Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio de Merida (Extensión Mérida), de 27 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteJosé Gregorio Viloria Ochoa
ProcedimientoSobreseimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 27 de Agosto de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-002839

ASUNTO : LP01-P-2007-002839

TRIBUNAL UNIPERSONAL

JUEZ: ABG. J.G.V.O.

SECRETARIA: ABG. Y.C.V.

CAPITULO I

DE LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADOR: J.B.O.P., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V-11.953.261, ingeniero químico, domiciliado en Tabay estado Mérida.

ACUSADO: J.Á.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 10.108.663, domiciliado en la Población de Tabay, Mérida, Estado Mérida, específicamente en: Avenida Sucre casa n° 1-7 y civilmente hábil.

DEFENSORA: Abogada L.Z.P.C..

CAPITULO II

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL PROCESO

De acuerdo a la acusación interpuesta por el referido acusador privado ejerciendo la acción penal en nombre propio, según el vigente artículo 25 del Código Orgánico Procesal Penal y admitida el día 25-07-2007; el hecho objeto del proceso es el siguiente:

Es público y notorio que el día miércoles 09 de Mayo del año 2.007, entre las 08:00 p.m. y las 09:00 p.m., laborando como moderador el ciudadano O.P., Director-Productor del Programa Radial, "LA HORA DE LAS PINCELADAS" y en presencia del ciudadano R.H.; como Operador de Controles de la "EMISORA COMUNITARIA EL PEDREGAL 105.7 FM",ubicada en la Población de "El Pedregal", Tabay, Municipio s.M., Estado Mérida, bajo la Dirección del ciudadano C.K.; realizó llamada telefónica para ser entrevistado el ciudadano: J.A.G., quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad número 10.108.663,domiciliado en la Población de Tabay, Mérida, Estado Mérida, específicamente en: Avenida Sucre casa NO 1-7 y civilmente hábil, para la realización del Programa Radial "LA HORA DE LAS PINCELADAS', al iniciarse el programa, el entrevistado J.A.G., procedió desde allí a proferir insultos, agravios y conceptos difamantes contra mi persona, aduciendo entre otras cosas: " .... que en la Alcaldía que yo dirijo existe una marcada corrupción, que mi persona se ha aprovechado de los dineros del erario público que existen inconsistencias en las obras ejecutadas en la Alcaldía que dirijo, llegando incluso al extremo de denunciar públicamente en el precitado programa "LA HORA DE LAS PINCELADAS' que mi gestión se caracteriza por ser ineficiente, incapaz e irresponsable, además de corrupta y sinvergüenza; increpando además que me he vuelto rico de la noche a la mañana, que tiene pruebas en la mano de los actos de corrupción .... ". Pero además, en el programa televisivo dirigido por la Periodista J.A.M., denominado "NOTICIAS TAM

a horas del mediodía, en fecha 04 de Septiembre del año 2.006, procedió de igual manera a proferir conceptos difamantes contra mi persona, tales como, " .... que la Alcaldía que yo dirijo existe una marcada corrupción, que mi persona se ha aprovechado de los dineros del erario público que existen inconsistencias en las obras ejecutadas en la Alcaldía que dirijo, que existe marcados sobreprecios de las obras ejecutadas .... '~ De la misma manera en el "DIARIO FRONTERA" de fecha sábado 14 de Julio del 2.007, en la página 3-A, el precitado J.A.G., profiere expresiones difamantes contra mi persona, tales como, '~ ... presunta malversación y desviación de los recursos mil millonarios .... que los recursos fueron malversados y no aparecen. ... que entregaron los documentos que demuestran las fallas administrativas respecto al proyecto agro turístico y endógeno del municipio .... " Es el caso ciudadano Juez, que el precitado J.A.G., se ha dado a la tarea en una forma sistemática y constante de difamarme por ante diversas instancias, llegando al extremo de hacer públicas sus difamaciones por los medios audiovisuales y periódico antes descritos, "EMISORA COMUNITARIA EL PEDREGAL 105.7 FM"; "NOTICIAS TAM'~ Y "DIARIO FRONTERA",imputándome hechos determinados capaces de exponerme al desprecio y alodio público, ofendiendo con ello mi honor y reputación. Debo acotar que mi persona, J.B.O.P., me he desempeñado como Alcalde de la Población de Tabay, Municipio S.M., cargo que ocupo por haber sido electo en votación popular, por lo que, me he hecho merecedor del respeto, aprecio y la estima de toda la colectividad de mi Municipio y de la colectividad merideña, así como la consideración como ciudadano honorable, fiel cumplidor de la Constitución y las Leyes de la República Bolivariana de Venezuela. Como consecuencia de los hechos antes especificados e imputados contra mi persona .J.B.O.P., hechos cometidos por el ciudadano J.A.G., mi honorabilidad, reputación, dignidad e integridad, se ha visto afectada de la siguiente forma: 1.- En el círculo social frente a mis amigos, mi honorabilidad y reputación se ha visto disminuida, ya que al hacerse públicas las imputaciones en los medios audiovisuales e impresos antes mencionados, mi círculo de amistades se han reducido a su mínima expresión, ya que los señalamientos difamantes han afectado mi integridad social. 2.- En el círculo político y laboral me he visto afectado por los señalamientos públicos hechos en mi contra por J.A.G., ya que tales imputaciones han afectado la posibilidad de un crecimiento en mi vida política”

Esta es la base fáctica sobre la cual versó el debate contradictorio de las partes, constituyendo para el Tribunal el “thema decidendum” en la presente causa. Por su parte, el tribunal de juicio, admitió acusación penal en contra del ciudadano J.Á.G. (ya identificado) por la presunta comisión del delito de difamación agravada, contemplado en el artículo 442 del Código Penal.

CAPITULO III

HECHOS DEMOSTRADOS

El Tribunal unipersonal concluye que sí quedó demostrado en el debate probatorio el hecho objeto del proceso, es decir: que el acusado de autos, el día 09 de mayo de 2007, a través del espacio denominado “La Hora de las Pinceladas” transmitido por Radio El Pedregal (hoy Fe y Alegría) emitió diversos comentarios respecto a las denuncias realizadas contra ciudadano B.O., alcalde la ciudad de Tabay, manifestando su solicitud de que “se llegue a buscar a los verdaderos culpables que se llevaros tres millardos de bolívares de la administración de B.O.. Estos tres millardos de bolívares como le quiero recordar al Municipio S.M.e.d. proyecto endógeno que abarcaba las fachadas de Tabay, abarcaba el centro de acopio de San R.d.T., abarcaba el mercado artesanal de Tabay y realmente pues hemos visto que llegaron los recursos y las obras como el p.d.S.M. puede ver el mercado artesanal está paralizado, el centro de acopio tampoco está funcionando y por eso queremos ver donde está este dinero que llegó del gobierno nacional acá al gobierno municipal”. De igual manera al referirse directamente al ciudadano B.O., expresó: “el p.d.T. sabe que B.O. no merece un referendo B.O. se merece que renuncia inmediatamente al cargo de alcalde por qué, porque ha sido ineficiente, ha sido incapaz, ha sido irresponsable con esta gestión. Nosotros no habíamos tenido un gerente tal malo como B.O. (….) Lo que le pedimos inmediatamente a B.O. es que renuncie, que renuncia por ineficiente, por corrupto, por sinvergüenza, porque no ha tenido la valentía de decirle al contralor, y de decirle a los contratistas que las obras tienen que realizarse, que la sobras tienen que supervisarse y por eso estamos pidiendo la renuncia de este ciudadano alcalde de S.M. que como lo repetí nunca habíamos tenido un gobierno tal malo, tan ineficiente”, expresiones lesivas del honor y reputación de la víctima y que lo exponen al escarnio público, máxime cuando fueron difundidas por un medio de comunicación.

De igual manera, quedó probado que en declaraciones suministradas por el ciudadano J.Á.G., en el programa Noticias TAM, transmitido el día 04-09-2006, tal como se estableció en la reproducción- del formato VHS, que fuera admitido como prueba material para el debate de juicio; éste manifestó entre otras cosas: “…sobre irregularidades en el plan de rescate de fachadas de Tabay. En la iglesia se gastaron 154 millones y faltan 325 para que sume 480 millones. Uno de los que tiene culpabilidad es el Alcalde por cómplice. Aquí se perdió esta cantidad de dinero, voy a denunciar a P.T. por estar frente al Instituto Municipal de la Vivienda. Proyecto Artesanal 450 millones. No merecemos que cuatro señores (cuatro locos que están en la alcaldía) hagan eso. No se trata de desprestigiar al alcalde Otalora ni a P.T., sino de denunciar, voy a denunciar en la Fiscalía…están robando los dineros municipales. La alcaldía está sumergida en corrupción…” expresiones lesivas del honor y reputación de la víctima y que lo exponen al escarnio público, máxime cuando fueron difundidas por un medio de comunicación.

Empero, el Tribunal también consideró demostrado que en la presente causa operó la prescripción judicial de la acción penal con arreglo a lo dispuesto en los artículos 442, 450 y 110, segundo aparte, del Código Penal. En efecto, la presente causa se inició mediante acusación privada de la víctima, presentada al Tribunal en fecha 17-07-2007, cuya admisión fue proferida el 25-07-2007. Siendo que se trata de un delito continuado, concretado a través de las declaraciones de prensa realizadas por el acusado en fechas 04-09-2006 (TAM) 09-05-2007 (Radio El Pedregal), el cómputo del lapso de prescripción judicial comienza a partir del inicio del proceso. En este sentido, advierte el Tribunal que el artículo 250 del Código Penal señala el lapso de un (01) año respecto a la prescripción ordinaria; siendo la extraordinaria o judicial (artículo 110, segundo aparte, eiusdem) el lapso de la primera, más la mitad del mismo. El presente proceso se inicia con el auto de admisión de la acusación privada, que tuvo lugar el 25-07-2007, trascurriendo de la mencionada fecha hasta la presente: tres (03) años, un (01) mes y un (01) día; es decir, un lapso superior al de un (01) año y seis (06) meses, determinado legalmente para que opere la prescripción judicial. Dicha prescripción judicial es de orden público, conforme a la jurisprudencia vigente en el Tribunal Supremo de Justicia, y por, declarable de oficio. En consecuencia, procede la declaratoria de extinción de la acción y el sobreseimiento de la causa, conforme a los artículos 48.7 y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

CAPÍTULO IV

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

En la Audiencia Oral y Pública de Juicio fueron realizadas las pruebas admitidas con los resultados siguientes:

I

TESTIFICALES

1) Declaración de J.Á.G. (acusado) quien manifestó: “Mi intención cuando hice esos señalamientos no fue difamar al ciudadano J.B.O., lo que hice fue informar de una denuncia hecha por mi persona en el Ministerio Público. En ningún momento le quise dañar la imagen; sólo le dije y quise hacer fue informar a la comunidad de S.M.. Yo todavía pertenezco al C.C., yo hice esos señalamientos de presuntas irregularidades del proyecto de desarrollo endógeno. Yo siempre he hecho la contraloría en nombre propio. El programa “Pinceladas” no se transmite de 8 a 9 de la noche, sino de 1 a 2 de la tarde. Yo llamé varias veces a ese programa a informar a la comunidad. En ningún momento yo he dicho que la gestión de ese alcalde sea corrupta, simple y llanamente he informado a la comunidad de presuntas irregularidades en el proyecto endógeno de desarrollo. Yo si fui al programa de la periodista A.M. y sólo informé de la denuncia hecha por mí. En cuanto al diario Frontera, yo informe en esa prensa y casi todos los medios sobre el manejo y ejecución del programa de desarrollo endógeno. No recuerdo en qué fecha hice la denuncia.”

Al examinar la declaración del acusado observa el Tribunal que la misma contiene el alegato según el cual éste acepta haber efectuado denuncias ante la Fiscalía del Ministerio Público y prensa (televisión y diario Frontera y en el progre La Hora de Las Pinceladas) “de presuntas irregularidades del proyecto de desarrollo endógeno”, negando haber dicho que la gestión del alcalde B.O. sea corrupta. Destaca el alegato defensivo de negar el animus difamandi, al señalar “Mi intención cuando hice esos señalamientos no fue difamar al ciudadano J.B.O., lo que hice fue informar de una denuncia hecha por mi persona en el Ministerio Público” .

Estima el Tribunal necesario, cotejar las afirmaciones y negaciones contenidas en el dicho del acusado, con los resultados de las demás pruebas allegadas al proceso, para el adecuado establecimiento de los hechos y la eventual responsabilidad penal que pudiera derivar de los mismos, tarea en la que no basta la sola declaración exculpatoria del acusado, pues sabido es que la declaración del imputado/acusado es un medio para su defensa, siendo de destacar adicionalmente, que la misma es expresión del ejercicio de la defensa material que preconiza la Constitución vigente (artículo 49). Ergo, tal declaración debe ser acogida o no –en el proceso adversarial- en perspectiva con las pruebas de cargo. No obstante, de la declaración en referencia surge el reconocimiento (expreso) por parte del acusado, de haber denunciado ante los medios de comunicación Diario Frontera y Televisora A.d.M., así como en el programa radial La Hora de las Pinceladas, sobre el manejo y ejecución del programa de desarrollo endógeno. Reconocimiento que encuentra ratificación en el texto de la nota de prensa suscrita por la periodista S.P. en el Diario Frontera, edición del 14-07-2007; en la declaración del señor O.P. conductor del espacio radial La Hora de las Pinceladas transmitido el día 09-05-2007 por la emisora comunitaria El Pedregal, y con la declaración de al periodista A.M., presentadora del programa “Noticias TAM” transmitido el día 04-09-2006, por la Televisora A.d.M., tal como se explicará infra al a.c.u.d.t. pruebas. Ase declara.

2) Declaración del ciudadano J.O.P.D., “La Radio “El Pedregal” (hoy Fe y alegría) yo conduzco un programa “La Hora de las Pinceladas” de una hora, allí se entrevistan invitados en horas del mediodía del día miércoles. Allí la gente informa, denuncia lo que crea conveniente acerca de la comunidad, allí hizo acto de presencia J.Á.G. conocido como “Chepe”, él participó en el programa no recuerdo si directamente o por teléfono, recuerdo muy bien su voz, porque ha llamado varias veces. Ese día hubo expresiones contra el alcalde J.B.O., conociendo el espíritu denunciativo de Chepe sí, su denuncia estaba dirigida contra una obra en la cual él señalaba actos de corrupción en la construcción del mercado artesanal de Tabay. Él señaló que había malversación de dinero en la forma como se estaba ejecutando, allí se señalaban irregularidades de la Contraloría y del Alcalde. Chepe habló de corrupción, exactamente malversación. Si recuerdo exactamente que para referirse a J.B.O. usó expresiones como sinvergüenza. Ese programa se venía transmitiendo en toda la mitad del centro de la mitad del medio a la una de la tarde. Ese programa se transmitió el 09/05/2007 pero no en horas de la noche, sino al mediodía, estoy absolutamente seguro. Chepe habló de corrupción, malversación y trató de sinvergüenza al administrador de los dineros públicos, alcalde J.B.O., el acusado habló de eso entre otros calificativos, estoy seguro que sí. El afirmó haber puesto la denuncia ante la Fiscalía del Ministerio Público. La información aportada por J.Á.G. 70 % estuvo dirigida hacia las personas y 30% de carácter informativo hacia la audiencia. Ya que oigo el cd del programa reconozco la voz de J.Á.G. y ya recuerdo que intervino mediante llamada telefónica.”

