Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Cumaná), de 14 de Junio de 2005

Fecha de Resolución14 de Junio de 2005
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteMarleny del Carmen Mora Salas
ProcedimientoArchivo Fiscal

ASUNTO : RP01-S-2003-000066

Visto y analizado el escrito de Archivo Fiscal presentado por la Dra. ESLENY MUÑOZ VASQUEZ en su carácter de Fiscal Tercer (E) del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en Cumaná. ARCHIVO FISCAL DECRETADO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 315 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL EN LA CAUSA QUE SE LE SIGUE ANTE ESTE TRIBUNAL a los Ciudadanos: A.S., L.M.R.N. y J.S.G.P. considerar esa representación Fiscal que ninguno de los testigos y victimas reconocieron a los imputados, y como han sido practicadas todas las diligencias y demás circunstancias que arrojan el total esclarecimiento del hecho así como las dirigidas hacer constar la responsabilidad de los autores y demás participes del mismo, las investigaciones adelantadas no han arrojado resultados convincentes, contundentes y fehacientes para la individualización de los responsables. Acto conclusivo que se presenta sin perjuicio de su reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Este Tribunal Quinto de Control pasa hacer el siguiente pronunciamiento antes de decidir:

Vistas como han sido las razones y circunstancias que señala la Dra. ESLENY MUÑOZ VASQUEZ en su carácter de Fiscal Tercer (E) del Ministerio Público este Tribunal Quinto de Control resuelve se ACUERDA VISTO EL ACTO CONCLUSIVO PRESENTADO POR LA FISCALIA CONSISTENTE EN EL ARCHIVO FISCAL DE LAS PRESENTES ACTUACIONES DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 315 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL A FAVOR DE LOS CIUDADANOS: A.S., L.M.R.N. y J.S.G. y siendo imperativo para este Tribunal el cumplimiento de los requerimientos de las partes en el proceso siempre y cuando los mismos sean ajustados a la ley y respetando el derecho que los asiste es por lo que Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: SE LEVANTA CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR QUE LE FUERA IMPUESTA A LOS IMPUTADOS POR ESTE JUZGADO QUINTO DE CONTROL y se le impone del deber constitucional de acudir a los Órganos Jurisdiccionales llámese Fiscalia o Tribunales cuando se le requiera ya que si aparecen nuevos elementos de convicción se reaperturaza la presente causa

Se emplaza a los Ciudadanos A.S., L.M.R.N. y J.S.G. en su condición de Imputados para que ejerza su derecho de acudir ante este Tribunal a fin ser oído conforme a lo establecido en el ordinal 6º del artículo 125 del mismo Código.

Librese Boleta de Notificación a los Imputados y a sus abogados defensores y notifíquese a la Fiscalia Tercera del Ministerio Público y a la victima sobre esta decisión de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las presentes actuaciones a la fiscalia de origen Es todo, terminó, se leyó y conforme firman

LA JUEZA QUINTO DE CONTROL

Dra. M.M.S..

La Secretaria

Abg. Carmen Yudith Yndriago

Nota.- En esta misma fecha se acordó lo ordenado

La Secretaria

Abg. Carmen Yudith Yndriago

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