Decisión nº 017-09 de Tribunal Sexto de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 9 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Sexto de Juicio
PonenteArelis Avila de Vielma
ProcedimientoConstitución De Tribunal Unipersonal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO

Maracaibo, 09 de marzo de 2009

198° y 150°

CAUSA N°. 6M-051-08.- DECISIÓN N°: 017-09

ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL DE MANERA UNIPERSONAL

En el día de hoy, Lunes Nueve (09) de Marzo del año de dos mil Nueve (2009), siendo las once y treinta (11:30) minutos de la Mañana, previo lapso de espera, fecha y hora acordados por este Tribunal para efectuar el presente acto de Constitución como Tribunal Mixto, integrado con Escabinos, en la Causa N° 6M-051-08, en la Sala del Despacho de este Tribunal Sexto de Juicio de este Circuito, ubicado en el Segundo Piso del Palacio de Justicia, sede de los Tribunales Penales de Maracaibo y presidido el mismo por la Juez Profesional ABOG. A.A.D.V. y la Secretaria ABOG. J.P., en este proceso seguido en contra del acusado A.A.I., por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio del ciudadano A.J.I.. Seguidamente, la Juez ordenó a la Secretaria del Tribunal, que verificara la presencia de las partes, que deban intervenir, encontrándose presentes: El Fiscal 4° del Ministerio Público, ABOG. J.J., el acusado A.A.I., previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas el Marite, el Abogado T.C., en su condición de Defensor Privado. En este estado el acusado de autos solicito la palabra y expuso: “Deseo que se constituya el tribunal sin Escabinos a los fines de no retardar mas este proceso, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Defensor Privado, quien expuso: “En virtud que esta es la tercera oportunidad que se fija para la constitución del tribunal y tomando en cuenta que los ciudadanos seleccionados como Escabinos no han comparecido a los fines respectivos, esta defensa, renuncia en este acto al Tribunal Mixto y pide a este Tribunal de Juicio se sirva constituir como Tribunal Unipersonal a los fines que se dije lo antes posible la fecha de apertura a juicio, es todo”. Ya para finalizar se le cede la palabra a la Fiscal 4º del Ministerio Público, y manifestó: “No tengo ninguna objeción con la solicitud realizada por el acusado y su defensa, es todo”. En este estado, y como quiera que este Tribunal observa, que en la presente causa no se ha podido constituir el Tribunal en forma Mixta, en virtud de que en las diferentes oportunidades que se ha fijado el Acto, no han comparecido los ciudadanos seleccionados para tal fin, tal y como consta en las actas que conforman el presente expediente, en consecuencia este Juzgado, procede a declarar con lugar la solicitud realizada por el acusado y su defensa, y en consecuencia asume el Poder Jurisdiccional sobre la causa, a los efectos de llevar adelante el Juicio a los fines superiores de otorgar una Justicia pronta y transparente, así como para garantizar la celeridad y la economía procesal. Aunado a ello tomando en consideración el reiterado criterio de la Sala Constitucional, que establece que cuando en dos oportunidades no sea posible la Constitución del Tribunal en Forma Mixta, por incomparecencia de los ciudadanos Escabinos, el Juez debe asumir el Poder Jurisdiccional y Constituirlo en Forma Unipersonal, si así lo solicitare el acusado y fuera la opinión favorable de todas las partes, en tal virtud, en criterio de esta Jurisdicente, es menester la aplicación de la última doctrina jurisprudencial emanada del m.T.d.J. en Sala Constitucional, quien con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, de fecha 21 de Octubre de 2008, Expediente N° 08-0811, señala: OMISIS (…) “Por otro lado, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia Nro., 3.744 del 22/11/2003, ratificada por Sentencia N°. 2.598 del 16-11-2004 señaló que, a objeto de evitar dilaciones o retardos en el proceso, luego de realizarse dos (02) convocatorias para Constituir el Tribunal Mixto, y el mismo no se hubiese podido constituir por incomparecencia de los escabinos, el acusado tenía la posibilidad de ser juzgado por el Juez profesional que hubiese presidido el Tribunal mixto. Igualmente, esa Sala dictaminó por Sentencia Nro., 2.684 de fecha 12/08/2005 (la cual ratifica el criterio anterior) que para que el Tribunal se constituya en Unipersonal, luego de existir dos convocatorias infructuosa para que se constituya mixto, es necesario que exista la manifestación del acusado; siendo indispensable que conste su opinión. Criterios estos que son vinculantes. Considerando esta decisora que si bien es cierto, que el Código Orgánico Procesal Penal, en su Artículo 164 faculta al acusado para solicitar la Constitución del Tribunal en Unipersonal, así como las reiteradas jurisprudencias emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (mencionadas ut supra),….” (Negritas nuestras). En este orden de ideas, habiéndose oído al acusado de autos y al defensor solicitando la constitución de tribunal Unipersonal en esta causa, así como la opinión favorable al representante del Ministerio Público, cumpliéndose así los supuestos autorizantes del Tribunal Supremo de Justicia, y de igual forma con el Artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de que “El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.”, se DECRETA en este acto la CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL que ha de presidir la audiencia oral y pública en la presente causa que se sigue al acusado ciudadano A.A.I., y se ORDENA fijar para el día MIERCOLES 22 DE ABRIL DE 2009, a las Dos de la tarde (2:00 PM) la celebración del Juicio Oral y Público, cumpliendo así con la garantía de tutela judicial efectiva y el debido proceso. Y ASI SE DECIDE. DISPOSITIVA: Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA, PRIMERO: LA CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL que ha de presidir la audiencia oral y pública en la causa signada alfanuméricamente acusado A.A.I. bajo el N° 6M-051-08, seguida al ciudadano plenamente identificado en autos, por presumirse en su contra la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondía al nombre de A.J.I., y en consecuencia, SEGUNDO: ORDENA fijar para el día MIERCOLES 22 DE ABRIL DE 2009, a las Dos de la tarde (2:00 PM), la celebración del Juicio Oral y Público. TERCERO: ORDENA las NOTIFICACIONES pertinentes a los fines de la asistencia de las partes y órganos de pruebas necesarios para la realización del mismo. Todo de conformidad con los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. PUBLIQUESE Y REGISTRE LA PRESENTE DECISIÓN Y DEJESE CERTIFICADA EN LOS LIBROS RESPECTIVOS. Se acuerda librar Boletas de Notificación a los órganos probatorios, testigos y expertos que deban comparecer a la audiencia Oral y Pública de Juicio de manera Unipersonal. Se acuerda oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas “El Marite”. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades exigidas, terminándose el acto a la Doce del mediodía (12.00). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se registró la presente Decisión bajo el No. 017-09, en el Libro de Resoluciones llevados por este Tribunal. CUMPLASE.

