hace este TRIBUNAL CONSTITUIDO COMO UNIPERSONAL con relación a los elementos recabados en el debate oral y público llevado a cabo y actuando de conformidad a las reglas de los Artículos 197 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, y teniendo como norte el Articulo 13 ejusdem, quedó comprobada la participación activa del Acusado J.J.A.F.M., en la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal.

Al ser valorados los anteriores Testimonios a los cuales el Tribunal les da total valor probatorio, ya que acreditan la responsabilidad penal del Acusado J.J.A.F., en la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal, y una vez valorada las Testimoniales, las documentales, y habiendo quedado acreditado que el Acusado J.J.A.F., valiéndose de la edad de la Víctima es decir del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), a actos carnales por vía anal u oral con la introducción de (Dedos) y (Pene), de manera reiterada y prolongada en el tiempo, lo cual guarda necesariamente una relación de causalidad entre la conducta positiva del agente y el resultado típicamente antijurídico, por lo que nos encontramos ante la comisión de un hecho punible que cuya conducta se encuadra dentro del tipo del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal.

Por lo que en consecuencia habiendo la Defensa presentado como Tesis de Defensa que el Acusado J.J.A.F., no era el único hombre que ingresaba a la vivienda que compartía con su Esposa M.M.U.Y. y el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), ya que a la misma ingresaban los vigilantes a visitar a las domésticas y que éste último igualmente iba a pasar vacaciones con su padre; Quedó totalmente desvirtuado en primer termino con el señalamiento directo de la Víctima, quien señaló al Acusado como la única persona que -había abusado de él- o lo que es lo mismo que algunas oportunidades le metía el dedo en el ano y en otras oportunidades le metía el pene, entre otras cosas, que ello lo hacia frecuentemente cuando su madre no se encontraba en su casa, lo cual cobra fuerza la testimonial de la Medico Forense DRA. A.P., quien aseguró que el borramiento de los pliegues y el esfínter hipotónico -sin presión- determina lo reiterado en el tiempo, - la cotidianidad, y que las reiteraciones en el tiempo pudieran hacer la relajación de los esfínteres y que en el presente caso para llegar al borramiento de los pliegues radiales, es de un tiempo prolongado, mas de un año o 2 años, sobre todo tratándose de los pliegues de un niño que es una piel es muy joven-, lo que indica que efectivamente la lesión causada al Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), no era ocasional en el tiempo, lo que desvirtúa la posibilidad de que la produjera un tercero –en la vivienda del padre mientras se encontraba de vacaciones o un vigilante quien visitaba a las domésticas por momentos- ocasionaran este tipo de lesión, dado que para poder producirla debió haber sido cotidiano y reiterado en el tiempo, y de manera constante, es decir por una persona que constantemente se encontraba con el Niño; Igualmente hay que destacar entre las Tesis de Defensa se encontraba la imposibilidad de que un pene de hombre adulto penetrara el ano de un niño de menor de ocho (8) años, a lo cual cabe destacar la Testimonial de la Medico Forense DRA. A.P., quien aseguró que el diámetro o longitud del objeto romo y duro nada tenía que ver, que en todo caso era lo cotidiano y prolongado de la acción lo que permitía el acceso del objeto al ano; cabe destacar lo dicho por la Víctima quien aseguró que en principio le introducía el dedo pero que luego le introducía el pene – como acto preparativo-, concatenado con el hecho de que el pene del Acusado tal y como lo aseguró el DR. D.D., se encuentra por debajo de los niveles estándares de un pene promedio.

Hay que destacar igualmente que el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), aún cuando tenía el discernimiento entre el bien y el mal, en su declaración ante el Tribunal manifestó a preguntas efectuadas, que el no le había dicho nada a su Madre por que el Acusado J.J.A.F., le hizo creer que ese juego no era malo, y que el nunca pensó que éste le pudiera ocasionar un daño ya que constantemente le decía que le quería y le compraba muchos regalos a extremo de hacerle compartir un pacto entre los dos, de comprometerse a no decirle nada a su madre ya que ello era un secreto entre los dos, lo cual sustenta la Testimonial de la Psiquiatra Forense DRA. E.T., Adscrita al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien aseguró que el niño para el momento en la cual le fue efectuado la evaluación, es decir a sus ocho años tiene la capacidad de discernir entre el bien y el mal pero de acuerdo a la información aportada por el entorno familiar y de la escolaridad que tenga el niño, en relación con los valores estructurales de lo bueno y lo malo. Es decir que si el Niño tenía la información de que dicho juego –sexual- era normal, de acuerdo a sus valores estructurales de lo bueno y lo malo, evidentemente ninguna información suministraría a su Madre de lo acontecido.

