Decisión nº PJ0042016000073 de Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo de Monagas, de 9 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2016
EmisorTribunal Tercero de Sustanciación, Mediacion y Ejecución del Trabajo
PonenteJosé Lorenzo Adrian Mata
ProcedimientoPrestaciones Sociales

N° DE ASUNTO NP11-L-2015-000505

PARTE ACTORA: A.B., venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número 4.612.165 y de este domicilio.

APODERADOS DE LA PARTE ACTO: ERRICO DESIDERIO Y OTROS, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 42.284

PARTE DEMANDADA: D.A.R. Y OTRO.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARYORIE RODRIGUEZ Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 70.224 de este domicilio.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 09 de agosto de 2016, comparecieron por ante este Tribunal la Abg. MARYORIE RODRIGUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante y el ciudadano D.A.R., en su carácter demandado como persona natural, asistido por el Abg. ERRICO DESIDERIO, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y en tal sentido han llegado a un acuerdo en la prolongación de la audiencia preliminar, El demandado como persona natural expone que asume totalmente la responsabilidad del pago a realizar al demandante y libera totalmente de toda responsabilidad laboral a Preparados Alimentos Internacionales (Arturos), el Tribunal en virtud de tal solicitud de las partes y a manera transaccional, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: y le ofrecen cancelar al ciudadano A.B., la cantidad total de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES, ( Bs. 75.000), el cual será consignado por ante la OCC de esta Coordinación el día 12-08-16. La Apoderado Judicial acepta la propuesta y está totalmente satisfecho con el pago, no quedando nada más que reclamarle a la empresa por los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, el pago de Pago de Prestaciones Sociales de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.

EL JUEZ PROVISORIO

Abg. J.L.A.M.

El demandante y su Abogado El Secretario(a)

La Apoderada del demandado

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario(A)

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