Acusan al gobierno de criminalizar la protesta

Durante el 154° período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 30 ONG representantes de 11 países del continente denunciaron mecanismos de represión policial y judicial contra las manifestaciones en la región.En la primera audiencia es pecial de la jornada, Protesta social y derechos humanos en América, los defensores de derechos humanos expresaron su preocupación ante lo que consideran la criminalización del derecho de protestar.El coordinador de la ONG venezolana Provea, Rafael Uzcátegui, se refirió a la existencia de leyes y procedimientos judiciales que criminalizan y obstaculizan ese derecho, llevando incluso a desenlaces lamentables. Citó el caso del piloto Rodolfo González, detenido en una protesta en Caracas en 2014: Tras 11 meses detenido en la policía política y sin haber comenzado el juicio en su contra, se suicidó, luego de conocer que sería trasladado a una cárcel para presos por delitos comunes, sin garantías para su vida.El relator. Otro de los defensores que intervino en la audiencia, Gaston Chillier, del Centro de Estudios Legales y Sociales de Argentina, se refirió al uso de armas letales y menos letales en el control de las manifestaciones durante las protestas registradas en Venezuela.Las protestas de 2014 deja ron un saldo de 43 muertos y 878 lesionados confirmados por el Ministerio Público. Y el mes pasado murió un adolescente por el disparo de un arma de fuego, señaló Chillier, en relación con el asesinato del estudiante de bachillerato Kluivert Roa, en San Cristóbal a manos de un funcionario de la PNB.Sobre el uso de armas leta les y menos letales intervino a través de un video pregrabado el relator contra Detenciones Arbitrarias de la ONU, Mads Andenas, quien enfatizó: La norma internacional es muy sencilla al decir que la fuerza solo se usa cuando sea necesaria y tiene que ser proporcional al daño y al interés protegido, y que debe apelarse siempre al medio menos letal.Explicó que de acuerdo con la normativa internacional, el uso de fuerza letal solo debe ser considerado si es absolutamente necesario para proteger una vida, pero no para proteger la propiedad, no para protegerse de lesiones menores y no para la restauración del orden...

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