Decisión nº 3099-11 de Juzgado Cuarto de Municipio de Vargas, de 21 de Enero de 2011

Fecha de Resolución21 de Enero de 2011
EmisorJuzgado Cuarto de Municipio
PonenteScarlet Rodríguez Perez
ProcedimientoResolucion De Contrato De Comodato

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL

DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 21 de Enero de 2011.

200° y 151°

Por recibida la presente demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMODATO, presentada por la ciudadana: A.M., titular de la Cédula de Identidad Nº 3.563.261, abogada en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.201, actuando en este acto como Apoderada Judicial de los ciudadanos C.A.M.M. Y E.C.M.D.C., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titular de las Cédulas de Identidad Nº V-6.860.893 y 6.366.176, este Tribunal, la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, cítese al ciudadano: L.A.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.598.887, para que comparezca por ante este Tribunal al Segundo (2º) día de Despacho siguiente a la constancia en autos dejada por el Alguacil, de haberse practicado su citación, entre las horas de despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que de Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compúlsese el libelo de la demanda y con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada. Cúmplase.

LA JUEZ,

LA SECRETARIA ACC.,

Dra. S.R.P..

M.R.L..

En esta misma fecha se admitió bajo el Nº 1699/10. Asimismo, no se libró la compulsa de citación ordenada, por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.

LA SECRETARIA ACC.,

SRP/JG/Belkis.

Exp. Nº 1699/10

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