Decisión de Juzgado de Municipio Octavo Ejecutor de Medidas de Caracas, de 14 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado de Municipio Octavo Ejecutor de Medidas
PonenteMaría Cecilia Conde
ProcedimientoResolución De Contrato De Arrendamiento

En el día de hoy, catorce (14) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada M.C.C.M., en compañía de la Secretario Titular, Abogado J.L.L., del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., y del Perito Avaluador, ciudadanos C.R. cédula de identidad 6.318.092 y A.G., cedula de identidad 3.530.122; del Cerrajero VICENTE RUOTOLO CI. 6.170.595 quienes estando presentes se Juramentaron y aceptaron cumplir con sus cargos; de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada C.F.A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.595, y en la siguiente dirección: “Oficinas “C” y “D”, piso 10 del Edificio Torre Delta, Avenida F.d.M., Sector Altamira, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas. ”; a objeto de practicar las medidas de SECUESTRO y EMBARGO PREVENTIVO, decretadas por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por Juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue “ADMINISTRADORA INMOBILIARIA ERALUZ C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES CAMLEX DE VENEZUELA C.A. Seguidamente en el lugar Supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendidos por persona alguna PROCEDIENDO EL CERRAJERO A ABRIR LAS PUERTAS CON MEDIOS MECÁNICOS PARA ELLOS, una vez en el interior y recorridas las áreas del inmueble nos percatamos que se encuentra libre de personas mas no de bienes; bienes los cuales fueron debidamente inventariados por el Perito Avaluador nombrado, en las hojas de inventario, agregadas que forman parte de la presente Acta. Los bienes debidamente señalados tienen un valor total de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 1.660,oo) .- Seguidamente expone la Apoderada Judicial de la parte Actora: señalo los bienes inventariados para ser embargados preventivamente en los términos contenidos en el presente Despacho los cuales dan un total de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 1.660,oo) y me reservo en nombre de mi representada el derecho a continuar embargando bienes hasta cubrir la suma de BOLIVARES CIENTO SESENTA Y UN MIL CINCUENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO (Bs.161.056,34). Visto los bienes señalados por la Apoderada Judicial de la Parte Actora para ser embargados preventivamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede formalmente a embargarlos preventivamente todo y cada uno de los bienes señalados en la hoja de inventario anexa hasta su valor total de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 1.660,oo) bienes que se procedió a trasladar a la Depositaria Judicial La Consolidada C.A. Desocupado como se encuentran las oficinas libres de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Depositaria La Consolidada C.A. en la persona de su Representante C.R. antes identificado, quien recibe conforme en nombre de su representada el siguiente inmueble: “Oficinas “C” y “D”, piso 10 del Edificio Torre Delta, Avenida F.d.M., Sector Altamira, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas”; con las llaves de sus puertas principales, Inmueble este avaluado aproximadamente en UN MILLON DE BOLIVARES (Bs.1.000.000,oo) .- En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: solicito al Tribunal nos traslademos a la siguiente dirección: Calle Las F.U.. Sabana Grande, Torre Figarel, Piso 11 PH y continuar señalando bienes para ser embargados preventivamente hasta cubrir el monto total del presente mandato. Vista la exposición de la Apoderada Judicial de la Actora este Tribunal Octavo Ejecutor de Medidas ordena el traslado a la dirección señalada para continuar con la practica de la presente medida. Es todo”.- Da por terminado el acto, siendo las (01:30 p.m.) - Terminó, se leyó y conformes firman.-

Juez Titular

La Apoderada Judicial

De la parte Actora

El Depositario El Perito Avaluador

El Cerrajero

El Secretario Titular.-

Comisión: 2142-10.

MCCM/JLL.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES

El presente formato es el anexo _01__de _01 del acta de la medida de Embargo Preventivo, practicada en fecha 14 de Octubre del 2010,

por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2142-10, realizada por el Perito Avaluador designado: A.G. , C.I.N° 3.530.122

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs

1 60 Sillas Tapizadas en Tela Color Rojo, con Base Metal Color Negro 20 C/U 1200°°

2 2 Sillas Secretarial Tapizadas en Tela Color Rojo, Base de Metal Color Negro 50°°

3 1 Sillas Visitantes Tapizadas en Tela Color Rojo, con Base de Metal Color Negro de 3 Puestos 30°° 30°°

4 3 Sillas Visitantes Tapizadas en Tela Color Rojo, con Base Metal Color Negro de 4 Puestos 40°° 40°°

