Decisión de Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de Barinas, de 1 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteYolanda Felicia Guerrero Guedez
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

Barinas, 01 de Junio de 2006

195 º y 146 º

Vista la solicitud de Bienes de Niños y Adolescentes por el fallecimiento del ciudadano J.A.S.S., C.I N° V-9.238.322, y recaudos acompañados suscrito por la ciudadana YAMILER DEL PILAR VASQUEZ MONASTERIO, C.I N° V-14.171.885, madre del niños y adolescentes G.Y. y J.G.S.V., debidamente asistida por la abogado A.A. MONCADA, INPREABOGADO N° 84.228. por aclarados los términos de la presente pretensión y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, conforme prevee los artículos 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, en consecuencia vista la consignación del cheque de Gerencia N° 52006265 del Banco Federal a favor de este Tribunal de Protección del niño y del adolescente de al Circunscripción Judicial del Estado Barinas, por la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,00) por concepto de indemnización por muerte y varios conceptos laborales debidos al fallecimiento del ciudadano J.A.S.S., y cuyos beneficiarios son los niños y/o adolescentes G.Y. (10/09/2000) y J.G. (16/05/2002). En consecuencia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley se ordena oficiar al Gerente del Banco BANFOANDES, a los fines de que se sirva abrir una cuenta de ahorros nómina a nombre de este Tribunal y de los niños y/o adolescentes G.Y. y J.G., a los fines de su administración por este Tribunal conforme a los artículos 267 del Código Civil y 177 Parágrafo Segundo Literal “b” LOPNA. Se ordena notificar de la admisión del presente procedimiento a la Fiscal Especializada mediante boleta. Librese el oficio correspondiente. Diarícese y Cúmplase.

La Juez Unipersonal Nº 02.

Abg. Y.F.G..

La Secretaria,

Abog. M.B..

En la misma fecha se libraron la boleta y el oficio Nº_____________ordenado, entregados al ciudadano__________________________________________ Alguacil de este Tribunal. Conste:

La Secretaria,

Abog. M.B.

Exp. Nº S-6721-06

YFGG/jg.-

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