Decisión nº 2M-065-06 de Tribunal Segundo de Juicio Los Teques de Miranda, de 31 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Segundo de Juicio Los Teques
PonenteIndira Libertad Romero Mora
ProcedimientoSentencia Absolutoria

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

JUZGADO SEGUNDO ITINERANTE EXTENSIÓN LOS TEQUES

Corresponde a este Juzgado Unipersonal fundamentar la Sentencia Absolutoria, cuyo dispositivo fue pronunciado en fecha 03 de Marzo de 2009, conforme a lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, cumpliendo para ello con los requisitos exigidos en el artículo 364 ejusdem y en consecuencia, pasa a pronunciarse en los términos siguientes:

CAPÍTULO “I”

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADO: R.E.B.P., de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas Dtto. Capital, donde nació el 25/03/1985, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Agudamente de Albañil, hijo de EDISEO BULLO y Z.G., residenciado en el Sector El Vigía, Calle la Francesa, Callejón Los Manrique, casa Nº 03, Los Teques Estado Miranda y titular de la cédula de identidad Nº V-16.889.387.

DEFENSA: Dr. E.S., Abogado en ejercicio y de este domicilio e inscrito e el Inpreabogados bajo el Nº 66.851.

FISCAL: Dra. I.L.B., Fiscal Auxiliar Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

VÍCTIMA: LA COLECTIVIDAD.

CAPÍTULO “II”

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS OBJETO DE JUICIO

Consta en el Expediente, escrito de acusación presentado por la Dra. DAMELIS M.B.A., en su carácter de Fiscal Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Competencia en Materia de Drogas, Salvaguarda, Bancos, Seguros y Mercados de Capitales, en contra del ciudadano R.E.B.P., por la comisión del delito de TRÁFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, la cual fue explanada en la audiencia de apertura del juicio oral y público, por la Dra. I.L.B. en los siguientes términos:

La causa esta relacionada con las actuaciones realizada por la Fiscalía 19 del Ministerio Publico del Estado Miranda, cual presento acusación en contra de R.E.B.P., al considerar que existen elementos de convicción que lo relacionan en el hecho punible según consta del mencionado escrito, dado que a consideración del Ministerio Publico el referido ciudadano esta incurso en la presunta comisión del delito de Trafico Atenuado de Estupefacientes previsto en el articulo 31 numeral 2 de la Ley Especial. Delito este que fue controvertido y examinado por el Juzgado compete en su oportunidad legal correspondiente el cual admitió en todos y cada uno de sus partes el referido escrito es decir, tanto la calificación jurídica como los testigos, dicho escrito guarda relación con la investigación llevada acabo en la casa el vigía por lo que se solicito orden de visita domiciliaria en dicho inmueble la cual acordó el Tribunal de Control en fecha 28-08-2006, realizada el 31-08-2006 siendo detenidos dos sujetos el acusado y la ciudadana M.P.M.D.C., dirigiendo la acusación hacia el acusado ya que en lo que respecta a la ciudadana M.P.M.D.C. sobreseyó la causa, siendo que en la habitación del acusado se ubico una bolsa de color negro con presunta droga, tales como 284 gramos de marihuana y 91 con 800 de cocaína en forma de clorhidrato, el Ministerio Público ha garantizado el debido proceso al acusado y la defensa presento excepciones y escritos dirigidos a garantizar el debido proceso, no obstante a ello con el inicio del debate y la comparecencia de los testigos, expertos y con el principio de oralidad, concentración e inmediación se demostrara la culpabilidad del acusado R.E.B.P., en caso de no poder demostrar la culpabilidad del mismo, solicita sentencia absolutoria, todo ello en aras de buscar y hacer justicia cito el articulo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, el Ministerio Publico coadyuvara con el Tribunal para hacer que comparezcan los órganos de pruebas promovidos por la Vindicta Publica. Es todo

Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra al profesional del derecho E.S., en su carácter de defensor del acusado R.E.B.P., quien procedió a contestar dichos alegatos de la manera siguiente:

En mi condición de defensor privado del acusado en esta causa, antes de iniciar el discurso ratifico las excepciones propuestas en su oportunidad y las que fueron declaradas sin lugar, siendo estas las del articulo 28 numeral 4 literal i del Código Orgánico Procesal Penal, en concatenación con el articulo 326 en todos sus ordinales, del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el escrito acusatorio no indica los hechos que le son imputados a mi defendido, ya que el Ministerio Público se limitó a hacer una trascripción de las actas policiales sin hacer la subsuncion de la conducta de mi defendido en tal sentido y al no dar cumplimiento al ordinal 2 del articulo 326, así como tampoco se dio cumplimiento el numeral 3 del mismo articulo alegando que las pruebas no fueron controladas por el Ministerio Publico, toda vez que a los testigos se les tomo acta de entrevista siendo esto ilegal porque es el Tribunal en el Juicio Oral y Publico que deben expresar su testimonio, a criterio de la defensa no basta la enumeración de los elementos de fundamentación sino que se deben relacionar entre ellos, siendo que al no cumplirse los requisitos del articulo 326 en todos sus ordinales lo procedente era en aquel entonces declarar inadmisible la acusación, finalmente en cuanto al numeral 5 del referido articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, se opuso a los medios de prueba ya que los mismos fueron obtenidos de manera ilícita es decir no reúnen los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, cito como ejemplo la experticia Nº 9700113.976 experticia a los teléfonos, se pregunta que se pretende demostrar con ese ofrecimiento, ¿se pretende con ello probar la conducta de mi defendido?, ya que no existe una relación entre lo que se pretenden probar y la conducta presuntamente ilícita de mi defendido, la defensa ataco igualmente la otra experticia dado que no se obtuvo de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que no es prueba documental, alego que en la Audiencia Preliminar ante el Juzgado 6to de control, la defensa acoto con relación al escrito acusatorio, la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Rondòn haz de fecha 03-10-2006, Nº 06-0739, manifestó que los hechos imputados al acusados no son atribuibles a su representado, e hizo las mismas consideraciones que alego en el Tribunal de control al momento de celebrarse la audiencia preliminar, dio lectura a la dirección de la casa en la que se debía practicarse la visita domiciliaria acordada por el Tribunal de Control, hizo un breve recuento de lo ocurrido a lo largo del proceso incluso en la audiencia preliminar, solicito al tribunal declare con lugar las excepciones opuestas y decrete el sobreseimiento de la causa. Es todo

Conforme a la narración que de los hechos efectuara el Dr. J.G., en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y que fueron base para que la Dra. DAMELIS M.B.A., Fiscal Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Competencia en Materia de Drogas, Salvaguarda, Bancos, Seguros y Mercados de Capitales, arribara al acto conclusivo de proponer la correspondiente acusación y efectuados igualmente los descargos por el Dr. H.V., Defensor Público Penal Itinerante Penal del Estado M.E.L.T., en su carácter de defensor del acusado R.E.B.P., fueron presentados los siguientes elementos de prueba, debatidos en el acto del Juicio Oral y Público, con plena observancia de todos los Derechos y Garantías consagrados tanto en los Principios establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, así como en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de los cuales se realizará un breve resumen, a los fines de determinar con precisión los hechos comprobados en dicho acto.

Acto seguido, fue impuesto el acusado R.E.B.P., de sus derechos consagrados en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal y del contenido del artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, explicándosele en palabras claras y sencillas el hecho que se le atribuye, quien manifestó al Tribunal, su deseo de no rendir declaración.

Con posterioridad a que el acusado se abstuviera de rendir declaración, de conformidad con lo establecido en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, fueron llamados a declarar los testigos promovidos por la Representante del Ministerio Público y por la Defensa en el Proceso, quienes depusieron el conocimiento que tuvieron de los hechos, en los siguientes términos:

En primer lugar, declaró la ciudadana A.K.M., quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Ciudadana Juez yo presencié cuando los policías llegaron brutalmente tocando la puerta sin orden de allanamiento, jorungaron toda la casa, la destrozaron, levantaron colchones y nos dijeron que solamente nos mantuviéramos allí sentados, viendo el desastre que hacían. Ellos estaban buscando a otra persona y nos dijeron que le diéramos cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00) o que se llevaban a mi esposo. Es todo

Acto seguido, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Señora A.K., usted manifestó ser esposa del acusado? R: Soy Concubina…SEGUNDA PREGUNTA: ¿Señora A.K., ese día al que usted hace referencia, que se apersonaron los funcionarios, recuerda que día era? R: Un Viernes. TERCERA PREGUNTA: ¿A qué hora llegaron? R: como a las seis (06:00 a.m) de la mañana. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuantos funcionarios eran? R: Eran más de diez. QUINTA PREGUNTA: ¿Recuerda de que Órgano Policial eran? R: No. SEXTA PREGUNTA: ¿Recuerda como fue el procedimiento cuando los funcionarios se apersonaron a su residencia? R: Llegaron tumbando la puerta y como estaba levantada abrí la puerta y fue cuando entraron los funcionarios y nos mandaron a sentarnos. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le exhibieron alguna orden de allanamiento? R: No. OCTAVA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le hicieron lectura de alguna orden? R: No. NOVENA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le indicaron a quien buscaban? R: Dijeron un apodo. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Para el momento en que esos funcionarios entraron a su residencia estaban de civil o uniformados? R: Uniformados. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿No logró distinguir a que cuerpo pertenecían? R: no. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted estuvo presente cuando realizaron la inspección del inmueble? R: No, nos dejaron sentados y no nos dejaron parar. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted tiene conocimiento si en esa visita domiciliaria, se realizó el hallazgo de alguna Sustancia Estupefaciente y Psicotrópica? R: No. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Los funcionarios cuando empezaron a realizar la inspección del inmueble se encontraban acompañados de testigos? R: No. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Por qué se llevaron a su concubino detenido? R: porque no teníamos dinero para pagarle. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Qué le manifestaron los funcionarios? R: Que si no pagábamos se lo llevaban porque estábamos metidos en problemas. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿A qué se dedica su concubino? R: Albañilería. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Los funcionarios en su casa le exhibieron alguna sustancia envuelta de presunta droga, algo envuelto? R: No. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duraron los funcionarios efectuando el procedimiento? R: Tres horas. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Quiere decir que fue objeto de una extorsión por estos funcionarios? R: Si. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuánto le pidieron? R: Cinco millones, es todo

Seguidamente, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántos policías le pidieron a usted cinco millones de bolívares (5.000.000,00 Bs.)? R: Cuatro que estaban frente a nosotros. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Recuerda las características de estos policías? R: No. TERCERA PREGUNTA: ¿Cómo llegaron los funcionarios? R: Ellos llegaron tumbando la puerta. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tiene viviendo allí? R: veinte años (20) años. QUINTA PREGUNTA: ¿Cómo se llama su madre? M.M.. SEXTA PREGUNTA: ¿Sus nueve hermanos son mayores o menores que usted? R: son menores. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuándo usted se refiere, nos sacaron a todos, para donde los sacaron? R: Nos mandaron a todos para atrás en la cocina. OCTAVA PREGUNTA: ¿A quienes sacaron? R: A todos mis hermanos, a mi mamá y a mi persona. NOVENA PREGUNTA: ¿Cuánto usted dice que llegaron buscando a otra persona, como lo supo?: Porque ellos llegaron diciendo otro apodo. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Es decir que usted fue la que le abrió la puerta a los funcionarios? R: si. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuántas habitaciones tiene la vivienda? R: dos. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Qué queda al frente de la vivienda? R: de todos lados otra casa. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Por qué cree usted que se llevaron a su concubino y a su mama detenida? R: No sé. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Mientras estaba usted se fueron los funcionarios y llegaron otros funcionarios? R: No estoy segura, habían otros funcionarios, no se si llegaron más. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cuántos funcionarios llegaron al momento que usted abrió la puerta? Como diez. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted observó algún otro funcionario que no haya visto? R: No. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Además de su persona quien escucho sobre el pedimento del dinero? Mi mamá, mis hermanos y los que estábamos sentados, así como los policías que estaban al lado. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Cuántos eran? Los cuatros que estaban allí. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Desde hace cuanto tiempo son concubinos? R: Desde hace nueve años. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tienen viviendo juntos? No el vive con su mamá y yo con la mía. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Por qué estaba su concubino allí? R: Ese día fue a llevarme los reales de la niña y se quedó en la casa. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Los Funcionarios revisaron a su concubino? Sí. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Le encontraron algo? No. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Su mamá y usted fueron objetos de alguna revisión corporal o sus hermanos? R: No. VIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted escuchó si los funcionarios dijeron que encontraron algo? No. VIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted dijo que aproximadamente eran las seis de la mañana, donde estaba su concubino? R: Se estaba bañando para irse a trabajar. VIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted dice que los funcionarios le dijeron que si no abría le tumbaban la puerta? Sí, porque es de latón. VIGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Tiene la puerta alguna seguridad? R: Sólo la cerradura. TRIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Observó si los funcionarios tenían algo que los identificara? R: tenían una chaqueta negra. TRIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Los funcionarios se identificaron? R: Nunca se nos identificaron y no nos enseñaron orden de allanamiento en ningún momento. TRIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Había alguna persona conocida, o algún testigo? R: Creo que sí, ellos dijeron vámonos, que afuera están los testigos, pero los testigos para la casa no entraron. TRIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cómo sabe usted si estaba en la cocina? R: Porque de la cocina se ve la entrada y la sala. TRIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Todo este tiempo de tres (3) horas permanecieron en la cocina? Si, lo que hacían era revisar. Es todo