Al examinar el Tribunal, el mérito probatorio de la precedente declaración, encuentra que la misma emana del conductor del programa radial “La Hora de Las Pinceladas”, transmitido por la emisora radial Radio “El Pedregal” (hoy Fe y alegría), quien de manera expresa –al escuchar el audio del cd que contiene la grabación del referido programa, ofrecido como prueba material y el cual se aprecia en conexión con esta declaración- afirmó que se trataba del programa transmitido el día 09 de mayo de 2007, a la una de la tarde, reconociendo también la intervención telefónica de J.Á.G. en éste, de quien indicó: “Él señaló que había malversación de dinero en la forma como se estaba ejecutando, allí se señalaban irregularidades de la Contraloría y del Alcalde. Chepe habló de corrupción, exactamente malversación. Si recuerdo exactamente que para referirse a J.B.O. usó expresiones como sinvergüenza”, agregando que: “Chepe habló de corrupción, exactamente malversación. Si recuerdo exactamente que para referirse a J.B.O. usó expresiones como sinvergüenza”… “Chepe habló de corrupción, malversación y trató de sinvergüenza al administrador de los dineros públicos, alcalde J.B.O., el acusado habló de eso entre otros calificativos, estoy seguro que sí”… “La información aportada por J.Á.G. 70 % estuvo dirigida hacia las personas y 30% de carácter informativo hacia la audiencia. Ya que oigo el cd del programa reconozco la voz de J.Á.G. y ya recuerdo que intervino mediante llamada telefónica.”

Al comparar las afirmaciones del testigo en referencia, se consta que las mismas son perfectamente concordantes con el contenido del cd (correspondiente a la grabación del programa La Hora de Las Pinceladas del día 09-05-2007, según reconoció el conductor del mismo) que fuera reproducido en juicio y que trascrito por el Tribunal textualmente reza:

“Muy buenas tardes estimados y apreciados oyentes de la 105.7 como es su emisora comunitaria El Pedregal dirigidos por supuesto por estos servidores en los controles el amigo R.H., este servidor O.P. como productor y por supuesto productor de la misma bajo la dirección de nuestro amigo C.K.. En la tarde de hoy en este espacio La Hora de las Pinceladas quiero tocar dos puntos de envergadura interés de preocupación de verdad de lo que está aconteciendo bueno y no escapa de verdad algunos comentarios (omissis). De todas maneras estos espacios afortunadamente hay espacios para extender lo que de una u otra manera se ha venido haciendo noticia con el animo de orientar, de informar sobre la situación que adolece de no se si de duda de irregularidades la situación del proyecto endógeno, sus inversiones, sus reales, dónde fueron realmente, cómo fueron manejados y bueno de eso vamos a comentar. También tengo por aquí un espacio que vamos a dejar de veinte minutos creo que de una entrevista muy importante que realizó a través de Radio Unión digital el periodista C.M.R. conversando con el economista J.G. (omissis). Bueno lo que quiero hablar es de un tema que cada día nos para nos pone la piel achinada con lo que está aconteciendo con la situación del crimen (….) en lo que se ha convertido en un flagelo de preocupación para todos los venezolanos (…). Creo que tenemos una llamada sin haber anunciado el teléfono vamos a ver con quien tenemos el gusto de conversar adelante, su nombre, sí su nombre: “-J.Á.G. vecino del Municipio S.M.. -Periodista: Mas nada, m.C.. –Interviniente: Aló me oyen. –Periodista: Si como no, que tiene de nuevo. Interviniente: Aló me escucha. -Si señor lo estamos escuchando, dile ahí por el teléfono. Interviniente: Ah okey, bueno este señor Omar gracias por esa oportunidad que me da para dirigirme al p.d.S.M., primer lugar para invitar a toda la comunidad del sector de Las Calaveras para el día de mañana va haber una reunión acá en la alcaldía del Municipio S.M., a las 7 de la noche, con algunos directores que van a venir acá para oír algunos planteamientos de la comunidad de las Calaveras y de algunos vecinos del Municipio S.M. que tiene que ver con la cuestión de vivienda. Aquí vamos a aprovechar esta oportunidad el día de mañana a las 7 de la noche para exponerle a algunos directores algunas quejas y denuncias que no han sido oídas y no han sido escuchadas por el ciudadano alcalde B.O. ni los señores concejales, así que aprovecho la oportunidad para que el día de mañana este estemos a las 7 de la noche en el salón de sesiones de la Alcaldía y así exponer este una serie de quejas, de problemas, y de denuncias que como lo dije anteriormente no han sido escuchadas por el gobierno municipal. Bueno me preocupa también la hora porque a las 7 de la noche se le hace un poco difícil a la comunidad de las calaveras debido a la distancia que hay y también a los aguaceros que están cayendo en Tabay pero lamentablemente el gobierno municipal puso eso hora y ahí vamos a estar contra viento y marea en el día de mañana a las 7 de la noche para que nos oigan los directores y se lleven una buena impresión de lo que los vecinos hemos venido reclamando con respecto a las viviendas en el municipio S.M.. Eso por un lado y por otro lado señor Omar también quiero exponerle a todo el p.d.S.M. que hemos visto con satisfacción la decisión de los diputados de la asamblea nacional que hacen vida acá en el estado Mérida, donde ellos en el día de ayer por la prensa regional dieron a conocer que efectivamente si hay una serie de irregularidades en la alcaldía de S.M. y que se van abocar a investigar a fondo estas denuncias que hemos venido haciendo muy responsablemente ante el gobierno municipal inclusive ya tenemos las denuncias en la Asamblea Nacional con el diputado C.E. y también lo hemos hecho acá con los diputados F.T. y el diputado F.M. en la cual tienen conocimiento de una serie de irregularidades de corrupción general que tiene la alcaldía del municipio S.M.. Yo creo y estamos pidiendo que con esta investigación el ciudadano alcalde del Municipio S.M. conjuntamente con el contralor municipal sean separados de sus cargos para que esta investigación sea imparcial, sea limpia y no se busque tapar estando dentro del gobierno. Por eso le hemos la sugerencia a los diputados que el ciudadano alcalde B.O. sea suspendido temporalmente mientras que estas investigaciones se llevan a cabo, igualmente al contralor municipal para que de nuevo le vuelvo a repetir estas denuncias se den realmente limpias, pulcras, y se llegue a buscar a los verdaderos culpables que se llevaros tres millardos de bolívares de la administración de B.O.. Estos tres millardos de bolívares como le quiero recordar al Municipio S.M.e.d. proyecto endógeno que abarcaba las fachadas de Tabay, abarcaba el centro de acopio de San R.d.T., abarcaba el mercado artesanal de Tabay y realmente pues hemos visto que llegaron los recursos y las obras como el p.d.S.M. puede ver el mercado artesanal está paralizado, el centro de acopio tampoco está funcionando y por eso queremos ver donde está este dinero que llegó del gobierno nacional acá al gobierno municipal. Igualmente también le hemos llegado un informe en el día de hoy a los diputados que le mencioné donde se está poniendo en evidencia que de nuevo la corrupción en el municipio S.M. está a la vista de todos como es la construcción de la carretera aquí este tramo que se está haciendo de la Mucuy baja donde realmente se invirtieron 98 millones de bolívares y hasta los momentos lo que hicieron fue asfaltar 100 metros por seis (omissis). Por eso nosotros estamos llevando estas denuncias hasta las últimas consecuencias… aquí el p.d.T. sabe que B.O. no merece un referendo B.O. se merece que renuncia inmediatamente al cargo de alcalde por qué, porque ha sido ineficiente, ha sido incapaz, ha sido irresponsable con esta gestión. Nosotros no habíamos tenido un gerente tal malo como B.O. (….) Lo que le pedimos inmediatamente a B.O. es que renuncie, que renuncia por ineficiente, por corrupto, por sinvergüenza, porque no ha tenido la valentía de decirle al contralor, y de decirle a los contratistas que las obras tienen que realizarse, que la sobras tienen que supervisarse y por eso estamos pidiendo la renuncia de este ciudadano alcalde de S.M. que como lo repetí nunca habíamos tenido un gobierno tal malo, tan ineficiente. Y también lo invito señor Omar a que usted por medio de sus buenos oficios gestione un debate, estoy dispuesto a ir a debatir con B.O., con el contralor y con cualquiera de los concejales y directores en la emisora que sea, puede ser en esta prestigiosa emisora, como en la que ellos crean conveniente o en cualquier medio o en la plaza bolívar de tabay, los invito a debatir públicamente para demostrarle que tengo pruebas en la mano donde he demostrado que han sido unos corruptos, que han sido unos señores irresponsables, que se han vuelto rico de la noche a la mañana, y tengo pruebas aquí en la mano para demostrárselo, también tengo pruebas para decirles que han sido ineficientes con la salud, con la inseguridad, con la educación, con la parte ambiental, con la parte de la vivienda, con la parte del deporte y con la parte de la cultura han sido ineficientes por qué? Porque lamentablemente tenemos gente que no sirve absolutamente para nada. Por eso invito al presidente de la cámara municipal a que vamos a ir a un debate también públicamente para yo demostrarle que ha sido un cómplice de todas estas marramucias que B.O. ha hecho. Le digo al cualquier director y lo invito a cualquier debate al contralor para demostrarle que también ha sido un hombre que se ha jugado con los contratistas, que ha sido un hombre que ha mantenido una estrecha relación con los contratistas dejando por fuera los intereses del municipio. Por eso le pido señor Omar que gestione un debate donde los invito a la hora que ellos crean conveniente y el sitio, para demostrarle al p.d.T. que no, que no voy a descansar hasta ver al ciudadano alcalde B.O. tras las rejas y al ciudadano contralor municipal…”

