Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión Mérida), de 23 de Julio de 2004

Fecha de Resolución23 de Julio de 2004
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteHugo Javier Rael Mendoza
ProcedimientoAuto De Ejecución

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NRO. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintitrés (23) de Julio del año dos mil cuatro (2.004). 194° y 145°

ASUNTO PRINCIPAL: LL01-P-1999-000263

ASUNTO: LL01-P-1999-000263

Vista la sentencia definitiva dictada en fecha 23-9-1.997 (folio 143 al 154), mediante la cual el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal de ésta Circunscripción Judicial, CONDENO al penado J.A.P. a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de: DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, donde en uno de los pronunciamientos contenidos en el fallo también se ordenó el comiso de la cantidad de: DIECISIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 17.000,oo) EN EFECTIVO, debidamente reflejada en la Experticia Grafotécnica Nro. 852, de fecha 10-3-1.997, practicada por funcionarios adscritos a la Delegación de Mérida del C.I.C.P.C. (antiguo Cuerpo Técnico de Policía Judicial) en la investigación nro. E-827.056, llevada por la citada Delegación, iniciada en fecha 03-3-1.997, los cuales fueron debidamente depositados en fecha 26-3-1.997 por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en la cuenta corriente nro. 64-100876-8, que llevaba ese Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, según planilla de depósito nro. 14541690 (folios 129 al 131), así como, del vehículo, cuyas características son las siguientes: clase: CAMIONETA, marca: FORD, modelo: F-100, año:1.978, color: NEGRO, tipo: PICK UP, uso: PARTICULAR, placas: 111-VCH, desprovisto de seriales de identificación, incautado al ciudadano J.A.P., el cual se encuentra actualmente depositado en el Estacionamiento Grúas Satélite de ésta Ciudad de Mérida, apareciendo debidamente descrito en la Experticia de Reconocimiento Legal de Seriales Nro. 044, de fecha 04-3-1.997 (folio 47), practicada por funcionarios adscritos a la Delegación de Mérida del C.I.C.P.C. (antiguo Cuerpo Técnico de Policía Judicial) en la investigación nro. E-827.056, llevada por la citada Delegación, iniciada en fecha 03-3-1.997, ello de conformidad con los artículos 60, Ord. 6° y 66 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordenando poner dicho vehículo a la orden del Ministerio de Finanzas, una vez quedara firme la citada sentencia, siendo el caso, que nunca llegó a cumplirse con ejecutar el comiso antes aludido, éste Juzgado de Ejecución, revisada como ha sido la presente causa, cumple con EJECUTAR tal orden de comiso, acordando oficiar tanto a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas (CONACUID) como a la Dirección General de Servicios del Ministerio de Finanzas, informándoles que el citado vehículo se colocó a la disposición de las dependencias públicas antes mencionadas. Anéxese a cada uno de los oficios, copia certificada de la experticia. Cúmplase.-

El Juez Titular de Ejecución Nº 01

Abog. H.R.M.

La Secretaria

En fecha_________, se libraron oficios nros._____________________.

La Secretaria

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