Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 26 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoCobro De Bolívares

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veintiséis de mayo de dos mil ocho

198º y 149º

ASUNTO: KP02-M-2008-000135

Transcurrido como ha sido el plazo fijado en el auto de fecha 13-05-2008, este Juzgador observa que hasta la fecha el Abg. J.N.O.S., apoderado Judicial de ALIMENTOS BERRIOS (ALBECA), C.A no ha consignado los montos solicitados, siendo que de conformidad con el Articulo 643 de Código de Procedimiento Civil en su Ordinal 2º, se debe consignar junto con el Libelo, la prueba escrita del Derecho alegado, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE la presente demanda de Cobro de Bolívares, Así se decide.-

El Juez

Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte

La Secretaria.,

Abg. Luisa A. Agüero E.

HRPB/LaAe/vcg

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR