Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 9 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoDaños Morales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 9 de agosto del 2007. -

197º y 148º

Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la sociedad mercantil “PHARMACEUTICAL GROUP C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28-09-2000, bajo el Nº 73, Tomo 462-A-Qto., en la persona de su Presidente ciudadano E.N.M.T., de nacionalidad colombiano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 82.283.299, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación, para que dé contestación a la demanda incoada en contra de su representada por la sociedad mercantil AGRO HERMES C.A., por DAÑO MORAL y dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 eiusdem y entréguese la misma al alguacil para que practique la citación ordenada, previo suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia. Ofíciese al Juzgado Undécimo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, solicitando la remisión del expediente contentivo del procedimiento instructorio anticipado distinguido con el Nº AP31-S-2006-000346.

La Juez,

Dra. M.R.M.C.

La Secretaria

Norka Cobis Ramírez

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