5 1 TV Panasonic Color Gris Modelo N:CTG29745, Serial N: MB50400732 100°°

6 1 Mesa para TV, Madera Color Marrón de 3 Entrepaño 20°°

7 1 Mesa con Superficie Ovalada con Base Metal Color Negro 20°°

8 1 Mesa Con Superficie Circular Con Base Metal Color Negro 20°°

9 3 Rotafolio Pequeños con Base De Aluminio 5 C/U 15°°

10 2 Mesas Superficie Rectangular Base Metal Color Marrón 10 C/U 20°°

11 6 Carteleras Distintos Tamaños 25 C/U 15°°

12 4 Afiches Pequeños con M.M.C.A. 5°°

13 3 Archivador de Dos Gavetas Formica Color Gris 15 C/U 45°°

14 1 DVD Tochiva Color Plateado Mod. ED14914421 30°

15 1 Monitor ADC Modelo CT7220G.C/B 6-8541717214-6 20 20°°

16 1 Microweve, Marca HYNNDAI, Color Beig Serial N: 04-5-GZ-1005350 30 30°°

Total 1.660°°

El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor

Ejecutante Ejecutado

En el día de hoy, jueves catorce (14) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010) a las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.) se constituye este Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas, en la siguiente dirección señalada por la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada C.F.A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.595 : Calle Las F.U.. Sabana Grande, Torre Ofigarel piso 11 PH, a los fines de continuar con la practica de la medida de Embargo Preventivo acordada por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que por Juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue ADMINISTRADORA INMOBILIARIA ERALUZ C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES CAMLEX DE VENEZUELA C.A. por ante ese Juzgado. Haciendo la advertencia que la presente Acta es continuación del Acta que se abrió en el mismo día de hoy jueves catorce (14) de Octubre del 2010, a las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) para dar fiel cumplimiento a la Comisión Nº 2142-10, que se lleva por ante este Tribunal Ejecutor de Medidas, estando presentes en la dirección antes mencionada, la Juez Titular, Abogada M.C.C.M., en compañía de la Secretario Titular, Abogado J.L.L., del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., y del Perito Avaluador, ciudadanos C.R. cédula de identidad 6.318.092 y A.G., cedula de identidad 3.530.122; quienes estando presentes se Juramentaron y aceptaron cumplir con sus cargos; de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada C.F.A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.595, a objeto de que la Apoderada Judicial Actora antes identificada, continúe con la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES CAMLEX DE VENEZUELA C.A.- Seguidamente en el lugar Supra-identificado estando las puertas abiertas de las oficinas de INVERSIONES CAMLEX DE VENEZUELA C.A., fuimos atendidos por el ciudadano J.N.S.S., de nacionalidad peruana, cedula de identidad E-84.292.227 en su carácter de Gerente General asistido por la Abogado V.C.M.M. inpreabogado Nº 20.135 CI. 2.768.325, quien consigna en este acto Instrumento PODER APUD ACTA enviado por correo electrónico desde la Ciudad de México DF. a la maquina clown CPU marca Code sin serial visible a la dirección de correo electrónico julioneptali@hotmail.com, en la oficina donde se encuentra el Tribunal constituido Calle Las F.U.. Sabana Grande, Torre Ofigarel piso 11 PH; teniendo a la vista ante este Tribunal la firma electrónica del poderdante como Administrador Principal de la demandada, Ciudadano J.C.L.C., de nacionalidad peruana, mayor de edad, pasaporte Nº 1915332 expedido en la ciudad de Lima, Perú; igualmente consigno ante este Ejecutor la copia simple del Registro Mercantil de mi Representada teniendo a la vista este Tribunal Ejecutor de Medidas el Registro Mercantil consignado, luego de ser verificado tanto el carácter de Administrador Principal del Otorgante del Poder Apud Acta como su firma, El Secretario procedió a estampar su rubrica en el Poder Apud Acta y se ordena agregar los anexos a la presente Acta, pide en este acto la palabra la Apoderada Judicial de la parte Actora, Siendo las tres y veinticinco de la tarde 3:25 p.m. concluidas las horas de Despacho y las horas de Secretaria solicita al Tribunal se habilite todo el tiempo que sea necesario para terminar con la practica de la presente medida, solicitando un tiempo prudencial a los fines de entrar en conversaciones con los representantes de la empresa demandada para una posible transacción. En virtud de lo solicitado este Tribunal Ejecutor de Medidas habilita todo el tiempo que fuera necesario y concede el tiempo solicitado; continuando la Representante de la Empresa Demandada expone: En nombre de mi representada INVERSIONES CAMLEX DE VENEZUELA C.A me doy por citada, renuncio al termino de comparecencia y de conformidad con lo establecido en el código de procedimiento civil y código civil procedemos a celebrar la presente transacción que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: en nombre de mi representada convengo en declarar resuelto el contrato de arrendamiento privado de fecha primero de abril del 2005 entre la demandada y mi representada. En consecuencia mi representada entrega en este acto a la parte actora completamente desocupado de bienes y personas el inmueble constituido por la oficina C y D ubicadas en el piso 10 de la Torre Delta situada en la Avenida F.d.M., sector Altamira, Chacao, Edo. Miranda.