Decisión de Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 7 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteFernando José Marín Mosquera
ProcedimientoQuerella

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, siete (07) de diciembre de dos mil diez (2010).

200° y 151°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado G.R.B.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 104.808 actuando en nombre y representación del Instituto Nacional de Corporación Educativa (INCE) hoy Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), se admite la prueba documental promovida cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser la misma manifiestamente ilegal, impertinente; e inconducentes.

EL JUEZ PROVISORIO,

LA SECRETARIA,

Exp. No. 006528

neyer

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