Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 10 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2004
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonenteHaydee Oberto Yépez
ProcedimientoHomologación Visitas

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 01

Guanare; 10 de Noviembre del 2004

194º y 145º

Visto el convenimiento celebrado entre los ciudadanos A.A.A.B. y A.C.E.J., por ante la sala de este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de REGIMEN DE VISITAS, de los padres en beneficio de su hija B.D.E., por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su Homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente.

La Juez, Temporal

Abog. Thayrhayr Sáez de Oliveros

La Secretaria,

Abog. E.M.J.V.

TSdeO/Mery S.

EXP. Nº 4669

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