- SEGUNDO: Mi representada conviene que adeuda a la parte actora la cantidad de CIENTO VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE (Bs. 123.889,49) por concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados A LA PARTE ACTORA equivalentes al monto de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de: noviembre y diciembre del 2009 y enero, febrero, marzo, abril, y mayo del 2010, ambos inclusive. En consecuencia a los efectos de establecer la forma de pago de dicha cantidad mi representada a través de su Administrador Principal ciudadano J.C.L.C., de nacionalidad peruana, mayor de edad, pasaporte Nº 1915332 expedido en la ciudad de Lima, Perú, el día lunes 25 de octubre del 2010 se reunirá con la representación judicial de la parte actora a los efectos de establecer la forma, tiempo y lugar en que será cancelada la totalidad de la deuda anteriormente indicada, observando expresamente que dicha cantidad será pagada en (03) PARTES comenzando a partir del día 25 de Noviembre 2010, el segundo pago el 25 de diciembre del 2010 y el tercer y ultimo pago el 25 de enero del 2011. Ahora bien, en el supuesto negado que no fuere posible lograr el pago del monto adeudado, mi representada acepta cancelar la suma total de DOSCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON NOVENTA Y NUEVE (Bs. 212.381,99) a razón de BOLIVARES DIECISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CINCUENTA (Bs. 17.698,50) por cada mes correspondientes a los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre del 2010, ambos inclusive. TERCERO: mi representada conviene en entregar el día 25-10-2010 a la parte Actora la totalidad de los recibos y finiquitos que acreditan la solvencia de cada uno de los servicios que genera el inmueble arrendado, esto es, los servicios de energía eléctrica, servicio domiciliario de aseo urbano, teléfonos, servicios de agua y en general, cualquier otro servicio publico que genere el inmueble. CUARTO: Es entendido que la falta de cumplimiento por parte de mi representada a cualquiera de las cláusulas contenidas en esta transacción dará lugar a que la parte actora solicite por ante el tribunal de la causa su ejecución y ese caso mi representada se obliga a pagar la totalidad de los honorarios profesionales causados así como también la costas, costos del presente juicio. Seguidamente expone la parte Actora: Señalo para ser embargados preventivamente todos y cada uno de los bienes inventariados por el auxiliar de Justicia en la hoja anexa y que forma parte de la presente Acta, todo lo cual hace un total de NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO (Bs.9.425,oo).- Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas visto los bienes muebles señalados por la Apodera Judicial de la Parte Actora procede a Embargar Preventivamente todos y cada uno de los bienes muebles señalados en la hoja de inventario anexa, todo lo cual hace un total de NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO (Bs.9.425,oo y los coloca bajo la guarda y c.d.J.N.S.S., de nacionalidad peruana, cedula de identidad E-84.292.227 en su carácter de Gerente General asistido por la Abogado V.C.M.M. inpreabogado Nº 20.135 CI. 2.768.325 con la anuencia del representante de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A. Sr. C.R. , CI. 6.318.092 . Expone nuevamente la Apoderada Judicial de la Parte Actora en los siguientes términos: Acepto en todos y cada una de sus partes la transacción planteada por la representación de la parte demandada y quedo en cuenta que la misma produce los efectos de una Sentencia pasada con la Autoridad de Cosa Juzgada. Solicito a este Tribunal que se mantenga la medida de embargo preventivo sobre todos y cada uno de los bienes muebles ya señalados los cuales quedan en garantía de fiel cumplimiento de la presenta transacción. Acepto igualmente en nombre de mi representada que los bienes muebles embargados preventivamente queden bajo la guarda y custodia del ciudadano J.N.S.S., de nacionalidad peruana, cedula de identidad E-84.292.227 en su carácter de Gerente General asistido por la Abogado V.C.M.M. inpreabogado Nº 20.135 CI. 2.768.325 Pido la devolución de la presente comisión al Tribunal de Causa a fin de que imparta la homologación de Ley. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en virtud de lo expuesto acuerda la devolución de la presente Comisión al Tribunal de la Causa a los fines de que este imparta la homologación de la presente transacción. Deja c.d.C. al acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia aun vigente, que no podrá establecer ni fijar tasas, aranceles o erogación alguna.- Es todo. - Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo las (08:00 p.m.) - Terminó, se leyó y conformes firman.-

Juez Titular

La Apoderada Judicial La Apoderada Judicial de

De la parte Actora la Demandada

El Notificado y su Abogada

Asistente

El Depositario El Perito Avaluador

El Secretario Titular.-

Comisión: 2142-10.

