Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 4 de Abril de 2006
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2006 |
Emisor | Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo |
Ponente | Unaldo José Atencio |
Procedimiento | Calificación De Despido |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, cuatro de abril de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-000280
Visto el desistimiento tanto de la acción como del procedimiento, efectuado por la parte actora ciudadano A.J.U.R., venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 12.148.354, asistido de la abogada en ejercicio M.E.S., inscrita en el INPREABOGADO bajo el N º 84.274, en la Solicitud de Calificación de Despido que intentó en contra de la sociedad mercantil TUCKER ENERGY SERVICES DE VENEZUELA, S.A., el tribunal para decidir, observa:
Para el desistimiento de la acción y del procedimiento, el actor se encuentra asistido de abogado en ejercicio, siendo que una vez terminada la relación de trabajo los derechos ventilados en juicio son disponibles, y no habiéndose contestado aún la demanda, lo que no amerita consentimiento de la parte demandada, conforme lo dispuesto en el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y el desistimiento no versa sobre materias en las cuales este prohibido, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al desistimiento de la acción y del procedimiento, en consecuencia, se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente.
Regístrese. Déjese constancia de la anterior decisión en el copiador de sentencias. Firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En el Tigre a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil seis. Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Temporal
Abg. Unaldo J.A.R.
La Secretaria,
Abg. M.S.
En esta misma fecha de hoy, siendo las 11:56 de la mañana se publicó la anterior decisión y se registró en el copiador respectivo. Conste.-
La Secretaria,
Abg. M.S.
UJAR/ua BP12-S-2006-000280