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A qué llama usted encontrarse uniformado? R: Estaban vestidos de negro. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Es decir que los que están de negro se encuentran uniformados? R: también tenían armas y los que tienen armas y están uniformados para mí es un policía igualito. TERCERA PREGUNTA: ¿Su esposo alguna vez ha estado detenido? R: No. CUARTA PREGUNTA: Dijo que la propietaria de la vivienda es su madre, su progenitora ha estado detenida alguna vez? R: Sí. Es todo

Con posterioridad se llamó a rendir declaración al funcionario NEOMAR J.M.L., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Me encontraba en el despacho el día 22/07/2006 y recibí una llamada de la Brigada de Vehículos, aportando la información de una ciudadana llamada la Maga, ubicada en el Callejón Manrique, me trasladé en compañía de L.E. y J.J., ví unas personas con carácter de indigentes que entraban con tranquilidad a la casa, dándonos cuenta que en la vivienda que posteriormente visitamos con una orden de allanamiento se vendían sustancias psicotrópicas, remitimos las actuaciones a la Fiscalía 19 y solicitamos la autorización de visita domiciliaria, esta se realizó entre las 6 y las 6 y 30 de la mañana, acudimos P.G., L.E., J.M., no recuerdo otros funcionarios, fuimos atendidos en la puerta del inmueble por la ciudadana M.M., quien nos permitió el acceso al inmueble, en la última habitación a mano izquierda se encontró un envoltorio que tenia cierre estilo ciploc, tenía una sustancia de color blanco presunta cocaína y como 50 envoltorios de marihuana, además de eso unos teléfonos celulares dentro de la habitación donde fue hallada la sustancia. Es todo

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Habían otras personas en la vivienda? R: La hija de la señora Magaly y el ciudadano aquí presente. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo entran a la vivienda, se hizo acompañar con testigos? R: Si, uno de los testigos se llamaba P.G. y el otro era un compañero de trabajo del ciudadano antes mencionado. TERCERA PREGUNTA: ¿Dónde lo ubicaron? R: En las adyacencias del sector. CUARTA PREGUNTA: ¿Algún funcionario se quedó en el lugar? R: Como íbamos a verificar una información, decidimos dejar la patrulla estacionada mas adelante del Callejón Los Manrique, y al cabo de 5 o 6 minutos, vimos que personas de mal aspecto entraban, parecían como indigentes. QUINTA PREGUNTA: ¿Actualmente trabaja en la Brigada? R: No, estoy en otra Brigada. SEXTA PREGUNTA: ¿Anda uniformado? R: La brigada se llama de Investigaciones de Campo, otros le dicen de Droga. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Anda uniformado? R: No. OCTAVA PREGUNTA: ¿Le mostraron la orden de allanamiento a la persona que los atendió? R: Estoy seguro que deben habérsela enseñado. NOVENA PREGUNTA: ¿La ciudadana la firmó? R: Si, yo mismo levanté el acta domiciliaria donde se deja constancia. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Cómo es la vivienda? R: Es de un solo nivel, la pared es como salpicada, mezclillada, al fondo de la vivienda DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Habían más personas? R: La hija de la ciudadana Magaly y unos niños. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted dice que encontró una bolsa ciploc con unas sustancias? R: Si, estaban debajo del escaparate y no estaban a más de un metro entre una y otra. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Quienes estaban? R: El ciudadano de sala dormido. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Quién hace la colección de la sustancia? R: Se llama al técnico y a los testigos para que ellos lo verifiquen, después que se asegura la zona, pasamos con los testigos. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duró? R: 45 minutos. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Había otra persona en la vivienda? R: Por comentarios de vecinos del sector, ví el celaje de una persona que salió corriendo, cuando lo perseguí me conseguí con una señora y no quise dispararle. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Había alguna persona que le dijera que lo incautado le perteneciera? R: La esposa dijo que lo que estaba allí no era de su esposo, era la persona que más hablaba. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿En relación a su deposición, usted manifestó que recibió la noticia vía telefónica que la persona no se quiso identificar, tenía el tono de voz masculino o femenino? R: Femenino. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted le pidió que se identificara? R: Si, le solicite que me diera sus datos, para dejar constancia. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo usted recibe la llamada telefónica, usted dice que abordaron la unidad y se trasladaron al sector, cuánto tiempo pasó? R: No más de 10 minutos, porque recibimos la llamada y nos dijeron que querían hablar con alguien que trabajara en la comisión antidroga, le comunique al Inspector Escobar, encendimos la unidad y nos trasladamos al lugar. CUARTA PREGUNTA: ¿Dónde está ubicado el teléfono? R: En la brigada de vehículos QUINTA PREGUNTA: ¿Cuál es el número de teléfono? R: 6545, no recuerdo si empieza por 321 o 322. SEXTA PREGUNTA: ¿Usted fue integrante de la visita con la orden de allanamiento, por qué se originó esta orden? R: Nos trasladamos al lugar para verificar la información, le informamos a los superiores y nos dijeron que solicitáramos el acta de visita domiciliaria y nos fue otorgada. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Recuerda cuándo hizo esa vigilancia estática, durante el tiempo que practicó esa vigilancia, vio al acusado en algo ilícito o vendiendo alguna sustancia estupefaciente? R: No OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted de acuerdo al cargo que desempeña, es común practicar allanamientos? R: Por el delito de droga sí, en otras áreas de investigación se permite el libre acceso. NOVENA PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento de los requisitos de una orden de allanamiento? R: Solicitar al Ministerio Público que la solicite y que exista una investigación DÉCIMA PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento si entre los requisitos, debe estar debidamente dirigido a personas o cosas determinadas, en este caso a quién iba dirigida? R: A nombre de la señora Magaly. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted recuerda cuando practicó la visita domiciliaria, cuántos funcionarios actuaron? R: P.G., J.M., L.E., también el técnico no recuerdo el nombre del técnico. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál fue el procedimiento a seguir al llegar a la vivienda? R: Se inspeccionó la totalidad, se encontró las sustancias ilícitas y los teléfonos celulares, quisimos dar con el sujeto que huyó, pero por la zona que huyó era bastante engorroso alcanzarlo DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cuántas personas entraron? R: J.M. y Yo. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo usted entró, no entró con los testigos? R: los testigos van en el medio, de la comisión. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Dijo que la comisión eran cuatro? R: Sí y los testigos los ubicamos en los alrededores de la zona. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted dijo que ubicaron dos testigos antes de entrar a la casa, una vez en el interior de la vivienda cuál fue el siguiente paso? R: Revisar la vivienda con los testigos. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿El inspector L.E. le leyó el acta, quienes estaban? La ciudadana Magaly, la mamá y el señor aquí presente. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Dónde estaba la hija de la ciudadana Magaly? R: La esposa del ciudadano estaba en la mitad de la casa, el ciudadano de sala estaba dormido, acababa de levantarse por la bulla y había unos niños. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Usted recuerda en que lugar del inmueble se realizó el hallazgo? R: En la última habitación debajo de un escaparate. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Habían otras habitaciones? R: Tres habitaciones. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted dice que la droga estaba bajo un escaparate, recuerda donde se encontraba? R: La sustancia se encontraba en una bolsa transparente de color blanco y unas semillas y restos vegetales, se encontraban en material sintético, la blanca en una bolsa de cierre. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted le realizó alguna prueba a las sustancias? R: No, extraoficialmente uno sabe por la práctica de que se trata, pero uno las remite al laboratorio para que le determiné la p.V.T.P.: ¿Usted tiene conocimiento que entre los requisitos de una orden de allanamiento, hace falta una orden de aprehensión? R: Orden de aprehensión no, pero si se ve un hecho punible o uno colecta algo, se le participa al Fiscal del Ministerio Publico. Es todo.

Posteriormente, declaró el funcionario J.R.M., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

“El día 31/08/2006, me trasladé en compañía de los funcionarios Jhon y Eumar, fuimos atendidos en la puerta del inmueble por la ciudadana M.M., quien nos permitió el acceso al inmueble. Es todo."

Acto seguido, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A qué hora se inició el procedimiento? .R: De 6 a 6 y 30 de la mañana. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ubicaron a los testigos? R: Si ubicamos a dos personas en la parte de arriba. TERCERA PREGUNTA: ¿Quienes estaban? R: El ciudadano aquí presente, una señora de nombre magaly y la esposa del ciudadano aquí presente. CUARTA PREGUNTA: ¿Los testigos ingresaron y observaron todo el procedimiento? R: Si QUINTA PREGUNTA: ¿Cuántas habitaciones había? R: Tres. SEXTA PREGUNTA: ¿Estaban cerca los envoltorios? R: Si en la misma bolsa estaban las dos sustancias. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Quiénes fueron los funcionarios que entraron de primero? R: No estoy seguro. OCTAVA PREGUNTA: ¿Cómo estaban los envoltorios? R: En aluminio. NOVENA PREGUNTA: ¿Quién hizo el hallazgo? R: El agente Neomar M.D.P.: ¿Quién estaba en la habitación? El ciudadano presente en la sala acostado DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Habían otras personas? R: La ciudadana Magali, la esposa y el ciudadano. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted participó en la visita domiciliaria? R: Yo participé en la visita domiciliaria, el procedimiento se inició por una llamada telefónica. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted trabaja en la División de Drogas? R: Antes si, ahora no. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuál era su función? R: Practicar allanamientos. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo tuvo conocimiento? En la noche. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted dice que se encontraron otros objetos? R: Teléfonos celulares. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántas personas quedaron detenidas? R: La dueña de la casa, la señora Magaly y el ciudadano. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Qué motiva que se lleven al ciudadano? R: Porque la sustancia se encontró en la habitación donde estaba y a la señora por ser dueña del inmueble. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Posterior a la investigación es que realizan la visita domiciliaria? R: Si, siempre se trabaja con una orden. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P. pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted sólo participó en la práctica del allanamiento, recuerda donde ubicó a los testigos? R: En el vigía, paramos el vehículo vimos a dos personas y los llamamos. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Estaban juntas? R: venían caminando. TERCERA PREGUNTA: ¿Los testigos eran de sexo masculino o femenino? R: Masculino CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo entraron a la casa quién llevaba la orden de allanamiento? R: No se. QUINTA PREGUNTA: ¿Recuerda los pasos que siguieron? R: Leímos el acta al entrar. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo entraron, entraron con los testigos? R: En todo momento estuvimos con los testigos, los testigos nos acompañaron a la revisión del inmueble SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted dice que Neumar Moreno consiguió la Droga, recuerda donde se consiguió la Droga? R: Debajo del escaparate. OCTAVA PREGUNTA: ¿De qué color era el escaparate? R: Caoba. NOVENA PREGUNTA: ¿La cocaína y la Marihuana se encontraban juntas? Sí, en una bolsa negra. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Por qué detienen al acusado de la sala? R: Porque se encontraba en el cuarto. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿A nombre de quien iba la orden? R: De la señora Magaly. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ella se encontraba? R: Si fue ella quien nos abrió. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duró el allanamiento? R: Como media hora, 35 minutos. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Conoce los requisitos de una orden de allanamiento? R: Los artículos del COPP, específicamente el artículo 210, el artículo 49 y respetando los derechos a la persona. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo detiene a mi representado y a la otra señora le leyeron sus derechos? R: Si. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Quién le leyó los derechos? R: Mi persona. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Dentro de los requisitos de la orden de allanamiento está contemplada una orden de aprehensión? R: No. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Una vez hallado el hallazgo de la Droga, se le practicó a la misma alguna prueba de orientación? R: No, eso lo hace otro funcionario en el laboratorio. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Usted puede indicar cuántos funcionarios aparte de usted participaron en ese procedimiento? R: Tres. Es todo

Con posterioridad se llamó a rendir declaración al funcionario P.L.G.M., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

En fecha 31/08/2006, en horas de la mañana me traslade hacia el Vigía, cuarta casa entrando al Callejón, casa de puertas negras y bloques rojos sin frizar, allí nos hicimos acompañar por unos ciudadanos que nos prestaron su colaboración como testigos, fuimos atendidos por la dueña del inmueble; el jefe de la comisión designó a los funcionarios Neumar y J.M., de una vez practicaron la revisión y consiguieron una bolsa de color negro con 48 envoltorios y una bolsa de color transparente con una sustancia de color blanco. Es todo

Seguidamente, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A qué hora se hizo el procedimiento? R: Entre las 6 y las 6 y algo de la mañana. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuántas personas estaban en la casa? R: La señora que nos atendió y un muchacho que estaba durmiendo TERCERA PREGUNTA: ¿Usted ingresó a la habitación? R: Después que mis compañeros localizaron las evidencias, R: Si CUARTA PREGUNTA: ¿Dónde estaba usted? R: Rodeando el inmueble y supervisando la zona. QUINTA PREGUNTA: ¿Cómo llegaron al sitio? R: No recuerdo si fuimos en patrulla o no. SEXTA PREGUNTA: ¿Recuerda la ubicación de los testigos? R: Uno venia subiendo y otro estaba esperando una camioneta. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Una vez que ingresa a la vivienda y ocurrido el hallazgo cuánto tiempo duro? R: 45 minutos OCTAVA PREGUNTA: ¿Quién era el encargado de la comisión? R: J.E.. NOVENA PREGUNTA: ¿Qué los motivo a pedir la orden de allanamiento? R: El funcionario recibió una llamada Neomar Moreno, donde manifestaban que vendían drogas nos llegamos al sitio y vimos que se acercaban muchas personas a la casa. DÉCIMA PREGUNTA: ¿De la calle a la casa que distancia hay? R: Hay como 50 metros. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo hicieron eso? R: 4 o 5 días. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué tiempo dura la orden de allanamiento? R: Depende del Fiscal, a veces un día cuando mucho tres días DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo le dan para hacer el allanamiento? R: Depende del Juez, unas 72 horas, otros siete días. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cómo ubicaron la sustancia? R: Según debajo del escaparate, eran 48 envoltorios en aluminio y una bolsa transparente con presunta droga. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Sigue trabajando en Droga? R: Estoy en la parte de investigación, trabajo todos los delitos. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Tiene usted conocimiento si alguna persona logro huir de la vivienda? R: Según mis compañeros, ellos escucharon un ruido por la parte trasera de la vivienda, y dicen que si se fue una persona. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Recuerda usted si hicieron alguna llamada para avisarle a alguien? R: Si, hasta que llega la comisión nos quedamos en el sitio. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted espero que llegara la comisión técnica? R: Si. Es todo

Acto seguido, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Dijo que la denuncia la recibió Neomar Moreno, recuerda día, mes y año? R: Se que fue días antes del allanamiento. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo se recibe la llamada se hace un acta policial al efecto? R: Si. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo ocurrió de la llamada hasta el día de la visita? R: No recuerdo cuantos días transcurrieron, depende de si están las actuaciones en la oficina. CUARTA PREGUNTA: ¿Usted realizó la vigilancia estática? R: Escobar y Moreno. QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo hicieron la vigilancia, en qué se trasladaron? R: Fue en una unidad identificada. SEXTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duró la vigilancia? R: 45 minutos. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Qué observaba? R: Que iban muchas personas de tipo indigente. OCTAVA PREGUNTA: ¿Logró observar a mi representado? R: No, ni entrar, ni salir de la vivienda. NOVENA PREGUNTA: ¿Cuándo llega el día de practicar la orden de allanamiento, cuál fue el procedimiento? R: Se buscan a los testigos, nos recibió Magaly, le leímos el acta. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usaron la violencia o no? R: No, fuimos atendidos por la Maga. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿A quién iba dirigida la orden de allanamiento? R: A la Maga DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Quiénes ingresaron primero? R: J.M.. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Entraron simultáneamente con los testigos? R: Si, tocamos en el inmueble, nos recibe la señora Maga, el jefe de la comisión designa a los funcionarios que van a revisar. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Dónde estaban los testigos? R: Con los funcionarios…manifestando que ellos se encargaron de entrar, y yo me quedé resguardando el frente de la casa, mis compañeros ingresaron, con los funcionarios. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo ingresó al inmueble, fue después del hallazgo de la Droga? R: Si DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo ingresó a la habitación, vio alguna persona distinta? R: No recuerdo. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿A la sustancia incautada se le realizó alguna prueba de orientación? R: En el momento sí. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Ustedes no llevan los implementos para realizar la prueba de orientación? R: No, eso es cuando llegamos a la oficina es que se realiza la prueba. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Usted estuvo presente cuando realizaron la prueba? R: No. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Una vez que es localizado el hallazgo, les leyeron sus derechos? R: No recuerdo. Es todo

Así mismo, se llamó a rendir declaración a la ciudadana M.P.M.V., quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo conozco a Rony es la pareja de mi sobrina lo conozco como un muchacho responsable. Mi sobrina tiene dos niños de él, el vivía con su mamá ellos no viven juntos, él en su casa y ella en la de ella, él iba cada cierto tiempo a llevarle el dinero a la niña. Lo conozco porque es el esposo de mi sobrina. Yo no puedo decir nada porque no estuve allí cuando se hizo el procedimiento.

Acto seguido, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo se llama donde vive? R: Callejón Manrique. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tiene viviendo allí? R: 17 años. TERCERA PREGUNTA: ¿Usted no presenció nada de los hechos? R: No. CUARTA PREGUNTA: ¿Cómo se enteró de los hechos? R: Ví a mi sobrina llorando y ella me contó que estaba detenido y que ella no sabía porque. QUINTA PREGUNTA: ¿Usted dijo que vive a dos (2) casas del lugar donde fue detenido? R: si SEXTA PREGUNTA: ¿Quién vive en la casa? R: Mi hermana con los hijos de e.S.P.: ¿El acusado vive allí? R: No, el no vive allí, el le lleva el sustento de sus hijas. OCTAVA PREGUNTA: ¿Quién es la ciudadana que vive en la casa? R: Mi hermana M.M.. Es todo

Seguidamente, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Su Sobrina le contó que se habían llevado a alguien más? R: En ese momento a mi hermana SEGUNDA PREGUNTA: ¿Le dijeron los motivos? R: No. TERCERA PREGUNTA: ¿Además de su hermana vive otra persona? R: No, mi hermana y sus hijos. CUARTA PREGUNTA: ¿Usted dice qué fue en horas del mediodía? R: Me entere como al mediodía.

Con posterioridad se llamó a rendir declaración a la ciudadana M.S.Y.Y., quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo no estaba en el allanamiento, yo tengo como ocho años que lo conozco.

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P. pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿ Usted vive en el Callejón Los Manrique? R: Si. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cómo se enteró? R: Ví que estaban los funcionarios en el Callejón TERCERA PREGUNTA: ¿A qué hora? R: Como a las seis de la mañana. CUARTA PREGUNTA: ¿Habían varios funcionarios? R: No se, como siete QUINTA PREGUNTA: ¿Usted conoce al acusado, él vive con su tía? R: No. SEXTA PREGUNTA: ¿El vive en esa casa, cuántas personas viven en esa casa? R: Mi tía magaly, con sus ocho hijos. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Ella hace vida en pareja con alguna persona? R: No. Es todo

Acto seguido, el representante del Ministerio Público, pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Dice usted que es sobrina de la señora Magali, quien es su mamá? R: Y.S.S.P.: ¿Todos son familias? R: Si. TERCERA PREGUNTA: ¿Usted siendo familia no se acercó? R: No, por si acaso, los funcionarios no nos dejaban estar allí CUARTA PREGUNTA: ¿Le dijeron por qué se los llevaron? R: No QUINTA PREGUNTA: ¿No se acercó para ver por qué se lo llevaron? R: No, SEXTA PREGUNTA: ¿Por qué se llevaron a su tía? R: Creo que era por Droga SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Por qué se llevaron al acusado? R: Porque él estaba allí, a lo mejor lo involucraron. Es todo

Con posterioridad se llamó a rendir declaración a la ciudadana M.D.Á.B.M., quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Bueno yo me enteré que a él se lo habían llevado en un allanamiento, yo conozco al muchacho porque es pareja de mi sobrina y tienen una niña, yo le veía cada quince y treinta que le iba a llevar algo a mi sobrina de dinero que vivía en el vigía, se que se lo llevaron en el allanamiento y que el vivía con su mama. Nunca llegué a saber que vivía allí porque eso es muy pequeño. Cuando lo conocí era pareja de mi sobrina, en cuanto al allanamiento no se nada, cuando lo supe era como a las doce ya era tarde. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P. pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿ Usted se enteró que se practicó un allanamiento? R: Sí, en casa de mi hermana. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cómo se llama su hermana? R: M.T.P.: ¿Cuánto tiempo tiene viviendo allí? R: Desde que nací. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuántas personas viven allí? R: Como ocho o nueve. QUINTA PREGUNTA: ¿A su hermana se le conoce con algún apodo? R: No, yo la llamo como mi hermana magaly, en la calle se que tampoco le tienen apodo. SEXTA PREGUNTA: ¿El Señor Bullo vivía en la casa? R: No, se que el vivía con su mama, el le llevó algo a su niña SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Por qué se quedó ese día? R: No sé. OCTAVA PREGUNTA: ¿Su hermana estuvo detenida alguna vez? R: Sí, por droga, pero hace añales. NOVENA PREGUNTA: ¿Usted ha estado en la casa de su hermana? R: De vez en cuando. DECIMA PREGUNTA: ¿Usted sabe cuántas habitaciones tiene la casa de su hermana? R: El baño, la cocina, un cuarto, otro cuarto y eso porque lo mandó a dividir no hace mucho. Es todo

Acto seguido, el representante del Ministerio Público, pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo tuvo usted conocimiento que ocurrió un allanamiento? R: Yo vivo abajo, en la casa de mi mamá, porque los muchachitos estaban allí. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted vio a los funcionarios? R: No, yo no vi nada TERCERA PREGUNTA: ¿Se acercó a ver que pasaba? R: No. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuántas personas se llevaron detenidas? R: A Roney y a Magaly. Es todo

Con posterioridad se llamó a rendir declaración al ciudadano M.S.J.B., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Según tengo entendido, yo conozco al señor, es un muchacho sano, trabajador, las veces que lo he visto es visitando a su mujer y a su niña. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P. pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted tiene conocimiento de los hechos? R: No, por lo que me han contado. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted vive en ese sector? R: Dos casas más arriba TERCERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tiene viviendo allí? R: 47 años. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo se enteró? R: Cuando llegué en la tarde QUINTA PREGUNTA: ¿Usted sabe donde practicaron el allanamiento? R: Si cuando llegué en la tarde me dijeron que practicaron el allanamiento, en casa de mi p.M.M.. SEXTA PREGUNTA: ¿Ella vive con alguna persona? R: Ella vivía con una persona, pero él se fue para puerto la Cruz y tiene un hijo con ella. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Sabe si ella estuvo detenida? R: Que yo tenga conocimiento no se, pero si escuché que estuvo en averiguaciones. OCTAVA PREGUNTA: ¿Sabe y le consta si Magaly es conocida por algún apodo? R: No, la mamá y la hermana cuando la llaman afectuosamente le dicen Maga. NOVENA PREGUNTA: ¿Sabe si Ronald vive en esa casa? R: No, él va los fines de semana cada quince días y le llevaba su dinero. Es todo

Acto seguido, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted dice que vive en ese callejón? R: Dos casas cerca. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Tiene trato con ella? R: No, yo trabajo a destajo y me la paso viajando. TERCERA PREGUNTA: ¿Tiene algún trato con ella? R: No. CUARTA PREGUNTA: ¿Usted sabe que se hizo un allanamiento? R: Me contaron QUINTA PREGUNTA: ¿Cuántas personas se llevaron detenidas? R: Me dijeron que a Rony y a Magaly. SEXTA PREGUNTA: ¿Es su prima la señora? R: Si SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Y Su prima a la que le dicen Maga ha estado detenida con anterioridad? R: No OCTAVA PREGUNTA: ¿No saben que encontraron? R: No, yo no vi nada. Es todo

Con Posterioridad, declaró el ciudadano APONTE MANZANO C.A., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo lo que se es que conozco a Ronald desde hace tiempo, que es trabajador y que no vive en el Vigía, él no vive en el sector vive con una sobrina política, cuando lo agarran no se porque, yo me la paso trabajando. Es todo