De la apreciación objetiva del contenido de dicha declaración en conexión con la indicada grabación, surge la prueba inequívoca de que: 1) En el programa La Hora de las Pinceladas transmitido por la Radio El Pedregal (Hoy Fe y Alegría) el día 09-05-2007, a la una de la tarde, el ciudadano J.Á.G. intervino (vía telefónica) para denunciar públicamente una serie de irregularidades presuntamente cometidas por el Alcalde del Municipio S.M., ciudadano B.O. en lo que respecta al Núcleo Endógeno de Tabay; informando de igual manera, las denuncias realizadas ante el representantes del Parlamento (nacional y regional); 2) Que el ciudadano J.Á.G. también hizo públicas –a través de dicho programa radial- respecto del ciudadano B.O. entre otras, las siguientes expresiones verbales: “el p.d.T. sabe que B.O. no merece un referendo B.O. se merece que renuncia inmediatamente al cargo de alcalde por qué, porque ha sido ineficiente, ha sido incapaz, ha sido irresponsable con esta gestión”… “que renuncia por ineficiente, por corrupto, por sinvergüenza, porque no ha tenido la valentía de decirle al contralor, y de decirle a los contratistas que las obras tienen que realizarse, que la sobras tienen que supervisarse y por eso estamos pidiendo la renuncia de este ciudadano alcalde de S.M. que como lo repetí nunca habíamos tenido un gobierno tal malo, tan ineficiente”… “todas estas marramucias que B.O. ha hecho”. 3) El contenido de las expresiones empleadas por el ciudadano J.Á.G. en contra del ciudadano B.O., exceden el fin informativo que según el acusado de autos, presidió sus declaraciones públicas, y tienen por fin, la exposición del funcionario en mención, al descrédito público, de la población del Municipio S.M., ya que para informar a la comunidad a quien se dirigía el mensaje hecho público, el acusado no tenía la necesidad de endilgar a la víctima de autos expresiones tales como “corrupto” y “sinvergüenza”. Un análisis jurídico del alcance del uso de las mencionadas expresiones, debe comenzar por la verificación del contenido gramatical de los términos antes mencionados, apoyado en la general acepción que de los mismos registra -en el mundo de habla hispana- el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE). Así, tenemos que corrupto es un adjetivo que traduce: Que se deja o dejado sobornar, pervertir o viciar; como también: dañado, perverso y torcido (22 edición, p. 668); mientras que sinvergüenza es un adjetivo que traduce en su primera acepción: “pícaro, bribón”, y en la segunda “dicho de una persona: que comete actos ilegales en provecho propio o que incurre en inmoralidades”. De acuerdo a su significación, tales términos constituyen un grave señalamiento de la idoneidad legal y moral de la persona de quien se predican los mismos, y por tanto, constituyen un medio adecuado para vejar; con su uso, se hace evidente la intención del emitente, de exponer al escarnio público, a la persona de quien se han expresado tales desvalores personales, con independencia de su veracidad o no, pues la utilización en específico de los mismos, aunado al eminente cuan simple impactos que éstos causan en el común de las personas, hace patente la finalidad ofensiva, que ellos traducen.

Al hilo de lo anterior, el Tribunal considera pertinente recordar que, si bien todos los ciudadanos tienen derecho a la libre expresión de sus ideas e intervenir en los asuntos públicos en general (artículos 57 y 62 Constitucional), como medios para canalizar la interacción social y la esencia democrática de las relaciones que se producen en el seno de la sociedad venezolana, lo que deriva en las consabidas y hasta necesarias críticas respecto a la gestión de los funcionarios públicos en el cumplimiento de sus tareas en particular y realización de los cometidos del Estado en general; no es menos cierto que, tales derechos no son absolutos, por el contrario, se hayan sometidos a los límites de las eventuales responsabilidades establecidas en la Ley, cuando su ejercicio se traduzca en lesión o daños a los derechos de terceros.

