Decisión de Juzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara de Monagas, de 25 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2012
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara
PonenteGrecia Gutierrez
ProcedimientoMedida De Embargo Preventivo

Comisión: 05802

A.A.T. ROMERO/ MAIQUER J.R..

En horas de Despacho del día de hoy 25 de Mayo de 2.012, siendo las 10:19 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y S.B.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la ciudadana A.A.T.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.030.426 y su apoderado judicial A.P.J., inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 171.526, a los fines de practicar la Medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre el cincuenta por ciento (50%) los siguientes bienes: Primero: Cuenta corriente del Banco BANESCO Nº 01340820318203018631 a nombre del ciudadano MAIQUER J.R., titular de la cédula de identidad Nº 14.939.784.Segundo: Cuenta de Ahorro del Banco BANESCO Nº 01340442954422046653 a nombre del ciudadano MAIQUER J.R., titular de la cédula de identidad Nº 14.939.784, decretada por el Tribunal Comitente: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en el Juicio de Declaración de Concubinato, intentado contra MAIQUER J.R., titular de la cédula de identidad Nº 14.939.784 y siendo las 10.30 a.m se constituyó el Tribunal por señalamiento de la parte actora en la sede del Banco Banesco, ubicado en la carrera 17, Edificio Nikamale, Centro, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas.- Presente J.G.M., titular de la cédula de identidad Nº 11.005.945,en su carácter de Gerente de Avance, a quien el Tribunal notifico de su misión. Acto seguido interviene la parte actora y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Es todo. Acto seguido intervine la persona notificada informa al Tribunal que ambas cuentas se encuentras canceladas. Acto seguido interviene el Tribunal, visto lo expuesto por la notificada, este Tribunal ordena su regrese a su sede. Es todo.

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