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿El acusado vive con una sobrina política suya? Sí. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sabe con quién vive? R: Me imagino con su mamá. TERCERA PREGUNTA: ¿Usted tiene conocimiento de alguno de los hechos: R: No. Es todo

Posteriormente declaró el ciudadano TARAZONA M.A.E., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo conozco al joven desde la adolescencia, porque él estudió con una hija mía en el Vigía, después se empató con la hija de la hermana de mi esposa, de allí hizo una relación con mi sobrina política y de allí nació una niña, él iba cada quince días a llevarle cualquier cosa. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿De su declaración se desprende que vive en el Callejón Manrique? R: Si, casa número 4. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tiene viviendo allí? R: Como 23 años. TERCERA PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento de por qué está aquí? R: No, yo estaba de servicio y después fue que me enteré CUARTA PREGUNTA: ¿De qué se enteró? R: De que se llevaron a Ronald y a la hermana de mi esposa. QUINTA PREGUNTA: ¿Su esposa no le dijo porque se lo habían llevado detenido? R: Me dijo que por una droga que se habían llevado de casa de la señora Magaly. SEXTA PREGUNTA: ¿A quién pertenece la casa que allanaron? R: De la señora Magaly. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuándo usted asegura que vive retirado, sabe donde vive? R: Si, yo se por donde vive porque me la paso trotando por la casa. OCTAVA PREGUNTA: ¿Conoce la casa? R: He llegado cerca de la casa como a una cuadra. NOVENA PREGUNTA: ¿Usted tiene alguna comunicación con la señora Manrique? R: El trato es que más, como está y sigo de largo. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Sabe o le consta si la señora Magaly cohabitaba con alguna pareja? R: Se que entraba uno, otro, pero no sé. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento por el tiempo que tiene conociendo a Magaly, si se encontraba involucrada en algún caso penal? R: Si, es la segunda vez DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Sabe por qué estuvo detenida? R: Sí, por Droga DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Por el tiempo que tiene conociendo a la señora Magaly, sabe si tiene algún apodo? R: No los hermanos y la mamá le dicen Maga. Es todo

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted dice que conoce al acusado porque vive a un Kilómetro y Medio más o menos corresponde al vigia? R: Sí, corresponde. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted sabe si él se quedaba en esa vivienda ocasionalmente? R: Sí, cada quince días o semanal. TERCERA PREGUNTA: ¿Quién es su esposa? R: S.B.M.P.. CUARTA PREGUNTA: ¿Usted se encontraba allí cuando se practicó el allanamiento? R: No, estaba de servicio. Es todo.

Posteriormente declaró el ciudadano G.A.P.A., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

La vez del allanamiento, yo iba saliendo de mi casa cuando el funcionario me pidió la cedula no sabia de que se trataba, me convidaron a que los acompañara no sabia que era un allanamiento, bajamos hacia donde vivía la persona, la familia la conozco porque son vecinos, los otros estaban antes de llegar a la casa, después que penetraron en la casa nos mandaron a pasar ellos empezaron hacer revisiones, le leyeron a los que vivían en la casa la orden de allanamiento mientras esperamos, luego empezaron a revisar la casa y nos llevaron a otra habitación, si consiguieron una bolsa pero yo no se el contenido de la bolsa e ignoro lo que había y fue cuando se llevaron al ciudadano y a la otra ciudadana que estaba allí y nos llevaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a realizar la declaración. No Tengo más nada que decir. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Señor Pedro usted vive cerca? R: Si yo vivo en una calle y ellos en la otra. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted conoce a las personas? R: Si porque viven allí desde hace años. TERCERA PREGUNTA: ¿Usted sabe si las personas que se encontraban en la vivienda vivían allí? R: No se CUARTA PREGUNTA: ¿Cómo se llama el sector? R: Callejón M.Q.P.: ¿En ese callejón viven personas de la misma familia? R: No se SEXTA PREGUNTA: ¿Tienen el mismo apellido? R: Si son Manrique, son familia, pero si hay otros con el apellido y no son familia no se. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuándo usted llegó al procedimiento quienes estaban? R: La mamá de la muchacha que estaba allí sentada, el muchacho y un niño. OCTAVA PREGUNTA: ¿Había más de un niño? R: No recuerdo, creo que es la hija de él. NOVENA PREGUNTA: ¿Usted afirma que estaba la hija? R: Si la que estaba allí sentada. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Donde estaba la muchacha? R: Cuando entre ella estaba sentada en la cocina. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Ella caminaba por el lugar? R: No. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Quien abrió la puerta? R: No se porque estaba esperando que el funcionario me llamara y abriera la puerta. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted sabía que iban a hacer un allanamiento? R: Cuando leyeron el acta a la señora, a la muchacha y al muchacho. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuantas habitaciones tenía esa casa? R: Que yo sepa, dos habitaciones dormitorios. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuando le mostraron la bolsa de que color era? R: Creo que negra. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Era de plástico? R: Si. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Los funcionarios sacaron lo que estaba en la bolsa? R: No, no recuerdo que contenía no se. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted observó que había algo? R: No, porque a mi no me dijeron mira lo que está acá. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Vio que incautaran algún otro objeto? R: No recuerdo. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Sabe el nombre de la dueña de la vivienda? R: La señora Magali. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Es conocida por algún apodo? R: No se, siempre por Magali. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Allí vivía otra persona? No se. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Quienes estaban? R: La señora Magali, su hija y la niña. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuando los funcionarios levantan el procedimiento y se retiran de la vivienda, usted se fue con los funcionarios? R: Si. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿A quienes detuvieron? R: A la señora Magali y al muchacho. VIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Conocía al muchacho? R: No. VIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Conoce a la otra persona que fungió como testigo? R: No. VIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Como se llama donde lo llamaron? R: Calle Montenegro. VIGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Usted sabe a que cuerpo policial pertenecía los funcionarios? R: Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. TRIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Estaban identificados? R: Tenían el carnet, pero no dijeron que eran. TRIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántos funcionarios eran? R: Creo que cuatro, no recuerdo bien. TRIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Dónde consiguieron lo que incautaron los funcionarios? R: En un solo espacio. TRIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Sabe de donde la sacaron? R: La sacaron de un escaparate por debajo. TRIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Los dos testigos pasaron por todas las habitaciones? R: Yo estuve en una y después me llamaron para la otra. TRIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿En la segunda estaban revisando? R: Sí. TRIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duro el procedimiento? R: No tengo ni idea. TRIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted observo que le hayan manifestado a las personas que quedaban detenidas? R: No recuerdo. TRIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Agredieron a alguna persona en el sitio? R: No hubo agresión. TRIGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Cuándo llegaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, le mostraron lo que incautaron? R: Allí si, una hierba. CUADRAGÉSIMA PREGUNTA: ¿Recuerda si estaba suelto? R: Eran varias cositas. CUADRAGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Le ha llegado alguna citación? R: No primera vez. CUADRAGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ha declarado otras veces? R: No primera vez. CUADRAGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Algunas personas se acercaron a preguntar que paso? R: No. CUADRAGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿A que distancia estaba usted cuando leyeron la orden? R: Cerca. CUADRAGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Las personas opusieron resistencia? R: No, permitieron el acceso. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Dónde estaba usted? R: Estaba llegando a la esquina cuando me pidieron la cedula. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo le piden la colaboración cuantos funcionarios fueron? R: Uno solo TERCERA PREGUNTA: ¿Le pidió la cedula y le dijo para que era? R: Si, que los acompañara porque iban a hacer algo, pero no me dijeron que era un allanamiento. CUARTA PREGUNTA: ¿A que hora? R: Como a las siete, siete y cuarto de la mañana QUINTA PREGUNTA: ¿Estuvo presente cuando le pidieron la colaboración al otro testigo? R: Si. SEXTA PREGUNTA: ¿A que distancia se encontraba? R: Como a quince o veinte metros. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Se lograba visualizar la entrada de la casa? R: No exactamente OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted vio quien atendió a los funcionarios? R: No. NOVENA PREGUNTA: ¿Observó a los funcionarios cuando entraron? R: No, ellos nos llamaron cuando estaban adentro. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted entro en compañía de alguien? R: Del otro testigo. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Una vez adentro logro observar el procedimiento o revisión de la misma? R: Ellos me llamaron a una habitación que estaban revisando, después me llamaron a la otra habitación. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Quién se encontraba en la otra habitación? R: El funcionario solo, no recuerdo si estaba solo. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo observa el hallazgo de la droga? R: En la otra habitación con el otro testigo. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Se hizo el hallazgo de alguna sustancia ilícita? R: No se, de eso no conozco. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Usted desconocía el contenido de la bolsa? R: por supuesto. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted vio si le hicieron alguna experticia a la sustancia? Toma la palabra la Fiscal y objeta la pregunta, seguidamente la Juez lo insta a reformular. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Los funcionarios sacaron el contenido de la bolsa? R: En ese momento no. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Cuándo le enseñaron el contenido de la bolsa? R: En el comando. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Cómo estaba el contenido en la bolsa? R: Como en porciones. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Observó que había dentro de las porciones? R: No. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Los funcionarios le dijeron que había? R: No, ellos me enseñaron una hierba. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Quienes estaban? R: estaba yo solo y después llamaron al otro. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cuándo los funcionarios ingresaron, cuanto tiempo pasó para que lo llamaran? R: No tengo idea. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Quién leyó el acta? R: El testigo que estaba conmigo. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿A quien iba dirigida la orden? R: No se. VIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Usted recuerda cuantos funcionarios estaban en ese procedimiento? R: Creo que cuatro VIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Andaban e una unidad o vehículo particular? R: Vehículo particular. VIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Cuántas habitaciones revisaron? R: Dos. VIGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Estuvo en revisión en algunas otras áreas? R: No. TRIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Vio en alguna habitación a alguien durmiendo? R: Cuando yo llegue no. TRIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted presto su consentimiento para ser testigo o fue obligado? R: Yo dije que no tenía nada que ver, pero me dijeron que la ley obliga, yo no fui porque yo quise. TRIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Se sintió obligado por los funcionarios? R: Bueno me quitaron la cedula. Es todo.

Posteriormente declaró el ciudadano LIZARRAGA PIÑANGO J.G., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo al señor lo conozco que es trabajador, yo iba para mi trabajo, vi unos agentes metidos en la casa y a él lo conozco como trabajador, es lo que yo puedo decir, venía subiendo y estaban metido adentro de la casa de la señora Magali. Es todo.

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Que conocimiento tiene de los hechos, usted presencio algo? R: No, yo estaba pasando. SEGUNDA PREGUNTA: ¿A qué hora? R: Como a las seis y media. TERCERA PREGUNTA: ¿Que observó? R: Que los policías estaban dentro de la casa. CUARTA PREGUNTA: ¿Usted se paró a preguntar que pasó? R: No QUINTA PREGUNTA: ¿Por que conoce al acusado? R: Porque le lleva la comida a los muchachos SEXTA PREGUNTA: ¿Usted sabe quien vive allí? R: La señora Magali y su hija. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Es familia? R: Si es mi cuñada. OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted sabe si ella ha estado detenida? R: No. NOVENA PREGUNTA: ¿Sabe y le consta si Bullo Pinto vive allí? R: No, no vive. Es todo

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted vio a los funcionarios? R: Si, dos funcionarios estaban afuera. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Otras personas estaban cerca o andaba con alguien? R: No TERCERA PREGUNTA: ¿Estaba alguien esperando cerca para ingresar? R: No. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuando tuvo conocimiento que se habían llevado a su cuñada? R: Al mediodía. QUINTA PREGUNTA: ¿Qué le dijeron? Que se llevaron a Magali y a Ronald. SEXTA PREGUNTA: ¿Quién es su pareja? R: B.M.. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Vive cerca? R: Tres casas más abajo. OCTAVA PREGUNTA: ¿Sabe si su cuñada vive con alguna persona? R: No le sabría decir. NOVENA PREGUNTA: ¿Que policías eran? R: Decían C.I.C.P.C., en la espalda, Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas chalecos. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Cuántos? R: Afuera dos, adentro no se. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Su cuñada tiene algún apodo? R: El nombre es Magali, no le conozco apodo. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Usted sabe que hicieron los funcionarios? R: No DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted dice que el acusado lo conoce desde hace un año, sabe si vive donde usted vive? R: No. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Convive con la hija de su cuñada? R: Si. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Sabe si tienen hijos? R: Si, dos. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cuándo lo detienen cuántos eran? R: Una. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted lo veía con frecuencia? R: No pero el iba en las tardes. Es todo.

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A que le llama usted convivir? R: Que el iba a visitarla a veces donde la mamá, a veces donde la suegra. Es todo.

Posteriormente declaró la ciudadana M.L.N.M., quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo lo veo a él, porque es esposo de la p.m., de vez en cuando es que el va para la casa a llevarle el mercado, eso es lo único que yo se, lo veía a veces. La prima si vive cerca con sus hermanitos y sus hijos. Es todo.

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A que prima se refiere? R: Mi prima, es la mama de Karina, al señor Ronaldo lo veo yo de vez en cuando, cuando le da la comida a sus hijos. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Como se llama su prima? R: M.M.. TERCERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene viviendo allí? R: 49 años. CUARTA PREGUNTA: ¿Que tiempo tiene su prima allí? R: Bastantes años. QUINTA PREGUNTA: ¿Conoce los hechos donde fue detenido? R: Me dijeron que se llevaron a Ronald y me extraño que se lo llevaran porque él no vive allí. SEXTA PREGUNTA: ¿Usted sabe donde vive la mamá de Ronald? R: No se. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿De dónde vive Bullo al callejón Manrique es cerca? R: No, es retirado. OCTAVA PREGUNTA: ¿Conoce la casa? R: Una vez, que fui con mi prima a llevarle una ropa a la niña. NOVENA PREGUNTA: ¿A su prima la conocen por algún apodo? R: Yo la conozco por Magali. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted por el tiempo que tiene conociéndola, sabe si ha estado detenida? R: Si, ha estado detenida pero no se porque. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿No sabe porque fue detenida? R: No. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Nunca se pregunto por que? R: No, los comentarios decían que por droga. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿A que se dedica Magali? R: A cuidar sus muchachos en la casa. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo su prima y el acusado fueron detenidos, ella vivía con alguien? R: No, ella andaba con sus muchachos, se que es un muchacho de buena familia y trabajador, yo le veía trabajando de albañil. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A que hora se va a trabajar? R: Como a cinco minutos para las seis. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Vio a algún funcionario? R: No, yo salgo rápido. TERCERA PREGUNTA: ¿A cuantas casas vive usted? R: Primero viene la mía, después la de ella. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo salio había alguna persona fuera de su casa? R: No. QUINTA PREGUNTA: ¿Qué le dijeron y quien? R: En la tarde me dijeron que se llevaron a Ronald, los muchachos del callejón. SEXTA PREGUNTA: ¿Le dijeron que se lo llevaron a él nada más? R: No a el y a Magali. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted dice que sabía donde vive la mama del acusado? R: Si, porque le llevaba una ropa a la niña, queda retirado de mi casa. OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted conoce a Lizarraga Piñango? R: No. NOVENA PREGUNTA: ¿El señor Lizarraga vive con algún familiar suyo? R: No se. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted dice que a su prima siempre la ve con sus hijos? R: Yo la veo con sus hijos en la casa. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tiene conociendo al acusado? R: Tiempísimo, es un muchacho honesto, trabajador, desde hace más de diez años. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Por que lo conoce? R: Porque es novio de la p.m.. Es todo.

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Por qué le extrañó que se llevaran a Ronald y no a Magali? R: Porque ella vive allí y Ronald no se la pasaba allí SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cómo sabe la rutina de Ronald y no de su prima? R: Yo la veo en la tarde. TERCERA PREGUNTA: ¿Cómo sabe que nada más le lleva comida los 15 y 30 de cada mes? R: Porque lo veo con sus bolsas y sino con real. CUARTA PREGUNTA: ¿A que se dedica su prima? R: No se, Magali es la mama de los niños, yo trabajo mediodía en un colegio y en la tarde en casa de familia, a veces trabajo dos o tres días a la semana, los veo cuando estoy libre. QUINTA PREGUNTA: ¿Qué tanto frecuenta la casa de M.M.? R: Ella vive al lado. SEXTA PREGUNTA: ¿Sus hijos frecuentan la casa de la señora Magali? R: No. Es todo.

Posteriormente declaró la ciudadana ARMAS ARROYO L.E., quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Yo me iba a trasladar a mi trabajo como a las 6 y 30 de la mañana, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, me pidieron la cédula, los funcionarios me dijeron que yo los tenía que acompañar a un operativo, le dije que no quería prestarme para eso, ellos me dijeron que me pondrían un (1) Guardaespaldas, me pusieron como cuatro (4) Guardaespaldas, yo leí un papel, hicieron el allanamiento, no violaron los derechos de nadie hicieron su requisa, consiguieron lo que tenían que conseguir, ni siquiera vivo en ese callejón, no tengo nada que ver, no conozco al ciudadano de sala, nunca lo he visto, habían algunos niños, los funcionarios le respetaron los derechos a todos los que estaban allí, ellos siguieron sus procedimientos, yo no tengo idea de que estaban buscando. Después me llevaron para el paso y no se el señor que se hizo, soy estudiante de Derecho de la Universidad Bolivariana de Venezuela, se cuales son mis derechos. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿En qué fecha fue el procedimiento? R: No tengo ni idea, de que día fue. SEGUNDA PREGUNTA: ¿A qué hora? R: Como a las 6 y 30 de la mañana. TERCERA PREGUNTA: ¿En qué parada se encontraba? R: En la parada de El Vigía, cerca del Liceo, no recuerdo el nombre del liceo, se que está cerca de Residencias Villa Francesa. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo acompaña a los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? R: Los funcionarios me dijeron que colaborara, me acompañaron para que fuera como testigo y no se le violaran los derechos a las personas. QUINTA PREGUNTA: ¿Sabe qué sector fue? R: No se como se llama el sector. SEXTA PREGUNTA: ¿De dónde lo abordaron hubo un trayecto largo? R: El recorrido fue de 5 a 10 minutos. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿El otro testigo estaba cerca? R: No, al otro testigo lo agarraron primero. OCTAVA PREGUNTA: ¿Era una persona joven o mayor? R: Mayor. NOVENA PREGUNTA: ¿Usted conocía a la otra persona? R: No ni de vista, ni de trato. DÉCIMA PREGUNTA: ¿A las personas que estaban en la casa del procedimiento, conocía a alguna? R: No. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué leyó? R: Leí un número de expediente y que se iba a hacer un allanamiento. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Leyó un papel donde decía que los funcionarios estaban autorizados? R: Sí, que estaban autorizados por el Ministerio Público. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Cuántos niños vio? R: Como ocho (8) niños de diversas edades. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Usted recuerda a cuántas personas aprehendieron? R: Había una persona detenida, porque la tenían en el piso y nunca la llegué a identificar. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Le leyeron los derechos a alguien? R: Sí, se llevaron dos personas esposadas en ese momento. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Las dos personas que se llevaron eran femeninas? R: Una era femenina y el otro un caballero. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted estaba al lado de los funcionarios? R: si estaba al lado de ellos. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Qué recuerda de la vivienda? R: Que revisaron todo lo que tenían que revisar y eran dos cuartos. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿El otro testigo estaba con los funcionarios? R: Sí. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Qué le dijeron los funcionarios que incautaron? R: Que consiguieron Droga. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Dónde la consiguieron? R: Dentro de la casa. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿En qué parte de la vivienda? R: Creo que debajo del colchón, para ese momento estaba presente con los funcionarios. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted dice que sacaron algo, de dónde? R: Debajo de una cama. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Esa cama era matrimonial o individual? R: Una cama grande, matrimonial. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Qué había en el cuarto? R: Ropa, zapatos, teléfonos, pañales, blumers, pantalones, medias, un DVD. VIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Llegó a observar algún escaparate? R: Había un closet pequeñito. VIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Los funcionarios abrieron ese closet? R: Sí, allí ellos consiguieron la Droga. VIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿De dónde sacó el funcionario la Droga? R: Del cuarto donde estaba el Closet. VIGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Dónde sacaron droga debajo de la cama o del closet? R: En los dos lados. TRIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Quién le abrió la puerta? R: Los funcionarios llegaron con un equipo y la forzaron, le dieron una patada a la puerta. TRIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿A quién le leyó la orden? R: Delante de los funcionarios y la familia, los que estaban en la casa. TRIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué personas estaban? R: Dos mujeres, una de pelo liso y una serie de niños, como ocho niñitos. TRIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Dónde estaba el señor que se llevaron? R: No se los del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, le pusieron unos pantalones y lo tenían en el piso esposado. TRIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Usted escucho que huyó alguna persona del sitio? R: Si huyo una persona del sitio y se les escapó, el funcionario dijo que por la parte de atrás. TRIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Los funcionarios estaban identificados? R: Sí, tenían su chaqueta y uniformes. TRIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cómo cuantos funcionarios? R: Como 8. TRIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Los 8 funcionarios estaban dentro de la vivienda? R: 5 dentro de la casa y 3 afuera. TRIGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Cuántos realizaron la revisión? R: Se separaron, yo me quedé con un funcionario y el otro testigo con otro. TRIGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿El policía que usted acompañaba, cual de los dos estaba en la habitación y qué se incautó? R: Me llamaron cuando consiguieron lo que estaban buscando. CUADRAGÉSIMA PREGUNTA: ¿Le mostraron lo qué encontraron? R: Marihuana o Bazuco. CUADRAGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo era lo que incautaron? R: Estaba en papel de aluminio y en una bolsa transparente blanca. CUADRAGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Estaban separados? R: Sí. CUADRAGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Lo qué estaba en aluminio lo abrieron? R: Sí. CUADRAGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿El otro testigo también lo vio? R: Si estaba al lado mío. CUADRAGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cómo cuántos paquetes de papel aluminio? R: 48 paquetes. CUADRAGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Cómo lo recuerda? R: Porque el funcionario las estaba contando. CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Cuántos cuartos habían? R: Dos. CUADRAGÉSIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Usted estaba con el funcionario? R: El funcionario en dos sitios distintos encontró lo que estaba buscando. CUADRAGÉSIMA NOVENA PREGUNTA: ¿El funcionario buscó en todo lo que estaba en el cuarto? R: Sí, la Droga estaba bajo un escaparate, como una mesita o repisa. QUINCUAGÉSIMA PREGUNTA: ¿Qué encontró? R: Unos papeles de aluminio, las contó delante de mí. QUINCUAGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Estaba en una Bolsa de Papel, cómo estaba? R: En una bolsa negra. QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuándo vio a las personas detenidas? R: En el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. QUINCUAGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Con usted rindió declaración el otro testigo? R: Sí. QUINCUAGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo salió de la vivienda habían vecinos? R: Si, vecinos de la parte de abajo, viendo nada más, a unos cuantos metros. QUINCUAGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuándo fue incautada la bolsa negra, usted fue sólo o con el otro funcionario? R: Estaba yo solo con un funcionario y fue cuando llamaron al otro testigo y al funcionario, y empezaron a contar delante de nosotros. Es todo

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted manifestó, que se encontraba en la parada a primera hora de la mañana, le pidieron su colaboración, lo hizo de manera espontánea? R: Para mi fue una sorpresa, fui obligado. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ellos le explicaron o le dijeron que procedimiento iban a aplicar? R: No, solamente me dijeron que los acompañara. TERCERA PREGUNTA: ¿Estaban en una unidad identificada? R: En un vehículo particular. CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo arriba con los funcionarios al sitio, ya habían funcionarios allí? R: Todos los funcionarios estaban reunidos esperando al otro testigo. QUINTA PREGUNTA: ¿Cómo era el lugar? R: Un callejón, en una bajada inclinada. SEXTA PREGUNTA: ¿Dónde estaban los funcionarios? R: Todos estaban afuera y entraron como cuatro o cinco. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Qué observó? R: Tumbaron la puerta. OCTAVA PREGUNTA: ¿A qué distancia estaba cuando vio a los funcionarios? R: Como a un metro. NOVENA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo transcurrió para que usted entrara? R: Dos o tres minutos. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Qué hizo cuándo ingresó a la residencia? R: Me dieron el acta para que la leyera. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuándo dio lectura al acta, ya habían unas personas esposadas? R: Sí, había una persona. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Recuerda el interior de la vivienda? R: La casa estaba de frente a una bajada inclinada, era como dos casas en una. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Usted presenció la revisión de la casa? R: En la sala y en una habitación. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Usted manifestó que estaba en compañía de un funcionario, cuando hallan la droga? R: Sí, estaba en compañía del funcionario y cuando lo consiguió llamó al otro testigo, sólo estaba yo y el funcionario, los otros no estaban. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿En cuál de los tres sitios fue que usted observó que encontraron la droga? R: En la repisa era como un gabinete de tres gavetas. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Dónde estaba? R: Por debajo, yo vi. cuando sacaron la bolsa negra y me llamó para que lo ayudara a contar. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted vio cuando sacó la bolsa? R: Yo no vi cuando saco la bolsa…DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿El funcionario le enseñó el contenido? R: Era como un monte y un polvito. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Esos dos tipos de sustancias estaban en la misma bolsa? R: El me enseñó la bolsa, me enseñó la hierba. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué había dentro de la bolsa negra? R: Hierba y en la bolsa transparente un polvo blanco. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Dónde fue hallada esa bolsa transparente? R: El sacó todo de la Bolsa negra. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Una vez culminado el procedimiento que sucedió? R: El funcionario llamó al otro testigo para que le enseñara lo que consiguió. VIGÉSIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo hicieron el conteo estaba el otro testigo? R: Sí. VIGÉSIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo duro el procedimiento? R: 1 hora y 45 minutos. VIGÉSIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Qué sucedió después? R: Me trasladaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y rendí declaraciones como una hora. VIGÉSIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted observó a las personas qué estaban detenidas, los funcionarios le leyeron sus derechos constitucionales? R: Yo no observé que le leyeran sus derechos constitucionales. Es todo.