En el concreto análisis de las declaraciones dadas por el ciudadano J.Á.G. (contenidas en la grabación del programa La Hora de las Pinceladas), encuentra el juzgador que las referencias alusivas a las denuncias formuladas por este, en relación a las presuntas irregularidades cometidas por el ciudadano B.O. en el desempeño como alcalde y en lo que respecta a la ejecución del plan endógeno de Tabay, perfectamente y en principio encuadran en los fines informativos de interés para la comunidad. No obstante, el Tribunal advierte la existencia -en el cuerpo de dicha declaración- de juicios de valor realizados por el acusado en torno a la víctima, mediante el empleo de adjetivos con una significación ofensiva al honor, y claramente lesivas de los derechos a la buena imagen y reputación de la víctima, que a la sazón, fueron expresados en forma pública (a través de un medio de comunicación de masas, como es una emisora radial) por el acusado, respecto al ciudadano B.O., alcalde del Municipio S.M.d. estado Mérida. Son precisamente estos juicios de valor públicamente difundidos por el dador del mensaje, los que materializan el ejercicio del derecho a opinar; derecho éste que -como ya se dijo- no es absoluto, y que apareja responsabilidades de carácter civil y penal, respecto a los daños y ataques a los derechos ajenos, que su ilegal ejercicio determina. Así se declara.

3) Declaración del ciudadano C.L.K.H., quien manifestó: “Si mi memoria no me falta es importante aclarar que ha pasado mucho tiempo yo ya no soy el director de la emisora, ahora lo es el señor H.B.. Y lo otro es que yo no estuve en el programa “la hora de las pinceladas”, ya que ese programa lo lleva el señor O.P.. Yo estuve y fui productor del programa “Tienes razón pero vas preso” (ya no existe). Ahí si estuvo presente J.Á.G., donde insisto que dado el tiempo no puedo ser muy preciso, pero ahí el señor Gámez manifestó. Yo no escuché el programa en vivo ni grabado tampoco, y por esa razón de ese programa lo único que manejo son informaciones de terceros; las referencias son que hubo una llamada telefónica donde le dijeron al alcalde que se pusiera los pantalones.”

En la valoración del contenido de esta declaración, encuentra el Tribunal que a pesar de que el testigo se desempeñaba para la época del hecho (09-05-2007) como director de la radioemisora comunitaria El Pedregal FM, el mismo en su relato manifestó no tener conocimiento directo acerca del contenido de las declaraciones expresadas respecto al alcalde, por parte de persona alguna. En tal sentido, su aporte al adecuado establecimiento de los hechos no pasa de ser un testigo referencial muy genérico e impreciso en su deposición. Así se desecha el mismo, por no aportar fundamentos al convencimiento judicial acerca de los hechos objeto del debate. Así se declara.

4) Declaración del ciudadano H.L.R., quien manifestó: “Me gustaría que me empaparan del asunto. Soy el operador del programa “La hora de las pinceladas” conducido por el señor O.P., ahora sobre lo demás no recuerdo día, ni que fue lo que pasó allí. No tengo más nada que decir. Se trata de un programa de voz comunitaria donde todo el mundo llama, sale al aire por Ondas 107.7 Fe y A.E.P.. Para la fecha creo que era director H.b. o C.K.. Las personas llaman y sale al aire todo y uno está pendiente de todo lo demás: cable, directv, sonido, J.Á.G. pudo haber sido uno de los que llamó. No estoy seguro si participé o no en el programa que se me ha puesto a escuchar (el Tribunal deja constancia que se le reprodujo la grabación contenida en el cd ofrecido como prueba del programa La Hora de Las Pinceladas) porque existen programas pregrabados, en muchas oportunidades yo era el operador, no se si estuve en vivo con él, si el (José O.P.) me nombró es porque estuve con él en el programa. Ese programa se transmitía los miércoles a la una de la tarde, el programa se transmitía y se identificaba siempre la fecha y hora, no recuerdo si yo estuve en el programa del 07-05-2007, es posible, habría que escuchar el audio.”

En la consideración del mérito probatorio de la anterior declaración observa el Tribunal que ella emana de la persona que fungía normalmente como operador del programa radial “La Hora de las Pinceladas”, de acuerdo al dicho propio; y quien en atención a lo manifestado por el señor O.P. en su declaración en juicio, como en la grabación reproducida en juicio, fue el operador del programa el día 09-05-2007, lo que en principio le convierte en testigo presencial de lo acontecido en el mencionado espacio. Empero en su declaración el testigo no afirma, ni niega la existencia de declaración alguna por parte del acusado contra el ciudadano B.O.. Por ende, su dicho, no aporta nada de interés para el adecuado establecimiento de los hechos, y por tanto se desecha el mismo.

5) Declaración de la ciudadana A.M. (periodista) quien manifestó: “Hice un programa de televisión en el año 2006 en el canal TELEVISORA A.D.M. (TAM) en el programa noticias TAM, transmitido de lunes a viernes de 12:30 a 1:30 de la tarde”. El Tribunal le puso de manifiesto el contenido –mediante su reproducción- del formato VHS, que fuera admitido como prueba material para el debate de juicio: Denuncia efectuada por J.Á.G.: “…sobre irregularidades en el plan de rescate de fachadas de Tabay. En la iglesia se gastaron 154 millones y faltan 325 para que sume 480 millones. Uno de los que tiene culpabilidad es el Alcalde por cómplice. Aquí se perdió esta cantidad de dinero, voy a denunciar a P.T. por estar frente al Instituto Municipal de la Vivienda. Proyecto Artesanal 450 millones. No merecemos que cuatro señores (cuatro locos que están en la alcaldía) hagan eso. No se trata de desprestigiar al alcalde Otalora ni a P.T., sino de denunciar, voy a denunciar en la Fiscalía…están robando los dineros municipales. La alcaldía está sumergida en corrupción…”

La testigo señaló: “Efectivamente soy yo, eso fue en septiembre de 2007. Hice esa entrevista al señor Gámez, quiero agregar que luego fue el alcalde Otalora a mi espacio y se le dio oportunidad para expresar. Soy periodista y por eso soy un vehículo para que la gente se pueda expresar. Ratifico que soy yo. Eso se transmitió por la TAM en un programa mixto (informativo y de opinión). Reconozco al declarante como a la persona de J.Á.G., él hacía mención sobre el uso de recursos económicos de la Alcaldía de S.M.. El simplemente dijo que hubo un manejo irregular, mal utilizados, en los programas de refacción. No hizo señalamientos directos de que el alcalde sea haya aprovechado de dineros del erario público, pero si responsabilizó al alcalde como cuentadante. La inquietud que manifestó es que los recursos no eran cónsonos con el trabajo que estaban realizando en el mercado, es la primera vez que lo entrevisto; él dijo que actuó como vocero de la comunidad.”

En la valoración de esta prueba, observa el Tribunal que dicho testimonio proviene de la periodista A.M., quien –de acuerdo al contenido del video (formato VHS) reproducido en juicio- condujo el programa Noticias TAM, transmitido por la TELEVISORA A.D.M. (TAM) el día 04-09-2006, en el que intervino como declarante el ciudadano J.Á.G. (a quien la periodista reconoció en juicio como el mismo que aparece en el video y ofreció su declaración) quien hizo declaraciones públicas por el mencionado canal televisivo e hizo mención “sobre el uso de recursos económicos de la Alcaldía de S.M.. El simplemente dijo que hubo un manejo irregular, mal utilizados, en los programas de refacción” de acuerdo al dicho de la periodista en referencia.

