Decisión de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Merida (Extensión Mérida), de 28 de Junio de 2005

Fecha de Resolución28 de Junio de 2005
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteIsmael Eugenio Gutierrez Ruiz
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar.

195° y 146°

VISTOS: Se inicia la presente causa mediante formal escrito presentado por la ciudadana Z.M.V., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.073.590, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 25.714, actuando en nombre y representación del ciudadano A.A., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 4.249.656, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y civilmente hábil, por el cual solicita la rectificación de la partida de nacimiento del ciudadano ALFONSO AC0STA, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. Alegan en la acción de rectificación de la partida de nacimiento No. 34 del año: 1954, que está asentada en la Prefectura Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Sucre del Estado Mérida; la cual corre agregada en el presente expediente (folio 6 y 8), la misma presenta el error material en cuanto al nombre del solicitante que figura como ALONSO, siendo lo correcto ALFONSO. Acompañó el interesado a los fines de demostrar que es cierto lo alegado en la solicitud de rectificación de partida de nacimiento lo siguiente: En copias certificadas: partidas de nacimiento emitidas por la Prefectura de la Parroquia San J.M.S.d.E.M. y por el Registro Principal y en copia simple: cédula de identidad, licencia y certificado médico de conducir, carnet del Seguro Social y del Sindicato Único de Trabajadores del Transporte del Distrito Federal y Estado Miranda. Los anteriores recaudos, demuestran fehacientemente y son prueba cierta, que al asentar la partida de nacimiento de A.A., se incurrió en error en cuanto al nombre que figura como: ALONSO siendo lo correcto: A.A. y no como aparece erróneamente en su partida de nacimiento.

Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento de A.A., inserta por ante la Prefectura Civil de la Parroquia San J.M.S.d.E.M. y se establece que el nombre del solicitante es A.A. y no como aparece en la partida de nacimiento. Queda así rectificada. A tales efectos, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes, a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-

PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.

DADA FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, veintiocho (28) de junio de dos mil cinco (2005). Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-

EL JUEZ,

Abg. I.E.G.R.

LA SECRETARIA,

Abg. S.C..

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