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuántas habitaciones tiene la casa? R: Dos cuartos y la sala. Seguidamente toma la palabra el acusado y manifestó que los testigos entraron cuando yo estaba esposado, eso es lo que quiero decir, es todo. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Qué características tenía la habitación? R: Era de color Azul y techo de zinc, las dos habitaciones eran parecidas. TERCERA PREGUNTA: ¿Qué implementos llevan los funcionarios para entrar a la casa? R: Una pata de cabra. CUARTA PREGUNTA: ¿Viste para que la usaron o cuándo? R: Yo vi que le cayeron a patadas a la puerta. QUINTA PREGUNTA: ¿Había algún miembro de la familia en la habitación en que tú entraste? R: No. SEXTA PREGUNTA: ¿Estaban en la habitación ustedes dos nada más? R: Sí. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Ha estado detenido? R: No, espero nunca estar detenido. OCTAVA PREGUNTA: ¿Recuerda algún detalle en especial? R: Los niños estaban llorando, porque se asustaron cuando llegaron tumbando la puerta a los golpes. Es todo.

Posteriormente declaró el Experto Á.A., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

La experticia corresponde a un reconocimiento legal, donde se deja constancia del estado, uso, funcionamiento y mantenimiento de la piezas, las piezas corresponden a 3 celulares móviles inalámbricos celulares, dos movistar y uno movilnet, las piezas se estudiaron minuciosamente y la conclusión corresponde a equipos electrónicos con la finalidad de establecer comunicación verbal, escrita o gráfica esa es la experticia realizada por mi persona.

Es todo.”

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿A que prima se refiere? R: Mi prima, es la mama de Karina, al señor Ronaldo lo veo yo de vez en cuando, cuando le da la comida a sus hijos. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Como se llama su prima? R: M.M.. TERCERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene viviendo allí? R: 49 años. CUARTA PREGUNTA: ¿Que tiempo tiene su prima allí? R: Bastantes años. QUINTA PREGUNTA: ¿Conoce los hechos donde fue detenido? R: Me dijeron que se llevaron a Ronald y me extraño que se lo llevaran porque él no vive allí. SEXTA PREGUNTA: ¿Usted sabe donde vive la mamá de Ronald? R: No se. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿De dónde vive Bullo al callejón Manrique es cerca? R: No, es retirado. OCTAVA PREGUNTA: ¿Conoce la casa? R: Una vez, que fui con mi prima a llevarle una ropa a la niña. NOVENA PREGUNTA: ¿A su prima la conocen por algún apodo? R: Yo la conozco por Magali. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Usted por el tiempo que tiene conociéndola, sabe si ha estado detenida? R: Si, ha estado detenida pero no se porque. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿No sabe porque fue detenida? R: No. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Nunca se pregunto por que? R: No, los comentarios decían que por droga. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿A que se dedica Magali? R: A cuidar sus muchachos en la casa. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Cuándo su prima y el acusado fueron detenidos, ella vivía con alguien? R: No, ella andaba con sus muchachos, se que es un muchacho de buena familia y trabajador, yo le veía trabajando de albañil. Es todo.

Seguidamente, la defensa del acusado R.E.B.P., pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuál es la fecha de la experticia? R: 31/08/2006 SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es el número de la misma? R: 9700-118-RT-196 TERCERA PREGUNTA: ¿Con qué guarda relación? R: Las piezas que son recuperadas, son remitidas al departamento de Técnica Policial. CUARTA PREGUNTA: ¿En alguna parte indica el número de investigación? R: Sí, el número es H-218.086. QUINTA PREGUNTA: ¿Las conclusiones guardan relación con los objetos? R: Es el final del estudio que se realiza a la pieza. SEXTA PREGUNTA: ¿Lo importante es para qué se usa? R: La importancia es que se deja constancia del estado de las piezas y de los datos registrados en los mismos. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Indica cuál es la persona? R: Se puede ver que nombre tiene en la pantalla y las llamadas realizadas o recibidas. OCTAVA PREGUNTA: ¿Qué determinaron? En la del numeral 1 Motorola, aparece un saludo que dice @wilmary@, y al acceder al equipo se observa que le corresponde el número 0414-0208372, en el segundo aparece un saludo que se lee @eduarlys@ y al acceder al equipo se observa que le corresponde el número 0414-0251090 y en el tercero aparece un saludo @alejandra@ y cuando se accede al mismo se observa que le corresponde el número 0416-3011897. NOVENA PREGUNTA: ¿La firma al final del Reconocimiento es suya? R: Sí. Es todo.

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted suscribió esa experticia? R: Sí. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ese reconocimiento que se le practica a esos objetos, cuando llega a sus manos, fue ordenada por el Ministerio Público, o es una experticia ordinaria? R: El organismo policial que la colecta, previa instrucciones del Ministerio Público. TERCERA PREGUNTA: ¿Fueron dictadas por escrito u oral? R: Vienen plasmadas en el oficio. CUARTA PREGUNTA: ¿Se puede determinar si guarda vinculación con el delito? R: Sólo se deja constancia de la existencia de las piezas. QUINTA PREGUNTA: ¿Se puede determinar la responsabilidad Penal? R: No me corresponde a mí, hago el estudio de la pieza nada más. SEXTA PREGUNTA: ¿Se logró determinar si alguno de esos objetos, pertenecían a alguna de las dos personas que fueron aprehendidas? R: Desconozco eso, porque yo recibo la pieza para su estudio, pero no le hacemos la trayectoria a la pieza. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Ese reconocimiento es externo o se ve el contenido del mismo? R: Se busca su individualización de marca, modelo, serial y los datos, nombre y números telefónicos. Es todo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal, se le concedió el derecho de palabra al acusado R.E.B.P., quien Expuso:

Buenos Días, ciudadano Juez, yo nunca he vivido en casa de M.M., es ella la mamá de mi pareja, yo voy cada quince (15) días para su casa, mi pareja tenía problemas con su mamá por el problema de la venta de drogas y como ella vivía con su esposo o marido, uno al que le decían El Gordo, siempre han tenido problema por eso mismo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Usted dice que no vivía allí? R: No, con mi mamá. SEGUNDA PREGUNTA: ¿La mamá de su concubina tenía pareja? R: Sí. TERCERA PREGUNTA: ¿El fue él que salió huyendo el día de los hechos? R: Sí. CUARTA PREGUNTA: ¿Esa persona tiene algún hijo con ella? R: Creo que sí. QUINTA PREGUNTA: ¿Usted observó la actividad como tal? R: Pero, como yo iba cada quince días. SEXTA PREGUNTA: ¿Por qué se quedó ese día? R: Por la inseguridad, salí de noche. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Usted estaba con los funcionarios? R: Cuando yo estaba esposado, entraron los funcionarios y después los testigos. Es todo

Posteriormente declaró la Experta PROVALIL SIMAK ANDREA, quien estando legalmente juramentada, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Esta experticia fue practicada por Eusys S.S. y Donnis Zambrano, ellos no laboran en esta institución, fue recibida en la División de Toxicología Forense de los Teques, donde se envía en una bolsa, como metodología que se practica, se abren todos los envoltorios, lo cual resultó ser semillas de fragmentos vegetales, lo cual arrojó el peso de 284 gramos con 600 miligramos, los expertos realizan la metodología correspondiente y dicen que se trata de Marihuana, el contenido de la bolsa plástica transparente era de un polvo de color blanco, el cual arrojó un peso de 91 gramos con 800 miligramos, se le realizaron los análisis químicos correspondientes con un porcentaje de pureza de 79,23 por ciento. Es todo.

Acto seguido, la representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

PRIMERA PREGUNTA: ¿Ustedes verifican lo que llega y después cuándo sale? R: En ese oficio de solicitud de análisis, si no hay discrepancia entre lo solicitado y el físico se hacen los análisis pertinentes, aquí se indican que se devuelve el restante de las muestras, en presencia de los funcionarios, quedando asentado en el libro de control de evidencia, queda cerrado con un recinto de plomo y se devuelve la evidencia. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Ratifique el peso? R: El de la primera muestra 284 gramos con 600 miligramos y en la segunda muestra 91 gramos con 800 miligramos. TERCERA PREGUNTA: ¿Cuál es el número de la experticia? R: 9700-130-6078

. Es todo. De seguidas toma la palabra la ciudadana Juez y le cede la palabra a la Defensa, quién procedió a realizarle las siguientes preguntas: PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo tiene laborando en la División de Toxicología? R: Casi diecisiete (17) años. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es su cargo? R: Directora de la División de Toxicología a Nivel Nacional. TERCERA PREGUNTA: ¿Las sustancias incautadas van acompañadas de algún formato? R: Van con el acta policial o de la Fiscalía, con el oficio donde solicitan que se realice la experticia, aparece la fiscal que conoce el caso, el nombre de los presuntos imputados; cuando chequeamos corroboramos lo reflejado con el acta policial y el oficio remitido al organismo policial, a ver si hay alguna discrepancia y se realiza el análisis. Recuerde que yo estoy hablando en forma general, porque no practique la experticia. CUARTA PREGUNTA: ¿Para qué sirve la práctica de esa experticia? R: Es con los fines de determinar la naturaleza y composición de la misma. QUINTA PREGUNTA: ¿Reconoce alguna de las firmas como suyas? R: No, esa experticia la hizo Donnis y Eusys”. Es todo.”

Fueron incorporadas para su lectura, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes pruebas documentales:

1) Experticia de Reconocimiento Médico Legal, número 9700-118-RT-196, realizado por el experto Á.A., funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, inserta a los folios ciento setenta y ocho y ciento setenta y nueve (178 al 179) de la primera pieza que conforma la presente causa;

2) Experticia Química número 9700-130-6078, de fecha 05/09/2006, practicada por los Expertos DONNIS R.Z. y EUSYS S.S.M., adscritos a la Dirección de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, inserta al folio 25 de la primera pieza del presente expediente.

Por último, una vez finalizada la etapa de recepción de pruebas en el presente Juicio, fueron presentadas las conclusiones por parte del Representante del Ministerio Público, en los siguientes términos:

El Ministerio Público, en relación a la presente causa y con ocasión al inicio, señaló que a través de los medios cursantes en la acusación, iba a tratar de convencer al Tribunal de los hechos, con las personas que fueron promovidas, igualmente el Ministerio Público señaló, que escuchados los testigos y los expertos efectivamente, en cuanto al hecho punible, se encuentra evidenciado el decomiso de una sustancia estupefaciente y psicotrópica, cuando funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicaron la visita domiciliaria en dicha residencia. El Ministerio Público solicitó el sobreseimiento de la ciudadana M.M. y mantuvo la acusación en contra de R.B., en cuanto a las deposiciones de los funcionarios, estos tres funcionarios el 12/12/2008, narraron las circunstancias en que ocurrieron los hechos y describen que allí se encontraba la hija, quien es la presunta concubina del acusado de autos y manifestaron que el Jefe L.E. era quién iba a realizar la aprehensión. Ahora bien, el Ministerio Público quiere hacer referencia que ambos ciudadanos manifestaron, que debajo de un escaparate estaban las dos sustancias, no así J.M., es el que dice que dentro de la misma bolsa estaban las dos sustancias, asimismo, señalan todos lo funcionarios que el acusado se encontraba durmiendo para ese momento, la pareja del ciudadano aquí presente, dice que no se leyó la orden de allanamiento, negaron que su progenitora, la mamá de la concubina, era conocida con la Maga. De igual forma el Ministerio Público, quiere hacer notar que los testigos instrumentales, tienen ciertas y graves contradicciones, el primero de los mencionados dice que la puerta estaba como a 20 metros, el otro dice que los funcionarios llevaron una herramienta con la que forzaron la puerta, y que los funcionarios entraron en principio y los testigos después; Albarran indicó que el no observó lo incautado, pero que lo observó después, en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; un testigo dice que fue debajo de un colchón, después en una repisa, testigo éste que se contradijo de diversas formas, esto fue observado por el Tribunal. Este ciudadano es claro con el lugar donde fue incautado la sustancia, este testigo indico que fue mostrado el contenido de la hierba y de la sustancia blanca, evidentemente nos encontramos en un caso donde tal vez el nerviosismo o el procedimiento de los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, no denota la manera de como ocurrió el mismo, ya que todos los testigos presénciales y promovidos por la defensa, indican que el acusado de autos no vive en la casa donde se realizó la visita domiciliaria, dicho, que fue ratificado por el acusado hoy. Lo que me indica que si en un sitio hay una venta de armas, yo me voy de ese sitio, pero los funcionarios que realizaron la vigilancia estática y a quienes se les preguntó si habían visto al ciudadano acusado de autos, manifestaron que no. El Ministerio Público, dijo que manifestaría si existían elementos, a los fines de relacionar el hecho con el acusado; en el caso en concreto hago el siguiente señalamiento; esta comprobado que el ciudadano se encontraba en la vivienda al momento de los hechos, el lugar de donde se encontraba no está claro en el procedimiento; no sabemos si estaba en el lugar donde se incautó la droga. El Ministerio Público solicita a la Juez en atención a cada uno de los elementos de convicción, que dicte el correspondiente pronunciamiento de conformidad con el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con la sana crítica, ya que un principio constitucional favorece al acusado, existe la duda razonable, aún cuando el Ministerio Público sabe que hay un hecho donde se constató la comisión del hecho punible, pero no es posible atribuir ese hecho al acusado, en consecuencia debe éste Tribunal dictar la correspondiente sentencia. Es todo

