Decisión de Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de Anzoategui, de 11 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
PonenteMirna Mas Y Rubi Sposito
ProcedimientoDivorcio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.

Barcelona, once de febrero de dos mil catorce

203º y 154º

ASUNTO: BP02-R-2013-000455.

Demandante: A.R.M.

Demandado: S.M.H..

MOTIVO: Divorcio (APELACIÓN)

Revisadas las actas que conforman la presente causa, el Tribunal evidencia que la misma corresponde a un juicio de Divorcio presentado por el ciudadano A.R.M., Cedula de Identidad No. 4.220.940, representado por la Abogada M.Y.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.450.

Ahora bien, visto que este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, sólo conoce de los recursos civiles en materia de bienes, el conocimiento de la presente causa no es de su competencia. Y así se decide.

Como consecuencia de lo anteriormente señalado, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

Primero

Incompetente para conocer la demanda de Divorcio en Apelación presentado por el ciudadano A.R.M..

Segundo

En virtud de su incompetencia para conocer en razón de la materia, se declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.

Tercero

Devuélvase mediante itineración en el sistema JURIS2000 a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil, a los fines de su remisión al Juzgado señalado.

Líbrese oficio.

Déjese copia certificada.

La Juez,

El Secretario,

Dra. M.M. y R.S..

Abog. J.A.L..

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