Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 12 de Julio de 2005

Fecha de Resolución12 de Julio de 2005
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo
PonenteSandra Elizabeth Noriega de Rivero
ProcedimientoRectificacion De Partida De Matrimonio

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-

Por cuanto el ciudadano AKRAM ABOU HAMDAN A.F., venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.609.702, debidamente asistido en este acto por el Abogado A.A.A.V., inscrito en el inpreabogado Nº 40.162; solicitó que este Tribunal ordenara la RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, dicha acta de matrimonio corre inserta en los Libros de Matrimonios llevados por ante la Prefectura del Municipio San F.d.A., signado con el N° 63 correspondiente a la Fecha 07-03-05. Los errores denunciados consisten en: 1.- Que al asentar su nombre en el acta de matrimonio se le identifico como AKRAM BOU HAMDAN A.F., siendo en nombre de forma incorrecta; ya que su verdadero nombre es ABOU, es decir que su verdadero nombre es AKRAM ABOU HAMDAN A.F.; 2.- Que nació el 29 de Abril de 1.973, siendo lo correcto el 29 de Abril de 1.972 y no como se encuentra asentado en el Libro correspondiente. Para los efectos probatorios, el solicitante consignó Copia de la Cédula de Identidad y Acta de Nacimiento expedida por la Prefectura del Municipio San F.d.E.A..

Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad de los errores denunciados que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO; este Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente acción y ordena al P.d.M.S.F.d.E.A. de esta Circunscripción Judicial y al Registrador Principal del Municipio San F.d.E.A., estampar la correspondiente Nota Marginal del Acta de Matrimonio del ciudadano AKRAM ABOU HAMDAN A.F., en el sentido de que corrija el nombre y la Fecha de nacimiento del mencionado ciudadano, haciéndose aparecer el mismo como lo ordena esta sentencia. Expídase por secretaría las copias certificadas que fueran menester a la solicitante y remítase las necesarias a las autoridades civiles competentes antes señaladas.-

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Doce (12) días del Mes de Julio del año 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-

LA JUEZ TEMPORAL

(FDO.)

DRA. S.N.D.R.

LA SECRETARIA TEMPORAL

(FDO.)

ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.

En la misma fecha, siendo las 11: 00 de la mañana, se publicó y registró la anterior sentencia y quedó el expediente signado con el N° 5.017.-

LA SECRETARIA TEMPORAL

(FDO.)

ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.

SNDR/GT/CAD.-

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