Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio LOPNA de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 5 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio LOPNA
PonenteJoanny Bogarin
ProcedimientoDejar Sin Efecto Auto Dictado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona

Barcelona, 5 de febrero de 2009

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-003645

ASUNTO : BP01-S-2003-003645

DECISION: SIN EFECTO ORDEN DE UBICACIÓN EN CONTRA

DEL ACUSADO

Por cuanto en Acta del día de hoy este Tribunal Dejó Sin Efecto la Orden de Ubicación dictada en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia esta decisora de conformidad con lo señalado en el articulo 173 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes pasa a dictar el pronunciamiento correspondiente en los términos siguientes:

En fecha 04 de febrero del año 2009, verificada como fue la presencia de las partes para la realización del acto de Juicio Oral y reservado, se evidenció de la revisión de la presente causa, que el mismo consta de varios diferimientos del acto de Juicio, sin que el acusado IDENTIDAD OMITIDA, compareciera por ante este Juzgado; por lo cual este Tribunal, con fundamento en el articulo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes, Declaró en REBELDIA, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA; a quien se le sigue el presente proceso, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, que se señala cometido en perjuicio de los ciudadanos A.R.M., I.J.L.O. y W.J.G., y en consecuencia se ordenó su ubicación inmediata y la Suspensión del presente Asunto; a los efectos de practicar la ubicación del prenombrado ciudadano se comisionó suficientemente a la Zona Policial Nº 01, de la Policía del Estado Anzoátegui; y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; Sub-Delegación de Barcelona del Estado Anzoátegui; sin embargo no fueron emitidos por este Juzgado los Oficios correspondientes, por haber dictado el día de ayer 04/02/2009, la orden de ubicación en contra del prenombrado ciudadano; sin embargo, el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, compareció por ante este Juzgadazo expresando que no había comparecido por ante este Juzgado, por estar trabajando y se comprometió a venir al Juicio, en la presente causa que se sigue en su contra, en consecuencia y por haber comparecido espontáneamente ante este Juzgado, el acusado de marras, demostrando su voluntad de someterse al presente proceso, es por lo que quien aquí decide que es pertinente y ajustado a Derecho, Dejar Sin Efecto la Orden de Ubicación dictada en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA; y Fijar Juicio Oral y Reservado en la presente causa que se le sigue al prenombrado adolescente para el día MIERCOLES 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 A LA 01:00 P.M.

Por lo antes indicado, este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO LA ORDEN DE UBICACIÓN DICTADA EN CONTRA del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, Ratificando las Medidas Cautelares de: 1.- La Obligación de Presentarse cada 30 días por ante este Juzgado de Juicio Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial penal; 2.- La Prohibición de comunicarse con el ciudadano A.R.M. CURBATA.; SEGUNDO: FIJAR JUICIO ORAL Y RESERVADO en la causa que se le sigue al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, que se señala cometido en perjuicio de los ciudadanos A.R.M., I.J.L.O. y W.J.G.; para el día MIERCOLES 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 A LA 01:00 P.M; Todo de conformidad con los artículos 582 literales c y f, y 617 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Con la lectura de esta decisión quedaron notificadas las partes en Acta de esta misma fecha. Líbrese los oficios correspondientes. Provéase lo conducente. Cúmplase.

LA JUEZ DE JUICIO SECCION DE ADOLESCENTE

ABOG. J.B.B.

LA SECRETARIA

ABOG. ISIS TOVAR

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-003645

ASUNTO : BP01-S-2003-003645

DECISION: SIN EFECTO ORDEN DE UBICACIÓN EN CONTRA

DEL ACUSADO

Barcelona, 5 de febrero de 2009

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