Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 6 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteAlbio Antonio Contreras Zambrano
ProcedimientoResoluciòn De Contrato De Compra-Venta

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, seis de noviembre de dos mil doce.

202º y 153º

Vista la diligencia de fecha 01 de noviembre de 2012 (folio 567), suscrita por los abogados en ejercicio A.J.M. y M.D.J.D.A., en su condición de co-apoderados judiciales de la parte actora, ciudadano J.A.C., mediante la cual solicitan la citación por carteles de las empresas demandadas de autos, y visto igualmente que según las declaraciones del Alguacil Titular de este Juzgado, que obran insertas a los folios 555 y 561 del presente expediente, no fue posible lograr la citación personal de los representantes legales de las empresas demandadas, este Tribunal acuerda conforme al pedimento de los diligenciantes; y en consecuencia, ordena citar por medio de carteles, de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, a las empresas “EL ROSARIO MALL, C.A” y “DESARROLLOS EL ROSARIO, C.A”, la primera en la persona de su PRESIDENTA, ciudadana E.J.D.D.P.; y la segunda, en la persona de su PRESIDENTE ciudadano E.M.D.G.; emplazándolas a fin de que ocurran a darse por citadas a través de sus representantes legales, en el término de QUINCE [15] DIAS CALENDARIOS O CONSECUTIVOS, siguientes a aquel en que conste en autos el cumplimiento de los siguientes requisitos: a.) La publicación por la prensa del cartel de citación con el intervalo de ley; b.) La consignación en el expediente de los dos ejemplares de prensa en los que aparece publicado el cartel; y, c.) La constancia de que la Secretaria de este Juzgado de haber fijado un ejemplar del mismo en el lugar donde el Alguacil agotó la citación de los representantes legales de las empresas demandadas; haciéndoseles la advertencia expresa de que si no comparecieren en el plazo señalado, se les nombrará defensor judicial con quien se entenderá la citación. El cartel debe ser publicado a costa del interesado en dos diarios de los de mayor circulación en el Estado Mérida a escoger entre: El Diario Frontera y el Diario Pico Bolívar, uno en cada periódico, con el intervalo de ley, esto es, tres días entre una y otra publicación. Se le advierte al interesado que la publicación del referido cartel debe realizarse en letras cuyas dimensiones permitan su fácil lectura, y su consignación en el expediente debe hacerse en un lapso que no exceda de quince [15] días contados a partir de la fecha en que se le haga entrega del mismo, pues, en caso contrario, no se aceptará su incorporación a los autos y será necesario librar, a su instancia, un nuevo cartel. Emítanse los carteles ordenados, y entréguense dos (2) ejemplares del cartel de citación al interesado para su respectiva publicación por la prensa, quien deberá diligenciar dejando constancia de haberlos recibido conforme, y otro ejemplar a la Secretaria de este Juzgado para que proceda a fijarlo en la morada, oficina o negocio de las empresas demandadas de autos.

EL JUEZ TITULAR,

A.C.Z.

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. S.Q.Q.

ACZ/SQQ/yp.-

Exp. 10.453.

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