Decisión nº 11.999 de Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Agrario de Aragua, de 16 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2007
EmisorJuzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Agrario
PonenteRamón Adonay Camacaro Parra
ProcedimientoDivorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-

Maracay, 16 de Marzo de 2007

196° y 148°

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, contentivo de solicitud Divorcio 185-A, incoado por los ciudadanos G.A.S. Y M.A.M.I., y por cuanto del estudio del mismo se observa que dichos ciudadanos fijaron su ultimo domicilio conyugal en Villa de Cura, Municipio Zamora, del Estado Aragua, como se evidencia en el escrito libelar que riela al folio (01), este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto C. deL.J., y por cuanto este Tribunal esta encargado de llevar la distribución, en consecuencia entréguese el presenté expediente en original al funcionario respectivo, a lo fines de su distribución.-

EL JUEZ

ABG. RAMON CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO

Abg. A.H.

EXP. N° 11.999

RCP/AH/Mari.-

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