Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Barinas, de 14 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteYolanda Felicia Guerrero Guedez
ProcedimientoAdministración De Bienes (Bienes Contencioso)

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y

SUSTANCIACION.

Barinas, 14 de Agosto de 2012. 202 ° Y 153 °

Vista la solicitud de ADMINISTRACION DE BIENES por el fallecimiento de la

ciudadana A.D.C.B.L., venezolana, mayor de edad, C.I

N° V-12.776.877, suscrita por los ciudadanos J.A.V.C. Y

AL! J.S., venezolanos, mayores de edad, C.I N° V-15.209.608; V-

14.204.093, padre de las niñas y adolescentes SE OMITEN de 15 y 10 años de edad,

asistida por la Defensora pública abogada M.A.G., por cuanto la

misma no es contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna

disposición expresa de la ley de conformidad con lo prevista en el Parágrafo Segundo

literal HA" del Artículo 177 y 457 LOPNNA, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN

DERECHO, DESELE ENTRADA y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, Désele

el curso de ley conforme el procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517

ibidem). Por Aplicación preferente a los procedimientos especiales y ordinarios previstos

en la LOPNNA a que ordena el artículo 452 Ejusdem. Vista la naturaleza del asunto que

se presenta óbviese la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar. Notifíquese

mediante boleta conforme al arto 515 LOPNNA al Fiscal(a) del Ministerio Público, para

que su opinión sea oída. Ofíciese a las entidades señaladas, para que remitan a este

Tribunal Cheque de gerencia de las cantidades de dinero solicitadas para la respectiva

apertura de la cuenta de ahorros a cargo de la Oficina Control de Consignaciones (OCC)

de este tribunal. En consecuencia se advierte que una vez que consten en autos

practicadas todas la notificación acordada y recibidos los cheques de gerencia

requeridos se fijará por auto separado día y hora para que tenga lugar la fase de

sustanciación de la Audiencia preliminar en la presente causa a los fines de proveer con

la opinión del Fiscal de Ministerio publico y los padres sobre la mejor administración de

los recursos consignados por ante este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas

ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y la

Secretaria. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma

ilegible de la Secretaria. Quien suscribe en mi carácter de secretaria •del este Tribunal

Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción

Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,

cursantes a los folios del Expediente MD11-J-2012-000863, todo de conformidad con el

articulo 112 del Código de procedimiento Civil.

Exp. N° MD11-J-2012-000863

YFGG/jg-

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