En el mismo acto, la defensa del acusado R.E.B.P., presentó sus conclusiones en los términos siguientes:

Ciudadana Juez, en mi carácter de Defensor Privado del ciudadano Bullo y escuchando la exposición de la representante del Ministerio Público. hago eco de su exposición ya que está siendo clara y precisa, pero de los resultados del acervo probatorio, no quedó otra alternativa, ya que se creó la duda por los hechos, lo que se traduce en duda favorable, es decir, el principio del In Dubio Pro Reo, por lo que se debe tomar la decisión que favorezca al acusado, ya que ninguno de los órganos de prueba sirvió para demostrar, que la sustancia incautada estuviese bajo la esfera del dominio del acusado. En tal sentido al no demostrarse el hecho, solicito una sentencia absolutoria a favor del acusado y utilizando las máximas de experiencia, solicito que se dicte una sentencia absolutoria.

CAPÍTULO “III”

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE ESTE TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS Y FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Este Juzgado luego del detenido análisis de los elementos probatorios debatidos en el presente juicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a determinar los hechos que quedaron probados en el mismo, teniendo como base la sana crítica, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias. En consecuencia tenemos:

Que el Representante del Ministerio Público, presentó formal Acusación en contra del ciudadano R.E.B.P., por la comisión del delito de TRÁFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, acusación esta que fue admitida previamente por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal.