Evidentemente tal y como se pudo comprobar durante el Debate Oral y Publico, tanto de la Testimonial de la Víctima (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), como la de su Madre M.M.U.Y. y de la Testimonial de las Ciudadanas R.A., quien es llamada igualmente ROSA, NIRENE Y.M.G. y P.C.B.V., la única persona que se encontraba constantemente con el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), era el Acusado J.J.A.F., lo que hacen concluir que las pruebas recepcionadas fueron determinantes y que la versión del Ministerio Publico, logro desvirtuar la presunción de i.d.A.J.J.A.F., por cuanto de manera fehaciente, coherente y certera a través de las Testimoniales de la Víctima Ciudadana (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de los Funcionarios Actuantes Ciudadanos Funcionarios Inspector LUZARDO LARRY, Detectives D.J.G.P. y Y.F., Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la testimonial de las Expertos Psiquiatra Forense DRA. E.T. y la Psicólogo Forense DRA. M.I.A.D.F., la Médico Forense DRA. A.P., Adscritas así mismo al Departamento de Ciencias Forenses, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y las Testimoniales de las Ciudadanas R.A., quien es llamada igualmente ROSA, NIRENE Y.M.G. y P.C.B.V. y de la Ciudadana M.M.U.Y., incorporados al debate y tal y como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, produjeron la convicción a este Tribunal de la autoría del Acusado J.J.A.F., de la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal, en perjuicio del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA).

El Tribunal Unipersonal no le da ningún valor probatorio a las documentales ofertadas por el Ministerio Publico y recepcionadas durante el Juicio oral y Publico referidas a la Acta de Entrevista efectuadas a las Ciudadanos, M.L.R.M., M.M.U.Y., el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), R.A., NIRENE Y.M.G., P.C.B.V. y Y.M.F., rendidas unas por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y otras por la Fiscalia 33° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia por considerar que las mismas no cumplen con el requisito previsto en el Articulo 339 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir no fueron recepcionadas con las reglas de la prueba anticipada establecido en el Articulo 307 del Código Orgánico Procesal Penal, aunado al hecho de que los Ciudadanos M.M.U.Y., el Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), R.A., NIRENE Y.M.G. y P.C.B.V., les fue recepcionada su testimonial durante el debate oral y publico.

DE LA PENA APLICABLE

De la pena aplicable al Acusado Ciudadano J.J.A.F., por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal, cometido en perjuicio del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), es la siguiente: El delito antes mencionado establece una pena aplicable de QUINCE (15) A VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN, que al aplicarle la Dosimetría contenida en el Articulo 37 del Código Penal Vigente, resulta una pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN. Ahora bien de Actas se observa que no se encuentra agregada la Certificación de Antecedentes Penales que pudieran registrar el Acusado Ciudadano J.J.A.F., circunstancia esta que no es imputable al Tribunal ni al Acusado, siendo la carga del Ministerio Publico desvirtuar lo contrario, este Tribunal, considera que es procedente aplicar la atenuante genérica contenida en el Ordinal 4º del Articulo 74 del Código Penal, y reducir la pena aplicable en UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES, lo cual resulta una pena aplicable de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRISIÓN, pero tomando en consideración que el delito ha sido cometido de manera continuada y conforme a lo previsto en el Articulo 99 del Código Penal corresponde el aumento de la pena de una sexta parte a la mitad y que de conformidad con lo previsto en el Articulo 37 ejusdem, a criterio del Tribunal lo procedente en derecho es aumentar la pena en una cuarta parte es decir CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, resultando en definitiva una pena a imponer al Ciudadano J.J.A.F., por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal, en perjuicio del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de VEINTE (20) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el Artículo 16 y 34 todos del Código Penal.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Octavo de Juicio constituido en Forma Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE al Ciudadano J.J.A.F., venezolano, natural de Maracaibo, Cédula de Identidad V-7.626.462, Casado, de 46 años de edad, fecha de nacimiento: 30-03-63, Ingeniero Civil, hijo de J.A. y A.J.F., Residenciado en la Urbanización la Picola, Calle 43 A, con Calle 15M, Casa 15 M-74, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como AUTOR y RESPONSABLE en la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA y CONTINUADA, previsto en el Artículo 374 en concordancia con el Articulo 99 del Código Penal, en perjuicio del Niño (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE EN CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), CONDENÁNDOLO a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el Artículo 16 y 34 todos del Código Penal. SEGUNDO: Dicha pena deberá cumplirla el mencionado penado en el establecimiento penitenciario que determine el Juez de Ejecución que le corresponderá conocer sobre la presente Sentencia Condenatoria, se acuerda Mantener la detención del precitado ciudadano, y su reingreso a la Cárcel Nacional de Maracaibo desde la Sala de Juicio conforme a lo preceptuado en el último aparte del Articulo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se Acuerda Librar la correspondiente Boleta de Encarcelación y remitirla con Oficio a la Cárcel Nacional de Maracaibo. Publíquese y Regístrese la presente Sentencia. Así se decide.

EL TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO

DR. J.A.D.V.

JUEZ UNIPERSONAL

LA SECRETARIA

ABOG. R.V.M.P.

En fecha Diecisiete (17) de Julio de 2009 fue dictado la parte dispositiva de la presente Sentencia, y en el día de hoy Cuatro (4) de Agosto de 2009 se publicó el fallo que antecede conforme a lo prevé el Articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal y se Registro bajo el No. 8J-027-09-S.-

LA SECRETARIA DE SALA

ABOG. R.V.M.P.

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