Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 28 de Enero de 2009
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2009 |
Emisor | Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control |
Ponente | MarÃa del Carmen Wetter Figuera |
Procedimiento | Traslado A Centro Hospitalario |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre- Ext. Carúpano
Juzgado Cuarto de Control
Carúpano, 28 de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2000-000170
ASUNTO: RJ11-P-2000-000170
Visto el escrito presentado por la Abg. A.N., en su carácter de Defensor Público Penal del Imputado A.E.A., mediante la cual hace del conocimiento del tribunal que en entrevista sostenida con familiares del imputado, los mismos le manifestaron que su representado actualmente presenta dificultades para caminar, crisis de dolores con cuadro de fiebre alta e hinchazón, por lo que solicita que el mismo sea trasladado a la brevedad posible al Hospital General “Santos Aníbal Dominicci”, a los fines de que sea examinado por médico especialista en la materia.
En tal sentido observa este tribunal, que en fecha 18-12-2008 se celebró Audiencia de Imposición de Orden de Aprehensión librada contra el referido imputado A.E.A., a quien se le impuso los motivos por los cuales en fecha 14-06-2007 le fue acordado la orden de aprehensión, asimismo en dicho acto, se acordó fijar la audiencia preliminar para el día 29-01-2009 a las 2:30pm.
Ahora bien, vista la solicitud de la Defensa, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, como garante del Derecho Constitucional a la salud, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 10 y 478 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda el traslado con las seguridades que el caso amerita, del Imputado A.E.A., al Hospital S.A.D. de esta Ciudad, a los fines de que sea atendido por un médico especialista en la materia de acuerdo al diagnóstico que presenta el mismo y asimismo se le administre el tratamiento correspondiente, todo en virtud de la información suministrada por la Defensa Pública y a los fines de garantizarles el derecho constitucional a la salud y a la vida.
Se acuerda oficiar al Comandante General de Policía del Estado Sucre, con sede en Carúpano, que previa a las medidas de seguridad traslade al referido imputado al Servicio de Medicina Interna del Hospital General S.A.D. de esta Ciudad, anexándole Oficio dirigido al Director del Hospital de Carúpano, a quien se le adjuntara copia del Informe presentado por la Defensa, el cual está suscrito por el Dra. Figueredo Arias, Médico Cirujano adscrito a esa Institución Hospitalaria. Notifíquese a las partes. Líbrese los oficios correspondientes. Cúmplase.
LA JUEZA CUARTO DE CONTROL
Abg. M.W.F.
EL SECRETARIO,
Abg. J.E.G.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,
Abg. J.E.G.