Ahora bien, evacuadas todas las pruebas que se presentaron en el juicio oral y público, el Ministerio Público no pudo acreditar la participación del acusado R.E.B.P., en la comisión del delito de TRÁFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el cual presentara formal acusación, sustentada en un cúmulo de elementos de convicción, cuyo ofrecimiento de comprobación en juicio fue deficiente, pues si bien los funcionarios NEOMAR J.M.L., J.R.M. y P.L.G.M., actuantes en el procedimiento que trajo como consecuencia la aprehensión del acusado R.E.B.P., son contestes en afirmar que en la habitación donde dormía el mismo incautaron una bolsa de color negro, en cuyo interior habían cuarenta y ocho (48) envoltorios contentivos de Doscientos Ochenta y Cuatro (284) Gramos con Seiscientos (600) Miligramos de Marihuana (Canabis Sativa L.) y una bolsa plástica transparente, contentivo de Noventa y Un (91) Gramos con Ochocientos (800) Miligramos de Cocaína en Forma de Clorhidrato, sustancia esta acreditada con la Experticia Química-Botánica Nº 9700-130-6078, de fecha 05/09/2006, practicada por los Expertos DONNIS R.Z. y EUSYS S.S.M., adscritos a la Dirección de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, inserta al folio 25 de la primera pieza del presente expediente, la cual fue incorporada al juicio en fecha 03 de Marzo del año en curso; así mismo, aducen haber decomisado tres celulares, existencia que quedó comprobada con el testimonio del Experto Á.A., quien suscribiera la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-118-RT-196, en fecha 31 de Agosto de 2006; los ciudadanos P.A.G.A. y L.E.A.A., quienes sirvieron de testigos instrumentales para la realización de la visita domiciliaria, no corroboran el dicho de los funcionarios policiales, toda vez que el primero de los mencionados señala: “La vez del allanamiento, yo iba saliendo de mi casa cuando el funcionario me pidió la cedula no sabia de que se trataba, me convidaron a que los acompañara no sabia que era un allanamiento, bajamos hacia donde vivía la persona, la familia la conozco porque son vecinos, los otros estaban antes de llegar a la casa, después que penetraron en la casa nos mandaron a pasar ellos empezaron hacer revisiones, le leyeron a los que vivían en la casa la orden de allanamiento mientras esperamos, luego empezaron a revisar la casa y nos llevaron a otra habitación, si consiguieron una bolsa pero yo no se el contenido de la bolsa e ignoro lo que había y fue cuando se llevaron al ciudadano y a la otra ciudadana que estaba allí y nos llevaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a realizar la declaración. No Tengo más nada que decir. Es todo.” y a preguntas formuladas contestó: “…¿Señor Pedro usted vive cerca? R: Si yo vivo en una calle y ellos en la otra…¿Usted conoce a las personas? R: Si porque viven allí desde hace años…¿Usted sabe si las personas que se encontraban en la vivienda vivían allí? R: No se…¿Cómo se llama el sector? R: Callejón Manrique…¿En ese callejón viven personas de la misma familia? R: No se…¿Tienen el mismo apellido? R: Si son Manrique, son familia, pero si hay otros con el apellido y no son familia no se…¿Cuándo usted llegó al procedimiento quienes estaban? R: La mamá de la muchacha que estaba allí sentada, el muchacho y un niño…¿Había más de un niño? R: No recuerdo, creo que es la hija de él…¿Usted afirma que estaba la hija? R: Si la que estaba allí sentada…¿Donde estaba la muchacha? R: Cuando entre ella estaba sentada en la cocina…¿Ella caminaba por el lugar? R: No…¿Quien abrió la puerta? R: No se porque estaba esperando que el funcionario me llamara y abriera la puerta...¿Usted sabía que iban a hacer un allanamiento? R: Cuando leyeron el acta a la señora, a la muchacha y al muchacho…¿Cuantas habitaciones tenía esa casa? R: Que yo sepa, dos habitaciones dormitorios…¿Cuando le mostraron la bolsa de que color era? R: Creo que negra…¿Era de plástico? R: Si…¿Los funcionarios sacaron lo que estaba en la bolsa? R: No, no recuerdo que contenía no se…¿Usted observó que había algo? R: No, porque a mi no me dijeron mira lo que está acá...¿Vio que incautaran algún otro objeto? R: No recuerdo…¿Sabe el nombre de la dueña de la vivienda? R: La señora Magali…¿Es conocida por algún apodo? R: No se, siempre por Magali…¿Allí vivía otra persona? No se…¿Quienes estaban? R: La señora Magali, su hija y la niña…¿Cuando los funcionarios levantan el procedimiento y se retiran de la vivienda, usted se fue con los funcionarios? R: Si…¿A quienes detuvieron? R: A la señora Magali y al muchacho…¿Conocía al muchacho? R: No…¿Conoce a la otra persona que fungió como testigo? R: No…¿Como se llama donde lo llamaron? R: Calle Montenegro…¿Usted sabe a que cuerpo policial pertenecía los funcionarios? R: Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas…¿Estaban identificados? R: Tenían el carnet, pero no dijeron que eran…¿Cuántos funcionarios eran? R: Creo que cuatro, no recuerdo bien…¿Dónde consiguieron lo que incautaron los funcionarios? R: En un solo espacio…¿Sabe de donde la sacaron? R: La sacaron de un escaparate por debajo…¿Los dos testigos pasaron por todas las habitaciones? R: Yo estuve en una y después me llamaron para la otra…¿En la segunda estaban revisando? R: Sí…¿Cuánto tiempo duro el procedimiento? R: No tengo ni idea…¿Usted observo que le hayan manifestado a las personas que quedaban detenidas? R: No recuerdo…¿Agredieron a alguna persona en el sitio? R: No hubo agresión…¿Cuándo llegaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, le mostraron lo que incautaron? R: Allí si, una hierba…¿Recuerda si estaba suelto? R: Eran varias cositas…¿Le ha llegado alguna citación? R: No primera vez…¿Ha declarado otras veces? R: No primera vez…¿Algunas personas se acercaron a preguntar que paso? R: No…¿A que distancia estaba usted cuando leyeron la orden? R: Cerca…¿Las personas opusieron resistencia? R: No, permitieron el acceso…¿Dónde estaba usted? R: Estaba llegando a la esquina cuando me pidieron la cedula…¿Cuándo le piden la colaboración cuantos funcionarios fueron? R: Uno solo…¿Le pidió la cedula y le dijo para que era? R: Si, que los acompañara porque iban a hacer algo, pero no me dijeron que era un allanamiento…¿A que hora? R: Como a las siete, siete y cuarto de la mañana…¿Estuvo presente cuando le pidieron la colaboración al otro testigo? R: Si…¿A que distancia se encontraba? R: Como a quince o veinte metros…¿Se lograba visualizar la entrada de la casa? R: No exactamente…¿Usted vio quien atendió a los funcionarios? R: No…¿Observó a los funcionarios cuando entraron? R: No, ellos nos llamaron cuando estaban adentro…¿Usted entro en compañía de alguien? R: Del otro testigo…¿Una vez adentro logro observar el procedimiento o revisión de la misma? R: Ellos me llamaron a una habitación que estaban revisando, después me llamaron a la otra habitación…¿Quién se encontraba en la otra habitación? R: El funcionario solo, no recuerdo si estaba solo…¿Cuándo observa el hallazgo de la droga? R: En la otra habitación con el otro testigo…¿Se hizo el hallazgo de alguna sustancia ilícita? R: No se, de eso no conozco…¿Usted desconocía el contenido de la bolsa? R: por supuesto…¿Usted vio si le hicieron alguna experticia a la sustancia? Toma la palabra la Fiscal y objeta la pregunta, seguidamente la Juez lo insta a reformular…Los funcionarios sacaron el contenido de la bolsa? R: En ese momento no…¿Cuándo le enseñaron el contenido de la bolsa? R: En el comando…¿Cómo estaba el contenido en la bolsa? R: Como en porciones…¿Observó que había dentro de las porciones? R: No...¿Los funcionarios le dijeron que había? R: No, ellos me enseñaron una hierba…¿Quienes estaban? R: estaba yo solo y después llamaron al otro...¿Cuándo los funcionarios ingresaron, cuanto tiempo pasó para que lo llamaran? R: No tengo idea...¿Quién leyó el acta? R: El testigo que estaba conmigo...¿A quien iba dirigida la orden? R: No se.,,¿Usted recuerda cuantos funcionarios estaban en ese procedimiento? R: Creo que cuatro…¿Andaban e una unidad o vehículo particular? R: Vehículo particular…¿Cuántas habitaciones revisaron? R: Dos…¿Estuvo en revisión en algunas otras áreas? R: No…¿Vio en alguna habitación a alguien durmiendo? R: Cuando yo llegue no…¿Usted presto su consentimiento para ser testigo o fue obligado? R: Yo dije que no tenía nada que ver, pero me dijeron que la ley obliga, yo no fui porque yo quise…¿Se sintió obligado por los funcionarios? R: Bueno me quitaron la cedula.” y L.E.A.A., manifiesta al respecto: “Yo me iba a trasladar a mi trabajo como a las 6 y 30 de la mañana, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, me pidieron la cédula, los funcionarios me dijeron que yo los tenía que acompañar a un operativo, le dije que no quería prestarme para eso, ellos me dijeron que me pondrían un (1) Guardaespaldas, me pusieron como cuatro (4) Guardaespaldas, yo leí un papel, hicieron el allanamiento, no violaron los derechos de nadie hicieron su requisa, consiguieron lo que tenían que conseguir, ni siquiera vivo en ese callejón, no tengo nada que ver, no conozco al ciudadano de sala, nunca lo he visto, habían algunos niños, los funcionarios le respetaron los derechos a todos los que estaban allí, ellos siguieron sus procedimientos, yo no tengo idea de que estaban buscando. Después me llevaron para el paso y no se el señor que se hizo, soy estudiante de Derecho de la Universidad Bolivariana de Venezuela, se cuales son mis derechos. Es todo.” y a preguntas formuladas contestó: “…¿En qué fecha fue el procedimiento? R: No tengo ni idea, de que día fue…¿A qué hora? R: Como a las 6 y 30 de la mañana…¿En qué parada se encontraba? R: En la parada de El Vigía, cerca del Liceo, no recuerdo el nombre del liceo, se que está cerca de Residencias Villa Francesa…¿Cuándo acompaña a los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? R: Los funcionarios me dijeron que colaborara, me acompañaron para que fuera como testigo y no se le violaran los derechos a las personas...¿Sabe qué sector fue? R: No se como se llama el sector...¿De dónde lo abordaron hubo un trayecto largo? R: El recorrido fue de 5 a 10 minutos…¿El otro testigo estaba cerca? R: No, al otro testigo lo agarraron primero…¿Era una persona joven o mayor? R: Mayor…¿Usted conocía a la otra persona? R: No ni de vista, ni de trato…¿A las personas que estaban en la casa del procedimiento, conocía a alguna? R: No…¿Qué leyó? R: Leí un número de expediente y que se iba a hacer un allanamiento…¿Leyó un papel donde decía que los funcionarios estaban autorizados? R: Sí, que estaban autorizados por el Ministerio Público…¿Cuántos niños vio? R: Como ocho (8) niños de diversas edades…¿Usted recuerda a cuántas personas aprehendieron? R: Había una persona detenida, porque la tenían en el piso y nunca la llegué a identificar…: ¿Le leyeron los derechos a alguien? R: Sí, se llevaron dos personas esposadas en ese momento…¿Las dos personas que se llevaron eran femeninas? R: Una era femenina y el otro un caballero…¿Usted estaba al lado de los funcionarios? R: si estaba al lado de ellos...¿Qué recuerda de la vivienda? R: Que revisaron todo lo que tenían que revisar y eran dos cuartos…¿El otro testigo estaba con los funcionarios? R: Sí…¿Qué le dijeron los funcionarios que incautaron? R: Que consiguieron Droga…¿Dónde la consiguieron? R: Dentro de la casa…¿En qué parte de la vivienda? R: Creo que debajo del colchón, para ese momento estaba presente con los funcionarios…¿Usted dice que sacaron algo, de dónde? R: Debajo de una cama…¿Esa cama era matrimonial o individual? R: Una cama grande, matrimonial…¿Qué había en el cuarto? R: Ropa, zapatos, teléfonos, pañales, blumers, pantalones, medias, un DVD…¿Llegó a observar algún escaparate? R: Había un closet pequeñito…¿Los funcionarios abrieron ese closet? R: Sí, allí ellos consiguieron la Droga…¿De dónde sacó el funcionario la Droga? R: Del cuarto donde estaba el Closet…¿Dónde sacaron droga debajo de la cama o del closet? R: En los dos lados…¿Quién le abrió la puerta? R: Los funcionarios llegaron con un equipo y la forzaron, le dieron una patada a la puerta…¿A quién le leyó la orden? R: Delante de los funcionarios y la familia, los que estaban en la casa…¿Qué personas estaban? R: Dos mujeres, una de pelo liso y una serie de niños, como ocho niñitos…¿Dónde estaba el señor que se llevaron? R: No se los del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, le pusieron unos pantalones y lo tenían en el piso esposado…¿Usted escucho que huyó alguna persona del sitio? R: Si huyo una persona del sitio y se les escapó, el funcionario dijo que por la parte de atrás…¿Los funcionarios estaban identificados? R: Sí, tenían su chaqueta y uniformes…¿Cómo cuantos funcionarios? R: Como 8…¿Los 8 funcionarios estaban dentro de la vivienda? R: 5 dentro de la casa y 3 afuera…¿Cuántos realizaron la revisión? R: Se separaron, yo me quedé con un funcionario y el otro testigo con otro…¿El policía que usted acompañaba, cual de los dos estaba en la habitación y qué se incautó? R: Me llamaron cuando consiguieron lo que estaban buscando…¿Le mostraron lo qué encontraron? R: Marihuana o Bazuco…¿Cómo era lo que incautaron? R: Estaba en papel de aluminio y en una bolsa transparente blanca…¿Estaban separados? R: Sí…¿Lo qué estaba en aluminio lo abrieron? R: Sí…¿El otro testigo también lo vio? R: Si estaba al lado mío…¿Cómo cuántos paquetes de papel aluminio? R: 48 paquetes…¿Cómo lo recuerda? R: Porque el funcionario las estaba contando…¿Cuántos cuartos habían? R: Dos…¿Usted estaba con el funcionario? R: El funcionario en dos sitios distintos encontró lo que estaba buscando…¿El funcionario buscó en todo lo que estaba en el cuarto? R: Sí, la Droga estaba bajo un escaparate, como una mesita o repisa…¿Qué encontró? R: Unos papeles de aluminio, las contó delante de mí…¿Estaba en una Bolsa de Papel, cómo estaba? R: En una bolsa negra…¿Cuándo vio a las personas detenidas? R: En el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas…¿Con usted rindió declaración el otro testigo? R: Sí…¿Cuándo salió de la vivienda habían vecinos? R: Si, vecinos de la parte de abajo, viendo nada más, a unos cuantos metros…¿Cuándo fue incautada la bolsa negra, usted fue sólo o con el otro funcionario? R: Estaba yo solo con un funcionario y fue cuando llamaron al otro testigo y al funcionario, y empezaron a contar delante de nosotros…¿Usted manifestó, que se encontraba en la parada a primera hora de la mañana, le pidieron su colaboración, lo hizo de manera espontánea? R: Para mi fue una sorpresa, fui obligado…¿Ellos le explicaron o le dijeron que procedimiento iban a aplicar? R: No, solamente me dijeron que los acompañara…¿Estaban en una unidad identificada? R: En un vehículo particular…¿Cuándo arriba con los funcionarios al sitio, ya habían funcionarios allí? R: Todos los funcionarios estaban reunidos esperando al otro testigo…¿Cómo era el lugar? R: Un callejón, en una bajada inclinada…¿Dónde estaban los funcionarios? R: Todos estaban afuera y entraron como cuatro o cinco…¿Qué observó? R: Tumbaron la puerta…¿A qué distancia estaba cuando vio a los funcionarios? R: Como a un metro…¿Cuánto tiempo transcurrió para que usted entrara? R: Dos o tres minutos…¿Qué hizo cuándo ingresó a la residencia? R: Me dieron el acta para que la leyera…¿Cuándo dio lectura al acta, ya habían unas personas esposadas? R: Sí, había una persona…¿Recuerda el interior de la vivienda? R: La casa estaba de frente a una bajada inclinada, era como dos casas en una…¿Usted presenció la revisión de la casa? R: En la sala y en una habitación…¿Usted manifestó que estaba en compañía de un funcionario, cuando hallan la droga? R: Sí, estaba en compañía del funcionario y cuando lo consiguió llamó al otro testigo, sólo estaba yo y el funcionario, los otros no estaban…¿En cuál de los tres sitios fue que usted observó que encontraron la droga? R: En la repisa era como un gabinete de tres gavetas...¿Dónde estaba? R: Por debajo, yo vi. cuando sacaron la bolsa negra y me llamó para que lo ayudara a contar…¿Usted vio cuando sacó la bolsa? R: Yo no vi cuando saco la bolsa…¿El funcionario le enseñó el contenido? R: Era como un monte y un polvito...¿Esos dos tipos de sustancias estaban en la misma bolsa? R: El me enseñó la bolsa, me enseñó la hierba…¿Qué había dentro de la bolsa negra? R: Hierba y en la bolsa transparente un polvo blanco…¿Dónde fue hallada esa bolsa transparente? R: El sacó todo de la Bolsa negra…¿Una vez culminado el procedimiento que sucedió? R: El funcionario llamó al otro testigo para que le enseñara lo que consiguió…¿Cuándo hicieron el conteo estaba el otro testigo? R: Sí…¿Cuánto tiempo duro el procedimiento? R: 1 hora y 45 minutos…¿Qué sucedió después? R: Me trasladaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y rendí declaraciones como una hora...¿Usted observó a las personas qué estaban detenidas, los funcionarios le leyeron sus derechos constitucionales? R: Yo no observé que le leyeran sus derechos constitucionales…¿Cuántas habitaciones tiene la casa? R: Dos cuartos y la sala. Seguidamente toma la palabra el acusado y manifestó que los testigos entraron cuando yo estaba esposado, eso es lo que quiero decir, es todo…¿Qué características tenía la habitación? R: Era de color Azul y techo de zinc, las dos habitaciones eran parecidas…¿Qué implementos llevan los funcionarios para entrar a la casa? R: Una pata de cabra…¿Viste para que la usaron o cuándo? R: Yo vi que le cayeron a patadas a la puerta…¿Había algún miembro de la familia en la habitación en que tú entraste? R: No…¿Estaban en la habitación ustedes dos nada más? R: Sí…¿Ha estado detenido? R: No, espero nunca estar detenido…¿Recuerda algún detalle en especial? R: Los niños estaban llorando, porque se asustaron cuando llegaron tumbando la puerta a los golpes...”; obviamente ambos testimonios son contradictorios entre si y más aún con el dicho de los funcionarios aprehensores, tal y como lo señala la Representación Fiscal en sus conclusiones. Tales contradicciones crean en esta Sentenciadora una situación de duda, respecto a la participación del ciudadano R.E.B.P., en la comisión del delito de TRÁFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y más aún cuando los ciudadanos A.K.M., M.V.M.P., Y.Y.M.S., B.M.M.D.Á., J.B.M.S., C.A. APONTE MANZANO, ADRÉS E.T.M., J.G.L.P. y N.M.M.L., manifestaron al unísono que el mismo no reside en el inmueble donde los funcionarios localizaron las sustancias estupefacientes supra descritas y que sólo visita esa residencia cuando le lleva el alimento o el dinero para éste a su menor hija, por lo que estima quien aquí decide, que el hecho que se encontrara el día del allanamiento, pudo haber sido coincidencia.

Como puede advertirse, los testigos que depusieron en el juicio oral y público, no corroboran la versión policial que sustentó la acusación Fiscal, por lo que esta Sentenciadora se encuentra ante una duda razonable, que en nuestro léxico jurídico se denomina IN DUBIO PRO REO, es decir la duda favorece al reo, en este caso al ciudadano R.E.B.P.; por lo que obviamente la misma fenece ingrávida y sin asidero probatorio alguno, lo que conlleva inobjetablemente a su exculpación.

Corolario de lo expuesto, estima quien aquí decide, que en el presente caso se pudo concluir fundamentalmente, que el caudal probatorio evacuado durante el debate oral y público, no tuvo la consistencia necesaria exigida por el Legislador, para llegar a la certeza de la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal del acusado R.E.B.P., en la comisión del delito de TRÁFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el contrario coadyuvó a la demostración de su inocencia al respecto, tal como lo adujo la Representación Fiscal al momento de exponer sus conclusiones, razón por la cual lo procedente y ajustado a derecho es ABSOLVER al mencionado ciudadano de dicho ilícito, contenido en la Acusación formulada por el Ministerio Público, todo lo cual de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal y ASÍ SE DECLARA.

D E C I S I O N

En base a las anteriores observaciones, ESTE JUZGADO SEGUNDO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE al acusado R.E.B.P., titular de la cédula de identidad Nº V-16.889.387, ampliamente identificado en autos anteriores, de la acusación que por el delito de TRÁFICO ATENUADO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, le formulara el Ministerio Público. SEGUNDO: EXONERA al Estado del pago de las costas procesales, a que se refieren los artículos 266 y 268 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: DEJA SIN EFECTO la medida de coerción personal que pesa sobre el mencionado acusado y en consecuencia, se Decreta la L.P. del mismo, la cual fue ejecutada en fecha 03 de Marzo de 2009, fecha en que concluyó el presente juicio.

Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes, por cuanto la presente sentencia se publica fuera del lapso establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de ESTE JUZGADO SEGUNDO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN LOS TEQUES, a los 31 días del mes de Marzo del año DOS MIL NUEVE. 198º DE LA INDEPENDENCIA Y 150º DE LA FEDERACIÓN.

LA JUEZ

Dra. INDIRA LIBERTAD ROMERO MORA

EL SECRETARIO

Abg. YORMAN BALDINI

Seguidamente, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente sentencia.-

EL SECRETARIO

Abg. YORMAN BALDINI

ILRM/ilrm

Exp. Nº: 2M-065-06

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