Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 19 de Diciembre de 2006

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2006
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteJesus Rondon
ProcedimientoEjecucion De Absolutoria

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-000791

ASUNTO : LP11-P-2006-000791

Visto que en la presente causa se dicto sentencia ABSOLUTORIA decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 10-11-06, seguida en contra de la ciudadana, AIDALIS CACERES SOLANO, venezolana, mayor de edad, soltera, nacida en fecha 03-06-1987, titular de la cédula de identidad Nº. 16.741,647, natural de rió perdido zona panamericana, nacida en fecha 03-06.87, residenciada en el Barrio La Victoria casa s/n el Vigía Estado Mérida, quien fue absuelta por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31, ultimo aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena el siguiente EJECÚTESE: en cuanto que al folio (469) de la mencionada sentencia se ordena la entrega de la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000,oo) en dinero efectivo y de legal circulación en el país, a la mencionada ciudadana. Notifíquese al Ministerio Público y a la Defensa Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub.-Delegación El Vigía para que proceda a entregar lo ordenado por este Juzgado y levante acta y proceda enviarla a este tribunal. Todo de conformidad con los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-

Juez de Ejecución N° 02

Abg. J.O.R.C..

La Secretaria

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