LA JUEZA SEXTA DE JUICIO,

ABG. A.A.D.V.

EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

DRA. J.J.

LA DEFENSA PRIVADA,

ABOG T.C.

EL ACUSADO

A.A.I.

LA SECRETARIA (S)

ABOG. J.P..

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA,

ABOG. J.P..

CAUSA NO. 6M-051-08 DECISIÓN NO. 017-09

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

OFICIO N° 706-09.

CIUDADANO:

DIRECTOR DEL CENTRO DE ARRESTOS Y

DETENCIONES PREVENTIVAS EL MARITE

SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de solicitarle SE SIRVA TRASLADAR CON TODAS LAS SEGURIDADES DEL CASO al acusado A.A.I., titular de la cedula de identidad Nº 5.811.873, para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.), a objeto de efectuar el Juicio Oral y Publico.

DIOS Y FEDERACIÓN

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXTO DE JUICIO

AAdeV/iv

Causa No. 6M-051-08.

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

OFICIO N° 707-09.

CIUDADANO:

COORDINADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ALGUACILAZGO.

SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted a los fines de remitirle adjunto al presente oficio, boletas de Notificaciones correspondientes a la causa N° 6M-051-08, a los fines que sean debidamente practicadas y sean remitidas las debidas resultas.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN;

DRA. A.A.D.V..

JUEZ SEXTO DE JUICIO

AAdeV/iv

CAUSA N° 6M-051-08.

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

OFICIO N° 689-09.

CIUDADANO:

FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL

ESTADO ZULIA

SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted a los fines de remitirle adjunto al presente oficio, boletas de Notificaciones de los ciudadanos B.E.B.O., y E.M., correspondientes a la causa N° 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I., a los fines que sean debidamente practicadas y sean remitidas las debidas resultas, por cuanto en actas no aparecen sus direcciones.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN;

DRA. A.A.D.V..

JUEZ SEXTO DE JUICIO

AAdeV/iv

CAUSA N° 6M-051-08.

CAUSA N° 24-F4-1626-08

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber:

Al ciudadano FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, que este Tribunal por auto de esta misma fecha, en la causa N° 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 NUMERAL 3º LETRA A DEL CÓDIGO PENAL, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I.; Fijo los siguientes actos:

 JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.)

Notificación que se le hace a los fines legales pertinentes. Asimismo se le informa que se dará un lapso de espera de media hora el cual no será prorrogable.

DIOS Y FEDERACIÓN

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXT0 DE JUICIO

FIRMARA COMO C.D.H.S.N.:

FIRMA:____________________FECHA:_____________________HORA:____

AAAdeV/iv

Causa N° 6M-051-08

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber:

Al ciudadano ABOG. T.L.C., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 110.635, con domicilio procesal ubicado en La Pastora, calle 96ª, Nº 43-114, Maracaibo, Estado Zulia, teléfono 0414-6115302; que este Tribunal por auto de esta misma fecha, en la causa N° 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 NUMERAL 3º LETRA A DEL CÓDIGO PENAL, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I.; Fijo los siguientes actos:

 SORTEO ORDINARIO PARA EL DÍA MARTES DOS (02) DE DICIEMBRE DE 2.008 A LAS NUEVE Y TREINTA (09:30) HORAS DE LA MAÑANA.

 ACTO DE CONSTITUCIÓN DE TRIBUNAL MIXTO PARA EL DÍA MARTES NUEVE (09) DE DICIEMBRE DE 2.008, A LA UNA DE LA TARDE (01:00P.M.).

 JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el día 17-12-2008, A LA UNA DE LA TARDE (01:00P.M.).

Notificación que se le hace a los fines legales pertinentes. Asimismo se le informa que se dará un lapso de espera de media hora el cual no será prorrogable.

DIOS Y FEDERACIÓN

ABOG. C.J.S..

JUEZ SEXTA DE JUICIO

FIRMARA COMO C.D.H.S.N.:

FIRMA:____________________FECHA:_____________________HORA:____

MVP/jgr.-

Causa N° 6M-051-08

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber:

A la ciudadana A.C.N., residenciada en el Barrio La Pradera Baja, calle 99H, casa Nº 80-15, Parroquia F.E.B., Maracaibo, Estado Zulia; que este Tribunal por auto de esta misma fecha, en la causa N° 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 NUMERAL 3º LETRA A DEL CÓDIGO PENAL, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I.; Fijo los siguientes actos:

 JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.)

Notificación que se le hace a los fines legales pertinentes. Asimismo se le informa que se dará un lapso de espera de media hora el cual no será prorrogable.

DIOS Y FEDERACIÓN

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXT0 DE JUICIO

FIRMARA COMO C.D.H.S.N.:

FIRMA:____________________FECHA:_____________________HORA:____

AAdeV/iv

Causa N° 6M-051-08

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber:

Al ciudadano(a) B.E.B.O., titular de la Cedula de Identidad N° 17.635.515; en su Caracter de TESTIGO, que este Tribunal por auto de esta misma fecha, en la causa N° 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I.; Fijo los siguientes actos:

 JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.)

Notificación que se le hace a los fines legales pertinentes. Asimismo se le informa que se dará un lapso de espera de media hora el cual no será prorrogable.

DIOS Y FEDERACIÓN

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXT0 DE JUICIO

FIRMARA COMO C.D.H.S.N.:

FIRMA:____________________FECHA:_____________________HORA:____

AAdeV/iv

Causa N° 6M-051-08

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber:

Al ciudadano(a) MEDICO E.M., titular de la Cedula de Identidad N° 15.286.681; en su Caracter de TESTIGO, que este Tribunal por auto de esta misma fecha, en la causa N° 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I.; Fijo los siguientes actos:

 JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.)

Notificación que se le hace a los fines legales pertinentes. Asimismo se le informa que se dará un lapso de espera de media hora el cual no será prorrogable.

DIOS Y FEDERACIÓN

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXT0 DE JUICIO

FIRMARA COMO C.D.H.S.N.:

FIRMA:____________________FECHA:_____________________HORA:____

AAdeV/iv

Causa N° 6M-051-08

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

OFICIO N° 687-09.

CIUDADANO:

DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE LA POLICIA

DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a usted, a los fines de solicitar se sirva informar a los funcionarios R.C., M.B. y M.R., adscritos a ese Cuerpo policial, que este Tribunal en la causa 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I., fijo Juicio Oral y publico para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.), por lo que deberán comparecer por ante este despacho el día y hora señalados.

Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes

DIOS Y FEDERACIÓN;

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXTO DE JUICIO

AAdeV/iv.-

CAUSA N° 6M-051-08.

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

OFICIO N° 686-09.

CIUDADANO:

COMISARIO JEFE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES y CRIMINALISTICA DEL ESTADO ZULIA

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a usted, a los fines de solicitar se sirva informar a los funcionarios WILLIAN ROBLKES, YORALYS FERNANDEZ, H.V., R.P. y NATHALYS GUTIERREZ, adscritos a ese Cuerpo policial, que este Tribunal en la causa 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I., fijo Juicio Oral y publico para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.), por lo que deberán comparecer por ante este despacho el día y hora señalados.

Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes

DIOS Y FEDERACIÓN;

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXTO DE JUICIO

AAdeV/iv.-

CAUSA N° 6M-051-08.

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL

EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 09 de MARZO de 2.009

198° y 150°

OFICIO N° 688-09.

CIUDADANO:

DIRECTOR DE LA MEDICATURA FORENSE DEL ESTADO ZULIA

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a usted, a los fines de solicitar se sirva informar al funcionario DRA. S.G., Anatomopatologo Forense, Experto Profesional III, adscritos a esa Medicatura, que este Tribunal en la causa 6M-051-08, iniciada en contra del acusado A.A.I., por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de A.J.I., fijo Juicio Oral y publico para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE ABRIL DE 2009, A LA DOS HORA DE LA TARDE (02:00P.M.), por lo que deberán comparecer por ante este despacho el día y hora señalados.

Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes

DIOS Y FEDERACIÓN;

DRA. A.A.D.V.

JUEZ SEXTO DE JUICIO

AAdeV/iv.-

CAUSA N° 6M-051-08.

JUZGADO SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, AV. 15 DELICIAS DIAGONAL AL DIARIO PANORAMA PALACIO DE JUSTICIA SEGUNDO PISO MARACAIBO ESTADO ZULIA TELÉFONO: 0261-7250038.

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