Decisión nº 1504 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Barinas, de 19 de Julio de 2006

Fecha de Resolución19 de Julio de 2006
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
PonenteYriana Diaz Peña
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, diecinueve de julio de dos mil seis.

196° y 147°

Vista la Solicitud que precede suscrita por el ciudadano A.A.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.164.029, debidamente asistido por la abogada en ejercicio L.D.L.R.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.593, conforme a la cual manifiesta haber adquirido un vehículo que tiene un valor aproximado de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,00), y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre el vehículo, solicita se le acredite bastante y suficiente la justificación evacuada por ante este Despacho para asegurar el derecho de propiedad sobre el vehículo antes dicho. Fue acompañado Documento de venta que le hace la ciudadana EMERITA CONTRERAS GUTIÉRREZ, al ciudadano A.A.B., por ante la Notaria Publica Primera de Barinas, en fecha 12 de julio del año 2.006; Permiso de Circulación y Acta de Revisión, expedidos por el Ministerio de Infraestructura, Servicio Autónomo de Transporte y T.T.. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los ciudadanos NINFA LA ROTTA CASTRO e YSILIO HERRERA MONTES, ya identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano A.A.B., ya identificado, sobre un vehículo de su propiedad cuyas características son: CLASE: Camión; TIPO: Cava; MARCA: Ford; MODELO: 1.980; USO: Carga; SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS; SERIAL DE CARROCERIA: Y80UVNJ9632. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el libro Diario.

La Juez Temporal,

Abg. Yriana Díaz Peña.

La Secretaria,

Abg. M.S..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste,

Scría.

Sol. N° 191-06.

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