No obstante, observa el Tribunal –de acuerdo al video que recoge dicha declaración- que, el declarante también expresó: “En la iglesia se gastaron 154 millones y faltan 325 para que sume 480 millones. Uno de los que tiene culpabilidad es el Alcalde por cómplice. Aquí se perdió esta cantidad de dinero, voy a denunciar a P.T. por estar frente al Instituto Municipal de la Vivienda. Proyecto Artesanal 450 millones. No merecemos que cuatro señores (cuatro locos que están en la alcaldía) hagan eso. No se trata de desprestigiar al alcalde Otalora ni a P.T., sino de denunciar, voy a denunciar en la Fiscalía…están robando los dineros municipales. La alcaldía está sumergida en corrupción…” De la cita en cuestión destaca la existencia de expresiones que trascienden el cometido informativo, cuando el acusado llamó al alcalde del Municipio S.M., ciudadano B.O., cómplice de faltante de dinero en dicha alcaldía en la ejecución de la sobras en el Municipio, para señalar luego en el mismo contexto, que “están robando los dineros municipales. La alcaldía está sumergida en corrupción…; juicios de opinión que trascienden en derecho a la información y que constituyen lesiones al derechos al honor y reputación del ciudadano B.O..

DOCUMENTALES INCORPORADAS MEDIANTE SU LECTURA Y REPRODUCCIÓN TÉCNICA:

1) Reproducción del programa La Hora de Las Pinceladas en el que el ciudadano O.P. (conductor) expresó: “Muy buenas tardes estimados y apreciados oyentes de la 105.7 como es su emisora comunitaria El pedregal dirigidos por supuesto por estos servidores en los controles el amigo R.H., este servidor O.P. como productor y por supuesto productor de la misma bajo la dirección de nuestro amigo C.K.. En la tarde de hoy en este espacio La Hora de las Pinceladas quiero tocar dos puntos de envergadura interés de preocupación de verdad de lo que está aconteciendo bueno y no escapa de verdad algunos comentarios (omissis). De todas maneras estos espacios afortunadamente hay espacios para extender lo que de una u otra manera se ha venido haciendo noticia con el animo de orientar, de informar sobre la situación que adolece de no se si de duda de irregularidades la situación del proyecto endógeno, sus inversiones, sus reales, dónde fueron realmente, cómo fueron manejados y bueno de eso vamos a comentar. También tengo por aquí un espacio que vamos a dejar de veinte minutos creo que de una entrevista muy importante que realizó a través de Radio Unión digital el periodista C.M.R. conversando con el economista J.G. (omissis). Bueno lo que quiero hablar es de un tema que cada día nos para nos pone la piel achinada con lo que está aconteciendo con la situación del crimen (….) en lo que se ha convertido en un flagelo de preocupación para todos los venezolanos (…). Creo que tenemos una llamada sin haber anunciado el teléfono vamos a ver con quien tenemos el gusto de conversar adelante, su nombre, sí su nombre: “-J.Á.G. vecino del Municipio S.M.. -Periodista: Mas nada, m.C.. –Interviniente: Aló me oyen. –Periodista: Si como no, que tiene de nuevo. Interviniente: Aló me escucha. -Si señor lo estamos escuchando, dile ahí por el teléfono. Interviniente: Ah okey, bueno este señor Omar gracias por esa oportunidad que me da para dirigirme al p.d.S.M., primer lugar para invitar a toda la comunidad del sector de Las Calaveras para el día de mañana va haber una reunión acá en la alcaldía del Municipio S.M., a las 7 de la noche, con algunos directores que van a venir acá para oír algunos planteamientos de la comunidad de las Calaveras y de algunos vecinos del Municipio S.M. que tiene que ver con la cuestión de vivienda. Aquí vamos a aprovechar esta oportunidad el día de mañana a las 7 de la noche para exponerle a algunos directores algunas quejas y denuncias que no han sido oídas y no han sido escuchadas por el ciudadano alcalde B.O. ni los señores concejales, así que aprovecho la oportunidad para que el día de mañana este estemos a las 7 de la noche en el salón de sesiones de la Alcaldía y así exponer este una serie de quejas, de problemas, y de denuncias que como lo dije anteriormente no han sido escuchadas por el gobierno municipal. Bueno me preocupa también la hora porque a las 7 de la noche se le hace un poco difícil a la comunidad de las calaveras debido a la distancia que hay y también a los aguaceros que están cayendo en Tabay pero lamentablemente el gobierno municipal puso eso hora y ahí vamos a estar contra viento y marea en el día de mañana a las 7 de la noche para que nos oigan los directores y se lleven una buena impresión de lo que los vecinos hemos venido reclamando con respecto a las viviendas en el municipio S.M.. Eso por un lado y por otro lado señor Omar también quiero exponerle a todo el p.d.S.M. que hemos visto con satisfacción la decisión de los diputados de la asamblea nacional que hacen vida acá en el estado Mérida, donde ellos en el día de ayer por la prensa regional dieron a conocer que efectivamente si hay una serie de irregularidades en la alcaldía de S.M. y que se van abocar a investigar a fondo estas denuncias que hemos venido haciendo muy responsablemente ante el gobierno municipal inclusive ya tenemos las denuncias en la Asamblea Nacional con el diputado C.E. y también lo hemos hecho acá con los diputados F.T. y el diputado F.M. en la cual tienen conocimiento de una serie de irregularidades de corrupción general que tiene la alcaldía del municipio S.M.. Yo creo y estamos pidiendo que con esta investigación el ciudadano alcalde del Municipio S.M. conjuntamente con el contralor municipal sean separados de sus cargos para que esta investigación sea imparcial, sea limpia y no se busque tapar estando dentro del gobierno. Por eso le hemos la sugerencia a los diputados que el ciudadano alcalde B.O. sea suspendido temporalmente mientras que estas investigaciones se llevan a cabo, igualmente al contralor municipal para que de nuevo le vuelvo a repetir estas denuncias se den realmente limpias, pulcras, y se llegue a buscar a los verdaderos culpables que se llevaros tres millardos de bolívares de la administración de B.O.. Estos tres millardos de bolívares como le quiero recordar al Municipio S.M.e.d. proyecto endógeno que abarcaba las fachadas de Tabay, abarcaba el centro de acopio de San R.d.T., abarcaba el mercado artesanal de Tabay y realmente pues hemos visto que llegaron los recursos y las obras como el p.d.S.M. puede ver el mercado artesanal está paralizado, el centro de acopio tampoco está funcionando y por eso queremos ver donde está este dinero que llegó del gobierno nacional acá al gobierno municipal. Igualmente también le hemos llegado un informe en el día de hoy a los diputados que le mencioné donde se está poniendo en evidencia que de nuevo la corrupción en el municipio S.M. está a la vista de todos como es la construcción de la carretera aquí este tramo que se está haciendo de la Mucuy baja donde realmente se invirtieron 98 millones de bolívares y hasta los momentos lo que hicieron fue asfaltar 100 metros por seis (omissis). Por eso nosotros estamos llevando estas denuncias hasta las últimas consecuencias… aquí el p.d.T. sabe que B.O. no merece un referendo B.O. se merece que renuncia inmediatamente al cargo de alcalde por qué, porque ha sido ineficiente, ha sido incapaz, ha sido irresponsable con esta gestión. Nosotros no habíamos tenido un gerente tal malo como B.O. (….) Lo que le pedimos inmediatamente a B.O. es que renuncie, que renuncia por ineficiente, por corrupto, por sinvergüenza, porque no ha tenido la valentía de decirle al contralor, y de decirle a los contratistas que las obras tienen que realizarse, que la sobras tienen que supervisarse y por eso estamos pidiendo la renuncia de este ciudadano alcalde de S.M. que como lo repetí nunca habíamos tenido un gobierno tal malo, tan ineficiente. Y también lo invito señor Omar a que usted por medio de sus buenos oficios gestione un debate, estoy dispuesto a ir a debatir con B.O., con el contralor y con cualquiera de los concejales y directores en la emisora que sea, puede ser en esta prestigiosa emisora, como en la que ellos crean conveniente o en cualquier medio o en la plaza bolívar de tabay, los invito a debatir públicamente para demostrarle que tengo pruebas en la mano donde he demostrado que han sido unos corruptos, que han sido unos señores irresponsables, que se han vuelto rico de la noche a la mañana, y tengo pruebas aquí en la mano para demostrárselo, también tengo pruebas para decirles que han sido ineficientes con la salud, con la inseguridad, con la educación, con la parte ambiental, con la parte de la vivienda, con la parte del deporte y con la parte de la cultura han sido ineficientes por qué? Porque lamentablemente tenemos gente que no sirve absolutamente para nada. Por eso invito al presidente de la cámara municipal a que vamos a ir a un debate también públicamente para yo demostrarle que ha sido un cómplice de todas estas marramucias que B.O. ha hecho. Le digo al cualquier director y lo invito a cualquier debate al contralor para demostrarle que también ha sido un hombre que se ha jugado con los contratistas, que ha sido un hombre que ha mantenido una estrecha relación con los contratistas dejando por fuera los intereses del municipio. Por eso le pido señor Omar que gestione un debate donde los invito a la hora que ellos crean conveniente y el sitio, para demostrarle al p.d.T. que no, que no voy a descansar hasta ver al ciudadano alcalde B.O. tras las rejas y al ciudadano contralor municipal…”