MCCM/JLL.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES

El presente formato es el anexo _01__de _01 del acta de la medida de Embargo Preventivo, practicada en fecha 14 de Octubre del 2010,

por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2142-10, realizada por el Perito Avaluador designado: A.G. , C.I.N° 3.530.122

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs

1 1 Monitor Marca AOC, Color Gris Serial 5554BFR5STNB

2 1 CPU, S/S Color Negro Marca Sony

3 2 Cornetas Color Negro Serial YQX618613048

4 1 Impresora EPSON STYLUS C92 C/B JV4P049385

5 1 Impresora EPSON C87 Plus Serial IKE11033823

6 1 Impresora HP 1022 Color Beige Serial VNB34173511

7 1 Monitor IBM Color Negro Serial 23N3891

8 1 CPU, Marca Compaq Color Beige Serial 6123F242E305

9 2 Cornetas, Marca Omega, Serial 4002439

10 1 Impresora HP 1020 Color Gris Serial CN130035303

11 1 Monitor Marca Compaq V570 Color Gris Serial 20713M28GB

12 028 Teclado Marca Genius Color Negro Serial ZM7702068705

13 1 CPU Samsung Color Beige S/S

14 1 Impresora EPSON ESTYLUS C79 Serial JELY08V4294

15 1 Fotocopiadora Marca Toshiba E/Estudio 166 Mod D-P-1660 Serial CAJ770841 Color Beige

16 1 Monitor Compaq Color Beige Serial 1211BM28ED281

17 1 CPU Compaq 52XMAX Serial 7P1BKHH3Y381 Color Negro

18 1 Teclado Color Negro Marca Genius, Serial ZM6227015309

19 1 Teléfono 17AX, Marca Samsung, Color Gris perla, Serial BAGX8082092

Total

El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor

Ejecutante Ejecutado

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES

El presente formato es el anexo _02__de _01 del acta de la medida de Embargo Preventivo, practicada en fecha 14 de Octubre del 2010,

por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2142-10, realizada por el Perito Avaluador designado: A.G. , C.I.N° 3.530.122

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs

1 1 Computadora Compuesta Por Monitor Marca Samsung, Monitor Color Negro, Modelo N° 7938SAFETI, Teclado Compaq Color Beige, Serial: 012046-06, CPU Compaq Serial 7P1BKHH3YIGL, Color Negro, Impresora Marca HP, Color Beige, Serial CNBOO31654.

2 1 Televisor Panasonic Color Gris Serial MB12950507.

3 1 DVD Toshiba Color Gris, Serial: ED15900475.

4 1 Equipo Musical Panasonic Color Gris, Modelo SA-A-K66, Serial DVIGC014873, Con Dos (2) Cornetas Serial 1BABE.

5 1 Microhonda, Marca MagiChef, Serial 0604005774, Color Amarillo.

6 1 Monitor Marca AOC, Color Gris Modelo 6404C0, Serial M9C64A719992.

7 1 Teclado Marca Genio, Cod: C/BZM7702068716. Color Negro.

8 1 Cpu, Color Negro Serial: MP1408C49331.

9 1 Un Monitor Marca Benq, Serial: E7EC611307910.

10 1 CPU, Marca CODE: S/S. 2 Corneta Genio Serial: ZYFH05800914.

11 1 Impresora Marca EPSON, C/B*JGTY 019233.

12 1 Un Monitor Marca Compaq, Color Gris, Serial: 202BM28GA473.

13 1 Un Teclado Marca Genio, Color Negro, Serial ZM6B02140251

14 1 CPU Marca USD S/S

15 1 MONITOR Marca ENYICION.

16 1 Impresora Marca EPSON ESTYLUS C79 *XJELY084421

17 1 CPU Compaq, Serial 94XX72007dd, 4 Cornetas, 1 Home Theather 51k

Total

El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor

Ejecutante Ejecutado

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES

El presente formato es el anexo _03_de _01 del acta de la medida de Embargo Preventivo, practicada en fecha 14 de Octubre del 2010,

por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2142-10, realizada por el Perito Avaluador designado: A.G. , C.I.N° 3.530.122

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs

1 1 Teléfono Panasonic Color Serial PFGT181821

2 140 Sillas Tapizadas En Tela Color ROJO, Base Metal Color Negro

3 3 Escritorio Modulares Formica, Color Gris

4 4 ARCHIVOS de 4 Gavetas Color Gris

5 20 Archivos Tipo Arturito De 2 Gavetas, Formica Color Gris

6 6 Mesas en Formica Gris (Pequeñas)

7 7 Mesas Ovaladas de Formica Color Gris, Base Metal Color Negro

8 1 Mesa Cuadrada Formica Color Gris

9 1 Escritorio con Ala En Formica Color Gris

10 1 Modulo de Recepción Metal Color Negro

11 3 Filtro de Agua: 1 de OINO y 2 De Botellones

Total 9.425°°

El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor

Ejecutante Ejecutado

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