Decisión nº 413 de Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente Unda de Portuguesa, de 20 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2013
EmisorJuzgado del Municipio Monseñor José Vicente Unda
PonenteJanet del Carmen Zavarce Pinto
ProcedimientoHomologación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA

DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN

JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Chabasquén: 20 de Febrero del 2013

Años: 202° Y 154º

EXP N°: 772/2012 DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: ALIDER JOSE FERNANDEZ y ELISAMAR DEL CARMEN COLMENARES LINARES, en beneficio de sus hijos: X y X, donde ambas partes acordaron un (01) mercado de comida semanalmente, a partir del día: 25-02-2013 y en cuanto a los gastos de: médicos y medicinas cuando lo ameriten, estrenos en el mes de Diciembre serán compartidos por ambos padres. Por cuanto dicho Acuerdo Conciliatorio, no vulnera los Derechos del Niño, Niña y del Adolescente este Juzgado del Municipio Monseñor J.V. de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, DECLARA: HOMOLOGADA LA PRESENTE CONCILIACIÓN, en cuanto a la fijación de la Obligación de Manutención se refiere por su competencia y le da carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 4 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, articulo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, en concordancia con los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, como norma supletoria.

El Juez Temporal,

Abg. L.A.F.M..-

El Secretario Suplente,

Abg. W.E.P.R..

Exp. 772/2012

D..-

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