2) Lectura del artículo de presa publicado en el Diario Frontera, edición del día 14-07-2007 (página 3-A), suscrito por la periodista S.P., donde se lee: “Denuncian malversación de más de dos millardos. Solicitan a Fiscalía 16 proceder ante corrupción en Tabay. El caso del proyecto endógeno ha causado polémica entre las autoridades municipales de s.M. y J.Á.G., ex candidato a la alcaldía de esta jurisdicción. El descontento del gobierno de Tabay ha dado visos de que activarán una demanda contra Gámez por falsos testimonios; no obstante el vocero vecinal sostuvo que no han aperturado cargos judiciales contra él porque saben que tiene las pruebas de la presunta corrupción” S.P.. Frontera. Fotos: Eduardo Molina/Archivo. “José Á.G., dirigente vecinal dirigente vecinal de S.M., de forma reiterada mantiene las denuncias contra una presunta malversación y desviación de los recursos mil millonarios que aprobara la Presidencia de la república para el Núcleo Endógeno en Tabay. Ayer consignó ante la Fiscal M.I.H., funcionaria que está al frente de la Fiscalía 16 de Mérida, para que proceda con las pruebas que le fueron conferidas a aperturar una investigación frente al caso y de esa forma, active la suspensión inmediata del alcalde de S.M.B.O., así como de J.C.L., jefe de Ingeniería Municipal, junto al Contralor Municipal, J.D. y a los concejales M.P. y N.R.. La situación que refleja Gámez es que “el pueblo ve con preocupación que los recursos fueron malversados y no aparecen por eso, por eso estamos consignando esta denuncia. Hoy le informo al p.d.S.M. que cumplí con llevar las denuncias hasta lo último sobre la corrupción bajo la gestión del acalde (sic) B.O.. Allí en la Fiscalía Pública 16 de la Circunscripción de Mérida entregamos los documentos que demuestran las fallas administrativas respecto al proyecto agroturístico y endógeno del municipio”, precisó. 131 folios que consignamos demuestran que no estamos mintiendo -sostuvo Gaméz-, señalando que por causa de las denuncias que ha venido formulando a través de los medios de comunicación regional, algunas de las autoridades municipales mencionadas le están amedrentando, así como también han amenazado con demandarle por injuria, pero –recalcó el denunciante- no han aperturado ninguna demanda porque saben que se tienen todas las pruebas que confirman la realidad de la corrupción. Por otra parte, explicó que la fiscal refirió que viene siguiendo el caso a través de los medios y que procederá a las investigaciones, por lo que Gámez exhortó a que esta problemática no quede “engavetada” pues “tenemos fe”, dijo, de que la funcionaria actúe de manera transparente. Respecto a los viajes a la ciudad capital que ha realizado un grupo de personas para llevar ante el parlamento nacional el caso Gámez informó que las indicaciones es que debían tramitar primeramente la denuncia ante esta fiscalía y seguir los canales regulares; no obstante, acotó que el diputado de la Asamblea Nacional, C.E. posee el informe de las denuncias y se mostró, según el habitante de Tabay, presto a abrir una investigación.

El que tengo ojos que vea

“No estamos llevando esto de manera personal sino porque tenemos derecho como habitantes de Tabay, a que los recursos que envió el Presidente de la República fueran destinados a la ejecución de las obras, quienes han ido a ver el Mercado artesanal y el Centro de Acopio han visto que está en abandono y vemos con preocupación que nada ha sucedido”, denunció J.Á.G., dirigente vecinal de Tabay, quien además indicó que las láminas de zing que están en la Plaza Bolívar de tabay se están cayendo “el aguacero que ocurrió ayer (el miércoles) las tumbó y eso ha atentado contra la seguridad de la gente”, puntualizó.”

3) Reproducción del programa “Noticias TAM”, de fecha 04-09-2006, en el que el ciudadano J.Á.G., expuso: “…sobre irregularidades en el plan de rescate de fachadas de Tabay. En la iglesia se gastaron 154 millones y faltan 325 para que sume 480 millones. Uno de los que tiene culpabilidad es el Alcalde por cómplice. Aquí se perdió esta cantidad de dinero, voy a denunciar a P.T. por estar frente al Instituto Municipal de la Vivienda. Proyecto Artesanal 450 millones. No merecemos que cuatro señores (cuatro locos que están en la alcaldía) hagan eso. No se trata de desprestigiar al alcalde Otalora ni a P.T., sino de denunciar, voy a denunciar en la Fiscalía…están robando los dineros municipales. La alcaldía está sumergida en corrupción…”.

II

DE LOS ALEGATOS Y CONCLUSIONES DE LAS PARTES

El acusador privado en la oportunidad de su intervención final, expresó: “Escuchamos a O.P. y las demás pruebas, no se escuchó a S.P.. Para que haya difamación se requiere de un hecho deshonroso que se le atribuye al sujeto y que afecta su honor, es decir, la valoración que la persona hace de si misma. Esas referencias hechas por el acusado respecto a la víctima fueron publicadas en ejemplares de prensa y programas de radio y televisión, por eso es agravado el delito de difamación. El acusado dijo que no hubo ánimo de difamar sino de informar. Pero, ir por la calle diciendo que fulano es corrupto, que se ha enriquecido, que ha dilapidado bienes es difamar a la gente; son ofensas que atacan el honor y el buen nombre de la víctima. Hay un aspecto capital: ¿Esas declaraciones las hizo el acusado a titulo personal o como representante de las personas? A.M. dijo que a nombre de terceros, pero la representación cualquiera que sea requiere que el sujeto sea investido, en el caso que nos ocupa ello nunca se probó. O.p. reconoció que la declaración es de J.Á.G.; en la cinta de la TAM se ve a J.Á.G. rindiendo su declaración, profiriendo agravios contra la víctima, esto es evidente. Pido sentencia condenatoria contra el acusado de autos.”

