Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 16 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteYaunis Villegas Verde
ProcedimientoAmpliación Del Lapso De Presentaciones.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSION CARUPANO

TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

Carúpano, 16 de Febrero de 2006

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-005247

ASUNTO: RP11-P-2005-005247

SENTENCIA INTERLOCUTORIA AMPLIANDO LAPSO DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por la Dra. S.K. , en su carácter de Defensora Público Penal de los ciudadanos L.E.A. y Keving R.S.V.T., mediante el cual solicita a este Tribunal Tercero de Control , que sus patrocinados realicen sus presentaciones por la Comandancia de policía del Municipio Mariño, en virtud de que en estos momentos se encuentran desempleados, situación esta que les esta generando una dificultad para cumplir con sus presentaciones periódicas, en vista de que no cuentan con un trabajo que les proporcione estabilidad.

Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso, es acordar una ampliación de las presentaciones de los imputados L.E.A. y Keving R.S.V.T. ,Toda vez que los mismos carecen de los recursos económicos para trasladarse hasta esta ciudad de Carúpano cada treinta días, por lo que se acuerda ampliar las presentaciones de cada treinta días a cada cuarenta y cinco (45) días ,las cuales se comenzaran a contar a partir de la última presentación que fue en fecha 13-02-06, quedando las presentaciones para las siguientes fechas 30de marzo y 13 de mayo del año en curso por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión.

La Juez Tercero de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde

La Secretaria

Dra. Rutselly Guerra

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