Decisión nº s-n de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Falcon (Extensión Coro), de 28 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteGrisalida Maria Chirinos Urdaneta
ProcedimientoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN

TRIBUNAL PRIMERO DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN.

S.A.D.C., 28 DE SEPTIEMBRE DE 2.010.

AÑOS: 200° Y 151°

En el presente Asunto Nro. JMS-1-S-074, contentivo de Justificativo de Testigo, presentado por la ciudadana R.Y.F.A. titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.292.770, de fecha 14 de Julio del año 2010, en representación de su menor nieto A.M.F.T., mediante el cual solicita, sea Declarado Único y Universal Heredero del ciudadano M.A.F., quien falleciera en fecha 14 de Junio de 2010. Visto y examinado el Justificativo de Testigos evacuados por ante éste Tribunal, en fecha 11 de Agosto de 2010, el Acta de Defunción y Acta de Nacimiento que se acompañan en la presente solicitud, éste Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 16 ejusdem, y en atención a lo solicitado, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO DEL CIUDADANO M.A.F. quien falleciera en fecha 14 de Junio de 2010, al n.A.M.F.T.. Notifíquese a la Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón. Se Faculta suficientemente al Secretario de éste Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado. Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En S.A.d.C., a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre del año 2.010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

ABG. GRISALIDA CHIRINOS URDANETA.

JUEZA DEL TRIBUNAL DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO FALCÓN CON SEDE EN CORO.

EL SECRETARIO,

ABG. J.D.G.

GCU/AndreaVentura.-

Asunto: JMS-1-S-074

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