Por su parte, el defensor actuante manifestó que: “Traigo a colación la sentencia dictada por la Sala Constitucional el 03/08/2007, expediente 07-0800, con ponencia del Magistrado Francisco Carrasqueño López, sobre el principio de legalidad. ¿Qué probó el acusador?: 1 Nos trajo un cd que dice La Hora de las Pinceladas. El 12-12-2005 fue promulgada la Ley de Responsabilidad en radio y televisión, la cual establece en su artículo 18.3 en los servicios de radio y tv se identificará la fecha y hora de la grabación, en el cd nos e identificó la fecha. A las 12:28 tenemos una llamada, a las 12:46 sale una persona y señala ser J.Á.G.. De las 12:46 hasta el minuto final no identificó; tampoco identificó el programa, terminó el programa sin identificar la fecha. No lo puede admitir el tribunal como medio de prueba porque no cumple con los requisitos de la Ley Resorte (artículo 18).

O.P. dijo que ese programa no salió entre las 8:00 y 9:00 de la noche, dijo que salía en horas del mediodía “en la mitad del medio”, no dijo que haya salido de noche. C.K. (director de la emisora) dijo no recordar nada, que no escuchó el programa, ni estuvo presente en su emisión. R.H. comienza señalando que no sabe si ese día estuvo o no, que el conductor a veces grababa el programa en su casa; no recuerda si la persona se identificó y si que el programa salía a la una de la tarde. No consta que fuera transmitido el 09-05-2007.

En cuanto al video Noticias TAM del 04-09-2006, video, fecha y conductora A.M.. ¿Qué dijo J.Á.G. contra el alcalde? Habla de irregularidades en el proyecto endógeno, habla de ellos y cuando mencionó al alcalde dijo que no está pendiente. No habló de corrupción, ni enriquecimiento ilícito.

En cuanto al diario Frontera del 14-07-2007 no porque se haya leído en sala se puede valorar, porque no estuvo la ciudadana S.P., por eso no se puede valorar. Allí mi defendido informa y reitera que hizo denuncia ante la Fiscalía, informando que fue aperturaza investigación. No hay señalamiento alguno de corrupción, ya informó que llevará hasta lo último las denuncias de corrupción en la gestión de B.O..

No hubo lesión al honor de la víctima. No se escuchó a ésta porque no fue ofrecida como testigo, según la sentencia 531 de la Sala Penal del TSJ, de fecha 28-11-2006, no se puede apreciar la víctima si no fue ofrecida como testigo. Solicito sentencia absolutoria.

La víctima expresó: “Mi dignidad ha sido afectada por la acción de J.Á.G., yo aquí estoy para pedir justicia, tengo una trayectoria moral. Yo soy alcalde porque el pueblo lo ha querido. Todo esto me ha afectado muchísimo. Con esos ataques tan grandes ello me afectó. De la noche a la mañana fui tratado así por la radio, la prensa y la televisión. Mi madre fue afectada por el hecho. La gente llegaba a la casa a comentar qué pasó con su hijo, qué hubo corrupción, que si robó; que si se hizo rico. Pido justicia.”

El acusado finalmente manifestó: “Yo creo que en la primera intervención fui muy claro y específico por mi actuación. Respondí en concreto y mantengo lo que dije de que me dediqué en todo momento a llevar la información al pueblo, de la denuncia hecha en la fiscalía 16. Mi intención jamás fue herirlo, ponerlo por el piso. Prueba de eso es que J.Á.G. lo que hizo fue informarle al p.d.S.M.. En ningún momento me dediqué a difamarlo, si lo hubiera hecho no hubiera ganado como alcalde. La Constitución dice que todo ciudadano tiene derecho a controlar el uso de los recursos.”

De la concatenada armonización de las pruebas habidas en el debate, este juzgador llega a la convicción certera de que sí quedó demostrada suficientemente –conforme a la valoración de las pruebas hecha precedentemente- la materialidad del hecho atribuido al acusado en el escrito acusatorio. Esto es, hay prueba directa de la emisión en forma conciente y voluntaria de conceptos difamantes por parte del acusado hacia la víctima, a través de medios de comunicación masivos a nivel regional, que sometieron a ésta última al escarnio público. Conforme a lo anterior, en el caso de autos, se cumplen todos y cada uno de elementos descriptivos y normativos exigidos en el tipo penal de previsto en el artículo 442 del Código Penal.

En cuanto al aspecto subjetivo del tipo, es decir su autoría, culpabilidad y responsabilidad penal. Debe afirmarse, que las pruebas recibidas en el debate demostraron la autoría de las expresiones difamantes, por parte del ciudadano J.Á.; quedando demostrada la culpabilidad del mencionado acusado a titulo de dolo (artículo 61 Código Penal) al haber obrado en forma conciente y voluntaria, en tales hechos; razón por la cual queda enervada la presunción de inculpabilidad que le asistía.

El Tribunal también consideró demostrado que en la presente causa operó la prescripción judicial de la acción penal con arreglo a lo dispuesto en los artículos 442, 450 y 110, segundo aparte, del Código Penal. En efecto, la presente causa se inició mediante acusación privada de la víctima, presentada al Tribunal en fecha 17-07-2007, cuya admisión fue proferida el 25-07-2007. Siendo que se trata de un delito continuado, concretado a través de las declaraciones de prensa realizadas por el acusado en fechas 04-09-2006 (TAM) y 09-05-2007 (Radio El Pedregal), el cómputo del lapso de prescripción judicial comienza a partir del inicio del proceso. En este sentido, advierte el Tribunal que el artículo 250 del Código Penal señala el lapso de un (01) año respecto a la prescripción ordinaria; siendo la extraordinaria o judicial (artículo 110, segundo aparte, eiusdem) el lapso de la primera, más la mitad del mismo. El presente proceso se inicia con el auto de admisión de la acusación privada, que tuvo lugar el 25-07-2007, trascurriendo de la mencionada fecha hasta la presente: tres (03) años, un (01) mes y un (01) día; es decir, un lapso superior al de un (01) año y seis (06) meses, determinado legalmente para que opere la prescripción judicial. Dicha prescripción judicial es de orden público, conforme a la jurisprudencia vigente en el Tribunal Supremo de Justicia, y por, declarable de oficio. En consecuencia, procede la declaratoria de extinción de la acción y el sobreseimiento de la causa, conforme a los artículos 48.7 y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Adicionalmente, procede la condenatoria en costas a la parte acusadora, conforme a lo dispuesto en el artículo 271 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando a salvo el derecho de gratuidad del servicio de administración de justicia, conforme el artículo 26 Constitucional. Y así se declara. La presente decisión se fundamenta en los artículos 2, 26, 49 Constitucional; 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 14, 15, 16, 18, 22, 48.7, 271, del Código Orgánico Procesal Penal; 110, 442 y 450 del Código Penal.

CAPITULO IV

DECISIÓN

Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Declara la verificación de la prescripción judicial en la presente causa, a tenor de los artículos 110- segundo aparte-, 450 y 442 del Código Penal, en armonía con los artículos 1, 6, 48.7 y 173 del Código Orgánico Procesal vigente. SEGUNDO: Sobresee la causa a favor del ciudadano J.Á.G. de conformidad con lo pautado en los artículos 318.3 y 48.7 eiusdem. TERCERO: Condena en costas a la parte acusadora, quedando a salvo el derecho de gratuidad del servicio de administración de justicia, conforme el artículo 26 Constitucional. CUARTO: Declara la terminación del presente procedimiento conforme al artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal.

EL JUEZ CUARTO DE JUICIO

ABG. J.G.V.O.

LA SECRETARIA:

ABG. Y.C.V.

En fecha_____________, se cumplió con lo ordenado mediante boletas de notificación Nos:_______________________________________________________________________________, conste. Sria.-

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