Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 18 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2008
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteDouglas Rumbos Ruiz
ProcedimientoCorrección De Auto De Ejecución De Sentencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná

Cumaná, 18 de Febrero de 2008

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000005

ASUNTO : RP01-P-2004-000005

Visto el oficio 0025-08 emanado de la Fiscalía de Ejecución de Sentencias, en el cual señalan error en el cálculo del cumplimiento de la pena del ciudadano A.J.N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.934.857, condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A N.A., en el cual se omite VEINTINUEVE (29) DÍAS, solicitando su corrección, ahora bien, una vez examinado detalladamente el auto de fecha 09 de noviembre del 2007 y una vez realizadas las operaciones matemáticas de rigor; se determina que si bien es cierto existe un error en cómputo, no es el señalado por al representación fiscal, ya que la pena efectivamente cumplida para aquella fecha era de CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOCE (12) HORAS, y no de CINCO (05) AÑOS, DOS (02) MESES Y DOCE (12) HORAS. Ahora bien, por tratarse de un cómputo el cual no es de ninguna manera definitivo, en virtud de que aún resta tiempo suficiente para que procedan otras Redenciones, Fórmulas Alternativas al Cumplimiento de Pena y Conmutación, los cuales incidirían en al fecha definitiva, se acuerda tomar en cuenta lo aquí planteado para un futuro cómputo de pena. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución Sentencia del Ministerio Público. Es todo. Cúmplase.

El Juez

La Secretaria

Douglas José Rumbos Ruiz

Jessybel Bello Boada

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR