Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Aragua, de 7 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2007
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteMary Chirinos
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

Revisadas como fueron las actas procesales que conforman el presente asunto este Tribunal observa fue ingresado el asunto para ser del conocimiento de éste tribunal el día 16 de Noviembre del corriente año 2007, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, siendo la parte actora la ciudadana AIDMAR COLMANAREZ, contra la demandada LA TERRAZA DE DON PEPE C.A. Y SOLIDARIAMENTE A MICHEL DE ABREU Y M.D.A., por lo cual se procedió a su revisión, QUE POR SER UN Hecho Notorio Judicial reciente de éste tribunal, el conocimiento de un asunto que fue decidido como desistido en fecha 15 de Noviembre de 2007, por cuanto no asistió la parte actora ni la parte demandada, en consecuencia se fallo en ese sentido todo de conformidad al Art. 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que establece lo siguiente:

Si el demandante no compareciera a la audiencia preliminar se considerará desistido el procedimiento, terminado el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta, la cual deberá publicarse en la misma fecha…

Parágrafo Primero: El desistimiento del Procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días contínuos.

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