Decisión nº 006 de Corte de Apelaciones 10 de Caracas, de 1 de Abril de 2011

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2011
EmisorCorte de Apelaciones 10
PonenteBetty Reyes
ProcedimientoAdmisible La Recusacion

CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

SALA 10

Caracas, 01 de Abril de 2011

200° y 152°

PONENTE: B.E.R.Q..

EXPEDIENTE Nº 10-Aa-2911-11

DECISIÓN N° 006

Visto el escrito de Recusación, presentado por la ciudadana A.I. VARGAS MORALES, actuando en su carácter de víctima, en contra del ciudadano del ciudadano A.J.F.P., Juez del Juzgado Vigésimo Sexto (26°) en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la causa seguida en contra del ciudadano L.D.F.T., signada con el Nº 26°J-539-11, fundamentada en el artículo 86 numerales 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal.

DE LA ADMISIBILIDAD

Revisada en esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el Cuaderno Especial de Recusación, el día 29 de Marzo de 2011, se dio cuenta en Sala y se designó como ponente a la Dra. B.E.R.Q.; quien verificó que la presente Recusación fue planteada en contra de un Juez Unipersonal por lo que es competente para conocer y resolver la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia procede a ADMITIR la Recusación de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.

Así mismo, deja constancia la Sala de que en la presente Recusación no fueron promovidas pruebas, ni por la accionánte, ni por el Juez recusado. En consecuencia, se acuerda librar boletas de notificación al Juez recusado.

Regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de la Sala Décima (10°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al Primer (1°) día del mes de Abril del año Dos Mil Once (2011). Año 200° de la Independencia y 152° de la Federación.

LA JUEZ PRESIDENTE

C.T. BETANCOURT MEZA

LA JUECES INTEGRANTES

Dra. B.E.R.Q.D.. ANGELICA RIVERO BERMUDEZ

-Ponente-

LA SECRETARIA

ABG. CLAUDIA MADARIAGA SANZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA

ABG. CLAUDIA MADARIAGA SANZ

Exp. 10 Aa 2911-11

CTBM/BERQ/ARB/CMS/Rubén T.-

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