Decisión de Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de Tachira, de 2 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado de los Municipios Michelena y Lobatera
PonenteAlicia Katherine Cardenas Quiroga
ProcedimientoExtinción Del Proceso

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.MICHELENA, DOS (02) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007.PODER JUDICIAL.

197° y 148°

Vista la diligencia de fecha dieciséis de octubre del año 2007, suscrita por la ciudadana A.J.R.M., actuando en carácter de madre por medio del cual informa a este Juzgado que sus hijos han cumplido la mayoría de edad. De conformidad con lo expuesto por la diligencia, procede esta Juzgadora analizar al respecto al articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, normativa que regula las situaciones de los menores cuando cumplen la mayoría de edad. La obligación alimentaría se extingue:

  1. por haber alcanzado la mayoridad el beneficiario de la misma, excepto que padezca deficiencias físicas o mentales que lo incapaciten proveer su propio sustento, o cuando se encuentre cursando estudios que, por su naturaleza, le impidan realizar trabajos remunerados, caso en el cual la obligación puede extenderse hasta los veinticinco años de edad , previa aprobación judicial.

Por las razones de hecho y derecho antes expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECLARA LA EXTINCION DEL P.P.O.A. en beneficio de ADELMARY Y J.J.Z.R., de conformidad con el articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por cuanto no hay mas actuaciones ha desarrollar en este proceso. Así se declara, se ordena archivar la presente casa.

Publíquese, regístrese y deje copia para el archivo del tribunal de la presente decisión.

Abg. A.K.C.Q.

Juez temporal.

C.A.R.Z..

Secretaria Accidental.

En la misma fecha siendo las 3:00 p.m., se publico, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.

La secretaria Accidental.

C.A.R.Z..

EXP Nº 199-2003.

AKCQ/carz.

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